Cabello Rubio, Juan Francisco. Torrijo del Campo (Teruel), 7.XI.1802 – Calatayud (Zaragoza), 7.II.1851. Político, ministro.
Hijo de la familia de hacendados turolenses formada por Ángel Cabello e Isabel Rubio, que a lo largo de su vida mantuvo una inquebrantable fidelidad al liberalismo avanzado. Estudió Gramática castellana y latina y Filosofía en el Seminario Conciliar de Teruel y en la Universidad de Zaragoza, donde cursó Jurisprudencia y fue profesor de Teología. La adhesión a los presupuestos del liberalismo avanzado se produjo durante el Trienio Liberal. Así, nada más inaugurarse en 1820, con el restablecimiento del código político gaditano, se incorporó a la Milicia Nacional con éste recuperada y participó en defensa de la legalidad constitucional, no sólo en los dos sitios que sufrió Teruel por parte de las partidas realistas, sino también dentro del batallón ligero provisional mandado por Joaquín de Pablo, Chapalangarra, en el que se mantuvo hasta su capitulación en Alicante, en noviembre de 1823, ante el ejército reaccionario de los Cien Mil Hijos de San Luis.
Si, como comprometido liberal durante esos tres años, su domicilio familiar fue saqueado por los contrarrevolucionarios, con el ascenso de éstos al poder con el auxilio de ese ejército galo y la implacable represión que le acompañó durante la década que lo ostentaron, Francisco Cabello fue procesado en cuatro ocasiones, acusado de infidencia y conspiración. Además, hasta 1827 no se le permitió matricularse en la universidad. Pues bien, recuperando el tiempo que le habían hecho perder, aparte de cursar Leyes en la de Zaragoza, estudió dos años de Economía Política en la Academia de San Luis de dicha ciudad. Con este bagaje, finalmente, en junio de 1833 fue recibido como abogado por la Audiencia de esta capital aragonesa, incorporándose seguidamente al Colegio de Abogados de la misma.
Iniciada ya la regencia de María Cristina, durante la primera etapa de apertura a la Monarquía constitucional representada por el Estatuto Real, Francisco Cabello, de acuerdo con esa formación, dio los primeros pasos en la carrera judicial. Así, desde octubre de 1833 hasta junio de 1835 estuvo trabajando como fiscal del Juzgado del Serenísimo Señor Infante Francisco de Paula de Zaragoza. Esta labor le dejó tiempo para incorporarse como secretario en la Junta de Sanidad de esta ciudad, establecida en el verano de 1834 para hacer frente a la epidemia de cólera, de la que también se vio afectado. Además, se vinculó en enero de 1835 como socio de número en la Sociedad Económica de Amigos del País y, por supuesto, conforme a sus convicciones políticas, se integró en la milicia urbana, donde alcanzó el grado de teniente.
El ardoroso rechazo al carlismo mostrado en este instituto parece que influyó en la decisión del capitán general de Aragón, a propuesta de la Audiencia de Zaragoza, de nombrarle en junio de 1835 corregidor interino de Tarazona (Zaragoza). Era un cargo con nombre antiguo, pero con el contenido nuevo de juez de primera instancia, que debió de ejercerlo a satisfacción de los vecinos, a decir de las exposiciones elevadas por las instituciones principales del partido abogando por su permanencia, cuando en enero de 1836 fue trasladado con el mismo título y carácter a Daroca (Zaragoza). Aquí su comportamiento debió de ser bastante similar, ya que su solicitud para la concesión de la plaza en propiedad fue avalada por las corporaciones y las autoridades civiles y militares del municipio.
Detrás de esos reconocimientos se encuentra —todo lo señala— el ejercicio de una magistratura con total independencia de la lucha política existente en el campo liberal. De la misma manera, Francisco Cabello no participó como miliciano urbano ni en las movilizaciones del verano de 1835, que facilitaron el acceso al poder de los progresistas, ni tampoco, ya como guardia nacional, en las del año siguiente, que acabaron clausurando el régimen del Estatuto Real e inaugurando una nueva etapa con el restablecimiento provisional en agosto de la Constitución de 1812.
Pues bien, este cambio, con el retorno a las riendas del Estado del liberalismo avanzado, significó para Francisco Cabello la transmutación de la carrera judicial por la gubernativa.
En efecto, a mediados de diciembre era nombrado jefe político de la provincia de Teruel y en este cargo, aunque lo desempeñara interinamente, se mantuvo hasta febrero de 1838. Durante este mandato, por un lado, siguió destacando por su defensa de la causa isabelina.
Así, condecorado con la charretera de honor por su defensa del régimen constitucional en el Trienio Liberal, instituido en julio de 1836, por su actuación contra la red contributiva carlista de la provincia, se le concedió en octubre de 1837 la Cruz supernumeraria de la Real y Distinguida Orden de Carlos III.
