Amaya, Francisco de. Antequera (Málaga), 28.XII.1585 ant. – Valladolid, c. 1640. Jurisconsulto, iuspublicista, rector y catedrático de universidad, fiscal de la Chancillería de Granada, oidor de la Chancillería de Valladolid.
Bautizado en la iglesia parroquial de San Juan de Antequera el 28 de diciembre de 1585, era hijo de Gonzalo Gómez de Amaya y de Isabel Páez. Aunque en su educación de niño se le encaminara al sacerdocio, habiendo recibido del obispo de su diócesis en 1602 la tonsura con celebración de primeras órdenes menores de ostiariado y lectorado, eligió más tarde la toga y no el hábito. Inclinado al estudio jurídico, satisfizo en la Universidad Ursaonense el 2 de abril de 1604 el examen del primer curso de Cánones, que había estudiado desde el 1 de octubre de 1603, bachillerándose en Salamanca de esa facultad a 23 de mayo de 1608, para graduarse de licenciado en Cánones el 11 de diciembre de 1608. Obtuvo la borla de doctor en Cánones como colegial del Mayor de Osuna el 16 de mayo de 1612, posiblemente con una defensa sobre De Locato.
Catedrático de Código en el Colegio y Universidad de Osuna, Amaya figurará como rector de ésta en las actas de Grados entre el 19 de julio de 1616 y el 14 de mayo de 1617. El 22 de noviembre de 1617 pasó al Colegio Mayor de Cuenca, donde también enseñó Derecho Civil. Obtuvo la cátedra salmantina de Volumen (extemporalis interpretatio) en la sesión de 12 de noviembre de 1621, por exposición pública de un tema sobre frutos y usura. La enseñanza impartida en Salamanca se corresponde a las cátedras de Instituta (1621-1623), Código (1622-1626), y Volumen (1626-1628). La cátedras de la Universidad de Salamanca se proveyeron por votos de los estudiantes hasta el año 1623, fecha en que se las reservó el rey Felipe IV al Supremo Consejo de Castilla. Destacó por su conocimiento doctrinal, con fama de excelencia docente y elegancia en la palabra. En el año 1633 el Rey le nombró fiscal de la Chancillería de Granada, ascendido de allí a oidor de la de Valladolid. Sus servicios le meritaron a consejero real (Pintiana Curia Regii Senatoris), y fue promovido a la presidencia de la Audiencia americana de Guadalajara, honor que declinó.
Se cuenta Amaya por discípulo de Juan de Solórzano y Pereyra (Madrid, 30 de noviembre de 1575 – 26 de septiembre de 1655) en la cátedra de Vísperas de Leyes de Salamanca, y tuvo como propio, entre otros, al internacionalista luso Domingos Antunes de Portugal (nacido en Villa de Penamacor, en el primer tercio del siglo XVII y muerto en Beira Baixa, Lisboa, el 1 de febrero de 1667). Polemizó con el inquisidor cordobés y antiguo colegial de maese Rodrigo en Sevilla, Juan Escobar del Corro, autor del más importante tratado publicado durante el siglo XVII acerca del concepto de limpieza de sangre y praxis de su averiguación. La ciencia jurídica de Amaya alcanzó predicamento en ediciones europeas, destacando las francesas e italianas de Observationum iuris libri tres, e In Tres posteriores libros Codicis Imperatoris Justiniani Commentarii. Estas obras aprovecharon con utilidad para las Relectiones iuris civilis, por su frecuente recurso a los comentarios al Codex Iustiniani de Jacques Cujàs, Andrea Alciato, Ligorio Pirro y Dionisio Godofredo.
De su recepción y supervivencia habla la reforma de Carlos III para las universidades de Salamanca, una de las tres universidades mayores castellanas, y Santiago de Compostela, que era universidad menor pero de importante población estudiantil. Así, en efecto, extendiéndose su literatura jurídica durante el resto del siglo XVIII. El plan salmantino de 1771 en la Facultad de Leyes, que redistribuyó las asignaturas en cuatro años y señaló los textos más adecuados, e igualmente el plan de arreglo de cátedras y estudios de Santiago, en 1772, en efecto recomendaron los escritos de Amaya para la explicación de los tres últimos libros del Derecho Público justinianeo. Se debe a su pluma la primera defensa de las Soledades del poeta Luis de Góngora y Argote de la que existe noticia concreta desde el siglo XVII.
