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Pedro Manuel Sáenz de Pedroso y Ximeno (o Jimeno)

Biografía

Sáenz de Pedroso y Ximeno (o Jimeno), Pedro Manuel. Valladolid, s. t. s. XVIII – Madrid, 15.XII.1796. Procurador general del reino, diputado de los Reinos en el Real Consejo de Hacienda y regidor perpetuo de la ciudad de Valladolid.

Hijo de Manuel Sáenz de Pedroso y de María Manuela Ximeno y Gómez de Bonilla, contrajo matrimonio con María Petra de Aranda y Lerma con quien tuvo cinco hijos, cuatro varones y una mujer. El primogénito, también llamado Pedro —regidor perpetuo de Guadalajara—, heredó los vínculos y mayorazgos que el padre poseía, sobre todo en Fuentes de Duero (Valladolid), pero el fallecimiento de aquél, el 11 de febrero de 1802, hizo que pasaran a su hija, María Antonia Sáenz de Pedroso, menor de edad en esa fecha. Dicha situación dio lugar con los años a una reclamación fechada en 1806, de María Petra de Aranda, vecina de la villa de Rueda (Valladolid), como viuda del procurador, para que se le consignara renta anual de viudedad sobre la de los vínculos y mayorazgos que había poseído su difunto marido (leg. 13454).

Pedro Manuel Sáenz de Pedroso desarrolló su actividad como procurador dentro del ámbito de las reformas “ilustradas” del último tercio del siglo XVIII. Él mismo informa, en su solicitud de aumento de sueldo de 30 de marzo de 1767 (leg. 51492), que fue nombrado para ese cargo por la Diputación de los Reinos, cuando era su decano (1763) y que estaba sirviendo ese empleo que “ha procurado desempeñar con el mayor cuidado, celo, y aplicación, teniendo siempre por norte el aumento de la Real Hacienda, sin perder de vista el beneficio común de el Reyno y la utilidad de el Público”. Continúa relatando las funciones de su cargo de este modo: “Tubo desde el principio [...] este empleo dos respetos, de Agente, y Procurador General de los Reynos: de Agente para los juicios contenciosos en que la Diputación de el Reyno demanda o es demandada, ô toma â su cargo defender las causas de las ciudades de Boto en Cortes [...] De Procurador general de el Reyno, como en quien reside la viva voz de este para los Juicios en que interviene la Causa Pública”. En relación a ese mismo expediente de solicitud de aumento de sueldo, el fiscal, por su parte dictaminó: “[...] este Empleo [el del Procurador] se halla reconocido en las Leyes del Reyno para defender y promover todo lo conveniente a la Causa pública: igualmente en las Instrucciones de Millones debiéndose sustanciar con su intervención todos los Expedientes generales sobre Agricultura, Cría de Ganados, rompimientos, nuevos plantíos de viñas, sorteo para la Diputación de los Reynos, retenciones de villazgos, y todo lo que pertenece al cumplimiento de las condiciones de Millones” (6 de abril de 1767).

La voz de Sáenz de Pedroso como procurador general del Reino puede rastrearse en sus intervenciones en el Expediente General sobre Estudios en el Reino; y en sus dictámenes en el Expediente General de la Ley agraria.

Como respuesta a la petición del fiscal del Real Consejo, Pedro Rodríguez Campomanes, de un informe general de los Estudios de Gramática existentes en el Reino, en la que subyacía una actitud abiertamente en contra de la total independencia de los Regulares en materia de enseñanza, Sáenz de Pedroso emitió el 30 de mayo de 1767, un extenso informe “[...] en pretensión de la Real Academia Latina, sobre que se le encargue el cuidado y enseñanza de los Seminaristas, y se obserbe la Ley del Reino en punto a Preceptores de Gramática”, en el que subrayaba que “los ciudadanos deben ser educados en las Academias para vivir honestamente y governar la república, y por esto debe la república de cuidar de que ayga escuelas, como oficinas de todas las virtudes, a las quales deben acudir los Jobenes, como a la mies de las buenas Artes, de las que han de conseguir los frutos de sus virtudes y trabajos” (leg. 13183).

Intervino también Saénz de Pedroso en los informes preparatorios para el establecimiento de una Ley Agraria, junto con diferentes tribunales, intendentes, ministros, magistrados particulares y los fiscales del Consejo Real. Así, propuso en su respuesta de 21 de agosto de 1768, como medios para la Ley Agraria, “cuyo establecimiento se considera necesario para el adelantamiento de la agricultura”. Primero: “prohibir el subarriendo de tierras labrantías, y á él se puede añadir el dar preferencia á los Vecinos seculares en los arrendamientos”. Segundo: “fixar el número de yuntas, ó cabida de tierras equivalente de que no pueda exceder ningún dueño Labrador”. Tercero: “mantener, y prorrogar los arrendamientos en los primeros Arrendadores”. Cuarto: “señalar un método de establecer la renta de frutos, de modo que sea igual la condición del dueño y del colono”. Quinto, “proponer el modo de reducir á Pueblos los Cortijos, y proponer los demas, que sean conducentes á proporcionar la posible igualdad, en el aprovechamiento de tierras á los vasallos de S. M. para arraigarles, y fomentar su industria” (Memorial ajustado [...], 1784: 169v., 181v., 189, 193v.-194 y 253v.).

