Martínez Blanco, Román Rosendo. Román Martínez de Montaos. Porto do Son (La Coruña), 29.II.1776 – Vigo (Pontevedra), 23.II.1856. Intendente, hacendista y político
liberal.
Hijo del escribano José Martínez Varela y de Rosa Blanco, de cuyos antepasados tomó el apellido de Montaos. En las solicitudes para cursar estudios de Filosofía y Leyes en la Universidad de Santiago figura, sin embargo, como Román Martínez Varela.
Román Martínez de Montaos fue un “economista” de amplia trayectoria, tanto vital como intelectual, cuyas concepciones políticas y económicas conforman la mejor expresión del liberalismo de signo progresista de la primera mitad del siglo xix. Con sus escritos participó, de forma decisiva, en la pugna entre la emergente Hacienda liberal y la agonizante Hacienda absolutista, y en la larga secuencia de intentos y fracasos de reforma tributaria que se sucedieron en el período 1808-1845 y que culminaron con el definitivo triunfo, siquiera parcial, de los principios liberales de la tributación. Su primera aportación al cambio económico y político que se estaba gestando en los primeros compases de la centuria es un manuscrito hallado en el Archivo del Congreso y que pudiera haber sido redactado como respuesta a la “Consulta al país” de 1809. En este Ensayo político avanza sus ideas favorables a la libertad de circulación y de industria, que desarrollará en obras posteriores. Su propuesta de fomento de la riqueza nacional incluye, entre otras medidas, la libertad de comercio, tanto interior como exterior, con la supresión de aduanas interiores y aranceles, y la libertad de fabricación e industria, apoyada en la exención temporal de impuestos.
En 1812, en plena contienda con el ejército francés, se encontraba en Cádiz, donde demostró sus convicciones liberales y su gran conocimiento de la economía política. A propuesta del presidente de la Regencia, Joaquín Mosquera, escribió su Sistema de arbitrios con que puede crearse en España el crédito público, que le mereció el calificativo de “ciudadano celoso” por una Comisión de Hacienda que no escatimó elogios para su escrito. Sin embargo, sus críticas al Gobierno de Carlos IV, al que tildó de déspota, no debieron de ser del agrado del Regente, que le negó la plaza a la que estaba propuesto, alegando que al puesto lo llamaban sus conocimientos “si tuviese otras ideas”.
Un año más tarde, en la misma ciudad, vio la luz una memoria de expresivo título —Incompatibilidad de la Constitucion española con el sistema de contribuciones indirectas [...]—, que contiene una propuesta de simplificación tributaria muy bien acogida por la prensa liberal y por la propia Comisión Extraordinaria de Hacienda, encargada de elevar a las Cortes Generales y Extraordinarias su informe sobre la reforma tributaria. El diputado Porcel, a la sazón portavoz de la misma, en su exposición ante el Congreso en defensa de su informe, subraya que éste se ajusta casi en su totalidad a la memoria de Martínez de Montaos.
La obra, imbuida del ardor doctrinal del período parlamentario, es una apología a la libertad y una radical crítica a la Monarquía absoluta, características que impregnaron todos sus escritos y actividad pública.
Partiendo de la “incompatibilidad” de la Constitución recién promulgada y del sistema tributario vigente, Martínez de Montaos llegó a justificar la anulación del pacto social y la objeción fiscal del ciudadano ante una arbitraria aplicación de sus aportaciones al erario. Entre su vasto plan de reforma hacendística incluyó el sistema administrativo, las aduanas y el sistema arancelario. Con una concepción cercana a Montesquieu y con una apuesta por el libre comercio, apoyada en el principio de la especialización, de clara influencia smithiana, se refirió a la aduana como signo de esclavitud y origen de disensiones y guerras entre los países.
Martínez de Montaos no figura en ninguna lista de represaliados a la caída del régimen constitucional, pero durante el Trienio Liberal publicó otro texto titulado Tratado de la circulación artificial de la moneda por medio de un crédito público verdadero, con claras influencias del “alabado Neker (sic)” y del “sabio Hume”. En él justificaba la apelación al crédito público ante necesidades sobrevenidas, que obligasen a un desembolso extraordinario y, además porque era una forma, como la moneda, de movilizar los productos”, y de evitar que la guerra arrancase a los “hombres productores” de la agricultura y de los talleres, y aumentara la clase de los “consumidores y de los destructores”.
