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Juan de Ovando

Biografía

Ovando, Juan de. Cáceres, c. 1515 – Madrid, 8.IX.1575. Consejero de la Inquisición, presidente y visitador del Consejo de Indias, presidente del Consejo de Hacienda, eclesiástico.

Nació en el seno de una familia extremeña que desde tiempos de los Reyes Católicos había iniciado un importante proceso de consolidación en el servicio de la Monarquía, tanto en los Reinos de España, cuanto en los nuevos Reinos de las Indias y cuyo tronco y cabeza principal fue el capitán Diego de Cáceres y Ovando, segundo señor de la casa de las Cigüeñas quien, en su matrimonio con Isabel Flores, fue padre, entre otros, de los tres hijos siguientes: fray Nicolás de Ovando, nacido en Cáceres (1460) y muerto en Sevilla (1511), gobernador de La Española (1501); el comendador Hernando de Ovando, padre del doctor Nicolás de Ovando, caballero de la Orden de Santiago (1551), ministro del Consejo de Órdenes (1551); y Diego Cáceres de Ovando, muerto en Valladolid (1505), alcaide de Monleón y corregidor de Valladolid, padre natural de Diego de Ovando, nacido en Monleón y muerto en Cáceres (9 de septiembre de 1558), bachiller y licenciado en Leyes por la Universidad de Salamanca, procurador fiscal y abogado real y patrimonial del Consejo de Navarra (17 de abril de 1535), padre de: el doctor Francisco de Ovando, nacido en Cáceres y muerto en Pamplona (19 de julio de 1562), colegial en el Mayor del Arzobispo y fiscal del Consejo de Navarra (24 de diciembre de 1553); frey Diego de Ovando Mogollón, comendador de la Orden de Alcántara y capellán real; y Nicolás de Ovando, camarero del cardenal Diego de Espinosa.

Juan de Ovando pertenecía a la línea del corregidor Diego Cáceres de Ovando, pues, hallándose éste en Monleón, había tenido en Elvira Sánchez a Francisco de Ovando, natural de Monléon y más tarde avecindado en Cáceres, ciudad en la que contrajo matrimonio (1507) con Leonor García de Aguirre, muerta en la misma ciudad de Cáceres (6 de septiembre de 1549), hija única que era de Martín de Aguirre y de Juana Rodríguez, unión de la que nacieron cinco hijos, de los que el cuarto fue el futuro presidente del Consejo de Indias Juan de Ovando.

Desde su Cáceres natal pasó a Salamanca y allí se matriculó en la Facultad de Leyes de su Universidad, graduándose de bachiller en ella (8 de junio de 1547) y en el mes siguiente ingresó al Colegio Mayor de San Bartolomé (8 de julio de 1547). Poco tiempo después obtuvo el grado de licenciado en Leyes (c. 1551) y ganó la Cátedra de Código, constando que en dicha época se produjo su acercamiento a la Compañía de Jesús, a cuyos ejercicios espirituales solía asistir, época durante la cual debió de recibir las órdenes sacras. Tras su estancia en el Colegio Viejo de Salamanca, el curso de su vida y ocupaciones se puede seguir en tres grandes momentos: su estancia en Sevilla; su breve paso por Alcalá de Henares; y su asiento en la Villa y Corte, primero como consiliario de la Inquisición y luego como presidente del Consejo de Indias y presidente del Consejo de Hacienda.

Fernando de Valdés fue provisto en la cátedra arzobispal de Sevilla (1545) y al cabo de poco más de un decenio se le despachó título de inquisidor general (20 de abril de 1547), precisamente en momentos en los que Ovando ingresaba en el Colegio Mayor de San Bartolomé, del que había sido colegial y rector el nuevo arzobispo hispalense y allí quizá se hallaba una de las razones que, tiempo después, le harían poner sus ojos sobre Ovando para nombrarle como su provisor en el arzobispado hispalense, pero también debió de influir la cercanía de Ovando a la Compañía de Jesús, pues el arzobispo Valdés, desde que fuera provisto en la silla sevillana, se había inclinado a atraer a la Compañía de Jesús a Sevilla, y así lo había recomendado a su primer provisor, Gaspar Cervantes de Gaete, quien recibiría a los primeros hijos de San Ignacio en 1554, de modo que cuando en el año siguiente (1555) Cervantes de Gaete fue promovido a una plaza de inquisidor en el Tribunal del Santo Oficio de Zaragoza, el arzobispo Valdés nombró para su vacante de provisor a Ovando (5 de marzo de 1556), bartolómico como él y cercano a la Compañía de Jesús, y su nombramiento como tal provisor fue leído en el Cabildo de la Catedral hispalense unas semanas más tarde (28 de marzo de 1556).

