Azaola Urigüen, Jose Miguel de. Bilbao (Vizcaya), 6.V.1917 – Alcalá de Henares (Madrid), 8.IX.2007. Jurista, pensador, ensayista, publicista, editor, directivo empresarial.
Compañero de generación de Blas de Otero o Lauaxeta, hizo la guerra civil con los llamados “nacionales”. Pasó gran parte de su vida fuera del País Vasco, fuera en Madrid, París, o Friburgo, aunque residió en San Sebastián el tiempo que trabajó en Pasajes en una empresa del sector pesquero de altura. Fue funcionario de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y anduvo ocupado en el mundo de la edición. Aunque de formación jurídica, quizás el derecho fue el prisma predominante en sus análisis, compartió un rasgo con muchos vascólogos: su poligrafismo, consecuencia de la prolongada ausencia de una Universidad que especializase los saberes. En realidad fue el jurista del grupo de formidables intelectuales que, señalados por su vasquismo fuerista y alto nivel intelectual, formaron, hacia los años cincuenta o sesenta del pasado siglo, una verdadera generación y al que pertenecen figuras como José de Arteche, que de algún modo los aglutina, Luis de Michelena, Fausto Arocena, Julio Caro, Carlos Santamaría, Manuel Agud, y otros nombres algo más jóvenes como Juan Ignacio Tellechea, Antonio Beristain, etc…Como muchos de ellos Azaola fue un hombre de acendrada religiosidad, próximo a las posiciones de renovación del catolicismo, y así preparó las jornadas católicas de San Sebastián de los años cincuenta.
Prescindiendo de su activismo como intelectual y literato, (así sus sobresalientes estudios sobre Unamuno), su pensamiento político, presenta dos ejes temáticos destacados: su idea sobre la regionalización de España y su visión sobre el País Vasco. Más allá de su labor como publicista, estas ideas quedaron expuestas en su libro Vasconia y su destino (del que El País Vasco, constituye una síntesis actualizada) a cuya elaboración dedicó un esfuerzo prolongado, en dos tomos y tres volúmenes de más de mil quinientas páginas. Si nos centramos en su reflexión territorial, llama la atención su anticipación del modelo constitucional. En concreto, Azaola considera la regionalización un proceso imparable, pues, según su criterio, obedece al principio de emulación, que ha de impedir que ninguna parte del territorio nacional se quede al margen, como ya ocurrió en la Segunda República, ya que, cuando estalló la guerra, se estaban preparando Estatutos de autonomía en Aragón, en Valencia, en Andalucía, etc. Siendo la regionalización un fenómeno o proceso generalizado, se evitará la división entre lo que Ortega llamó la "España arisca", y todas las demás regiones.
Para Azaola hay diferentes tipos de regionalización, hablemos de un Estado federal o de otras posibles formas federativas. Se apunta así a la idea del pluriformismo de los fenómenos federales. Azaola defiende una base constitucional de la regionalización, que asegurará al tiempo que su generalización, también una cierta homogenización. La base constitucional del proceso lleva a su extensión nacional, pero con una matización bien importante. La descentralización se asume sobre la igualdad jurídica de todos los componentes territoriales del Estado, lo que no equivale –subrayó– a su igualdad efectiva. La asimetría se desarrolla entonces con plena legitimidad en el plano de la realidad, fuera del orden prescriptivo. De otro lado, fiel a su idea de democracia descentralizada o de detalle, Azaola, de acuerdo con el relieve que la vida local adquiere en los sistemas descentralizados europeos, insiste en la necesidad de la consagración constitucional de la autonomía municipal y provincial que asegure su efectividad.
Con extraordinaria lucidez, y sin duda utilizando su experiencia como funcionario internacional y su conocimiento de la vida política europea, reparó en la simultaneidad de la regionalización de España con la construcción de Europa. Necesariamente, advirtió que la unidad base de Europa no eran las regiones sino los Estados. Desintegrados éstos, Europa se desquiciaría: quedaría atomizada, dividida en cien entes minúsculos, cuyos microorganismos serían tan peligrosos y aberrantes como los macronacionalismos, que retrasan el advenimiento de la unidad continental.
