Aguilera y de Gamboa, Diego de. Valladolid, c. 1606 – América, 1667 ant. Maestre de campo y gobernador.
Hijo de Diego de Aguilera y de Ángela de Gamboa.
Era maestre de campo con treinta años de servicio al ser nombrado gobernador y capitán general de Puerto Rico, por título del 27 de mayo de 1649, que le señaló un término de cinco años y el salario anual de dos mil doscientos ducados.
Tomó la posesión de su cargo el 12 de julio de 1650 y entregó el mando a su sucesor el 25 de marzo de 1656.
Sumado a uno de los grupos que se disputaban la hegemonía en el manejo de los asuntos del país, se atrajo poderos enemigos y fue objeto de un atentado, resultando ileso. Al año siguiente, en contravención de las disposiciones reales, contrajo matrimonio en San Juan el 10 de septiembre de 1653, con Elena Menéndez de Valdés, nacida en esta ciudad, nieta del gobernador del mismo apellido.
Cumplido el término de sus gobiernos fue residenciado por el oidor de Santo Domingo, Andrés Caballero, nombrado para tal cometido en 1655. Recayó sentencia del Consejo diez años después, en 1665, cuando, con toda probabilidad había fallecido Aguilera tras haber sido perseguido por sus enemigos y haber estado durante años preso en la cárcel del Santo Oficio.
El proceso inquisitorial de Aguilera es buena muestra de la violencia en las relaciones entre los grupos que en Puerto Rico pretendían dominar el gobierno y los gobernantes de la isla.
A los nueve días de haber dado su residencia fue recluido al convento del Santo Domingo por orden del comisario del Santo Oficio en Puerto Rico bajo acusación de blasfemo. Se embargaron sus bienes y aprovechando la salida de un navío enviado para buscar el Situado se le embarcó para Cartagena de Indias y fue ingresado en las cárceles de la Inquisición el 29 de junio de 1656.
En las declaraciones prestadas ante sus jueces vino a decir: “que habiendo llegado a su gobierno, a pocos días le cargaron los dolores de la gota, desde la cabeza hasta los pies sin tener parte de su cuerpo que no le doliese y otros males que le sobrevinieron y que estando con estos dolores se hallaba con impaciencia y dijo algunos juramentos y por vidas, que no sabía cuales fuesen porque con el dolor no estaba en su juicio en tanta manera que en ocho días no comía ni bebía.” Algo más debió de haber que las palabras gruesas y los juramentos de un veterano de Flandes porque el juicio de residencia se le hizo cargo de haber preguntado a un padre dominico: “si en la Hostia había carne y carne de María Santísima”.
El voluminoso proceso, hoy perdido, contenía los setenta cargos que se presentaron contra el acusado, apoyados en las dos informaciones de testigos realizadas en Puerto Rico.
Por su parte, Aguilera, con la ayuda eficaz de su parentela, acumuló como defensa las cartas de abono de las comunidades puertorriqueñas de carmelitas, dominicos y franciscanos, del cabildo eclesiástico y del secular. En extensos escritos elevados al tribunal repudió como falsos a los cuarenta y cinco testigos de cargo e hizo una larga lista de sus enemigos, explicando por qué lo eran, y en ellos hubo que incluir a su antecesor, Fernando de la Riva Agüero (1646- 1648), que le había atacado frente al Consejo de Indias.
Entre vistas y alegatos la causa vino a fallarse en definitiva el 24 de enero de 1658, pero por la calidad del procesado y la variedad de votos de los inquisidores se remitió a la Suprema de Madrid. Este traslado pospuso la ejecución de la sentencia hasta el 28 de enero de 1660, cuando en obediencia a un decreto del 18 de septiembre del año anterior se acordó que se leyese el fallo en la sala de audiencias, presentes los ministros del tribunal y ocho clérigos y religiosos “y abjure de levi y sea gravemente reprehendido y advertido y conminado y recluso en el convento de San Francisco de Puerto Rico por un año”.
No se sabe el resultado de la apelación que el reo hizo de viva voz, pero en juicio de 1662 se hallaba en La Española, donde certificó los servicios del capitán José Félix Peralta.
Sea por los gastos de este sepelio o por la pródiga donación de sus bienes a favor del convento de San Juan para el cual “empeñó las alhajas suyas y las de su esposa y hasta los bienes dotales de ésta” es lo cierto que en 1667, Elena Menéndez de Valdés ya viuda y muy necesitada, pidió y recibió ayuda del convento, que por entonces aplicaba anualmente doce misas cantadas por el gobernador Aguilera.
Todavía en 1703, por Real Cédula del 2 de septiembre y en pago a los servicios del maestre de campo Aguilera, la Corona ordenó un donativo de quinientos pesos a cada una de sus hijas, que vivían en Puerto Rico.
Fuentes y bibl.: Archivo General de Indias (Sevilla), Indiferente general, leg, 115; leg. 116; Archivo Histórico Nacional (Madrid), Inquisición, Cartagena de Indias, 1016, 1021, 1022; Universidades, 1165 F, Provisiones para las Indias desde principios de 1649, Papeles referentes a Indias en Colección de la Universidad Central, XVI, fol. 42v.; Inquisición, Relaciones de causas de fe referentes a América, libro 2.º (1638-1655), fols. 324v., 330 y 332; libro 3.º (1656-1667), fol. 16v.
G. Morales Muñoz, “Partida de matrimonio de Diego de Aguilera y de Ángela de Gamboa”, en Boletín de Historia Puertorriqueña, I, 3 (s. f.); A. Cuesta y Mendoza, Historia de la Educación en Puerto Rico, 1512-1826, Washington DC, Catholic University of America, 1937; Historia eclesiástica de Puerto Rico colonial, t. I, República Dominicana, Imprenta Arte y Cine, 1948, págs. 204, 279, 282, 313, 315; S. Brau, Disquisiciones sociológicas y otros ensayos, Puerto Rico, Universidad de Puerto Rico, 1956; A. de Hostos, Historia de San Juan, ciudad murada, San Juan de Puerto Rico, Instituto de Cultura Puertorriqueña, 1966.
Mónica Areal Torres-Murciano