El nuevo provisor llegaba a la iglesia de Sevilla en una época particularmente compleja, en la que se mantenían vivas las cuestiones derivadas de las prédicas evangélicas, ligadas al humanismo erasmita y bajo la duda luterana, que poco antes habían sido abjuradas por Juan Gil, canónigo magistral de la Catedral y más conocido como el doctor Egidio (1551), pero que se habían visto reanimadas por su sucesor el doctor Constantino Ponce de León, en cuyo proceso inquisitorial le tocó intervenir y que culminó con auto público (22 de diciembre de 1560), al igual que en el seguido contra Domingo de Baltanás, cerrado con autillo particular (25 de febrero de 1563). En este ambiente no resulta extraño que Ovando, apoyándose en la Compañía de Jesús, procediera a un “examen general” de todos los eclesiásticos de Sevilla (1560) y que a los muchos que fueron encontrados no aptos se les enviara a estudiar en el Colegio de la Compañía y a que asistieran a sus conferencias, en las que participaba a menudo el mismo Ovando.

Su estancia en Sevilla fue también ocasión para que Ovando estableciera una serie de relaciones personales, que se mantendrían a lo largo de su vida y que influirían decisivamente en ella. Se reencontró allí con el abulense Pedro de Alderete, a quien había conocido en Salamanca donde aquél también había sido colegial del Mayor de San Bartolomé (1541-1549) y del que había salido provisto como oidor de Valladolid (4 de julio de 1549), desde donde había pasado a ocupar una de las canonjías de la Catedral de Sevilla (1556) para suceder a su tío el canónigo Diego Vázquez de Alderete, muerto en aquel año (4 de febrero de 1556), dejando desamparado a su pequeño “paje” Mateo Vázquez de Alderete, que ahora quedaba al cuidado del licenciado Pedro de Alderete, y que recibiría educación con los padres de la Compañía de Jesús y a quien el provisor Ovando tomaría a su servicio hacia 1562, y al que poco tiempo después pondría al servicio del cardenal Diego de Espinosa (1564) para que, años más tarde y cuando ya se hacía llamar Mateo Vázquez de Leca, sirviera como secretario de Felipe II. Fue en Sevilla donde, probablemente, conoció al ya citado Diego de Espinosa, antiguo colegial en el Mayor de Cuenca de la Universidad de Salamanca (1543), que había llegado a la ciudad poco antes que Ovando a despachar en una plaza de juez de la Audiencia de los Grados (1553), y aunque Espinosa pronto pasaría a Pamplona, como regente del Consejo Real de Navarra (1556), su comunicación con Ovando se incrementaría con el tiempo y éste continuaría a su sombra y amparó la línea de sus ascensos desde que Espinosa fue llamado a la Corte, primero como consejero de Castilla (1562) y luego como consiliario de la Inquisición (1564), presidente del Consejo de Castilla (1565) y, finalmente, inquisidor general (1566).

Probablemente fue la presencia del cardenal Espinosa en el Consejo de Castilla la que influyó en el ánimo de Ovando por abandonar la ciudad de Sevilla, al considerar que su carrera se había detenido y así cuando en 1564 se le ofreció por el Consejo Real la comisión para que realizara la visita de la Universidad de Alcalá, aceptó este encargo a pesar de la opinión del arzobispo Valdés, quien le instó a que permaneciera en Sevilla, pero no siguió la recomendación de su antiguo valedor y renunció a su oficio de provisor del arzobispado (4 de agosto de 1564), pero no a su canonjía en la Catedral hispalense. Ya en el mes siguiente se encontraba en Alcalá, donde le fue notificada su Real Provisión como visitador (17 de septiembre de 1564), y al cabo de dos días informó al claustro pleno de su comisión (19 de septiembre de 1564). En el desempeño de este encargo Ovando desplegó una incesante actividad: reunió y revisó los documentos fundacionales de la Universidad, sus constituciones y privilegios, examinó sus libros de matrículas y grados, los de cuentas y finanzas, e hizo lo propio con los papeles y libros del Colegio Mayor de San Ildefonso y con los de los colegios menores de Nuestra Señora de la Madre de Dios, de San Pedro y San Pablo, Santa Catalina, San Isidro, Santa Balbina, San Ambrosio, San Dionisio y San Eugenio. A principios de 1565 ya tenía claro que, por regla general, la falta de cuidado y de orden caracterizaba el estado de los libros de la Universidad y de los colegios y que, como una de las consecuencias de ese desarreglo y desorden, las finanzas de la Universidad habían experimentado graves daños. Igualmente hubo de ocuparse en la tensa relación que mantenía la Universidad con las justicias de la ciudad por la permanente disputa tocante al fuero universitario, procedió también a la revisión de las Constituciones y promovió diversas reformas académicas mediante la reorganización de varias Cátedras de Teología, la creación de dos nuevas Cátedras de Cánones, otras dos de Griego y dos nuevas de Hebreo, además de varias reformas en las Cátedras de Medicina. Después de casi ocho meses de arduo trabajo, Ovando comunicó al claustro que marchaba a Madrid (1 de mayo de 1565), si bien al poco tiempo regresaba a Alcalá y enviaba el informe de su visita al presidente del Consejo de Castilla, que lo era desde hacía poco (13 de agosto de 1565) su nuevo valedor el cardenal Diego de Espinosa, con quien había tenido ocasión de mantener permanente trato durante el curso de la visita y cuyas relaciones se habían vuelto aún más estrechas, situación que explica que en este tiempo el cardenal hubiera llamado a su servicio a Mateo Vázquez de Leca (1565). Espinosa, a principios del año siguiente (enero de 1566), dispuso que el Consejo Real estudiara la reforma realizada por Ovando la que, finalmente, fue aprobada (21 de agosto de 1566).

