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Miguel Marta y Andrés

Biografía

Marta y Andrés, Miguel. Villarroya (La Rioja), p. s. XVII – Zaragoza, XI.1676. Jurista y magistrado aragonés, regente del Consejo de Aragón y justicia del reino de Aragón.

Era hijo de Jerónimo Marta y Cándida Andrés, originarios de Calatayud. Estudió Leyes en la Universidad de Zaragoza. En 1633 era juez de Encuestas, y de esa plaza accedió a la Sala Criminal de la Audiencia de Aragón, al promocionar Diego Morlanes a la Civil (consulta de 13 de enero de 1633). En la consulta en que se incluía su candidatura, se recuerda a su padre, que prestó muchos años de servicio en la Audiencia y de la que llegó a ser regente. En 1636 se encontraba en la Audiencia Civil (consulta de 25 de agosto de 1636), puesto al que accedió por promoción de José Segura a asesor del gobernador. Se le encomendó la insaculación de la ciudad de Jaca (17 de marzo de 1644). A continuación, accedió al puesto de regente de la Audiencia, cuyo título se le expidió el 5 de octubre de 1644, como sucesor de Vicente Hortigas, dejando su puesto de la Sala Civil a Juan Bautista Alegre. Siendo regente de la Audiencia informó sobre las haciendas de catalanes embargadas en el reino de Aragón, en junio de 1645 como una más de las actividades que podían corresponder a estos magistrados, particularmente si la situación era de guerra, como en este caso. Pasó al Consejo de Aragón para sustituir precisamente al fallecido Hortigas en junio de 1652.

Juró su cargó y recibió sentencia de excomunión el 22 de junio de 1652, sábado, según señala el Libro de Resoluciones del Consejo de Aragón o Diario de Villacampa y también Crespí en el suyo. Su plaza de regente de la Audiencia lo ocupó Juan Bautista Alegre (consulta de 20 de diciembre de 1644). Al año de ingresar en el Consejo, se le encargó la investigación de las “exhorbitantes molestias y contribuciones que han padecido los lugares de Cataluña de los cabos y soldados del ejército en los alojamientos”, en el invierno de 1652. Esa investigación fue ordenada por el propio Consejo de Aragón, que era consciente de que los abusos daban lugar a serios problemas de orden público, por lo que se consideró importante aclarar hasta dónde llegaban las contribuciones exigidas a las localidades en las que estuvieron alojados los soldados.

Marta sería el “ministro independiente” que llevara a cabo esta investigación sumaria, para proceder al castigo de los que hubieran incurrido en abusos y “excesos delictivos”, puesto que se consideraba que ello “ponía en riesgo la Provincia y consiguientemente la Monarquía” como claramente se afirma en consulta del Consejo de Aragón de 28 de julio de 1653, firmada por el vicecanciller Crespí y los regentes conde Robresc de Albatera, Villacampa, Castellví, Juan de Palafox, obispo de la Puebla, el propio Marta y Pascual de Aragón. En esta línea, al mes siguiente (12 agosto) fue efectivamente enviado a Aragón a “lucidar” el “accidente del paso de dos mil irlandeses al enemigo con sus carros, concertados de hacer lo mismo con inteligencia del rey de Inglaterra desposado que estava en París que ha sido notable traicion”.

Ello provocó la reacción del gobernador, que consideraba que no era necesaria la comisión de la investigación a Marta, pero el Consejo se mantuvo en su idea y Crespí, como vicecanciller, porfió en ella y recibió respuesta regia el mismo día, 12 de agosto de 1653, para que Marta saliera hacia Aragón. Fernando Sánchez Marcos señala que Juan de Austria se opuso al nombramiento de Marta y que finalmente fueron designados Pedro de Villacampa y Miguel Pérez de Nueros (1983: 127) sin que se sepa, según este autor, si se llegó a dirimir la cuestión en forma de resolución firme. Finalmente, el 12 de diciembre de 1653, Marta fue enviado a Zaragoza para servir el oficio de jurado en cap. El vicecanciller Crespí no era partidario de estas ausencias, pero en este caso le pareció conveniente para mantener el estado de las regalías en Zaragoza. Su larga permanencia en el Consejo de Aragón dio lugar a su integración en el círculo de poder e influencia del mismo, bajo la batuta del vicecanciller Crespí, seguramente incluyendo a la rama familiar, tan bien situada en Zaragoza. Por ejemplo, Crespí se hace eco de la muerte en dicha ciudad, el 17 de junio 1657, de Francisco Gómez de Mendoza, cuñado de Marta. Por fallecimiento del justicia Jerónimo Castellot, fue nombrado para tal cargo el 20 de noviembre de 1660, de cuyo juramento ha quedado constancia.

