Ric y Monserrat, Pedro María, Barón de Valdeolivos (III). Fonz (Huesca) 24.IX.1766 – 29.III.1831. Magistrado, diputado, consejero de Castilla.
Hijo de Miguel Esteban Ric y Puedo, segundo varón de Valdeolivos, carlán de Aguilar y señor de la Bujeda, y de Ana María de Monserrat y Uztariz, de la familia de los marqueses de Tamarit, residentes en Tortosa. Los antepasados de Pedro María apoyaron la causa borbónica frente a la Casa de los Austrias. Un bisabuelo suyo, Miguel Ric y Veyán, acompañó a los generales de Felipe V en la guerra de sucesión, por su adhesión a este rey fue quemada su casa y requisado su ganado. Un hermano de Miguel, Jaime, acreditó igual fidelidad en el empleo que entonces tenía de lugarteniente del Justicia Mayor de Aragón, siendo recompensado con una plaza de oidor de la Audiencia de Aragón. Su abuelo Pascual Ric se encargó durante siete años del gobierno del condado de Ribagorza, mientras se resolvía si debía ser militar o de letras.
Desde allí fue trasladado al gobierno de Alcañiz, que sirvió por espacio de veinticinco años. Sus tíos Miguel y Pedro Ric y Egea fueron ministros en el Supremo Consejo de Castilla, y el segundo también en el Consejo de la Cámara.
Pedro María era el primogénito de dieciocho hermanos.
Estudió en la Universidad de Huesca, donde fue rector y profesor. El segundo de sus hermanos, después de seguida la carrera literaria, pasó a la isla de Malta, con motivo de ser caballero de Justicia de la Orden de San Juan; fue prodomo del Hospital General de esa isla, capitán de uno de los regimientos de aquellas milicias, gobernador interino del castillo de Ricasoli y comisario de expolios. El tercer hermano fue subteniente del regimiento de Infantería de Zaragoza en la plaza de Cádiz y más tarde se retiraría de capitán.
Colegial de San Vicente en Huesca, en 1795 entró a servir una alcaldía del Crimen de la Audiencia de Aragón, ascendiendo cinco años más tarde a una plaza de oidor de la misma. En 1800 ocurrió una helada que secó muchos olivos de la familia, de cuyos árboles pendía su subsistencia. Fue comisionado por el Acuerdo de aquella Audiencia para que en su nombre y por sí solo acordara las providencias convenientes en la epidemia que hubo en 1803 y siguiente. Estableció un cementerio extramuros con todas las precauciones necesarias para conciliar los sentimientos de la iglesia con los de la policía urbana. El mismo Acuerdo le encargó el arreglo y redacción de todos los reglamentos e instrucciones que se imprimieron mientras fue oidor.
En 1807 suplicaba al Rey que le concediera honores, sueldo y antigüedad del Consejo Real de las Órdenes, para así poder mantener a sus hermanos y reparar su casa. Petición que no fue atendida por el Rey.
Las Cortes celebradas en Zaragoza eligieron el 9 de junio de 1808 a los miembros de la Junta Suprema de Gobierno. Como vocales figuraban, entre otros, el obispo de Huesca, el regente de la Audiencia de Aragón y Pedro María Ric. Los nombramientos no tendrán efecto ante la inminente llegada del enemigo francés: el 15 comienza el primer asedio de Zaragoza.