Obras de ~: Ad titulum Digestorum de tutelis brevis commentarius. Inc.: Legum latores semper [...] expl.: cap. 8 n. sexagessimo octavo, Finis [...] a Domino D. D. Francisco de Amaya, Vespertinae Justicianei Codicis Cathedrae meritissimo moderatore et in maiore Conchensi collegio dignissimo alumno, die mensis Februarij 20, anno Domino 1620; In difficillimum Arcadi & Honori Imperat. rescriptum in I. unica, C de Maiuma, lib. II pro obtinenda Voluminis Cathedra extemporalis interpretatio, publice dicta 12 die Nouembris Anno MDCXXI, Salmanticae, ex typographia Antoniae Ramirez, 1622; Evnvchvs sive in Flavii Iulii Constantii Imperatoris Avgvst rescriptum, quod extat in L. Evnvchis V. C. qvi testamenta facere possvunt Commentarius, Salamaticae, ex typographia Antoniae Ramirez: expensis Deodato Lauri, 1625; Observationum iuris libri tres, Salamanticae, excudebat Antoniae Ramirez, 1625 (Coloniae, Antonium de La Planche, 1633; Genevae, 1633; Lugduni, 1633; Coloniae Allobrogum [Ginebra], Philippus Gamonetus, Anno MDCLVI); El doctor d. [...], Fiscal de su Majestad, por su Real derecho de dar licencias para romper dehesas y baldíos con el Duque de Medina sidonia y concejo de Ximena, Granada, Martín Fernández Zamorano, 1633; El doctor d. [...], Fiscal de su Majestad, por su Real Patrimonio contra la hidalguía que pretenden D. Francisco y Marcos Pérez de los Cobos, vecinos de la Villa de Iumilla, Granada, Vicente Aluarez, 1633; In tres posteriores libros Codicis Imperatoris Iustiniani Commentari, cum indicibis titulorum, legum & rerum locupletissimis, Lugduni, ex officina Iacubus et Petrus Prots, 1639 (Coloniae Allobrogum [Ginebra], Philippis Gamonetus, 1655 y 1656; Genevae, 1655, Genevae, 1656, Lugduni, 1667, Lugduni, 1689, Lugduni, 1732); Opera juridica, seu Commentarii in tres posteriores Libros Codicis Imperatori Justiniani, necnon observationes juris nunc noviter additae; quibus accedunt apologia ejusdem auctoris pro statuto Collegii Majoris Conchensis, contra calumnian D. Joan. de Escobar, indices locupletissimi, Lugduni, sumptib. Philippi Borde, Laur. Arnaud et Petri Borde, 1667 (Lugduni, sumptibibus Deville Fratrum & Lud. Chalmette, 1734); Apologia por la jurisdicción real contra el autor de la carta que escribio el Sr. Cardenal Espinola, Arzobispo de Granada, sobre el pleito de Cessasi, s. l., s. f.; Desengaños de los bienes humanos Obra posthvma de D. Francisco de Amaya..., Sacala a lvz Dña. Luisa de la Vega su heredera..., Madrid, en la oficina de Melchor Alvarez, 1861; In titulos seu Rubricas Digesti ueteris commentarii, s. f. [Biblioteca Nacional de España (BNE), ms. 6.467 (fols. 21r.-22r.)]; Ad Librum XI Codicis Justinianei, s. f. [BNE, ms. 6.775 (fols. 1r.-133r.)]; Relectiones iuris civiles (en Biblioteca Universitaria de Sevilla, ms. 330/91); Defensa de las “Soledades” de Gongora; Defensa Ovidii [In Ovidio Commentarii] y Carta, s. f. [BNE ms. 3.893 (fol. 162)].
Bibl.: L. de Góngora y Argote, Soledades, comentadas por G. Salzedo Coronel, Madrid, en la Imprenta Real, 1636; J. Escobar del Corro, Tractatvs tres selectissimi, et absolvtissimi, I De utroque foro; in quo ostenditur nullam differentiam adesse inter forum conscientiae, & forum exteriorem, saltem in fine praecipuo, & substantia utriusque, nisi per accidens: est nouus, & nunquam editus. II. De confessarijs solicitantibus poenitentes ad venerea: ad explicationem Constitutionis Greg. XV. circa hanc rem editae 30. Aug. 1622. Qui ita locuples est, ut quidquid de facto in materia deinceps occurrat, alibi, quam in hoc tractatu, quaerendum non sit. III. De Horis canonicis & distributionibus quotidianis, miro ordine digestus, Cordubae, apud Salvatorem de Cea Tesa, 1642 (espec. “Antilogia adversvs Amayam, pro vero intellectv statvti Collegij maioris conchensis apud Salmanticenses egregij & incliti”, vol. I, págs. [309]-361); Tractatus Bipartitus De Puritate Et Nobilitate Probanda, Secundum Statuta S. Officii Inquisittiones, Regii Ordinum Senatus, Sanctae Ecclesiae Toletanae, Collegiorum, aliarumque Communitatum Hispaniae (1623), Genevae, Escvdebat Philippvs Gamonetvus, 1664; A. Terrasson, Histoire de la jurisprudence romaine, son origine et ses progrès depuis la fondation de Rome, Paris, M.