No pasaron muchos meses desde la aprobación de la reforma de la Universidad de Alcalá cuando el cardenal Diego de Espinosa fue nombrado inquisidor general y tomó posesión en Madrid, “en las casas de su morada” (4 de diciembre de 1566). Se iniciaría aquí una nueva etapa en la carrera de Ovando, pues el nuevo inquisidor general, al cabo de una semana de haber asumido, nombró a Ovando como consiliario del Consejo de la Santa General Inquisición, despachándosele su correspondiente “poder y provisión” (12 de diciembre de 1566), que fue utilizado como modelo por la secretaría para el libramiento de los títulos de los demás consiliarios. A pesar de las diversas ocupaciones en las que hubo de entender Ovando a partir de esta época, su actuación como consiliario de la Inquisición fue continua, al menos durante un lustro, época en la cual intervino en las discusiones habidas a propósito del Catecismo acordado en el Concilio de Trento, publicado en Roma (septiembre de 1566) pocos meses antes de que Ovando asumiera como consejero de la Inquisición, sobre todo en relación con su traducción y circulación en lengua española. Igualmente, participó de todo el proceso que condujo a la decisión real de establecer tribunales del Santo Oficio de la Inquisición en el Nuevo Mundo (25 de enero de 1569), con sedes en las ciudades de México y Lima.

El trabajo de Ovando junto al cardenal Espinosa a partir de finales de 1566 le situó como una de las piezas claves en la decisión de una serie de cuestiones ligadas a las Indias y a su gobierno temporal y espiritual que, desde hacía un tiempo, no sólo preocupaban al inquisidor general, sino también al mismo Felipe II. En efecto, Espinosa había recibido, con creciente preocupación, las constantes quejas y denuncias de los abusos y males que padecía el Nuevo Mundo y para tener una más exacta noticia acerca del estado de las cosas de las Indias solicitó al bachiller Luis Sánchez, a la sazón residente en Chillarón de Pareja y antes residente en la Nueva España durante dieciocho años, que le diera su parecer, lo que éste hizo en un preciso Memorial (26 de agosto de 1566), que comenzaba por determinar cuál era la única cuestión a resolver en el Nuevo Mundo: “Es cierto que todas las cosas y negocios que de las yndias se pueden decir y tratar vienen a parar y rresumirse en solo un puncto: y es en favorescer alma y cuerpo de los indios o destruillos i acaballos como hasta oy se ha hecho y hace”, precisando que: “La causa deste mal es que todos quantos pasamos a las yndias vamos con intención de volver a españa mui ricos, lo qual es imposible, pues de aca no llevamos nada y alla holgamos, sino a costa del sudor y sangre de los indios”. Continuaba Sánchez en su examen advirtiendo que la razón por la cual no se habían remediado los daños y males del Nuevo Mundo se reducían a que: “las Indias no se han entendido”, y en esta falta de entendimiento habían obrado tres grandes causas: primera, “que como son tantas las tierras de las yndias y tan remotas de españa, tantas provincias tan diferentes unas de otras y en nada se parecen a las de aca, cada una tiene necesidad de sus particulares leyes [...] y también cuando un Sr del Consejo comiença a entender las yndias luego le mudan por lo qual no se entiende y si se acierta es acaso”; segunda, que casi todos los que vienen de las Indias y los que desde ellas escribían “informan mal y a su gusto” y por ello del “consejo, y con razon, no sabe a quien creer”; y tercera, que las personas buenas y religiosas que venían de las Indias “con gran fervor y zelo de informar aca la verdad para que se remedie [...] son muy pocos [...] (y) a los buenos no les dan crédito”. A su juicio, continuaba, repartía la culpa de todos los males “en tres géneros de personas: primero, “todos los jueces eclesiásticos y seglares desde el mayor hasta el menor que an estado y estan oy en las yndias”; segundo, “todos los clérigos y frayles que an estado y están en las yndias”; y tercero, “los propios conquistadores y encomenderos de indios y sus criados y los soldados”. Concluía, finalmente, que “si estas cosas de las yndias se procuran poder de entender” el remedio había de ser “hacer una grande junta como conviene a negocio tan importante, donde esté presente Su Mag. o V. Sria. y el propio Consejo de Indias y otros grandes theologos” para que allí “clara y abiertamente se vean los males que alla ay” una vez “averiguado esto, v. s. y el Consejo determinen el derecho y den la orden general que convenga y váyase a executar”.

