Villar Palasí, José Luis. Valencia, 30.IX.1922 – Madrid, 7.V.2012. Político y jurista.
Fue, sin duda, uno de los ministros de Educación más conocidos de nuestra historia y, para muchos, el mejor administrativista español del siglo xx. Con una amplia formación humanística —dominaba más de una docena de lenguas clásicas y extranjeras—, realizó sus estudios gracias a una beca obtenida por oposición en el Colegio Universitario de San Juan de Ribera en Burjassot, licenciándose con premio extraordinario en Derecho y en Filosofía y Letras, especialidad de Historia, en 1945, por la Universidad de Valencia. En dicho año obtuvo el Premio Nacional Fin de Carrera al expediente académico más brillante de todas las Universidades Españolas. Posteriormente se licenció en Ciencias Económicas y cursó estudios de Periodismo en la antigua Escuela Oficial.
En 1946 se trasladó a Madrid, donde comenzó su labor profesional como profesor auxiliar en la Cátedra de Teoría Económica de la facultad de Ciencias Políticas y Económicas de la Universidad Complutense. En 1947 ingresó por oposición, con el número uno, en el Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado y en 1950, igualmente con el número uno, en el de Letrados del Instituto Nacional de Previsión. Ese mismo año participó en la fundación de la Revista de Administración Pública, en la que publicó numerosos y conocidos artículos, entre los que cabe destacar “La actividad industrial del Estado en el Derecho Administrativo”, considerado ya unánimemente una de las aportaciones más brillantes al Derecho Administrativo español.
Sin ninguna filiación política, su prestigio como alto funcionario al servicio de la Administración Pública le acercó a la política, siendo nombrado en 1951 secretario general del Ministerio de Información y Turismo y, posteriormente, en 1957, subsecretario del mismo Departamento. En 1962 fue nombrado subsecretario del Ministerio de Comercio. Durante tres años, colaboró estrechamente con el entonces ministro de Comercio, Alberto Ullastres, en el desarrollo del Plan Nacional de Estabilización Económica, que, aprobado en julio de 1959, dio importantes frutos durante esos años. Esta colaboración estrecha con Ullastres motivó, sin embargo, que se encuadrara posteriormente a Villar Palasí, sin ningún fundamento, como miembro activo del Opus Dei.
Convocada la Cátedra de Derecho Administrativo en la Universidad Complutense de Madrid, decidió dimitir, saliendo, a petición propia, de la política activa. Centró entonces sus esfuerzos en hacer realidad lo que, según testimonio propio, constituía su auténtica vocación: la actividad docente, y obtuvo en 1965 la mencionada Cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid.
En 1968 publicó su célebre obra Derecho Administrativo. Introducción y Teoría de las normas (Madrid, 1968). Ese mismo año regresó, no obstante, a la política activa, al ser nombrado el 14 de abril ministro de Educación y Ciencia, en un clima de evidente tensión universitaria. En el mes de junio se promulgó un Decreto-Ley sobre medidas urgentes de reestructuración universitaria, por el que se crearon tres nuevas Universidades en Madrid, Barcelona y Bilbao y diversas facultades en distintas Universidades. Su empeño, sin embargo, no se circunscribió únicamente a la reforma universitaria, sino que se extendió a una auténtica reforma integral del sistema educativo. En febrero de 1969 se publicó la obra La educación en España: bases para una política educativa, conocida como “Libro Blanco”. En su primera parte, que generó una gran expectación, se realizaba una crítica profunda a la situación de la educación en España, para abordar a continuación las líneas maestras de la reforma, que Villar plasmaría en la Ley General de Educación, de 4 de agosto de 1970, concebida, como señaló en su discurso ante el Pleno de las Cortes Generales, como una ley con “espíritu de futuro”.
La Exposición de Motivos de la Ley refleja los principios enunciados en el Libro Blanco, considerando la educación como un servicio público fundamental que debe garantizar el principio de igualdad de oportunidades. Se estableció así un período de Educación General Básica, único, obligatorio y gratuito, y se crearon el Bachillerato Unificado y Polivalente y la Formación Profesional. Esta amplia reforma, acompañada de una política de creación de nuevos centros, pese a las restricciones presupuestarias, contribuyó a la mejora del rendimiento y la calidad de la enseñanza. Su alcance histórico se reconoce en el preámbulo de la vigente Ley Orgánica de Educación, de 3 de mayo de 2006, que resalta cómo la Ley General de Educación de 1970 supuso “el inicio de la superación del retraso histórico que aquejaba al sistema educativo español”, aunque otras interpretaciones verían en ella el origen de posteriores crisis educativas sobre todo en la enseñanza secundaria.
