Alcalá, Luis de. ?, p. s. xvi – s. m. s. xvi. Teólogo franciscano (OFM).
Los datos de los que se dispone sobre la persona y actividad de Luis de Alcalá son sumamente reducidos.
Se sabe que fue teólogo franciscano y que perteneció a la provincia de Castilla (N. Antonio, 1783, II: 18).
Fue discípulo de Juan de Medina y catedrático de Teología en la Universidad Complutense (Alcalá de Henares), donde presumiblemente cursó sus estudios.
Perteneció al “círculo doctrinal” formado por un grupo de autores que escribieron sus obras morales preocupados por orientar a determinados sectores de la sociedad que necesitaban ser instruidos y aconsejados en los problemas morales que planteaba el desarrollo del comercio en el siglo xvi y las nuevas circunstancias económicas y sociales. Esto explica que se aparten del estilo y modo de razonar propios de los doctores escolásticos que enseñaban en las universidades, y cuyas obras, por lo general, están escritas en latín (B. Clavero, 1984: 63). Suprimen por eso las controversias doctrinales más especulativas, y las distintas interpretaciones que hacen de la doctrina tienen una orientación pragmática más que doctrinal. A este “círculo doctrinal” pertenecieron, por ejemplo, Saravia de la Calle, Tomás de Mercado, Cristóbal de Villalón, Francisco García y Bartolomé de Albornoz.
Luis de Alcalá reconoce que presentar en castellano la doctrina que los doctores habían enseñado y escrito en latín “[...] no ha causado poca dificultad: trabajando, como era necesario, de dar al romance, no solamente el sentido, más aún las propias palabras que los textos y doctores ponen en latín” (1543, prólogo “al benigno lector”). Especial dificultad plantearon los términos interés o inter-esse, así como el de mutuum; ambos están relacionados con el término “ganancia”, pero las relaciones no eran fáciles de explicar.
Para Luis de Alcalá, “este interesse está en dos cosas, conviene a saber, en el daño que se recrece al que presta [damnum emergens] y también en lo que dexa de ganar por carecer de sus dineros, que se llama lucri cesantis”, añadiendo que en este último “hay más dificultad y mayor duda” que en el primero. Advierte de modo especial, y siguiendo la doctrina tradicional, que “lo que se lleva sea verdaderamente por razón del interesse y no por el préstido a tiempo, y que también sea lo que cierta y probablemente esperaba ganar según buena conciencia y no más” (Tractado, 1546, fols. 23v., 24v. y 26r.; en esta segunda edición amplía bastante el tratamiento del tema, pero sin añadir consideraciones realmente nuevas). Se trata de compensar lo que hoy se llama el “coste de oportunidad”, que se pierde por el hecho de prestar el dinero en mutuum, esto es, pasando a la otra persona la propiedad del bien que se le presta. Era necesario dilucidar en qué supuestos o “casos” la compensación estaba justificada y en qué “casos” dejaba de estarlo. Por eso, Alcalá se detiene de modo especial en el nexo que ha de existir entre el concepto de interés, jurídicamente seguro, y la idea de ganancia económica, que sólo es probable o verosímil debido a la incertidumbre que introduce el paso del tiempo. Compensar una ganancia económica sólo probable mediante un interés jurídicamente seguro podía suponer una discriminación en el modo de aplicar el paso del tiempo a los sujetos que intervenían en el mutuum. Conceptualmente, el interés es compensación por una ganancia probable a la que se renuncia cuando se concede el préstamo.
Ahora bien, la ganancia probable es una diferencia de valor también probable “entre” un valor inicial y otro final, y es el intervalo de tiempo que media entre el valor inicial y el final el que plantea el problema del interés. Ese intervalo de tiempo hace que la ganancia económica a la que se renuncia sea sólo probable, mientras el interés que se toma como compensación se considera jurídicamente seguro. Por eso, el término más adecuado para designar la compensación por la ganancia probable es inter-esse, lo que está-entre el valor inicial y el valor final.
Aunque más sobrio que Saravia de la Calle y Cristóbal de Villalón en la exposición y desarrollo de los problemas, el Tractado de Luis de Alcalá no carece de referencias a la vida real de los mercaderes y las prácticas de las ferias y mercados de la Península. Parece que el Tractado se inspiró en el Codex de Restitutione et Contractibus de Juan de Medina (Alcalá, 1545), a quien Alcalá envió su libro para que lo revisara. El Tractado fue “segunda vez impreso después de revisto y en muchas cosas enmendado y añadido”. Se editó en Toledo en 1546 con un título ligeramente distinto: Tractado d’los préstamos que passan entre mercaderes y tractantes: y por consiguiente de los logros, cambios, compras adelantadas y ventas al fiado. La primera edición presentaba una estructura dividida en dos “Notables”, una “Cuestión” y “Respuestas” a las objeciones. En la segunda edición se cambia esta estructura, pues se divide en cuatro partes que contienen las diez adiciones que se añaden como consecuencia de la revisión de la primera edición.
Obras de ~: Tractado en que a la clara se ponen y determinan las materias de los préstamos que se usan entre los que tractan y negocian, y de los logros y compras adelantadas y ventas al fiado, Toledo, Casa de Juan de Ayala, 1543 (2.ª ed. rev. y aum., Tractado de los préstamos que passan entre mercaderes y tractantes, y por consiguiente de los logros, cambios, compras adelantadas y ventas al fiado, Toledo, Casa de Juan de Ayala, 1546).
Bibl.: N. Antonio, Biblioteca Hispana Nova, Matriti, Apud Joachimum de Ibarra, 1783; C. Pérez Pastor, La imprenta en Toledo: descripción bibliográfica de las obras impresas en la ciudad desde 1483 hasta nuestros días, Madrid, Tello, 1887; J. Reeder, “Tratados de cambios y de la usura en Castilla (1541-1547)”, en Hacienda Pública Española, 38 (1976), págs. 171-177; B. Clavero, Usura. Del uso económico de la religión en la historia, Madrid, Tecnos, 1984; A. de Vigo, Cambistas, mercaderes y banqueros en el Siglo de Oro español, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1997; E. Fuentes Quintana (dir.), Economía y economistas españoles, vol. V, Barcelona, Galaxia Gutenberg- Círculo de Lectores, 1999; J. Belda Plans, La Escuela de Salamanca y la renovación de la teología en el siglo xvi, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 2000; L. Perdices de Blas y J. Reeder, Diccionario de pensamiento económico en España (1500-1812), Madrid, Fundación ICO-Síntesis, 2000.
Francisco Gómez Camacho