Ripollés y Baranda, Mariano. La Almolda (Zaragoza), 24.II.1842 – Baños de Segura (Teruel) 29.VII.1909. Jurista, rector de
Dejó su pueblo natal de
Ingresó al Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (1866) y perteneció a
A pesar de que no sirvió la Cátedra de Derecho Civil, cultivó el estudio del Derecho civil y, sobre todo, del Derecho foral aragonés y así asistió al Congreso de Jurisconsultos Aragoneses celebrado en Zaragoza (1880) y fue comisionado como delegado de
Desarrolló también alguna actividad política y así fue concejal y síndico del ayuntamiento de Zaragoza, diputado a Cortes por la circunscripción de Alcañiz-Híjar (1891), gobernador civil de Guadalajara (31 de marzo de 1895), luego de Cuenca (20 de noviembre de 1895) y, finalmente, de Huesca (7 de marzo de 1899), y unos años después fue nombrado consejero de Instrucción Pública (14 de marzo de 1902).
Obras de ~: Ventajas e inconvenientes de la codificación en cuanto al derecho civil y Programa de Principios de Derecho Natural, Zaragoza, 1884; Congreso Jurídico Español: tema quinto: el Consejo de Familia, Madrid, Imprenta de
Bibl.: E. Fernández Clemente (dir.), Gran Enciclopedia Aragonesa, XII, Unión Aragonesa del Libro, 1982, pág. 2.902-2.903; J. Mª Castán Vázquez, “Notas sobre la visión de la jurisprudencia en los juristas aragoneses del siglo XIX”, en Homenaje a Lorente Sanz, Zaragoza, Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación, 2002, págs. 42-43; G. de M. Del Valle, “Ripollés Baranda, Félix Mariano”, en J. Peláez, Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos), I, Zaragoza-Barcelona, Facultad de Derecho Universidad de Málaga, 2005, págs. 397-398.
María Aránzazu Novales Alquézar