Por último, estuvo presente en el contencioso entablado por la provincia de Extremadura para fomentar en ella la agricultura y cría de ganados y corregir los abusos de los ganaderos trashumantes, representados por el Honrado Concejo de la Mesta, cuyos privilegios se disminuyeron con las reformas “ilustradas” en el último tercio del siglo XVIII (Memorial ajustado [...], 1771).

Pedro Manuel Sáenz de Pedroso falleció sin testar el 15 de diciembre de 1796 y “se enterró de secreto” en la parroquia de San Martín de Madrid, “en uno de los Nichos de la Bóveda del Santo Cristo de los Milagros” (leg. 13454).

 

Obras de ~: “El Procurador General del Reyno Informa en pretensión de la Real Academia Latina, sobre que se le encargue el cuidado y enseñanza de los Seminaristas, y se obserbe la Ley del Reino en punto a Preceptores de Gramática”, 30 de mayo de 1767 [en Archivo Histórico Nacional (AHN), Consejos, leg. 13183]; [“Respuesta del Procurador General del Reino”], 21 de agosto de 1768, [en AHN, Consejos, leg. 1840, exp. Ley agraria Granada, pieza 3.ª, fols. 216-227v.; Memorial ajustado hecho de órden del Consejo [...] en virtud de Reales Ordenes comunicadas por la Secretaria de Estado [...] en los años 1766 y 1767 sobre los daños y decadencia que padece la Agricultura, sus motivos y medios para su restablecimiento y fomento. Y del que se le ha unido [...] sobre establecimiento de una Ley Agraria [...] (fechado el último informe en Madrid, a 1.º de septiembre de 1784), Biblioteca Nacional de España, sign. Raros, 2-673, págs. 169v., 181v., 189, 193v.-194 y 253v.; ed. y est. prelim. de G. Anes y Álvarez de Castrillón, en P. de Olavide, Informes en el expediente de Ley Agraria: Andalucía y La Mancha (1768), Madrid, Instituto de Cooperación Iberoamericana-Instituto de Estudios Fiscales, 1990, espec. págs. 103-128]; “Respuesta del Procurador General del Reyno, en el particular respectivo à la decadencia de la Agricultura, y sus causas [en la provincia de Extremadura]” y “Conclusión de la Respuesta del Procurador General del Reyno”, en Memorial ajustado, hecho en virtud de decreto del Consejo, del expediente consultivo, que pende en el, en fuerza de Real Orden [...] entre don Vicente Paino y Hurtado y el Honrado Concejo de la Mesta General de estos reinos: en que intervienen los Señores Fiscales del Consejo y don Pedro Manuel Saenz de Pedroso y Ximeno [...]: sobre que se pongan en pràctica los diez y siete Capitulos, ò medios, que en representación, puesta en las Reales manos de S.M. propone el Diputado de las Ciudades, y Provincia de Estremadura, para fomentar en ella la Agricultura, y cria de Ganados, y corregir los abusos de los Ganaderos Trashumantes, Madrid, 10 de enero de 1771 (en Real Academia de la Historia, sign. M-RAH, 23/20383, págs. 192r.-214v. y 276v.-280r.).

 

Fuentes y bibl.: Archivo Diocesano de Madrid, Libro de Difuntos de la Parroquia de San Martín, n.º 25, fols. 152r.-v.; Archivo Histórico Nacional, Consejos, “Expediente de Pedro Manuel Sáenz de Pedroso, Procurador general de los Reinos, sobre aumento de salario”, leg. 51492/3, n.º 31 y “Memorial de Pedro Manuel Sáenz de Pedroso para doña María Petra de Aranda, su mujer”, leg. 13454, n.º 25.

J. Costa, Colectivismo agrario en España (Doctrinas y hechos), Madrid, Imprenta de San Francisco de Sales, 1897; F. Aguilar Piñal, “La Real Academia Latina Matritense en los planes de la ilustración”, en Anales del Instituto de Estudios Matritenses, I (1968), págs. 183-217; G. Anes y Álvarez de Castrillón, Las crisis agrarias en la España moderna, Madrid, Taurus, 1970; “Estudio preliminar”, en P. de Olavide, Informes en el expediente de Ley Agraria, op. cit., págs. XIII-XC; G. Anes y Álvarez de Castrillón, La Ley agraria, Madrid, Alianza, 1995; A. Melón Jiménez (coord.), Memorial ajustado del expediente de concordia que trata el Honrado Concejo de la Mesta con la Diputación General del Reyno y Provincia de Extremadura, III. Estudio preliminar, Badajoz, Tecnigraf Editores, 2006.

 

Ángeles Lázaro Martínez