Finalizado el sitio, se produce la vacante de la regencia de la Audiencia de Aragón por destitución del afrancesado Juan de Villa y Torre, siendo promovido Ric a dicho empleo por el capitán general Palafox el 23 de agosto de 1808 y tres días más tarde toma posesión en el Acuerdo general de dicha Audiencia. A finales de septiembre abandonan Zaragoza rumbo a Calanda algunos magistrados de la Audiencia, como Ruiz de Celada, Pastoret, Quintana, March y Riego. El 1º de octubre Ric contrae matrimonio con la condesa viuda de Bureta. La condesa, María Consolación de Azlor y Villavicencio, había nacido en Gerona el 12 de mayo de 1775 y era hija de Manuel de Azlor y Urríes, virrey de Navarra, y de Petronila Tadea de Vilavicencio. Con apenas veinte años se casó con Juan Crisóstomo López Fernández de Heredia y Marín de Resende, conde de Bureta. Tuvieron un hijo, Mariano, que siguió la carrera militar. El 24 de octubre, un oficio despachado en Aranjuez por Martín de Garay comunica a Ric su nombramiento para el Supremo Tribunal de Vigilancia y Protección que se iba a establecer en Madrid, con el objeto de entender en las causas de infidencia o adhesión al gobierno francés, y de otras que tuvieran conexión con estos puntos, así como proteger a los inocentes que fuesen censurados en virtud de un falso celo. Esta plaza no la sirvió por requerirle el capitán general José de Palafox para la defensa de Zaragoza y haberle mandado que no saliese de la ciudad.
El 23 de noviembre los ejércitos españoles son dispersados en Tudela y las legiones francesas inundan el Reino de Aragón. Después de los sucesos de Tudela, los movimientos del enemigo presagiaban pronto el sitio de Zaragoza, el general Palafox dispuso que no abandonaran la ciudad el regente y algunos magistrados que habían quedado en ella, porque el resto había huido a Calanda. El 20 de diciembre el enemigo ataca Zaragoza y es repelido el ataque. El día siguiente se apoderan los franceses del monte Torrero y el ejército patriota queda encerrado en la ciudad. Zaragoza es sitiada.
El 27 de enero de 1809 es incendiado el edificio de la Audiencia. Entre los sitiados se encuentran Ric y su esposa, la condesa de Bureta. El general Palafox le nombrará presidente de la Junta Suprema creada el 18 de febrero. A esta Junta se traspasan por el capitán general todas las facultades militares y políticas. Compuesta por treinta y cuatro miembros, entre ellos dos tenientes generales y un duque, Ric sería uno de los nueve que votaron por la continuación de la defensa de Zaragoza. Los restantes votaron por la rendición o capitulación, que se firma el día 20 de febrero. Muchos canónigos, prelados, magistrados —entre ellos Ric— y ciudadanos prestaran juramento a José Bonaparte.
A la condesa de Bureta por su comportamiento heroico en el asedio se le concedieron dos escudos de valor y patriotismo y de defensora de Zaragoza. A su marido, Pedro María Ric, por haber servido con las armas en la mano y hallarse en el segundo sitio de Zaragoza, le concederá el Rey en 1815 una cruz con las cuatro barras de Aragón de color encarnado, compuesta de corona mural y cuatro brazos, estando ocupado el centro de la misma por una imagen de María santísima bajo el título del Pilar, y circulada de una rama de laurel con la inscripción al reverso: El rey a los defensores de Zaragoza. En 1817 obtendrá también, al haber acreditado en debida forma hallarse en el primer sitio de Zaragoza, una condecoración.
El 12 de marzo de 1809 Ric sale de Zaragoza y va a su pueblo natal. Un decreto de Junot de 30 del mismo repondrá en la regencia al profrancés José Villa y Torre.
Los franceses se apoderan el 24 de septiembre de Foz: en este pueblo la primera casa que saquean e incendian es la de nuestro magistrado, confiscando todos sus bienes. También queman las propiedades de la condesa de Bureta: un molino de aceite, los muebles, puertas y ventanas de una casa que tenía en Alagón, la cosecha de lino en el lugar de Bureta y algunos olivares. Unos meses antes de que esto ocurra se ha trasladado Ric con su familia a Reus. El vocal de la Suprema Junta Gubernativa Francisco de Palafox y Melci le acusó de enemigo del Rey y de la patria, por haber jurado y servido al rey intruso, causando a la par un daño irreparable a los pueblos del Reino de Aragón las órdenes que había comunicado del gobierno intruso, que hizo que aquéllos no socorrieran a las tropas españolas. Ric escribiría desde Reus el 28 de agosto de 1809 justificando su patriotismo y fidelidad.