Tras un largo período sin que se tengan noticias de su trayectoria intelectual y profesional, Martínez de Montaos irrumpió en la escena política como diputado electo por Pontevedra en la legislatura de 1841, con la que se abrió una fase de claro signo político progresista, que terminaría con la caída de Espartero en el verano de 1843. En el terreno hacendístico fueron años de inestabilidad y desconcierto, que se manifiestaron en una permanente insuficiencia presupuestaria y un continuo relevo al frente del Ministerio de Hacienda. Martínez de Montaos ocupó interinamente la presidencia del Congreso, por ser “el mas anciano de los asistentes”, desde la sesión de apertura del viernes, el 19 de marzo de 1841, hasta la sesión del domingo 28 de marzo del mismo año, en que tras un emotivo discurso, cedió su puesto al señor Argüelles. En todas sus intervenciones parlamentarias dejó entrever su vasto conocimiento hacendístico y su profundo respeto por el reglamento y la ley. Su formación le permitió presidir distintas comisiones relativas a la deuda pública y a los presupuestos. Sus radicales planteamientos y su defensa de la legalidad lo llevaron a cuestionar la política de hechos consumados del Gobierno que eximiría de responsabilidades en materia de Deuda Pública a los ministros de Fernando VII, y a criticar las posturas en materia tributaria de Mendizábal y el ministro de Hacienda, Surrá y Rull. Su periplo parlamentario concluyó a principios de mayo de 1842, cuando el Congreso —a petición suya— le concedió tres meses de licencia para viajar a Galicia ante la gravedad de la enfermedad de su esposa.
De esta etapa de retiro en su tierra natal sólo se sabe que en 1854 fue denunciado por el alcalde de Vigo por haber hecho una zanja “perjudicial al servicio público” y por el arrendatario del arbitrio de carros y caballerías por el impago del correspondiente impuesto.
Obras de ~: Memoria sobre las minas de oro, plata, estaño, cobre y plomo, s. l., 1805 [Archivo del Instituto Tecnológico y Geominero de España-Biblioteca (Ministerio de Industria), sign. 00002, carpeta 17]; extracto del Ensayo político acomodado á la actual situación de España de D. Ramon (sic) Martinez Montaos, firmado por el diputado Gallego, 1809 (Archivo del Congreso de los Diputados, Serie General, leg. 10, n.º 25); Incompatibilidad de la Constitucion española con el sistema de contribuciones indirectas que rige. supresion de todas las rentas y de los empleos en su recaudación. bases para una contribución directa segun la misma constitucion, capaz de cubrir anualmente todos los gastos del estado y señalamiento de fincas para pagar la deuda pública, Cádiz, Imprenta de Vicente Lemos, 1813; Tratado de la circulación artificial de la moneda por medio de un crédito público verdadero, Madrid, Imprenta de José del Collado, 1820; El pensamiento hacendístico liberal en las Cortes de Cádiz, ed. y est. prelim. de F. López Castellano, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales (IEF), 1999.
Bibl.: Diario de las sesiones de Cortes, Congreso de los Diputados, legislatura de 1841, Madrid, Imprenta de J. A. García, 1876, 4 ts.; Diario de las sesiones de Cortes, Congreso de los Diputados, legislatura de 1841 a 1842, Madrid, Imprenta de J. A. García, 1876; M. Artola, Los Orígenes de la España contemporánea, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1975, 2 ts.; J. Lasarte Álvarez, “La consulta al país de 1809: un alegato contra la Hacienda del Antiguo Régimen”, en Economía y Hacienda al final del antiguo régimen, Madrid, IEF, 1976; J. Fontana, La Hacienda en la historia de España, 1700-1931, Madrid, IEF, 1980; M. Artola, La Hacienda del siglo xix. Progresistas y moderados, Madrid, Alianza, 1986; J. Pro Ruiz, “Información fiscal agraria, redes clientelares y progresismo: la estadística de la riqueza de 1841”, en Revista Internacional de Sociología, vol. 45, n.º I (1987); F. López Castellano, Liberalismo económico y reforma fiscal. La contribución directa de 1813, Granada, Universidad-Fundación Caja de Granada, 1995; “Estudio preliminar”, en R. Martínez de Montaos et al., El pensamiento hacendístico liberal en las Cortes de Cádiz, op. cit. 1999; S. Almenar Palau, “El desarrollo del pensamiento económico clásico en España”, introd. a E. Fuentes Quintana (dir.), Economía y economistas españoles. La economía clásica, t. IV, Barcelona, Galaxia Gutenberg-Círculo de Lectores, 2000, págs. 7-92; F. López Castellano, “Radical free-trade in the Spain at the beginning of the xixth century”, en Third Annual Conference Of Eshet, Valencia, 1999; “Román Martínez de Montaos. Un librecambista radical a principios del XIX”, en Revista de Economía Aplicada, vol. XI, n.º 32 (2003), págs. 35-50; X. R. Barreiro Fernández, Parlamentarios de Galicia. Biografías de deputados e senadores (1810- 2003), Santiago de Compostela, Parlamento de Galicia-Real Academia Galega, 2003.
Fernando López Castellano