Argüello Bravo, Íñigo de. Las Brozas (Cáceres), 17.VII.1496 – Madrid, 22.VIII.1566. Consejero de Navarra y de Órdenes.
De familia pródiga en el servicio al Emperador, su llegada al Consejo de Órdenes testimonió la amplia presencia de extremeños en el organismo en el momento final del reinado, como sucediera en el caso del Consejo de Indias. Argüello llegó a ser rector en propiedad de la Universidad de Salamanca en 1526, donde obtuvo el grado de licenciado. Ello le permitió, a juzgar por el elevado número de cargos que ejerció, desempeñarse desde fecha temprana en plazas propias de letrados, empezando por los corregimientos de Murcia y Soria, en los que debió de permanecer hacia 1526 y 1534, cuando pasó a servir el corregimiento de Cartagena. En él permaneció apenas dos años, hasta que recibió nombramiento como corregidor de Vizcaya en 1536. Con su nueva promoción, Argüello llegaba a un puesto de gran complejidad jurídica, en un momento de ordenación del característico ordenamiento vizcaíno, puesto que lo ejerció en la época inmediata a la reforma y nueva publicación del Fuero de Vizcaya, que propició la consolidación de la intervención del corregidor en el funcionamiento administrativo del señorío. Bastante relevancia tuvo la intervención de Argüello en las tensas relaciones entre el señorío y su obispo diocesano. El primero apoderó a Juan de Olarte para que tratase con el obispo de Calahorra Alonso de Castilla sobre las capitulaciones, para su libre entrada en Vizcaya, centradas en el tiempo de residencia en cada territorio del señorío.
Personado Olarte en Valladolid, donde se encontraba el obispo, éste aceptó aquéllas y concedió lo que se le pedía. Con todo, al poco se celebró Junta de Villas y Ciudad para tratar del asunto y, a pesar de lo estipulado, los apoderados de Durango y Bermeo aún quisieron imponer condiciones al obispo para que residiera exactamente el mismo tiempo en cada una de las tres villas, cabezas de tercios. En ese momento, la habilidad de Argüello al apoyar a los representantes de la Junta apuestos a esta pretensión sirvió para desestimarla y sancionar el convenio de un modo definitivo.
Finalmente, el 18 de marzo de 1539 aprobó el Emperador lo actuado entre los vizcaínos y el obispo de Calahorra, y desde esa fecha pudo el obispo entrar en Vizcaya sin dificultades, aunque en el resto del siglo menudearon las reclamaciones. Asimismo, Argüello, hubo de afrontar el malestar del regimiento de las Juntas Generales a causa de los daños infligidos por los franceses en navío de señorío por destinarse la escuadrilla de Vizcaya a otro fin que guardar su costa de señorío. Igualmente, la disposición de la Junta de Villas y Ciudad a apoyar el deseo de Colindres de reincorporarse al señorío, condición que había perdido por la política del corregidor de las cuatro villas de la costa de la mar.
El hecho de que el cargo de corregidor de Vizcaya se ejerciese por períodos de uno, tres, o seis años, hace pensar que hacia 1539 debió de abandonar el puesto.
Tras un breve paso como oidor por la audiencia de Sevilla, Carlos V proveyó a Argüello como regente del Consejo de Navarra, cargo que ejerció entre agosto de ese año y el verano de 1550. La permanencia de Argüello en este cargo se significó por la delimitación de sus funciones y las del organismo que presidía con el virrey. En torno a la llegada de Argüello, quedó determinada la consulta en común de los grandes problemas de gobierno y justicia entre virrey, regente y Consejo de Navarra, lo que podría pensar que la coordinación previa fuera inexistente. La composición del poder entre el regente y el virrey pareció desde entonces favorable al primero, si bien el mismo año se le prohibió resolver asuntos pendientes de acuerdo que correspondían al Consejo.
En su paso por Navarra, Argüello se caracterizó tanto por el cultivo de relaciones políticas esenciales en su futuro político como por la inevitable participación en las rivalidades seculares del reino. En la continuidad de su progreso administrativo, sin duda le benefició su contacto con el marqués de Mondéjar, con el que coincidió en Navarra cuando éste ejerció como virrey entre 1543 y 1546. Desde entonces, se convirtió en informador sobre los asuntos navarros del flamante presidente de Indias, emitiendo juicios, a veces críticos, sobre Álvaro de Mendoza, conde de Castro y sucesor de Mondéjar en el virreinato.