El contenido del Memorial del bachiller Sánchez fue asumido, cabalmente, por el cardenal Espinosa y bien se podría decir que en él están las claves de su política en relación con las Indias, la que iba a dejar, casi totalmente, en las manos de Ovando y, de este modo, esas mismas claves constituyen una singular herramienta para comprender la actividad que iba a desempeñar desde 1567 y hasta su muerte en relación con el gobierno temporal y espiritual del Nuevo Mundo: entender las Indias y sobre la base de su entendimiento determinar el derecho y orden que debía dársele. En efecto, si la principal causa del desgobierno de las Indias derivaba de que no eran entendidas y que parte de esa culpa tocaba a los jueces mayores y menores de las Indias, resulta explicable que el cardenal Espinosa concibiera la necesidad de girar una visita al Consejo de Indias, lo que ocurriría en 1567, y que si era preciso ver “clara y abiertamente” los males para ponerles remedio mediante la fijación de su derecho, la creación de una “grande junta” también resultaba explicable, la que se ordenaría en 1568 y a la que asistiría el mismo Ovando.

Juan de Ovando, ya consiliario de la Inquisición y ahora hombre del más estrecho círculo del cardenal Espinosa, fue el elegido para que llevara adelante la visita del Consejo de Indias, cuya primera visita se había realizado en tiempos del Rey Emperador, tarea en la que, como recordaba Ovando a Felipe II pocos días antes de morir, se ocupó entre el 7 de junio de 1567 y el 12 de agosto de 1571, fecha esta última muy cercana a la “consulta de la visita” que Ovando dirigiera a Felipe II para darla por concluida. El Real y Supremo Consejo de las Indias al que llegaba Ovando como visitador se hallaba presidido, desde el 7 de abril de 1565, por el antiguo bartolómico Francisco Tello de Sandoval, pero antes de tres meses de iniciada la visita pasaba a la silla episcopal de Osma (agosto de 1567) y entraba en su lugar Luis Méndez de Quijada y Haro, y despachaban en él siete consejeros togados, seis de los cuales eran antiguos colegiales mayores: Juan Vázquez de Arce y Hernando de Salas del de San Bartolomé; Jerónimo Valderrama y Antonio de Aguilera, del de Oviedo; Gómez Zapata del Mayor del Arzobispo; y Juan Vázquez de Arce del Mayor de Santa Cruz; el único manteísta era Alonso Muñoz, al igual que el fiscal Jerónimo de Ulloa y Carvajal, que moriría en ese mismo año de 1567.

Si la gran causa de los males de las Indias era el que no se las entendía, bien se deja ver que Ovando iniciara la visita haciendo, como él mismo lo aclaraba “toda la averiguación posible para entender las cosas de las yndias” y así practicó una acuciosa inquisición de los visitados y de todos cuantos pudieran tener noticias de las cosas del Nuevo Mundo y que solicitara a gobernadores y letrados residentes en él que le dirigieran informaciones y memoriales o que respondieran a prolijos interrogatorios que les enviaba, entre los que destacaron los del decano de la Audiencia de Nueva Galicia licenciado Miguel de Contreras y Ladrón de Guevara y el del oidor de Santo Domingo licenciado Alonso Cáceres de Ovando, cacereño igual que el visitador y probablemente deudo suyo, sin olvidar que también tenía especial preocupación por las relaciones e informaciones geográficas del Nuevo Mundo, precisamente, porque no se tenía cabal noticia de sus “provincias tan diferentes unas de otras”. Al cabo de poco tiempo el visitador había podido comprobar, con el cúmulo de informaciones que iba reuniendo, cuán certeras habían sido las observaciones del bachiller Sánchez al cardenal Espinosa y así tenía claridad sobre las dos culpas que podían hacerse al Consejo de Indias y que, a su vez, constituían las dos grandes cuestiones a las que había que dar una adecuada solución: primera: “En el Consejo no se tiene ni puede tener noticia de las cosas de las Indias sobre que puede y debe caer la gobernación, en lo cual es necesario dar orden para que se tenga”; y segunda: “Ni en el Consejo ni en las Indias no se tiene noticia de las leyes y ordenanzas por donde se rigen y gobiernan todos aquellos estados”.

