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Antonio Domingo Villanueva y Pacheco

Biografía

Villanueva y Pacheco, Antonio Domingo. Plasencia (Cáceres), 1731 – Madrid, 4.II.1816. Magistrado, consejero de Castilla y de la Cámara.

Nació en Plasencia en 1731 en el seno de una familia noble. Obtuvo el grado de bachiller en Leyes por la Universidad de Salamanca el 17 de diciembre de 1750, y tres años después se licencia y doctora por la Universidad de Ávila. El 25 de enero de 1755 ingresa en el Colegio mayor de San Ildefonso de Alcalá de Henares. El año siguiente consigue el título de bachiller en Cánones por su Universidad y en 1764 el de licenciado. A los cuarenta años comienza su carrera en la toga ocupando una plaza de juez de la Audiencia de Canarias. A comienzos de 1779 es promovido a oidor de la Chancillería de Granada.

Ahí desempeñará el gobierno de las salas del Crimen y la superintendencia del hospicio. Por resolución de Carlos IV a la consulta de la Cámara de 29 de julio de 1789 accede a la regencia del Consejo de Navarra, vacante por promoción de José Cregenzán a la presidencia de la Chancillería vallisoletana. En cuatro ocasiones desempeñó el virreinato interino de Navarra. Villanueva será nombrado el 6 de abril de 1794 para una plaza del Consejo Real, vacante por muerte de Francisco Gabriel Herranz y Torres. Una cédula de 3 de abril de 1787 acordó el restablecimiento de los cementerios ventilados para sepultar los cadáveres. En 1804, con motivo del incremento de las enfermedades, se dispuso que los diferentes ministros del Consejo de Castilla se encargasen de la correspondencia de los pueblos de las provincias que se les asignara, instando a las justicias y ayuntamientos para que, de conformidad con los prelados, vicarios y párrocos procedieran a la implantación de cementerios. Villanueva entendería de la construcción de cementerios ubicados en el arzobispado de Granada y obispados de Guadix y Almería. Carlos IV, por un decreto despachado en Aranjuez el 2 de febrero de 1807, concederá plaza en la Cámara a tres consejeros de Castilla, a Arias Antonio Mon y Velarde, a Gonzalo José de Vilches y a Antonio Domingo Villanueva. El mismo año forma parte de la Real Junta Apostólica, encargada de resolver competencias de jurisdicción de los prelados comarcanos del territorio de las órdenes con los de éstas.

Es bien sabido cómo en octubre de 1807 se produce una conjuración de los partidarios del príncipe de Asturias para provocar la caída del privado Manuel de Godoy, acontecimientos que dan lugar al conocido proceso de El Escorial. Fueron procesados una serie de personajes denunciados por el propio príncipe. La instrucción de la causa, por decreto de 5 de noviembre, se confió al decano del Consejo de Castilla Arias Mon y a los miembros del mismo Sebastián de Torres y Domingo Fernández de Campomanes. El 10 de enero de 1808 se nombra la Junta encargada de la vista y determinación de la causa instruida por los tres anteriores. Forman parte de la Junta, además de los tres anteriores, los magistrados Gonzalo José de Vilches, Antonio González Yebra, el marqués de Casa García, Andrés Lasauca, Antonio Álvarez Contreras, Adrián Marcos Martínez, Miguel Alfonso Villagómez y el extremeño, todos ellos consejeros de Castilla no godoyistas. Como secretario de la causa actuó Benito Arias de Prada, entonces alcalde de Casa y Corte. La sentencia, recaída el 25 del mismo, declararía a los implicados, Escoiquiz, duque de Infantado, marqués de Ayerbe y otros, inocentes del delito de traición.

Un decreto imperial despachado el 4 de diciembre de 1808 destituye a los consejeros de Castilla, a los que declara cobardes e indignos. El 8, son arrestados el decano Arias Mon y el fiscal Jerónimo Díez. Dos días más tarde, no obstante el decreto imperial, el Consejo de Castilla celebra una reunión a la que asisten veinte miembros, entre ellos Villanueva. La Suprema Junta Gubernativa decreta el 25 de junio de 1809 la creación del Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias, el denominado Consejo Reunido, en lugar de los hasta entonces existentes Consejos de Castilla, Indias, Órdenes y Hacienda, y del que no formará parte Villanueva. Tampoco integrará éste el restaurado, el 21 de septiembre de 1810, Consejo de Castilla ni el instaurado Supremo Tribunal de Justicia al hilo de la Constitución gaditana.

Cuando retorna del cautiverio Fernando VII, restablece el 27 de mayo de 1814 el Consejo de Castilla y Villanueva ocupará plaza en él. Además, días después el Rey dispondrá que Gonzalo José de Vilches y a Antonio Domingo Villanueva, continúen sirviendo en el Consejo de la Cámara las plazas para las que habían sido nombrados por Carlos IV, incorporando al mismo tribunal, a José Joaquín Colón, a Manuel de Lardizabal y a Bernardo de Riega.

Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Dirección General del Tesoro, invent. 13, leg. 6; invent. 16, g. 23, leg. 19; Archivo Histórico Nacional, Consejos, leg. 11.887; Estado, legs. 6.380 y 6.404.

Gaceta de Madrid, extraordinaria, 31 de marzo de 1808; 10 de diciembre de 1816; J. C. Carnicero, Historia razonada de los principales sucesos de la gloriosa revolución de España, vol. I, Madrid, Imp. de M. de Burgos, Madrid, 1814; Memoria del Príncipe de la Paz, vol. V, Madrid, Imp. de I. Sancha, 1838; G. Desdevises du Dezert, “Le Conseil de Castille en 1808”, en Revue Hispanique, XVII (1907), págs. 66-378; F. Martí, El proceso de El Escorial, Pamplona, Universidad de Navarra, 1965; S. de Dios, Fuentes para el estudio del Consejo Real de Castilla, Salamanca, Ediciones de la Diputación, 1986; J. M. Sesé Alegre, El Consejo Real de Navarra en el siglo xviii, Pamplona, Eunsa, 1994; R. Gómez Rivero, El Ministerio de Justicia en España (1714-1812), Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1999.

Ricardo Gómez Rivero

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