Vera, García de. Señor de la mitad de Luzón (Guadalajara). ?, s. m. s. XIV – ?, p. m. s. XV.
Fue el hijo segundo de Sancha Fernández, señora de Luzón, y de Sancho Sánchez de Santa Coloma. Tras la muerte de su padre antes de 1381 y de su madre en 1395 o 1396 García y sus hermanos Gutierre, María y Catalina quedaron bajo la tutela del primogénito Sancho Sánchez de Santa Coloma el Mozo que murió enseguida dejando como único heredero a su hijo Juan de Vera, niño de pocos años.
García de Vera alegando que su hermano Sancho mientras fue su tutor le había estado expoliando, decidió pleitear contra su sobrino Juan. En compensación de la cuarta parte que le correspondía de lo esquilmado (las otras tres cuartas partes serían de sus hermanos Gutierre, María y la estirpe de Sancho el Mozo, la otra hermana, Catalina, no interviene en este pleito y está al margen de la disputa) García de Vera solicitó nada menos que 3000 florines de oro. Diego de Estúñiga, procurador del tutelado Juan, reconoció el desfalco hecho por Sancho el Mozo pero le pareció excesiva la demanda. El doctor Gonzalo Moro, juez del pleito, ordenó a García de Vera y a Diego de Estúñiga que se pusieran de acuerdo sobre el monto, que se fijó el 2 de marzo de 1406 en 800 florines. Como garantía se hipotecó la cuarta parte de Luzón que poseía Juan de Vera.
Tras el dictamen de Gonzalo Moro en 1406 García era teóricamente señor de la mitad de Luzón pero la sentencia tardó muchos años en ejecutarse. El 26 de noviembre de 1416 García de Vera decidió vender por 1.900 florines su mitad a Luis de la Cerda, tercer conde de Medinaceli y señor del resto de Luzón como nieto de Isabel de la Cerda. Hay una cláusula que pretende remachar el contrato y que parece el anuncio de eventuales problemas: “de manera que a mí non queda nada por vender en el dicho logar nin a vos por comprar”. Y es que los derechos de propiedad del vendedor eran inciertos pues se basaban por una parte en la sentencia aún no ejecutada del pleito sobre los abusos sufridos bajo la tutoría de su hermano Sancho el Mozo y por otra en la venta que le había hecho su hermana de unos bienes que tenía solamente como garantía del pago de su dote, por eso en el documento de venta García de Vera se obliga a sanear la villa.
No tardaron en surgir los primeros problemas: García de Vera el 6 de diciembre de 1416 exigió la ejecución de la sentencia de 1406. El 18 de diciembre los alcaldes de Luzón ordenaron la subasta de una octava parte del pueblo y Luis de la Cerda, decidido a completar su señorío sobre Luzón, se la compró al rematante el 23 de julio de 1417. A partir de 1417 todo el pueblo quedó integrado en el señorío de Medinaceli.
Bibl.: A. Herrera Casado, Crónica y guía de la provincia de Guadalajara, Guadalajara, Diputación provincial de Guadalajara, 1983; C. Mignot, “Evolución de la estructura jurisdiccional en la región alcarreña (siglos XI-XV)”, Hispania, 163 (1986), págs. 245-281; M. Diago Hernando, La extremadura soriana y su ámbito a fines de la Edad Media, tesis doctoral, Madrid, Universidad Complutense, 1992; M. L. Pardo Rodríguez, Documentación del condado de Medinaceli (1368-1454), Soria, Diputación provincial de Soria, 1993; M. B. Riesco de Iturri, Nobleza y señoríos en la Castilla centro-oriental en la Baja Edad Media (siglos XIV y XV), tesis doctoral, Madrid, Universidad Complutense, 1996; N. Ávila Seoane, El proceso de señorialización de la extremadura castellana: el ejemplo de la provincia de Guadalajara (siglos XII a XVIII), Madrid, Editorial Complutense, 2006.
Nicolás Ávila Seoane