Para dar solución a la cuestión tocante al desconocimiento general que se advertía en el Consejo de Indias sobre las cosas tocantes al Nuevo Mundo y que debían caer sobre su universal jurisdicción, Ovando no sólo se limitó a recabar informaciones, sino que en el curso de la visita y como consecuencia de ella consultó con el Monarca una serie de materias, las que fueron decididas por Felipe II a partir del momento en que el visitador cesó en su comisión y tomó posesión de la presidencia del Consejo de Indias en lugar de Méndez de Quijada y Haro, lo que ocurrió el miércoles 29 de agosto de 1571. Dos de esas cuestiones tocaban directamente a la composición del Consejo de Indias y correspondían a otras tantas sugerencias del ya citado bachiller Sánchez y con quien habían coincidido muchos de los sujetos consultados en la visita: la primera fue la conveniencia de que fueran provistos en el Consejo de Indias, letrados que hubieran servido en audiencias del Nuevo Mundo, para que así se contara en el consistorio indiano con sujetos de práctica y experiencia en sus negocios, a lo que dio su asenso Felipe II despachándose Real Cédula (10 de octubre de 1571) para que se le representaran los méritos de los oidores que servían en Indias; y segunda, la utilidad de que los consejeros de Indias no fueran trasladados a otros consejos, pues era “cosa conveniente que el consejero persevere en el tribunal en que tiene ya experiencia y noticia de las cosas que en él se tratan” y, aunque no hubo decisión real sobre esta materia, la práctica observada a partir de 1572 pareciera confirmar la política ovandina, pues si en la centuria anterior el tiempo que los consejeros del Nuevo Mundo permanecían en él antes de ser promovidos al de Castilla oscilaba entre unos cuantos meses y tres años, entre 1572 y la muerte de Felipe II diecisiete consejeros murieron en su plaza de Indias, y de los diez que pasaron al de Castilla, sólo dos (Luis de Molina y Luis de Mercado) lo hicieron al cabo de tres años, y los restantes después de haber servido entre seis y dieciséis años en el de Indias. Otra de las cuestiones planteadas por Ovando fue la necesidad que había de proveer un cosmógrafo cronista: “Para que vaya poniendo en orden las descripciones y relaciones”, pues así “podrá haber noticia en el Consejo de las cosas de las Indias que hasta ahora ha fallado”, oficios en los que sería nombrado su estrecho colaborador durante la visita, y antiguo secretario de los presidentes del Consejo Juan Sarmiento y Tello de Sandoval, Juan López de Velasco (20 de octubre de 1571), cuyo trabajo quedaría reglado dos años después en la Instrucción para hacer las Descripciones, despachada en San Lorenzo el Real (3 de julio de 1573) y en cuya observancia comenzaron a llegar al Consejo una serie de detalladas relaciones geográficas y descripciones de las provincias indianas, y cuyos primeros frutos se pudieron ya observar en la Geografía y descripción universal de las Indias, que entre 1571 y 1574 formara el propio López de Velasco, aunque permaneciera inédita.