Por otro lado, reveló ya su claro respaldo a la opción política progresista, como se puso de manifiesto en las elecciones legislativas que, tras la promulgación de la nueva Constitución, se celebraron en la última fecha indicada. Lógicamente, el triunfo en éstas a nivel estatal del partido moderado y la presión ejercida por los conservadores turolenses estuvieron detrás de su cese del cargo.
Con todo, después de resultar fallidos sus intentos por recuperar la carrera judicial, en diciembre de 1838 fue nombrado jefe político de la provincia de Castellón de la Plana. Algo que resulta chocante, dado que los moderados se encontraban en el poder. Pero más aún si se tiene presente, primero, que se mantuvo en el cargo hasta noviembre de 1839 y, segundo, que durante su mandato captó a los vecinos, ya que en las elecciones legislativas de enero de 1840 logró acta de diputado por esta provincia; un escaño de especial valor porque en estos controvertidos comicios el Gobierno moderado, sostenido desde el verano sólo por la prerrogativa regia, consiguió el respaldo parlamentario que le faltaba, imprescindible para llevar adelante, como pretendía, una serie de proyectos legislativos para modificar restrictivamente el sistema político. Entre ellos se encontraba el relativo al régimen municipal que, con el objeto de poner fin al predominio progresista en las instituciones locales, recuperaba para el Ejecutivo el nombramiento de los alcaldes y convertía a los ayuntamientos en simples órganos consultivos. Dentro de los bancos de la oposición destacó la voz de Francisco Cabello porque, rechazándolo, mostró una particular competencia sobre la materia al centrar su argumentación en la pérdida de las atribuciones privativas de los municipios, que para él “reducían a los ayuntamientos a la nulidad”.
Pues bien, esta intervención y las realizadas en la contestación al discurso de la Corona le hicieron ganar muchos enteros en las filas progresistas.
Como es conocido, esa normativa local se convirtió en el caballo de batalla del enfrentamiento en toda regla entre moderados y progresistas, y de las autoridades que, respectivamente, les respaldaban, la Reina gobernadora y el general Baldomero Espartero. El fracaso de sus negociaciones y la decisión de la regente de sancionar el 14 de julio la controvertida ley municipal generaron, en un ambiente de creciente efervescencia popular, una situación de impasse político, traducida en una sucesión de gabinetes. En el segundo de estos gabinetes de signo progresista establecido en Barcelona, el presidido desde el 12 de agosto por Valentín Ferraz, entró Francisco Cabello al frente del Ministerio de la Gobernación. Muy poco duró en esta responsabilidad porque, antes de que este Gabinete se desplazara a Valencia tras los pasos de la familia real, siguiendo el ejemplo del titular de Hacienda, José Ferraz, el 19 resignaba el cargo, siendo reemplazado interinamente al igual que el anterior por José María Secades. También su nombre y ocupando la misma cartera ministerial estuvo en el último de estos gabinetes, el presidido desde el 11 de septiembre por el progresista Vicente Sancho, pero que, no contando con el aval de la Junta provisional de Madrid —gran directora del triunfante movimiento insurreccional progresista—, se quedó en un simple gobierno de la Gaceta, que el 16 era reemplazado por el liderado por Baldomero Espartero.
El trienio de hegemonía del liberalismo avanzado entonces iniciado, y reafirmado con la renuncia de María Cristina a la regencia, deparó para Francisco Cabello una mayor presencia en la escena pública.
Así, conforme a sus antecedentes inmediatos en noviembre fue nombrado jefe político de la provincia de Valencia. Un destino puramente transitorio, de ahí que se le encargara en comisión, porque ahora vería satisfechas sus aspiraciones de reincorporación a la esfera judicial: desde enero de 1841 fue magistrado de la Audiencia de Madrid. Eso sí, compatibilizándolo con su escaño en el Congreso, que lo revalidó en las elecciones del siguiente mes, esta vez por Teruel y Castellón de la Plana. Optando por este último distrito, se involucró de forma notable en las tareas parlamentarias, ocupando la vicepresidencia en el segundo período de sesiones de la legislatura, y participando a lo largo de la misma en los debates y comisiones principales de la cámara. Por ello, en parte, fue integrado en distintas comisiones gubernativas como las establecidas para poner en armonía las leyes de ayuntamientos y diputaciones provinciales, revisar la legislación sobre la dotación de culto y clero, o formular el proyecto de ley que determinara la resolución de los conflictos entre las autoridades administrativas y judiciales.
