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Vicente Joaquín Noguera y Climent

Biografía

Noguera y Climent, Vicente Joaquín. Marqués de Cáceres (III). Valencia, 10.III.1759 – 29.VIII.1836. Diputado, regente de la Real Audiencia de Valencia.

Hijo de Vicente Antonio Noguera y Ramón (1728- 1797), catedrático de Jurisprudencia de la Universidad de Valencia, y de María Joaquina Climent y Rodrigo (1735), ambos naturales de Valencia. Un hermano suyo, José Noguera y Climent, fue cónsul de Su Majestad en Marsella y miembro de la Orden de Carlos III. Otro hermano, Pedro Juan, fue también jurista y, al igual que Vicente Joaquín, caballero de la Congregación de Nuestra Señora de la Soledad, desde 1780. Otros hermanos fueron Fernando, María Gabriela, Lorenzo Joaquín y sor Vicenta Alfonsa.

Alcanzó los grados de bachiller y doctor en las facultades de Filosofía y ambas Jurisprudencias, Civil y Canónica, llegando a ser catedrático de Jurisprudencia en la Universidad de Valencia. Se recibió como abogado de los Reales Consejos en 1781.

En 1787 fue nombrado alcalde del Crimen de la Chancillería de Valladolid. Nombrado oidor de la Audiencia de Valencia en 1795, pasó a ser decano de dicha institución, y el 6 de noviembre de ese mismo año, fue nombrado académico correspondiente de la Real Academia de la Historia.

De 1803 se conserva un expediente de licencia de casamiento con Josefa Roca y Moreno, baronesa de Antella, merced que usó hasta el 15 de noviembre de 1807, cuando recayó en su persona el título de marqués de Cáceres, pasando a ser su tercer poseedor, y que provenía de un primo suyo, Juan Ambrosio García de Cáceres y Aliaga.

Diputado por la Junta Superior de Valencia en las Cortes Generales y Extraordinarias (1810-1813), fue elegido el día 29 de enero de 1810 en la sala de reuniones de la Junta Superior de Valencia. Sus poderes se aprobaron el 24 de septiembre de 1810, jurando y tomando posesión ese mismo día. Intervino en treinta ocasiones, aunque, como dice Manuel Ardit, “sempre quan es discuteix algun petit problema local arribat a les Corts”, fundamentalmente cuestiones de naturaleza fiscal, aunque nunca se pronunció políticamente, siendo difícil su adscripción ideológica. Se opuso a la supresión de las juntas provinciales, alegando que “dirigen la opinión pública de toda la nación y forman los cuerpos intermedios que en toda la monarquía moderada o constitucional, cual es la que V. M. intenta constituir” (4 de febrero de 1811). Sobre la posibilidad de poner en práctica un habeas corpus, planteada por el diputado guatemalteco Manuel Llano, expuso, con gran convicción “los males que por su inobservancia se experimentaban”, proponiendo que se pusiera en práctica cuanto antes. Tenía una idea muy equivocada de la realidad americana, llegando a confundir a todos los indígenas con los indios belicosos. Cuando se discutió el primer reglamento de la Regencia, propuso dotar a ésta de mayores competencias, sobre todo en el tema de las negociaciones y tratados en política exterior, a fin de facilitarle las cosas al Gobierno. Denunció la falta de unidad de acción en los ejércitos de operaciones, así como la falta de planes combinados de la guerra defensiva y ofensiva.

Propuso amonedar la plata que había en Cádiz, tanto si se encontraba en barras como la que estaba labrada, para que sirviera de hipoteca para los préstamos que exigían las circunstancias del momento. Formó parte de la Comisión de Empleos y Pensiones, compuesta por cinco diputados, y de la de Inspección del Diario de Cortes, compuesta por tres diputados, siendo sustituido posteriormente por Borrull.

Asimismo, solicitó el regreso de Londres del general, duque de Alburquerque, por considerar que sus servicios eran más necesarios en la Península.

Se le concedió licencia por cuatro meses para regresar a Valencia por motivos de salud. De pensamiento tradicional, mientras estuvo en Cádiz vivió en la calle del Fideo, n.º 17.

Fue presidente de las Cortes, del 24 de febrero hasta el 23 de marzo 1811.

Concluida la Guerra de la Independencia retornó a Valencia. El 5 de septiembre de 1815 fue designado regente de su Audiencia. También fue regente en las audiencias de Mallorca y Cataluña. Además, fue fiscal del Consejo del Almirantazgo y comendador del peso real de Valencia en la Orden de Alcántara.

En 1829, hallándose ya jubilado de su cargo de regente, solicitó permiso para ir a Madrid a curarse de una “nube en un ojo” (el derecho), solicitud que le fue concedida.

 

Obras de ~: con F. Pérez Bayer, Diario del viaje que hizo desde Valencia a Andalucía y Portugal en 1782, Madrid, Real Academia de la Historia, transcrito por V. J. Noguera (parcialmente impreso en La Alhambra, n.º 3 (1990), págs. 295 y ss. y 349 y ss.; n.º 4 (1901), págs. 9 y ss. y 154 y ss.

 

Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Nacional, Justicia, magistrados y jueces, 4593, exp. 5173 Hacienda, 513, exp. 2635; Archivo del Congreso de los Diputados (Madrid), Serie documentación electoral, 3 n.º 1.

Congreso de los Diputados, Diario de sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias, Madrid, Imprenta de J. A. García, Madrid, 1870; R. Comenge, Antología de las Cortes de Cádiz, Madrid, Imprenta de J. A. García, 1910, pág. 745; J. M.ª García León, Los diputados doceañistas, t. II, Cádiz, Ayuntamiento, 2006, págs. 449-451; M. Urquijo Goitia (dir.), Diccionario biográfico de parlamentarios españoles. Cortes de Cádiz. 1810-1814, Madrid, Cortes Generales, 2010 (CD).

 

José María García León

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