La segunda cuestión advertida por Ovando como guía de su tarea de visitador, luego continuada como presidente del Consejo de las Indias, era la tocante a la ausencia de noticias que había sobre “las leyes y ordenanzas por donde se rigen y gobiernan todos aquellos estados” y fue ella la que unió su actividad a la preocupación que existía en el Consejo, desde poco antes, por el conocimiento de las leyes despachadas para el Nuevo Mundo y por la necesidad de entender en su recopilación. En efecto, a instancias del fiscal del Consejo Francisco Fernández de Liébana se había despachado Real Cédula (4 de septiembre de 1560) al virrey de la Nueva España Luis de Velasco para que hiciera una “Colección de las Cédulas que hallase y la imprimiese” y poco tiempo después, según León Pinelo en 1562, el mismo fiscal habría encomendado a Juan López de Velasco que entendiera en el encargo de registrar las cédulas y cartas reales dirigidas a las Indias y que constaban en los libros registros del propio Consejo, si bien por tres cédulas de pago libradas en su favor (1563, 1564, 1565), consta que su trabajo consistía en “trasladar de las cosas de officio que ha hecho el licenciado Castro (Lope García de) deste Consejo para que en él haya razón de las cosas de officio que se han despachado” y “sacar de los libros de las Indias [...] el sumario de las cosas de officio que están proveídas”, todo ello para “recapitular las provisiones y cédulas que se han despachado desde que las Indias se descubrieron hasta ahora”. Así, pues, el visitador Ovando se encontraba en 1567, el mismo año en que se promulgaba la Recopilación de Castilla, con un trabajo avanzado por López de Velasco, tal vez ya en una primera versión, de modo que ahora, bajo su dirección y órdenes, López de Velasco continuaría en los trabajos recopiladores y reordenaría su material de acuerdo con los planes de Ovando y así surgiría la Copulata de las leyes y provisiones, cuyo plan se organizaba en siete libros: el primero tocante a la Iglesia y la gobernación espiritual; el segundo al gobierno temporal; el tercero a las cosas de justicia; el cuarto a la república de los españoles; el quinto a la república de los indios; el sexto a la Real Hacienda; y el séptimo a la navegación y contratación de las Indias. Si bien parece que este plan fue alterado en un momento posterior (hacia 1571), de manera que el libro tercero, referido a la justicia, se habría situado como libro quinto y a su lugar habría pasado el dedicado a la república de los indios. Al promediar el año de 1571 se hallaban concluidos el libro primero “De la gobernación espiritual” y el libro segundo, dedicado al gobierno temporal, cuyo título II, referido al “Consejo de Indias”, el visitador y los consejeros solicitaron al Monarca que “lo mandase publicar, guardar y practicar”, para que “la reformación procediese de la cabeza a los miembros” y se diera por concluida la visita. Aunque el casi inmediato paso de Ovando a la presidencia del Consejo de Indias no detuvo las tareas recopiladoras que se venían llevando a cabo, resulta claro que ellas debieron realizarse con menor intensidad y así sólo se conocen algunos textos que deberían haber formado parte del proyectado libro tercero relativo a los indios, y algunos fragmentos del libro IV que, a juicio de Manzano Manzano, “son partes de dos guiones, ológrafos de Ovando, y un breve apunte del título II” y, finalmente, la muerte de Ovando marcaría el final de este capítulo de la historia de las recopilaciones indianas.

A pesar de lo anterior, los trabajos recopiladores de Ovando condujeron a unos resultados parciales, de mucha trascendencia, vertidos en una serie de Ordenanzas entendidas como el resultado de reducir las disposiciones antiguas y nuevas en un cuerpo. Las primeras de ellas fueron las Ordenanzas del Consejo de Indias, aprobadas por Felipe II en El Pardo (24 de septiembre de 1571) que, como queda dicho, constituían el título II del libro II de su proyecto recopilador y constaban de 122 capítulos, que representaban una notoria mejoría en relación con las Ordenanzas vigentes desde 1543, y en cuyas disposiciones se advertía una notoria consolidación del Consejo, cuya planta fija y de establecimiento se precisaba en un presidente junto a ocho letrados y un fiscal más diversos oficiales subalternos, en tanto que se le atribuía la “jurisdicción suprema de todas las nuestras Indias Occidentales, descubiertas y por descubrir y de los negocios que dellas resultaren y dependieren”. Impresas estas Ordenanzas en 1585 y nuevamente en 1603, se mantuvieron en vigor hasta las que promulgara Felipe IV (1 de agosto de 1636), aunque muchos de sus capítulos pasarían a la Recopilación de Leyes de Indias (1680). La Instrucción para hacer las Descripciones (3 de julio de 1573), mencionada párrafos atrás, procedería del título VI del libro II del proyecto de recopilación ovandino y constaba de 135 capítulos y, aunque no fueron editadas, sí ejercieron un importante efecto en orden a la recepción de noticias de las provincias del Nuevo Mundo y, aún en el siglo XVIII, Manuel José de Ayala las incorporaría en su “Miscelánea”. Muy ligada a la Instrucción se hallaban las Ordenanzas sobre descubrimientos, nuevas poblaciones y pacificaciones, promulgadas en el Bosque de Segovia (13 de julio de 1573), que derivarían de los títulos IX y XI del referido libro II de la proyectada recopilación del visitador y que constaban de 149 capítulos en los que se asumía una posición en relación con la antigua cuestión de los descubrimientos y conquistas, término este último que se evitaba y substituía por el de ‘pacificación’ y que, además, fijaron las reglas de la “ciudad indiana” y sobre las cuales se levantaron o crecieron las ciudades del Nuevo Mundo con unas huellas perceptibles hasta el presente, como las de su trazado en damero. Finalmente, las Ordenanzas del Real Patronato, promulgadas para la Nueva España en San Lorenzo el Real (1 de junio de 1574) y un año después para el Perú, correspondían al título XIV del libro I “De la gobernación espiritual” del proyecto Ovandino, que en su integridad se había presentado a Felipe II cuando concluía la visita (1571), pero que no había recibido sanción oficial, pues el Monarca había estimado que muchas de las materias tratadas en dicho libro debían contar con la aprobación pontificia y como Gregorio XIII no diera su aceptación y sólo ofreciera remitir su estudio a una junta de cardenales, lo que Felipe II rehusó, se optó por promulgar el libro tocante al patronato real, cuyas materias estimaba el Monarca que no requerían de la aprobación papal. Estas Ordenanzas mantuvieron largo tiempo su centralidad en esta materia y fueron ampliamente recibidas en la Recopilación de Indias (1680) y a través de ésta, incluso, proyectaron su influjo en la configuración del régimen de patronato que asumieron las repúblicas americanas durante el siglo XIX.