El mismo mes, por disposición de la Junta Gubernativa del Reino, se publicaría en el Semanario Patriótico de Sevilla un escrito de Ric relatando la capitulación de Zaragoza. Valentín Salanot, Salvador Campillo, Mateo Cortés y Cosme Laredo, miembros de la Junta Superior de Aragón, informaban el 20 de enero de 1810, resaltando la conducta patriótica y firme de Ric durante el segundo sitio de Zaragoza, que también la tuvo durante la capitulación de la misma en la que intervino como presidente de la Junta de la propia ciudad y después durante su permanencia en ella. El 10 de marzo el marqués de las Hormazas pedía al Consejo Supremo de España e Indias que informara sobra la conducta observada por Ric en Zaragoza. El expediente quedó finalmente paralizado por proceder de un lugar ocupado por el enemigo.
Los días 18 y 30 de mayo de 1810 desde Alicante, donde se encuentra, escribe Ric al Consejo de Regencia solicitando honores, sueldo y antigüedad del Supremo Consejo de Castilla de España e Indias. La Junta Superior de Aragón le nombrará en 1810 diputado para las Cortes generales. La elección se realizó el día 24 de febrero en las salas consistoriales de la villa de Manzanera, por encontrarse la capital ocupada por los franceses. El 20 de julio se otorgó el poder al elegido, que fue aprobado por la Comisión de poderes el 17 de septiembre. El mes anterior ha llegado Ric a Cádiz procedente de Alicante. Las Cortes le nombraron para algunas comisiones. El 3 de octubre para la Comisión de Justicia; el 17 de diciembre para la Comisión encargada de formar un proyecto de ley que asegurase la libertad individual de los ciudadanos y a finales del mismo mes de diciembre de la Comisión de Constitución, que se iba a encargar de elaborar el proyecto de Constitución. Formaban parte de dicha comisión, entre otros, los diputados liberales Agustín Argüelles, Evaristo Pérez de Castro, José Espiga, Diego Muñoz Torrero, y los realistas José Pablo Valiente, Gutiérrez de la Huerta y el aragonés. En la sesión del 11 de febrero de 1811 se dio a conocer la composición del Tribunal de Cortes, creado por decreto de 23 de noviembre del año anterior y encargado de conocer las causas civiles y criminales de los diputados de Cortes, que era como sigue: Benito Ramón de Hermida, Ramón Lázaro de Dou, José Espiga, Gutiérrez de la Huerta y el propio Ric. Como diputado mantendrá una posición conservadora, defendiendo los gremios y el régimen señorial aragonés. En Cádiz permanece hasta septiembre de 1813, en que decide volver a Zaragoza.
En su trayecto de vuelta, se detendrá algún tiempo en Foz para atender asuntos domésticos.
Cuando Fernando VII regresa de su cautiverio en Francia y se detiene en Zaragoza, Ric asistirá todos los días a la mesa real. El 24 de junio de 1814 el Rey resuelve una consulta del Consejo de la Cámara nombrando al regente de Zaragoza para una plaza del Consejo de Castilla, vacante por fallecimiento de Juan Antonio Inguanzo. Ric renuncia a la plaza que, por lo demás, no había solicitado. Palafox fue el encargado de escribir al ministro de Gracia y Justicia, recomendando que aceptara la mencionada renuncia y se le otorgarán honores y antigüedad del Consejo de Castilla. El 24 del mes siguiente, Fernando VII, con el visto bueno de su ministro de Justicia Pedro de Macanaz, además de admitir la renuncia, acuerda otorgar a Ric esos honores y antigüedad. Por una resolución real a consulta del Consejo de la Cámara de 1 de febrero de 1817 se amplían los honores a este Consejo. En agosto de 1814, el Rey le concede licencia para tomar aguas minerales de Segura —que ya había tomado en 1806— para recuperarse de unas fluxiones reumáticas. El 23 de diciembre de ese año fallece a los treinta y nueve años la condesa de Bureta.
