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Juan José María Yandiola Garay

Biografía

Yandiola Garay, Juan José María. San Esteban de Galdames (Vizcaya), 7.IV.1774 – Bilbao, 3.XI.1834. Político.

Juan José María Yandiola nació en San Esteban de Galdames (Vizcaya) el 7 de abril de 1774, en el seno de una familia con ascendientes nobles, como atestigua F. Amador Carrandi. Fueron sus padres Juan Antonio Yandiola y María Teresa Garay, originarios de Soberrón (Asturias) y de Santander, respectivamente. Su hermano, Juan Antonio Yandiola, fue oficial de la Secretaría de Hacienda de Indias, diputado a Cortes por Vizcaya en las legislaturas de 1813 y de 1820, tesorero general de la Nación (1822-1823) y encargado de la cartera de Hacienda en el gabinete Calatrava (1823). Juan José María Yandiola contrajo matrimonio con Luisa Cavero y residió en la capital bilbaína.

En 1798 obtuvo el grado de Licenciado en Cánones en la Universidad de Salamanca y en 1799 el Doctorado. El 27 de marzo de 1800 era reconocido abogado de los Reales Consejos y el 5 de octubre de 1801 era admitido como individuo de la Real Academia Práctica de la Concepción, siendo nombrado por ésta, más tarde, para que reformase sus constituciones (1802). En la Real Academia de Cánones de aquella Universidad desempeñó el cargo de tesorero y vice-moderante. Asimismo, fue elegido consiliario por el Reino de Aragón y comisionado por el claustro “para asistir a las cuentas generales de la Universidad”, institución de la que también vice-rector y diputado.

En la Asamblea de Bayona de 1808, Juan José María Yandiola fue apoderado del Señorío de Vizcaya, en sustitución de Francisco de Aranguen Sobrado, que rechazó dicha representación. Se opuso entonces al proyecto de Constitución general para España, con inclusión de las provincias vascongadas, pretendido por la Asamblea. No reconoció ni en la Junta “ni en la nación autoridad para derogar nuestra constitución. Vizcaya nada tiene que hacer sino con su Señor, que es el rey de España”, y elevó las correspondientes reclamaciones al respecto. En representación remitida al Emperador, Yandiola planteó la defensa de las leyes propias que desde la antigüedad existían en Vizcaya, fueros confirmados y jurados por los monarcas españoles. Sostenía la independencia y soberanía del Señorío en atención a la particularidad del terreno, clima, carácter e índole de los naturales, porque “nada tiene de común este país con los demás, si se exceptúan las Provincias limítrofes de Guipúzcoa y Álava y el Reino de Navarra, que se hallan en circunstancias muy semejantes”. Concluía su escrito haciendo hincapié en el perjuicio económico que reportaría el traslado de las aduanas a la línea de costa, así como en los servicios prestados por Vizcaya a la Corona y al Estado a través de los tiempos. Yandiola expuso sus reivindicaciones políticas en la sesión de 28 de junio de 1808, seguidamente los representantes de Álava, Guipúzcoa y Navarra mostraron su adhesión contra el proyecto de constitución general sin respeto a la particularidad de las provincias vascongadas.

Designado Diputado del Gobierno de Vizcaya en 1810, integró el Consejo de Gobierno presidido por Thouvenot, encargándose de los asuntos de Interior, Marina y Justicia. Tres años después, fue nombrado vicepresidente de la Junta Provincial de Censura. En las Juntas Generales de 1816, se acordó renovarle en el cargo de Consultor primero perpetuo del Señorío de Vizcaya, que había desempeñado en 1806 antes del denominado “gobierno intruso”. Fue intendente de las tres provincias vascongadas en 1820-1821, año este último en que figuró como de Cantabria. En 1822 desempeñó el cargo de jefe político interino de Vizcaya y de presidente interino de la Junta Suprema de dicha provincia.

Asimismo, representó a la localidad de Galdames en las Juntas Generales de Vizcaya de 1816, 1818, 1829 y 1833 e igualmente fue compromisario de Arantzazu en las celebradas en 1806 y de Lanestosa en 1830.

El Universal publicaba el 7 de enero de 1821 una proclama de Juan José María Yandiola a los vascongados (29 de diciembre de 1820), en la que afirmaba que “con la Constitución ya no será posible hallar las seguridades individuales y las libertades que otorgaban los fueros”. El 7 de octubre de 1822 el Liberal Guipuzcoano insertaba en sus páginas el artículo de Yandiola en respuesta al publicado, bajo seudónimo, en el Verdadero patriota. En aquel, Yandiola se defendía de las acusaciones vertidas contra su persona, que le culpaban de afecto a todos los gobiernos y “de haber estado maquinando contra el sistema”.

 

Bibl.: “Representación de Yandiola al Emperador Napoleón”, en Euzkadi, I (1901), págs. 174-177; F. Amador Carrandi, “La vizcaína de don Juan José María de Yandiola y sus grados académicos”, en Boletín de la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País, Homenaje a D. Julio de Urquijo, I (1949), págs. 369-374; A. Gil Novales (dir.), Diccionario Biográfico del Trienio Liberal, Madrid, Ediciones El Museo Universal, 1991; VV. AA., Diccionario Biográfico de los Parlamentarios de Vasconia (1808-1876), Vitoria, Parlamento Vasco, 1993; J. Agirreazkuenaga (dir.), Diccionario Biográfico de los Diputados Generales, burócratas y patricios de Bizkaia (1800-1876), Bilbao, Juntas Generales de Bizkaia, 1995.

 

Susana Serrano Abad

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