La obra general de Ovando, desde que fuera nombrado visitador (1567) hasta su muerte como presidente del Consejo de Indias (1575), representó el nervio de la política filipina de consolidación de la gobernación temporal y espiritual del Nuevo Mundo, aunque en el último año de su vida hubo de despachar también en una serie de negocios de hacienda, en un momento inicial como uno de los miembros que asistieron, desde su primera sesión (24 de junio de 1573), a la junta de presidentes que Felipe II mandó formar para que entendieran en las materias de hacienda, y poco tiempo después como presidente del Consejo de Hacienda (1574), proyectando una reforma que se fundaba en la existencia de tres instituciones básicas: la Contaduría de Hacienda, la Contaduría de Cuentas y el Consejo de Hacienda, debiendo este último contar con un presidente, equiparado al que existía en los otros consejos, y procurando que se profesionalizara su actuación.

Ocupado Ovando en las cuestiones indianas y en la reformación del gobierno de la hacienda y en la gestión de la omnipresente bancarrota, moriría muy pobre en la villa y Corte de Madrid a las dos de la madrugada del 8 de septiembre de 1575, bajo testamento otorgado cuatro días antes, ante el escribano Diego de Lero. Su cuerpo fue depositado el día 9 en la iglesia parroquial de Santa María la Real de la Almudena, desde donde fue trasladado algunos años después a San Mateo de Cáceres, en cuya iglesia había mandado fundar y dotar una capellanía por cláusula testamentaria. Entre sus escasos bienes dejaba una pequeña biblioteca, compuesta de cuatrocientos sesenta y seis volúmenes, que correspondían a trescientos sesenta y tres títulos, tasados en cerca de 6000 reales, algunos de los cuales, probablemente, había adquirido a través de Benito Arias Montano, a quien durante alguna época le solicitaba la adquisición de libros.

 

Fuentes y bibl.: Archivo General de Indias (Sevilla), Contratación, 223, n.º 1, r. 9; Indiferente General, 426, l. 26, fols. 53r.-53v.; Indiferente General, 582, l. 1, fols. 3v.-4r.; Patronato, 171, n.º 1, r. 11; Archivo General de Simancas, Cámara de Castilla, leg. 2.789; Quitaciones de Corte, leg. 28, 459-466; Archivo Histórico Nacional (Madrid), Consejos, libro 707, fol. 151r.; Inquisición, libro 1.232, fol. 57v.; libro 1253, fols. 163v. y 182r.; Órdenes-Santiago, exp. 5.814; Instituto Valencia de Don Juan (Madrid), Envío 31, caja 43; Envío 91.

