López del Campo, Fernán. Castrojeriz (Burgos), p. t. s. xvi – Madrid, 6.X.1592. Mercader, factor general de Felipe II, miembro del Consejo de Hacienda.
Su padre, Hernando del Campo, era mercader, y su madre, María Rodríguez de Castro, poseía importantes bienes inmuebles en la cercana localidad de Palazuelos, de donde era natural. “Siendo niño de poca edad” y habiéndose quedado huérfano de padre, fue “llevado fuera destos reinos al Condado de Flandes”, donde fue criado y educado por un hermano de su padre y donde se inició en el mundo de los negocios hasta convertirse en un mercader de contrastada solvencia. Sus antepasados, sin embargo, según el pleito de hidalguía, procedían del valle de Carriedo (Cantabria), situando la “casa y el solar de los del Campo”, junto a la ermita de Santa María de Trebesedo. Se casó con María López de Santa Gadea y con ella tuvo una numerosa prole. A la muerte de la esposa, en 1584, sobrevivían doce hijos: seis religiosos, cinco solteros, de los cuales dos estaban estudiando para convertirse en letrados, y una hija, Ana, que estaba casada con un gentilhombre de la Cámara del Rey.
Fue a partir de 1556 cuando adquirió un cierto protagonismo político. En septiembre de ese año se produjo un cambio en la forma de gestionar la Hacienda Real con el establecimiento del sistema de factorías. Con esa medida se pretendía conseguir, en palabras del propio Monarca, “ser mejor proveído de los dineros necesarios para los gastos”, a los más bajos intereses posibles y “sin que los mercaderes que los pactasen pudieran pedir consignaciones”. Para lograr esos objetivos fueron nombrados como factores dos mercaderes de reconocido prestigio: Juan López Gallo, para Flandes, y Fernán López de Castro, para Castilla, comprometiéndose éste a residir en Medina del Campo, por lo menos durante la duración de las ferias. Su amistad con Francisco de Eraso, secretario del Consejo de Hacienda, y el apoyo que recibió de Ruy Gómez da Silva para entrar a formar parte de la citada institución, le definen como “ebolista”, pero no fue muy fiel a esa red clientelar, pues cuando Eraso cayó en desgracia se quejó de “que (Fernán) le dexó y se apartó de su amistad y se juntó a sus enemigos”.
En materia hacendística propuso un proyecto de consolidación y conversión forzosa de toda la deuda, con excepción de los “situados”, que sería pagada con juros redimibles al cinco por ciento. Para ello, lo primero que debía hacerse era calcular con exactitud a cuánto ascendía ésta a finales de 1556, teniendo en cuenta tanto los capitales como los intereses —que él cifraba que no superarían los 6.000.000 de maravedís— para, a partir de ahí, llevar a cabo su plan, con el que pretendía reducir casi a la tercera parte las cantidades que la Real Hacienda debía pagar en concepto de intereses, al bajar éstos, por término medio, desde un catorce a un cinco por ciento. Desde una perspectiva actual, su plan parece coherente y racional. Pero él sospechaba que el Consejo de Hacienda podía oponerse, como así ocurrió, y que tampoco los mercaderes lo verían con buenos ojos, pero creía que pagándolos a todos y dándoles suficientes garantías de que se quitarían todos los juros, acabarían aceptándolo. Al final, sus planteamientos sólo se pusieron en práctica de forma parcial.
Por otro lado, era partidario de derogar las pragmáticas sobre la usura. A su juicio, las normas legales encaminadas a reducir los tipos de interés no servían para conseguir ese objetivo, ya que lo único que con ellas se lograba era reducir el volumen de negocios. De ahí que defendiera, por ejemplo, que se permitieran los “cambios” entre Sevilla y Medina del Campo, “pues muchas personas los consideran lícitos”, pero “aunque no lo fueran sería conveniente que S. M. los permitiese para evitar un mayor mal”, situándose así al borde de la legalidad. Igualmente, pensaba que era necesario imponer un tributo sobre la exportación de la lana, pero que no fuera pagado por los naturales “de éstos reinos”, sino por los extranjeros.
En fin, pretendió que se obligara a los habitantes de Flandes a abastecerse de la sal que se producía en España, aunque ésta fuera más cara que la de Francia, por culpa del transporte. Como contrapartida, los castellanos no debían comprar ninguna lencería a los franceses, sólo a los habitantes de los Países Bajos. El objetivo, obviamente, era reservar el mercado flamenco para los españoles, expulsando de él a los franceses.
Como otros muchos mercaderes, aspiró a ennoblecerse. Desde el momento en que fue nombrado factor, argumentando que se había “desnudado de todos sus negocios y aprovechamientos particulares”, solicitó ser nombrado comendador de una orden militar o recibir otro honor parecido. No lo lograría, pero a partir de 1570 entró en negociaciones para comprar la jurisdicción de la villa de Melgar de Fernamental (Burgos) y, cuando lo consiguió, se hizo construir un buen palacio, bajo la dirección de dos artistas italianos de segunda fila: Bartolomé Carlone y Angelo Bagut. Al morir en 1577 su hermano, López del Campo dejó ordenado en su testamento que se edificase en la citada villa un convento de franciscanos descalzos. Y, según se desprende del testamento que conjuntamente realizó en 1584 con su mujer, ése fue el lugar elegido por López del Campo para convertirse en el panteón familiar.
No logró ver, sin embargo, cumplido su sueño. En 1589, como resultado de una inspección ordenada por Felipe II sobre el comportamiento de los oficiales que habían manejado fondos públicos, fue arrestado y confinado bajo estricta vigilancia en la fortaleza de Brihuega, al mismo tiempo que sus bienes eran embargados. Simón Ruiz y otros mercaderes mostraron su satisfacción por esa medida. Fue acusado, actuando en colusión con Juan Curiel de la Torre, de haber obtenido beneficios irregulares, y de no haber satisfecho todas las cantidades convenidas en la compra de Melgar de Fernamental. Murió en 1591 sin conocer la sentencia que le obligaba a reintegrar a la Hacienda Real 110.000 ducados. Fueron sus herederos los que tuvieron que hacer frente a la misma, pero éstos, a pesar de sus esfuerzos, y de vender bastantes juros para saldar las deudas de su padre, no pudieron mantener la jurisdicción sobre la villa de Melgar de Fernamental.
Bibl.: L. Huidobro Serna, Apuntes para la historia de Melgar de Fernamental, Burgos, 1947; H. Lapeyre, Simón Ruiz et les “asientos” de Philipe II, Paris, Ecole Practique des Hautes Études, 1953; M. Ulloa, La hacienda real de Castilla en el reinado de Felipe II, Roma, Librería Sforzini, 1963; F. Ruiz Martín, “Las finanzas españolas durante el reinado de Felipe II”, en Cuadernos de historia. Anexos de Hispania, 2 (1968), págs. 109- 173; C. J. de Carlos Morales, El Consejo de Hacienda de Castilla, 1523-1602. Patronazgo y clientelismo en el gobierno de las finanzas reales durante el siglo xvi, Valladolid, Consejería de Educación y Cultura de Castilla y León, 1996.
Adriano Gutiérrez Alonso