Pacs, Nicolau de. Palma de Mallorca (Islas Baleares), p. m. s. xvi – 19.V.1577. Procurador real y virrey interino de Mallorca.
Miembro de una importante familia mallorquina y perteneciente al estamento de caballeros, ocupó diferentes cargos de relevancia en la isla durante la segunda mitad del siglo xvi. A comienzos de 1562 formó parte de una comisión de cuatro personas elegidas por la Universidad para investigar los contrafueros cometidos durante la visita real de Pedro Baquer. Rigió interinamente la Lugartenencia General del Reino entre 1571 y 1573, con motivo de las ausencias del virrey Urríes a Menorca y a la Corte. Durante su etapa de gobierno fue precisamente cuando se instauró en Mallorca la nueva Real Audiencia. Ante él, como virrey interino, juraron los nuevos magistrados designados por el Rey para su composición. El 12 de abril de 1573 fue nombrado procurador real del Reino de Mallorca por Felipe II desde Madrid. Sucedió en el cargo a Jordi de Sant Joan, fallecido en 1572, después de una breve interinidad de su sobrino Mateu Togores. El oficio de procurador real de Mallorca había permanecido patrimonializado durante casi cien años en manos de la familia Burgues. La muerte sin hijos del último miembro del linaje, Francesc, en 1556, no fue motivo para que el oficio saliera de la familia. Le sucedió su sobrino Jordi de Sant Joan, hijo de su hermana Violant. Y para suceder a éste fue designado Nicolau de Pacs, que había sido albacea testamentario de Francesc Burgues, es decir, un hombre de su más completa confianza, y que estaba emparentado con la familia (era tío paterno de Pere de Pacs, el marido de Catalina Burgues, sobrina y heredera del difunto procurador, que más tarde accedió también a la procuración real). Nicolau de Pacs, tuvo inmediatamente diferencias con los jurados sobre cuestiones protocolarias. Ocupó el cargo durante sólo cuatro años. A su muerte, en 1577, se realizó una investigación sobre los fondos de la Procuración Real que dio como resultado el hallazgo de prácticas fraudulentas y la constatación de la existencia de una descompensación entre lo que se debería haber ingresado y lo que efectivamente había en la Tesorería, lo que motivó que el Rey ordenara que se procediera judicialmente contra sus herederos para recuperar todo lo debido “sin admitirle excepción alguna”. Es probable que estos hechos impulsaran al Monarca a reformar la estructura organizativa de la Procuración Real, instituyendo otros cargos que pudieran controlar en el futuro la actuación del procurador real. Sus sucesores en el puesto ya no volvieron a ostentar un poder tan fuerte como el que habían detentado sus antecesores. Fue por lo tanto un procurador de tránsito. Le sucedió interinamente su sobrino Miquel. Otro sobrino suyo, Pere, fue también procurador real entre 1594 y 1600.
Bibl.: J. Juan Vidal, El Sistema de Gobierno en el Reino de Mallorca (siglos xv-xvii), Palma, El Tall, 1996; El Regne de Mallorca a l’època de Felip II, Palma, Govern Balear, Conselleria d’Educació, Cultura i Esports-Universitat de les Illes Balears, 1998; “El Gobierno del Reino de Mallorca en la época de Felipe II”, en J. Martínez Millán (dir.), Felipe II (1527-1598), Europa y la Monarquía Católica, I. El Gobierno de la Monarquía (Corte y Reinos), Madrid, Parteluz, 1998, págs. 413-450; J. Juan Vidal Els Virreis de Mallorca (siglos xvi-xvii), Palma, El Tall, 2002.
Josep Juan Vidal