Por lo que se refiere a su idea del País Vasco, la contribución esencial de Azaola es su profundización en el foralismo, o sea, la constitución histórica vasca. El punto de partida consiste en su insistencia en el pluralismo como rasgo constitutivo del País Vasco, definible como “verdadero mosaico”, caracterizado por “la proliferación de singularidades y particularismos”, aunque sea indudable la existencia de una unidad subyacente dotada de originalidad y coherencia suficientes.
La reflexión sobre el mundo espiritual vasco se dirige a la lengua, la religión y los fueros. Tiene sentido recordar la lucidez con la que Azaola reconoce carácter propio en el País Vasco al castellano que es una lengua que lleva el sello vasco. La religiosidad vasca es eminentemente práctica, por tanto, moral más que especulativa o teológica. Por lo que se refiere al mundo rural, es básica su contribución a la sedimentación familiar, lo que da cuenta de su extremosidad en lo sexual. En el caso de la religiosidad urbana, la religión aporta una justificación al esfuerzo económico. La salvación individual es la coronación del éxito económico, que la anticipa en este mundo, afirma weberianamente Azaola.
La parte más interesante del pensamiento de Azaola sobre el País Vasco tiene que ver con su idea de los fueros. Azaola identifica correctamente el régimen foral, como un sistema de autogobierno político administrativo, procedente de la época estamental, que descansaba en el equilibrio entre las Juntas, como representación del territorio, y el Señor. Equilibrio que comprende determinados instrumentos de actuación de las Juntas sobre el Señor, y del Señor sobre las Juntas.
Sin duda el régimen foral constituía un sistema de gobierno bastante bien diseñado. En la forma política foral había unas tareas o funciones políticas mayores que corresponden al Monarca: la guerra, las relaciones exteriores, la justicia; y otras labores menores que tienen que ver con la Administración, o el fomento público. De las primeras, se encarga el Rey, o su representante, el corregidor; y de las otras, se encargan las Juntas o las diputaciones en Guipúzcoa y los regimientos en Vizcaya. La idea de Azaola del régimen foral lo conceptualiza como un régimen de autogobierno limitado, que no niega en última instancia al Monarca la preeminencia, innegable en el horizonte ideológico de la monarquía absoluta. Azaola fue un liberal fuerista que creía que, mediando un esfuerzo de acomodación o reactualización adecuado, no habría de haber problemas de integración entre el sistema constitucional y el régimen foral. Aunque este juicio pueda resultar cuestionable, Azaola pensaba, como los buenos fueristas del siglo XIX, que el tratamiento del liberalismo español del fuerismo no había sido suficientemente generoso.
Obras de ~: Vasconia y su destino, Madrid, Edit. Revista de Occidente, 1972-76, 3 vols.; El País Vasco, Madrid, Instituto de Estudios Económicos, 1988; Unamuno y sus guerras civiles, Bilbao, Laga, 1996.
Bibl: A. Celaya, J. Aguirre, A. C. Saiz Valdivieso, M. Unzueta, Mª T. Echenique, et al, “Intelectuales vascos de la posguerra”, en Cuadernos de Alzate, n.º 36, (2007); J. Aguirre, José Miguel de Azaola Urigüen, San Sebastián, Eusko Ikaskuntza, 2008; J. Aguirre, “José Miguel de Azaola. Una semblanza” en José Miguel de Azaola, El genio personalista, ed. de A. Celaya Ibarra. Bilbao, Zuzenbidearen Euskal Akademia - Academia Vasca de Derecho, 2009; J. J. Solozabal. “El pensamiento político de José Miguel Azaola”, Cuadernos de Alzate, n.º 43, (2010); “Pensamiento político federal español: Azaola, Solé Tura, Trujillo”, Revista de Estudios Políticos, n.º 78 (2017).
Juan José Solozabal