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Joaquín Andrés Antonio de Almazán y Ximeno

Biografía

Almazán y Ximeno, Joaquín Andrés Antonio de. Aragón, 28.XII.1762 – Madrid, 1828. Caballero de Carlos III y consejero del Consejo de Castilla.

Hijo de Joaquín Generoso Ramón Rafael de Almazán y Martínez, nacido en la villa de Ademuz en el reino de Valencia (18 de julio de 1730), y de Joaquina Francisca Hermenegilda Inés Ximeno Almazán, nacida en el pueblo de Torrente (Aragón) (18 de abril de 1722), quienes habían contraído matrimonio en el referido Torrente (3 de noviembre de 1748).

Después de graduarse de bachiller y licenciado en leyes se estableció en Madrid, y en dicha villa y corte actuaba como teniente de corregidor en 1816 y dos años más tarde era el más antiguo de todos ellos, y por real decreto fechado en palacio el 4 de julio de 1818 y publicado en la Cámara el 6 de julio siguiente, fue promovido a una plaza de alcalde de Casa y Corte para la vacante que dejaba Tadeo Soler, a quien se había ascendido a una plaza de ministro en el Consejo Real, de la que tomó posesión en Madrid el 22 de julio de ese año de 1818 y en la que se mantuvo hasta el cese de la Sala a principios del llamado Trienio Liberal.

Restablecido el régimen absoluto se acordó la reapertura de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte, y así, nuevamente, entró a servir su alcaldía de Casa y Corte el 4 de junio de 1823, pero despacharía poco tiempo en ella debido a su promoción al Consejo de Guerra, plaza de la que tomó posesión el 23 de febrero de 1824, aunque aquí también permanecería escaso tiempo, porque, por real decreto de 20 de marzo 1824, fue nombrado ministro del Consejo Real de Castilla, teniendo especialmente “en consideración a la lealtad y acreditada adhesión a mi Real Persona”, plaza de la que tomó posesión tres días más tarde y en cuyo servicio despachó hasta su muerte y en la que fue sustituido por el alcalde de Casa y Corte Tomás de Arizmendi.

En el ya indicado año de 1824, por Decreto de 23 de abril, fue nombrado caballero pensionista numerario de la Orden de Carlos III y sus pruebas se aprobaron el 16 de septiembre siguiente, y en las informaciones de rigor se dejaba entrever su oposición al régimen constitucional y así, por ejemplo, el conde de Torre Múzquiz declaraba que: “Le consta a cierta ciencia que siempre ha sido y es de una vida y costumbres las más loables y arregladas, y que nunca ha dado motivo a ser infamado de delito grave y feo, ni adicto al sistema constitucional, antes por el contrario siempre le ha odiado conservando siempre el mayor amor a nuestro Soberano y su legítimo gobierno”.

 

Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Nacional, Consejos, lib. 741, fols. 29r., 163v.; lib. 1170; lib. 1195, fols. 36r.- 36v., 155r.; Estado, leg. 6379 (1), n.º 47; Estado-Carlos III, exp. 1.857.

A. M. Berazaluce (introd. y notas), Documentos del Reinado de Fernando VII. III. Arias Teijeiro. Diarios (1828-1831), Pamplona, Universidad de Navarra, 1966, págs. 15 y 129.

 

Javier Barrientos Grandon

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