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Felipe Vinyes

Biografía

Vinyes, Felipe. Ripoll (Gerona), 1583 – Madrid, 1643. Jurista, político e historiador.

Hijo ilegítimo de un clérigo, se apartó de la tradición familiar y decidió seguir los estudios de derecho. Eligió para hacer su carrera Huesca, la escuela sertoriana donde estudiaron Juan Pedro Fontanella y otros destacados juristas catalanes. Obtenidos los grados en Derecho civil y canónico, quizá permaneció allí algunos años ejerciendo la abogacía para trasladarse luego a Barcelona, donde en 1609 se inscribió en la matrícula de jurisperitos. Su posible demora en Huesca tal vez se explica por una nueva razón inconfesable: se trajo “una mujer casada con la que vivía escandalosamente amancebado”. Personaje inadaptado e incómodo, en lucha permanente con el establishment catalán (que a sus ojos aparecía instalado en una estéril actitud defensiva frente a la monarquía castellana, o bien, según su visión de los años treinta, en una contumacia igualmente paralizante), de carácter violento y colérico, Vinyes eligió la vía más directa, confiando en su propia fuerza, para prosperar, integrarse en la buena sociedad y hacer olvidar el origen oscuro de su nacimiento.

Sus clientes en Barcelona serían nobles con problemas de herencias o jurisdicciones, y, sobre todo, las instituciones catalanas: la Generalitat, el Consejo de Ciento y el estamento militar, para el que trabajó al menos desde 1613. En 1622, con motivo de la prórroga del virreinato del duque de Alcalá tras la muerte de Felipe III, Vinyes irrumpirá con fuerza como protagonista de la oposición a un hecho con el que finalmente las autoridades catalanas transigieron. A mediados de septiembre de ese año, Vinyes era elegido asesor del embajador enviado por el Consejo de Ciento a Madrid para mediar en la cuestión del juramento, y a la vez se le encargó escribir un memorial jurídico con objeto de defender la causa catalana.

En el Memorial dels fonaments y motius (1622), que publicó anónimamente en catalán y luego reeditó —traducido por él mismo— en Madrid a principios de octubre, vincula el tradicional requisito del juramento real en la inauguración del reinado con la revolucionaria teoría de unos pactos fundacionales que suponen la existencia de una soberanía popular originaria. La tesis de la autoliberación catalana no sólo causó sensación entre sus colegas, sino que abrió una polémica que se prologaría hasta la revuelta de 1640. Durante la estancia de Vinyes en Madrid, las entrevistas que mantuvo con el conde duque de Olivares y otros ministros, así como la posible promesa de un puesto en la Audiencia, debieron de atenuar su combatividad, hasta el punto de que aconsejó a los consellers de Barcelona que aceptaran una transacción: la admisión del virrey a cambio de la garantía de un próximo viaje de Felipe IV. Después del juramento del virrey, con las debidas protestas para no dar por bueno el precedente, los embajadores del Consejo de Ciento fueron sometidos a un proceso por obrar contra las instrucciones de la Ciudad y por exceso de gastos. Vinyes —que fue absuelto— dejó su papel de adalid de la prudencia para volver a convertirse en el primigenio agitador. Con motivo de las Cortes de 1626 —finalmente celebradas aunque no concluidas—, planteó la promulgación de una nueva constitución de la observancia —actuando ahora como portavoz del brazo militar—, que suponía la creación de un Tribunal de Contrafacciones, una suerte de moderno tribunal constitucional integrado a partes iguales por representantes del Rey y de los estamentos. Tras haber acreditado su capacidad de influencia, debió de pensar que ya era hora de recoger beneficios y aceptó la promesa de una plaza en la Audiencia que le ofreció el marqués de Eliche, futuro duque de Medina de las Torres, tesorero general del Consejo de Aragón y yerno del mismo Olivares.

Al no hacerse efectivo el nombramiento, Vinyes prosiguió su actividad como abogado y no tuvo escrúpulos en colaborar con las instituciones autónomas y aceptar el cargo de asesor de la Diputación de la Generalitat para el sexenio 1629-1635. Pero lo que le interesaba de verdad era su promoción a la Audiencia, puesto que obtuvo en 1630 convirtiéndose desde entonces en un puntal de la política real en Cataluña.

Próximo y protegido por el duque de Cardona, se convirtió en su asesor durante las dos etapas del virreinato de éste (1630-1632 y 1633-1638). Con la reanudación de las Cortes en 1632 tuvo Vinyes la oportunidad de demostrar su adhesión a la causa monárquica. Esta conducta hizo que concitara numerosas animadversiones entre sus antiguos correligionarios, por su defensa de la soberanía real y su intervención en los conflictos de la recaudación de los “quintos” y del contrabando de Mataró. No obstante, el cambio de bando y la promoción a la responsabilidad de abogado fiscal patrimonial (1634) no sirvieron para apaciguar las suspicacias entre sus nuevos patrocinadores que recelaban de su carácter e incluso de su doblez, por lo que se le negó la plaza de regente del Consejo de Aragón que ambicionaba. Después de los hechos revolucionarios de 1640, se exilió en Madrid, donde escribió Ilustraciones y discursos chronológicos y juridico políticos del Principado de Cataluña, que no llegó a finalizar. Finalmente, fue nombrado regente del Consejo de Aragón (1641) y cumplió diversas misiones políticas antes de su muerte.

 

Obras de ~: Memorial dels fonaments y motius ab los quals se prova his justifica que la nominació y deputació de Lloctinent General pera exercir jurisdictió en [...] Catalunya [...] no té lloc abans de haver jurat sa Majestat, Barcelona, 1622; Discurso en el qual se justifica ser justa la pretención [...] de Cataluña [...] en orden a que su Magestad se sirva [...] hazer y prestar el acostumbrado juramento, Barcelona, 1626; Discurso en el qual se justifica que los braços juntados en Cortes solos, sin el Rey, no pueden proveer oficios del General, Barcelona, 1632; Discurso del Dotor Felipe Viñes [...] en la querela de la ciudad de Barcelona sobre la provisión de Clau de Compte, s. l., 1636; Puntos en respuesta de la relación que se ha impresso por los deputados del General de Cataluña sobre los precehimientos hechos en Matarón, Barcelona, 1639; Desengaños a los pretextos de los amonitados en Cataluña (inéd.); Ilustraciones y discursos chronológicos y juridico políticos del Principado de Cataluña [...] Parte Primera. En la qual se refieren y declaran los principios de la Monarchía de Cataluña y se prosiguen del año 714 hasta el de 988, 1641-1643 (inéd.).

 

Bibl.: J. Sanabre, La acción de Francia en Cataluña en la pugna por la hegemonía de Europa (1640-1659), Barcelona, Real Academia de Buenas Letras, 1956; J. Arrieta, “La disputa en torno a la jurisdicción real en Cataluña (1585-1640): de la acumulación de la tensión a la explosión bélica”, en Pedralbes, 15 (1995), págs. 33-93; J. Villanueva López, “Felip Vinyes (1583-1643): su trayectoria política y la gestación de la revuelta catalana de 1640”, en Manuscrits, 17 (1999), págs. 307-340; A. Simon I Tarrés, Els orígens ideològics de la Revolució Catalana de 1640, Barcelona, Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1999; J. Villanueva López, Política y discurso histórico en la España del siglo xvii: las polémicas sobre los orígenes medievales de Cataluña, Alicante, Universidad, 2004.

 

Antonio Fernández Luzón