Fue incorporado a estas juntas por descollar como diputado, pero sobre todo porque, vinculado a la tendencia templada de la familia progresista, tras apoyar la designación de Baldomero Espartero como regente único, fue uno de sus seguidores y de los ejecutivos por él nombrados. Lo fue, además, cuando, frente al autoritarismo de éstos, amplios sectores del liberalismo avanzado se pasaron a las filas de la oposición.
Como así se evidenció, primero, en las elecciones de marzo de 1843, en las que Francisco Cabello pudo sumarse al mermado grupo esparterista gracias a la renuncia de uno de los elegidos por el distrito de Castellón de la Plana, ya que él sólo había logrado acta de diputado suplente. Y, después, cuando ya se desarrolló el movimiento insurreccional antiesparterista ante la decisión del regente de disolver esas Cortes, al ser nombrado el 20 de junio jefe político en comisión de la aún fiel provincia de Madrid. Con todo, Francisco Cabello no lo aceptó por considerar que había personas más idóneas y parecerle ahora incompatible con su puesto en la Audiencia de la capital.
Terminada la regencia del duque de la Victoria con el triunfo de esa movilización, se elevaron algunas voces solicitando el cese de Francisco Cabello del cargo de magistrado, pero no tuvieron repercusión hasta que los moderados asieron con fuerza las riendas del poder. Con su dominio, tras abandonar en febrero de 1844 la Audiencia y ser declarado cesante, se inició un período de alejamiento de la escena pública.
Durante ese tiempo, se dedicó con sus compañeros de la tendencia esparterista y de los distritos de Teruel y Castellón de la Plana, Francisco Santa Cruz y Ramón María Temprado, a concluir la redacción de la Historia de la guerra última en Aragón y Valencia. Finalmente, en agosto de 1847, con la política de conciliación promovida durante el corto tránsito por el Ejecutivo de los moderados puritanos, fue nombrado senador vitalicio. En calidad de tal, formó parte de la comisión del Partido Progresista que, tras el proceso revolucionario de 1848, se encargó de la reelaboración del programa y se situó en la opción de la mayoría a favor del mantenimiento del “liberalismo respetable” articulado en torno a la Constitución de 1837, frente ideario de la minoría, del que acabaría surgiendo en abril de 1849 el Partido Progresista Demócrata.
Fiel a los presupuestos liberales, ocupando esa dignidad senatorial y disfrutando desde diciembre de 1847 de una pensión de jubilación de treinta mil reales anuales, Francisco Cabello falleció el 7 de febrero de 1851 en su domicilio de la plaza de San Juan, de Calatayud (Zaragoza). Juana de Echenique, con la que había contraído matrimonio en noviembre de 1835, se quedaba viuda, con una pensión anual de quince mil reales.
Obras de ~: con F. Santa Cruz y R. M.ª Temprado, Historia de la guerra última en Aragón y Valencia, Madrid, Imprenta del Colegio de Sordo-Mudos, 1845, 2 ts.
Bibl.: M. Ovilo y Otero, Manual de biografía y bibliografía de escritores españoles del siglo XIX, vol. I, París, Librería de Rosa y Bouret Besanzon, 1859, pág. 106; Anónimo, Los Ministros en España desde 1800 a 1869. Historia contemporánea por Uno que siendo español no cobra del presupuesto, vol. III, Madrid, J. Castro y Compañía, 1869-1870, págs. 562-563; M. Gómez Uriel, Bibliotecas antigua y nueva de escritores aragoneses de Latassa: aumentadas y refundidas en forma de diccionario bibliográfico-biográfico, vol. I, Zaragoza, Imprenta de Calisto Ariño, 1885, págs. 253-254; D. Gascón Gimbao, Relación de escritores de la provincia de Teruel: nombres, lugar de nacimiento, siglos en que florecieron, apuntes biográficos y materias que cada uno trata en sus obras, Zaragoza, Mariano Escar, 1908, pág. 51; A. Eiras Roel, El partido demócrata español (1849-1868), Madrid, Rialp, 1961; A. López, “D. Francisco Cabello Rubio, de Torrijo del Campo; un político que llegó a Ministro de la Gobernación”, en Boletín de la Excma. Diputación Provincial de Teruel (1969); F. Cánovas Cervantes, “Los partidos políticos”, en J. T. Villarroya et al., La era isabelina y el sexenio democrático (1834-1874), pról. de J. M.ª Jover Zamora, en J. M.ª Jover Zamora (dir.), Historia de España de Menéndez Pidal, vol. XXXIV, Madrid, Espasa Calpe, 1991, págs. 371-499; J. M.ª de Jaime Lorén y J. de Jaime Gómez, “Francisco Cabello Rubio (Torrijo del Campo 1802-1851)”, en Xiloca. Revista del Centro de Estudios del Jiloca (Calamocha, Teruel), 1996.
Javier Pérez Núñez