Pidió, con motivo del nombramiento y del correspondiente traslado a Zaragoza, la exención de los “derechos de ropa” que se pagaban en los puertos de Castilla. Al año siguiente solicitó el título de Don para sí y sus sucesores (escrito de 17 de septiembre de 1660). Fue Justicia hasta su muerte en noviembre de 1676. Fue enterrado en la iglesia del convento mayor de San Agustín. Su viuda, Cecilia Gómez de Mendoza, percibía la renta correspondiente de 3.300 reales de plata. Las familias Marta y Mendoza parecen integrar un grupo bien situado en Zaragoza y bien conectado con la Corte. Entre ellos destacó el padre de Miguel Marta, Gerónimo Marta, que accedió a la Sala Civil de la Audiencia, por jubilación de Agustín Pilares (consulta de 16 de febrero de 1624) y que en septiembre de 1629 pasó a ser regente de la Cancillería en la misma audiencia, de modo que la plaza que ocupaba en la Audiencia Civil la cubrió Pedro Tarazona. Coetáneo suyo fue Antonio Agustín Mendoza, el cual accedió a la Sala Civil en 1625 (consulta de 27 de abril de 1625) por muerte del doctor Juan Canales. En la siguiente generación compareció Gerónimo Marta y Mendoza, que era juez de encuestas cuando accedió a la Sala Civil por fallecimiento de Juan Bautista Gómez Raxo. Su plaza de juez de encuestas la ocupó Luis de Exea y Descartín (consulta de 22 de junio de 1667). Posteriormente, pasó a la Sala Criminal y de ésta a la Civil, paso propuesto por el Consejo de Aragón en consulta de 22 de septiembre de 1672, siendo ocupada la vacante por Luis de Exea y Descartín (leg. 144). Hijo del biografiado fue Miguel Marta y Mendoza, que fue arcediano y canónigo de la santa iglesia de Tarazona, y que presentó su candidatura para obtener honores de consejero del Consejo de Aragón (Real Decreto de 6 de agosto de 1688), pero no hay constancia de que se le concedieran.

Desde luego, no llegó a ejercer como miembro de dicho Consejo.

 

Obras de ~: Ordinaciones reales de la ciudad de Jaca, 1644; Dolmer, Ordinaciones reales de la ciudad de Calatayud, Zaragoza; Diego, Ordinaciones, 1652; Ordinaciones reales de la ciudad de Tarazona, Zaragoza, Juan de Ibar, 1655.

 

Fuentes y bibl.: Archivo de la Corona de Aragón, Consejo de Aragón, leg. 34, doc. 112, consulta de 13 de enero de 1633; leg. 33, doc. 261, consulta de 25 de agosto de 1636; leg. 297, doc. 142, 9 de junio de 1645; leg. 33, doc. 264, consulta de 20 de diciembre de 1644; leg. 264, 39; leg. 33, doc. 308; leg. 32, 254, escrito de 17 de septiembre de 1660; leg. 32, doc. 270; leg. 33, doc. 266, consulta de 16 de febrero de 1624; leg. 33, doc. 232, consulta de 27 de abril de 1625; 135, consulta de 22 de junio de 1667; leg. 144, 30, Real Decreto de 6 de agosto de 1688; Registros de Cámara, 63, Zaragoza, 17 de marzo de 1644; 12, fols. 154; 14, fol. 162; 18, fol. 53; Biblioteca Nacional de España, Manuscrito 5742: 54r., 54v., 64r. viernes 12 de diciembre de 1653, 177v.; Archivo Histórico Nacional, Consejos Suprimidos, 2029, Libro de Resoluciones y Ceremonias del Consejo de Aragón, fol. 40r.

C. Crespí de Valdaura, Observaciones illustratae decisionibus Sacri Supremi Aragonum Consilii Sanctae Cruciatae et Regiae Audientiae Valentiae (Admonitio ad lectores curiosos), Lyon, Deville et Chalmette, 1677; M. Gómez Uriel (ed.), Biblioteca antigua y nueva de escritores aragoneses de Latassa aumentadas y refundidas en forma de diccionario bibliográfico-biográfico, vol. II, Zaragoza, Imprenta de Calisto Ariño, 1884-1886, págs. 248-249; J. Lalinde Abadía, “Vida judicial y administrativa del Aragón barroco”, en Anuario Histórico del Derecho Español, 51 (1981), págs. 420- 521; J. H. Elliott, La rebelión de los catalanes (1598-1640), Madrid, Editorial Siglo XXI, 1982, 2.ª ed.; F. Sánchez Marcos, Cataluña y el gobierno central tras la Guerra de los Segadores (1652-1679), Barcelona, Edicions Universitat, 1983; J. Arrieta Alberdi, El Consejo Supremo de la Corona de Aragón, 1494-1707, Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 1994.

 

Jon Arrieta Alberdi