F. Ruiz de Vergara y Álava, Historia del Colegio Viejo de S. Bartholomé, Mayor de la célebre Universidad de Salamanca. Vida del Excmo. Y Rmo. Sr. Don Diego de Anaya y Maldonado Arzobispo de Sevilla, su fundador, y noticia de sus Ilustres Hijos. Primera parte. Escrita por el Illmo. Sr. D. Francisco Ruiz de Vergara y Alava [...] Corregida y aumentada en esta segunda edición por Don Joseph de Roxas, y Contreras, Marqués de Alventos [...], Madrid, por Andrés Ortega, 1766, fols. 361-362; D. Ortiz de Zúñiga, Anales eclesiásticos y seculares de la muy noble y muy leal ciudad de Sevilla, metrópoli de la Andalucía, IV, Madrid, Imprenta Real, 1796, págs. 15, 18 y 41; M. Jiménez de la Espada, “Correspondencia del Doctor Benito Arias Montano con el licenciado Juan de Ovando”, en Boletín de la Real Academia de la Historia, 19 (1891), págs. 476-498; E. Schäfer, El Consejo Real y Supremo de las Indias. Su historia, organización y labor administrativa hasta la terminación de la Casa de Austria, I, Sevilla, Universidad, 1935, págs. 99, 112-113, 126, 129-132, 136, 141-142, 148, 234, 306, 303, 319 y 352; J. Peña y Cámara, “Nuevos datos sobre la visita de Juan de Ovando al Consejo de Indias. 1567-1568”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XII (1935), págs. 425- 438; “Las redacciones del Libro de la Gobernación Espiritual. Ovando y la Junta de Indias de 1568”, en Revista de Indias, II/5 (1941), págs. 93-115; “La Copulata de Leyes de Indias y las Ordenanzas Ovandinas”, en Revista de Indias, II/6 (1941), págs. 121-146; J. Martínez Quesada, “Documentación de la capellanía y enterramiento del presidente don Juan de Ovando”, en Revista del Centro de Estudios Extremeños, XIV (1958), págs. 145-158; J. Manzano Manzano, “La visita de Ovando al Real Consejo de las Indias y el Código Ovandino”, en El Consejo de Indias en el siglo XVI, Valladolid, Universidad, 1970, págs. 111-123; A. W. Lovett, “Juan de Ovando and the Council of Finance (1573-1575)”, en The Historical Journal, 15 (1972), págs. 1-21; E. Martiré, “La política de Juan de Ovando y su actividad recopiladora”, en Historia de España y América, VII, Madrid, Ediciones Rialp, 1982, págs. 455-463; F. J. Bouza Álvarez y A. Alvar Ezquerra, “Apuntes biográficos y análisis de la biblioteca de un gran estadista hispano del siglo XVI: el presidente Juan de Ovando”, en Revista de Indias, 173 (1984), págs. 81-139; I. Altman, “Hidalgos españoles en América: los Ovando de Cáceres”, en Revista de Estudios Extremeños, XXXVII-I (1987), págs. 79-106; I. Sánchez Bella, Dos estudios sobre el Código de Ovando, Pamplona, Eunsa, 1987; C. Díaz Rementería, “Extremadura y el Derecho Indiano. La obra de Juan de Ovando: Visitador y presidente del Consejo de Indias”, en S. Andrés Ordax (dir.), Gran Enciclopedia de España y América. Extremadura y América, Madrid, Espasa Calpe-Argantonio, 1990, págs. 109- 118; S. Poole, “Juan de Ovando’s Reform of the University of Alcalá de Henares, 1564-1566”, en Sixteenth Century Journal, 21-4 (1990), págs. 575-606; J. M. Mayoralgo y Lodo, La Casa de Ovando (Estudio Histórico-Genealógico), Cáceres, Real Academia de Extremadura, 1991, págs. 251-256 y 266- 269; C. J. de Carlos Morales, El Consejo de Hacienda de Castilla, 1523-1602, Ávila, Junta de Castilla y León, 1996, págs. 115-122; J. Paniagua Pérez, “Avance para un estudio de Juan de Ovando y Arias Montano en relación con América. Las redes por el control del poder en el reinado de Felipe II”, en Marqués de la Encomienda et al. (eds.), El Humanismo extremeño. Estudios presentados a las 2as. Jornadas organizadas por la Real Academia de Extremadura, Trujillo, Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes, 1998, págs. 229-243; J. Martínez Millán y C. J. de Carlos Morales, Felipe II (1527-1598). La configuración de la monarquía hispana, Salamanca, Junta de Castilla y León, 1998, págs. 370, 444-445 y 498; S. Poole, “The Politics of Limpieza de Sangre: Juan de Ovando and His Circle in the Reign of Philip II”, en The Americas, 55-3 (1999), págs. 359-389; J. M.ª Vallejo García- Hevia, “La Inquisición en el distrito de la Audiencia de Guatemala (1569-1609)”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LXXI (2001), págs. 163-164; S. Poole, Juan de Ovando. Governing the Spanish Empire in the Reign of Philip II, Norman, University of Oklahoma Press, 2004; C. Civale, “Domingo de Baltanás, monje solicitante en la encrucijada religiosa andaluza: confesión, Inquisición y Compañía de Jesús en la Sevilla del siglo de oro”, en Hispania Sacra, LIX (2007), págs. 197-241.

 

Javier Barrientos Grandon