-E. David Père, 1750, pág. 438; F. Ruiz de Vergara, Historia del colegio viejo de S. Bartholomé, Mayor de la celebre Universidad de Salamanca. Vida del [...] Sr. Don Diego de Anaya Maldonado Arzobispo de Sevilla, su fundador, y noticia de sus ilustres hijos, t. II (corr. y aum. por J. Rojas Contreras, marqués de Alventos), Madrid, Imprenta de Andrés de Ortega, 1766-1770, págs. 128-129; Plan general de estudios dirigido a la Universidad de Salamanca por el Real y Supremo Consejo de Castilla, y mandado imprimir de su orden, Salamanca, por Juan Antonio Lasanta, 1772, pág. 102; N. Antonio, Biblioteca Hispana Nova sive Hispanorum Scriptorum qui ad anno MD ad MDCLXXXIV Floruere Notitia, t. I, Matriti, Ioachinun de Ibarra Typographum Regium, 1783-1788, pág. 400 (trad. de G. de Andrés y M. Matilla Martínez, Madrid, Fundación Universitaria Española, 1999); J. Rezabal Ugarte, Biblioteca de los escritores que han sido individuos de los seis Colegios Mayores: de San Ildefonso de la Universidad de Alcalá, de Santa Cruz de Valladolid, de San Bartolomé, de Cuenca, de San Salvador de Oviedo, y del Arzobispo de la de Salamanca, Madrid, Imprenta de Sancha, 1805, págs. 8 y 9; A. Sánchez Pérez, “Amaya, Francisco”, en VV. AA., Diccionario Enciclopédico Hispano- Americano de Literatura, Ciencias y Artes, vol. II, Barcelona, Montaner y Simón, 1887, pág. 23; E. Esperabé Arteaga, Historia pragmática e interna de la Universidad de Salamanca, t. II, Salamanca, Imprenta de Francisco Núñez Izquierdo, 1914-1917, págs. 442-443 y 445; M. Méndez Bejarano, Diccionario de escritores, maestros y oradores naturales de Sevilla y su actual provincia, vol. I., Sevilla, Imprenta Gironés, 1922, pág. 232; F. Rodríguez Marín, Nuevos datos para las biografías de cien escritores de los siglos XVI y XVII, Madrid, Tipografía de la Revista de Archivos, 1925, págs. 516-517; L. Sala Balust, Reales reformas de los Antiguos Colegios de Salamanca anteriores a las del Reinado de Carlos III (1623-1770), Universidad de Valladolid-Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), 1956, pág. 8; R. Orestano, “Amaya, Francisco (Amaya)”, en A. Azara y E. Eula (dirs.), Novissimo Digesto Italiano, t. I, Torino, UTET, 1959, págs. 533-534; M. y J. L. Peset, El reformismo de Carlos III y la Universidad de Salamanca. Plan general de estudios dirigido a la Universidad de Salamanca por el Real y Supremo Consejo de Castilla en 1771, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1969; T. González Rivas, Escritores malagueños. Estudio bibliográfico, pról. de A. Canales, Málaga, Instituto de Cultura de la Diputación Provincial, 1971, pág. 35; J. Simón Díaz, Bibliografía de la Literatura Hispánica, vol. IV, Madrid, CSIC, Instituto Miguel de Cervantes, 1973, págs. 345-347; M. y J. L. Peset, Carlos IV y la Universidad de Salamanca, Madrid, CSIC, 1983, págs. 134-135; A. Castillejo Benavente, Manuscritos jurídicos de la Biblioteca Universitaria de Sevilla, Sevilla, Universidad de Sevilla, 1986, pág. 86 n. 105; J. Edwards, “From anti-Judaism to anti-Semitism: Juan Escobar del Corro’s Tractatus”, en Ninth World Congress of Jewish Studies Division B, vol. I, Jerusalem, World Union of Jewish Studies, 1986, págs. 143-150; M. Peset y P. Mancebo, “Carlos III y la legislación sobre Universidades”, en Documentación Jurídica (Ministerio de Justicia, Secretaría General Técnica, Madrid), XV, 57 (1988), págs. 114, 220 y 223; J. Calvo González, “Notas sobre literatura jurídica y juristas malagueños del s. XVII: Francisco de Amaya”, en Revista de Estudios Antequeranos (Antequera. Málaga), 2 (1994), págs. 359-371; J. Edwards, “The beginnings of a scientific theory of race? Spain 1400-1600”, en J. Edwards, Religion and Society in Spain, c. 1492, Aldershot, Variorum, 1996, págs. 625-636; R. Riaza Martínez-Osorio, Historia de la Literatura Jurídica Española, Madrid, Universidad Complutense, 1998; B. Varea Marineto, “Amaya, Francisco”, en C. Cuevas García (dir. y ed.), Diccionario de escritores de Málaga y su provincia, Madrid, Editorial Castalia, 2002, págs. 65-66; M. Rodríguez Gil, “Domingos Antunes Portugal. Un jurista barroco”, en Homenaje al profesor Dr. D. José Manuel Pérez-Prendes Muñoz-Arraco, en Cuadernos de Historia del Derecho (Universidad Complutense de Madrid), 11, vol. extra 1 (2004), págs. 279-292; J. Garrido Arredondo, “Amaya, Francisco de”, en M. Peláez (ed.), Diccionario Crítico de Juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, vol. I, Zaragoza-Barcelona, Cátedra de Historia del Derecho y de las Instituciones, Facultad de Derecho, Universidad de Málaga, 2005, pág. 97.
José Calvo González