Polo Díez, Antonio. Corcubión (La Coruña), 20.I.1907 – Barcelona, 1.III.1992. Jurista, catedrático.
La carrera de Derecho la hizo en la Universidad de Salamanca, ya que su progenitor, notario, se había trasladado a Ledesma, en la provincia de Salamanca. También en esa ciudad castellana cursó previamente el bachillerato. Tanto en estos primeros estudios como en la Licenciatura en Leyes brilló particularmente alcanzando en esta última once Matrículas de Honor. Cursó las asignaturas del doctorado en la Universidad Central, donde bajo la dirección de Luis Jiménez de Asúa (1889-1970) defendió su tesis doctoral el 3 de julio de 1929, titulada Aspecto penal del tratamiento médico quirúrgico arbitrario. Fue profesor auxiliar de Derecho Mercantil y de Economía Política en la Universidad de Salamanca, con un primer nombramiento del 21 de junio de 1930. Se formó en Alemania, preferencialmente en la Universidad de Múnich. Se consideraba discípulo de Conrad Cosack, Justus Wilhelm Hedemann, Rudolph Müller-Erzbach, Wilhelm Kisch y Hermann Schoch, traduciendo al castellano algunas de sus publicaciones (fundamentalmente artículos, pero también el Tratado de Derecho Mercantil de Cosack). Del profesor de la Universidad de Pisa Lorenzo Mossa tomó y desarrolló por su cuenta la interpretación del Derecho mercantil como Derecho de la empresa.
Ganó las oposiciones a la Cátedra de Derecho Mercantil de la Universidad de Oviedo y fue nombrado el 29 de marzo de 1935. Sin embargo, sus ideas liberales y republicanas chocaron de frente en un primer momento con el giro coopernicano que se produjo en media España a partir del levantamiento militar de julio de 1936. La Universidad de Oviedo, que había sufrido en 1934 un durísimo impacto como fruto de la revolución de octubre, fue una de aquéllas en las que más acusadamente se hizo sentir el mazazo dictatorial de las nuevas autoridades franquistas. Polo fue suspendido cautelarmente de empleo y sueldo por una Orden de 21 de enero de 1937, que se tradujo por ulterior disposición del 13 de octubre de 1937 en su separación del servicio, a la vez que causaba baja en el escalafón de catedráticos. El turbión represivo se aligeró a partir de 1940 y, aceptada la revisión de su expediente, pudo ser reincorporado a una cátedra de la Universidad de Granada, de la que se posesionó el 7 de noviembre de 1941. Cinco años se mantuvo en la capital de Andalucía oriental hasta que, solicitado el traslado a la Universidad de Barcelona, pudo posesionarse de la Cátedra de Derecho mercantil en 1946. Ya no se movería como docente de la Ciudad Condal, aunque si alternó su presencia tanto en la Facultad de Derecho como en la de Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales. De la primera fue decano accidental y de la segunda decano entre 1956 y 1962.
En 1964 ingresó en la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Barcelona. Su dedicación a un floreciente despacho de abogados le distanció de las tareas docentes, abandonadas definitivamente tras su jubilación en 1977, y de las investigadoras, que en los años treinta y cuarenta del pasado siglo XX habían hecho de él un auténtico primera fila en España y quizás el mercantilista, después de Joaquín Garrigues Díaz-Cañabate (1899-1983), más al corriente de la doctrina alemana e italiana. En 1961, la Universidad de Burdeos le distinguió con un doctorado honoris causa; treinta años más tarde fue la Universidad de Granada la que lo hizo, tratando de honrar su paso por la misma, pero sin dejar de reconocer a un jurista inteligente y a la vez sencillo y bondadoso. En 1981 se publicó una extensísima miscelánea en su homenaje.
