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Cristóbal Crespí de Valldaura y Brizuela

Biografía

Crespí de Valldaura y Brizuela, Cristóbal. San Mateo (Castellón), 1599 – Madrid, 1671. Jurista, caballero de Montesa, regente del Consejo de Aragón, vicecanciller del Consejo de Aragón.

Hijo primogénito de Francisco Crespí de Valldaura y Borja. Fue jurista de prestigio indiscutible, formado inicialmente en la Universidad de Salamanca, donde terminó sus estudios de bachiller. Los estudios jurídicos los realizó en la Universidad de Valencia, de la que se considera fundador a su abuelo, Luis Crespí de Valldaura (1460-1522), finalizando su formación como doctor en Derecho en 1627. Más tarde desempeñó la docencia en la misma Universidad de Valencia.

Heredó de su familia diversas posesiones territoriales, tales como el señorío de Sumacárcer, que permaneció bajo el dominio de la familia Crespí hasta la disolución del régimen señorial. En igual situación se encontraba el monasterio cisterciense de Valldigna, que se mantendrá bajo el dominio de dicha familia hasta el siglo xix.

Desde 1629 desempeñó la función de asesor para causas civiles en el virreinato de Valencia. En 1632 fue fiscal de la Audiencia de Valencia. Al año siguiente fue nombrado oidor de la Sala del Crimen, pasando al poco tiempo a la Sala de lo Civil. Posteriormente, fue asesor de la Orden de Montesa. En 1642 se trasladó a la Corte, donde fue nombrado regente del Consejo de Aragón, en sustitución de Matías de Vaietola y Cavanillas, siendo presidente del Consejo en esos años el cardenal Gaspar de Borja y Velasco. Desde 1652 a 1671 fue vicecanciller de la Corona de Aragón, cargo que desempeñaba al fallecimiento de Felipe IV, en cuyo testamento fue nombrado miembro de la Junta de Gobierno de la minoridad de Carlos II, de la que formó parte hasta su fallecimiento en 1671. También fue designado en el testamento de Felipe IV miembro de la “Junta de Tutores”.

Como vicecanciller del Consejo de Aragón mantuvo desde 1668 una postura contraria a la provisión de los oficios de Cerdeña en personas procedentes de dicha isla, interviniendo también en la disolución de sus Cortes. Igualmente, desde su cargo en el Consejo, promovió diversos conflictos de jurisdicción con la Inquisición.

En el ámbito cortesano y en su actuación como miembro de la Junta de Gobierno se mostró partidario de Juan José de Austria, y acérrimo enemigo del Nithard, quien criticaba abiertamente la actuación del vicecanciller y del Consejo de Aragón en los asuntos de Cerdeña. También se mostró contrario a Nithard en las negociaciones con Inglaterra de 1666 interviniendo luego en su salida de la Corte.

En 1669 participó activamente en la reforma de la Orden del Císter en la Corona de Aragón, y concretamente en el importante monasterio de Valldigna, después de haber recabado la intervención del Papa y conseguido la colaboración del nuncio papal. Por ser Cristóbal Crespí caballero de la Orden de Montesa y depender la misma del Consejo de Aragón y no del Consejo de Órdenes propició diversas reformas, ya que inicialmente seguía la regla del Císter y años más tarde la relegó y adoptó el Oficio romano.

Una de las más destacadas facetas de Crespí fue la de jurista, y su obra llamada Observationes [...], un extenso tratado en dos volúmenes sobre jurisprudencia, derecho procesal, derecho civil y penal de Valencia, de Aragón y de Cataluña, es considerado uno de los textos históricos más importantes del derecho de la Corona de Aragón. Crespí gozó de una general consideración como excelente jurista y como persona de extrema honradez. A su muerte, el cargo de vicecanciller del Consejo de Aragón fue ocupado por Melchor de Navarra y Rocafull.

 

Obras de ~: Observationes illustratae decisionibus Sacri Supremi Regii Aragonum Consilii, Supremi Consilii Sanctae Cruciatae, et Regiae Avdentiae Valentinae, Lugduni, Horatii Boissat & Georgii Remeus, 1662, 2 vols.; con N. Antonio y A. Solís, Cartas de [...] don Nicolas Antonio i de don Antonio de Solis. Añadese una de don Christoval Crespi de Valdaura; las publica don Greg. Mayans i Siscar [...]; và añadida una Oracion de èl mismo que exhorta à seguir la verdadera idea de la eloquencia española [...], Lyon, Imprenta Deville Hermanos y Chalmette, 1733.

 

Bibl.: Principado, Por el Pricipado [sic] de Cathaluña, que el Vicecanciller del Supremo Consejo de Aragon ha de ser de la Corona: breve recopilacion de los fundamentos mas sustanciales en fauor desta pretencion, Barcelona, Impressor Jeroni Margarit, 1622; L. Ejea Talayero, Dissertatio fiscales de iurisdictione ducis belli iuxta foros Aragonum (inscripta et dicata Excellentisimo D. Chrisrofoto Crespi de Valldaura, Equestris Montesiae, Ordinis generali Assesori et clavijero Magno, regnorum Coronae Aragonum, Vicecandellario maximo, eiusde, Sacri Supremi Principi; in sexvirali Hispanici et Indici imperio adssesu Philippi IV providentia, consiliario designatissimo, selectisimo auctore [...], Madrid, 1668; F. Jardiel, El Venerable Palafox, Madrid, Sucesores de Rivadeneyra, 1892; J. Juderías, España en tiempo de Carlos II el Hechizado, Madrid, Tipografía de la Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, 1912, págs. 231-264; Lalinde Abadía, “El Vicecanciller y la presidencia del Supremo Consejo de Aragón”, en Anuario de Historia del Derecho Español (AHDE), (Madrid, Ministerio de Justicia), t. 30 (1960), págs. 175-248; M. Peset, “Notas sobre la abolición de los Fueros de Valencia”, en AHDE (1968), págs. 657- 715; H. Kamen, La España de Carlos II, Madrid, Crítica, 1986, pág. 605; F. A. Robres, R. Benítez Sánchez Blanco y E. Ciscar Pallarés, “La Valldigna y su monasterio en el centro de la política española de mediados del siglo xvii”, en L’Avenç, Revista d’investigació i assaig de la Valldigna, 4 (1988), págs. 22- 25; G. Maura, Vida y reinado de Carlos II, Madrid, Aguilar, 1990; J. Arrieta, El Consejo Supremo de la Corona de Aragón, Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 1994; M. J. Carbonel Borja, “Las cortes forales valencianas”, en Corts. Anuario de Derecho Parlamentario (Valencia), n.º 1 (1995), págs. 57-65; V. Pons Alós, El señorío de Sumacarcer en la Baja Edad Media. De mudéjares a moriscos, Valencia, Associació d’amics de l’Ermita de Sumacarcel, 1995; J. Casey, “Una libertad bien entendida: los valencianos y el estado de los Austrias”, en Manuscrits (Norwich, University of Eats Anglia), n.º 17 (1999), págs. 237-252; A. Graf Von Kalnein, Juan José de Austria en la España de Carlos II, Lérida, Milenio, 2001; X. Gil, “Parliamentary life in the Crown of Aragon: cortes, juntas de brazos, and other corporate bodies”, en Journal of Early Modern History, Leyden, Brill Academic Publishers, 2004, págs. 362-395, P. Sanna, “Le origini delle compagnie barracellari e gli ordinamenti di polizia rurale nella sardegna moderna”, en Diritto@Historia (Sassari, Università de Sassari), n.º 4 (2005).

 

María del Carmen Sevilla González

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