Nuevamente, el 31 de diciembre de 1816 se le otorga otra licencia para acudir a Fonz a recobrar su salud.
Ric, en sus discursos y conversaciones se mostró acérrimo defensor de las viejas instituciones, y en contra de cualquier innovación liberal. Por ello, en 1820, al advertir que se trataba de restablecer la Constitución, nada omitió de cuanto estuvo a su alcance para impedir “semejante atentado” —como él mismo sentenció—.
Cuando el 9 de marzo de aquel año, la tropa proclama la Constitución, y él no acude a la plaza de Zaragoza a ese efecto, le enviaron a buscar con gente armada, pero insistió en su negativa hasta dadas las doce de la noche, en que tuvo que concurrir a casa del capitán general, renunció a su empleo, solicitó pasaporte para dejar la capital, y todo le fue negado. Finalmente firmaría un papel reconociendo la Constitución, aunque protestó que lo hacía con el único objeto de evitar males a Zaragoza y sin perjuicio de los derechos del Rey. Esto le hizo enfermar y estuvo en cama muchos días.
Ric sería confirmado en su destino de regente, pero solicitó la jubilación y se trasladó a su casa nativa de Fonz a principios de noviembre de 1821. Finalizado el trienio liberal, recibe un oficio del comisionado regio para desempeñar la regencia de Zaragoza. Pero alega imposibilidad de entregarse de nuevo a los negocios públicos, por su casi sordera, su voz minorada por haber perdido los dientes y continuar una inflamación en ambos tobillos. Desde Fonz, el 11 de mayo de 1824, suplica al Rey que le confirme o le conceda de nuevo la jubilación de la regencia de la Audiencia aragonesa. El 21 del mes siguiente es confirmada su jubilación con los honores y sueldo que gozaba el 7 de marzo de 1820, esto es, 36.000 reales anuales. El decreto de economías de 3 de abril de 1828 sobre el nuevo arreglo de sueldos de los cesantes y jubilados, rebajó su pensión a 21.600 reales, pero reclamó y una orden de 22 de abril de 1829 dispuso que siguiera percibiendo la cantidad estipulada en su jubilación.
Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Nacional, Estado, leg. 6379; Ministerio de Justicia, Jueces y Magistrados, leg. 4734/7079; Ministerio de Hacienda, leg. 531/42; Archivo del Congreso de los Diputados, Serie documentación electoral, 1 n.º 2.
Diario de sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias, Madrid, 1870; Gaceta de Madrid, 14 de enero de 1815; M. de Pano y Ruata, La Condesa de Bureta, Dª María Consolación de Azlor y Villavicencio y el regente Don Pedro María Ric y Montserrat, Zaragoza, Tipografía Mariano Escar, 1908; P. Molas Ribalta, “Las Audiencias borbónicas en la Corona de Aragón”, en Historia social de la administración española. Estudios sobre los siglos XVII y XVIII, Barcelona (1980) págs. 117 a 164; P. Chavarri Sidera, Las elecciones de diputados a las Cortes generales y extraordinarias (1810-1813), Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1998; P. Molas Ribalta, Los magistrados de la Ilustración, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2000; R. Gómez Rivero, “Los miembros del Consejo de Castilla (1814-1820)”, en Anuario de Historia del Derecho Español, t. LXXV (2005), págs. 277-330; M. Urquijo Goitia (dir.), Diccionario biográfico de parlamentarios españoles. 1810-1814, Madrid, Cortes Generales, 2010 (C-Rom).
Ricardo Gómez Rivero