Obras de ~: “Don Lorenzo Benito de Endara (1855-1932)”, en Revista de Derecho Privado (RDP), año XIX, nº 231 (1932), págs. 337-338; “El ejercicio del comercio por la mujer casada y el moderno Derecho constitucional español”, en RDP, año XX, nº 232 (1933), págs. 1-16; “Conrad Cosack (1855-1933)”, en RDP, año XXI, nº 245 (1934), págs. 33-34; K. Cosack, Lehrbuch des Handelsrecht, 12ª ed. alemana, trad. al español de ~, Edit. Revista de Derecho Privado, Madrid, 1935; “Del contrato a la relación de trabajo”, en RDP, año XXV, nº 288 (1941), págs. 1-17 y nº 289 (1941), págs. 80-95; Misión y sentido sobre la nueva ley de cooperación, Madrid, Imp. Galo Sáez, 1942; Ensayo de un sistema de Derecho de la empresa y cuestionario de Derecho mercantil español, Granada 1944 (reed. Barcelona, Ariel, 1944 y 1953); con M. Ballbé, La quiebra de la Barcelona Traction, Imp. Mariano Galvé, Barcelona, 1951; Leyes Mercantiles y Económicas, ed. de ~, Madrid, Edit. Revista de Derecho Privado, 1956-1957, 5 vols.; “Valoración del fondo de comercio”, en Revista Jurídica de Cataluña (RJC), año LXVIII (1959), págs. 201-206; Ante una reforma de la sociedad anónima, Discurso inaugural del Año Academico 1965-1966, Barcelona, Universidad, 1965; “La norma que prohíbe la fianza e intercesión de la mujer casada catalana a favor de su marido no es aplicable a las obligaciones mercantiles”, en RJC, año LXIX (1970), págs. 95-103 y La concurrencia y selección de los tipos sociales en la reforma de las sociedades de capital, [discurso de investidura como doctor honoris causa en Derecho], Granada, Universidad, 1991.
Bibl.: VV.AA., Estudios de Derecho Mercantil en homenaje al profesor Antonio Polo Díez, Madrid, Edit. Revista de Derecho Privado, 1981; R. Uría, “Ultimo adiós a Antonio Polo”, A. Menéndez, “Antonio Polo Díez, maestro y amigo”, F. Sánchez Calero, “En recuerdo del profesor Antonio Polo”, M. Olivencia, “In memoriam. Antonio Polo”, E. Polo Sánchez, “Antonio Polo, padre y maestro”, M. Vérgez Sánchez, “Don Antonio Polo: saber de sabiduría” y J. Blanco Campaña, “Don Antonio Polo: su ejemplo y su obra”, en Revista de Derecho Mercantil (RDM), nº 201 (1991) [1992], págs. V-VI, VII-XIX; XXI-XXV; XXVII-XXIX; XXXI-XXXVIII; XXXIX-XL y XLI-XLVI respect.; A. Menéndez, “In memoriam. Antonio Polo Díez”, en Revista Española de Seguros, nº 70 (1992), págs. 67-78; O. Pérez-Vitoria Moreno, “Antonio Polo y su generación universitaria”, en RJC, año XCII (1993), págs. 409-413; P. Zambrana Moral y E. Martínez Barrios, “Una forma particular de aplicación del Derecho: la depuración política de los mercantilistas y de los historiadores del Derecho a partir de 1937”, en Rudimentos legales. Revista de Historia del Derecho, 1 (1999), págs. 191-216; “Notas sobre depuración política universitaria: algunos casos concretos”, en Cuadernos Republicanos, 46 (2001), págs. 19-53, esp. 19, 20 y 35-37; Depuración política universitaria en el primer franquismo: algunos catedráticos de Derecho, Barcelona, Universidad de Málaga, 2001, págs. 35-39; M. J. Peláez, “Antonio Polo Díez (1907-1993, sic)”, en Juristas Universales, vol. IV, Madrid-Barcelona, Marcial Pons, 2004, págs. 777-778; M. J. Peláez, “Antonio Polo Díez (1907-1992)”, en Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos), vol. II, t. 1º (M-Va), Zaragoza-Barcelona, Cátedra de Historia de las Instituciones, Depto. de Derecho Privado, Facultad de Derecho, Universidad de Málaga, 2006, págs. 318-319.
Manuel J. Peláez