La conjunción de sus relaciones y su intervención en las banderías navarras se tradujo en que se viera afectado por la propuesta del presidente Niño en 1549 de acometer cambios en la plantilla del Consejo de Navarra, supeditados al resultado de la visita de la que por entonces era objeto. Pendiente de resolución hasta la primavera del año siguiente, al definirse se abrió para Argüello la puerta del Consejo de Órdenes, en el que entró a partir del 15 de diciembre con hábito de la Orden de Santiago. Esta promoción entrañó un salto cualitativo para la posición política y social del licenciado, ya que, junto a la intervención en el despacho regular del organismo y en las comisiones derivadas, la vertiente de la gestión de hábitos y encomiendas de las Órdenes Militares le permitió un estrecho contacto con diferentes miembros de la Familia Real, así como la consolidación de su linaje.
Como el resto de sus compañeros en el Consejo, pero quizás en mayor medida por su afamado desprendimiento, Argüello aprovechó su plaza para el beneficio material de sus allegados y para él mismo. En este beneficio personal se vio favorecido por el apoyo del presidente Juan de Vega en octubre de 1557, para obtener la tenencia de Montánchez y la encomienda de Montalbán de Aragón, que se hallaban vacantes. Sin duda, fue esta ubicación política la que le permitió superar la suspicacia originada en la Corte por su encumbramiento material y superar la visita del obispo Martín Pérez de Ayala sin novedad. Desde entonces aparece ocupado en los asuntos de tipo eclesiástico que atendió el Consejo de Órdenes, en primer lugar la contención de la jurisdicción episcopal en aquellos lugares en los que la Orden poseía derechos reconocidos, como el partido de Andalucía. El segundo asunto que hubo de afrontar el Consejo fue el controvertido traslado del convento de San Marcos de León a Extremadura, a instancia del capítulo general de la Orden de Santiago reunido entre 1560 y 1562. Atendiendo estos y otros asuntos Argüello permaneció en el organismo hasta su muerte, contradictoriamente, sumido en la pobreza.
Fuentes y bibl.: British Library, add. 28704, fol. 34r.; Archivo Histórico Nacional, Órdenes Militares, lib. 133c, fols. 18r., 108v. y 188r.-v.; Archivo General de Simancas, Estado, leg. 77, n.º 156; leg. 120, n.º 63; leg. 129, n.º 21; leg. 466, n.os 217-220.
V. Vignau y F. R. de Uhagón, Índice de pruebas de los caballeros que han vestido el hábito de Calatrava, Alcántara y Montesa desde el siglo xvi hasta la fecha, Madrid, Estudio Tipográfico de la Viuda e Hijos de M. Tello, 1903, pág. 8; A. del Solar y Taboada, Memorial que elevó a S. M. en 1673 don Iñigo Antonio de Argüello Carvajal, mayorazgo de su casa, señor de Torre Canos. Sacado a luz seguido de notas, Madrid, 1932, págs. 5, 15-18, 19-21, 23 y 25; L. de Salazar y Castro, Los comendadores de la Orden de Santiago, vol. I, Madrid, Patronato de la Biblioteca Nacional, 1949, pág. 272; J. J. Salcedo Izu, El consejo Real de Navarra en el siglo xvi, Pamplona, Universidad de Navarra, 1964, págs. 82 y 87-89; I. J. Ezquerra Revilla, “Argüello Bravo, Íñigo de”, en J. Martínez Millán y C. J. de Carlos Morales (dirs.), Felipe II, 1527-1598. La configuración de la Monarquía hispana, Valladolid, Junta de Castilla y León, 1998, pág. 326; “Argüello Bravo, Íñigo de”, en J. Martínez Millán (dir.), La Corte de Carlos V, vol. III, Madrid, Sociedad Estatal para la conmemoración de los centenarios de Felipe II y Carlos V, 2000, págs. 50-54; El Consejo Real de Castilla bajo Felipe II, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V, 2000, pág. 131.
Alejandro López Álvarez