En junio de 1973 abandonó definitivamente la política y se centró nuevamente en la docencia e investigación, pasando a dirigir el Instituto de Derecho Administrativo hasta 1980. En noviembre de 1975 ingresó como académico en la Real Academia de Jurisprudencia. Su discurso de recepción, titulado La interpretación y los apotegmas jurídico-lógicos fue unánimemente elogiado. Fue miembro de la Asociación de Derecho Financiero, de la European Society for Opinion and Marketing Research, y de la International Law Association. Fue vocal permanente de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia y profesor emérito de la Universidad San Pablo CEU de Madrid. Fue distinguido con la Grandes Cruces de Carlos III, de Isabel la Católica, de San Raimundo de Peñafort, de Alfonso X el Sabio, del Mérito Civil y del Mérito Militar, así como con numerosas distinciones extranjeras, como la Grande Croix du Mérite de la República Francesa, la Grande Croix de la Couronne de Bélgica, la Wissam del Nilo de Egipto o la Gran Cruz del Mérito de Portugal, entre otras muchas.
Obras de ~: “Naturaleza y regulación de la concesión minera” y “La Federal Administrative Procedure Act en Estados Unidos”, en Revista de Administración Pública (RAP), n.º 1 (1950), págs. 79-116 y 277-296 respect.; “La actividad industrial del Estado en el Derecho Administrativo”, en RAP n.º 3,(1950), págs. 53-130; “Observaciones sobre el sistema fiscal español”, en RAP n.º 4 (1951), págs. 93-128; “La eficacia de la concesión y la claúsula “sin perjuicio de tercero”, en RAP n.º 5 (1951), págs. 147-234; “La doctrina del acto confirmatorio”, en RAP, n.º 8 (1952), págs. 11-66; “Las técnicas administrativas de fomento y de apoyo al precio político”, en RAP, n.º 14 (1954), págs. 11-122; “Justo precio y transferencias coactivas”, en RAP n.º 18 (1955), págs. 11-72; La translación de ‘justum pretium’ a la esfera de la expropiación forzosa”, en RAP, n.º 43 (1964), págs. 161-194; La interpretación y los apotegmas jurídico-lógicos, Madrid, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, 1975; Derecho administrativo II, Madrid, Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), 1976; “Aspectos jurídicos y políticos de la Telemática”, Madrid, Civitas. Revista española de derecho administrativo, n.º 19 (1978), págs. 501-515; Derecho administrativo I, Madrid, UNED, 1978; “La contradicción de normas y hechos y la coherencia” e “Informática y Derecho”, en Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, n.º 12 (1986), págs. 81-106 y 211-240 respect.; con J. L. Villar Ezcurra, “La libertad constitucional del ejercicio profesional, en Estudios sobre la Constitución española”, en Libro Homenaje al profesor Eduardo García de Enterría, II, Madrid, Civitas, 1991, págs. 1373-1414; “El derecho ante el genoma humano”, Madrid, Actualidad administrativa, n.º 25 (1993), págs. 299- 317; con M. Villar Ezcurra, “La posición del usuario de los servicios de información en materia tributaria: el problema de las garantías de los contribuyentes”, en Libro homenaje a Jesús López Medel, Madrid, Centro de Estudios Registrales, 1999, págs. 2349-2362; “El fin del Antiguo Régimen y los orígenes del Estado constitucional en España: la aparición del derecho administrativo”, en Posada Herrera y los orígenes del derecho administrativo español: I Seminario de Historia de la Administración, Madrid, INAP, 2001, págs. 17-30; “Implicaciones jurídicas de Internet”, en Revista de estudios jurídicos, económicos y sociales, n.º 1 (2003); con J. L. Villar Ezcurra, “Revisión de precios”, en Comentario a la Ley de contratos de las Administraciones públicas, Madrid, Civitas, 2004, págs. 661-678.
Fuentes y bibl. ~: Informaciones aportadas por ~.
E. García de Enterría, “Contestación”, en J. L . Villar Palasí, La interpretación y los apotegmas jurídico-lógicos, Madrid, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, 1975.
Beatriz Rodríguez Villar