Luna y Arellano, Miguel de. Ciria (Soria), c. 1600 – Madrid, 12.V.1662. Caballero de la Orden de Santiago, consejero de Indias.
Llamado también Miguel Gómez de Luna y Arellano, era hijo de Miguel Gómez Valles, natural de la ciudad de Alfaro, y de Juana de Arellano, natural de la villa de Ciria en la diócesis de Osma.
Una vez graduado de bachiller y licenciado, fue nombrado juez letrado de la Casa de la Contratación (22 de septiembre de 1632) en la vacante de González de Contreras, de la que tomó posesión en el mes siguiente (8 de octubre de 1632) y al cabo de cinco años fue promovido a una plaza de juez en la Audiencia de los Grados de Sevilla (24 de febrero de 1637) para reemplazar a Alonso Ramírez de Prado y, mientras servía este oficio, pretendió presidir (1641), como juez más antiguo, una de las dos salas de lo Civil de la Audiencia, pero se opuso el Acuerdo diciendo que Juan de la Calle era más antiguo que él y, aunque estaba liberado de asistencia, podía concurrir cuando quisiera. Pocos años después (1644), “por justas causas”, fue destinado a una plaza de alcalde mayor del reino de Galicia, lo que suponía un retroceso en su carrera, pero no pasó a servirla, excusándose “por querer conservar el hábito eclesiástico que tenía” y así quedó sin destino, por lo que solicitó que se le concediera alguno, decidiéndose (11 de junio de 1645) que volviera a despachar como juez en la Audiencia de los Grados, pero pocos meses más tarde (25 de diciembre de 1645) se le hizo merced de una plaza supernumeraria de oidor en Granada.
Fue llamado a la Corte para desempeñar la Fiscalía del Consejo de Órdenes (25 de abril de 1653), plaza de la que tardó un mes en hacerse cargo (30 de mayo de 1653) y al cabo de un año fue promovido a una plaza de consejero en el mismo Consejo de Órdenes (18 de abril de 1654) y desde allí, finalmente, ascendió a una plaza togada en el Consejo de Indias (4 de septiembre de 1659), en la que se mantuvo hasta su muerte.
Hijo suyo fue Miguel de Luna y Arellano, a quien se le hizo merced de una ayuda de costa de 1.500 ducados (3 de junio de 1662).
Obras de ~: De iuris ratione et rationis imperio, Madrid, Juan González, 1630; Liber singularium lectionum iuris, Madrid, Francisco Ocampo, 1632.
Bibl.: Archivo General de Indias (Sevilla), Contratación, 5.785, l. 1, fols. 76v.-77r., Panamá, 3, n. 442; Archivo General de Simancas, Quitaciones de Corte, leg. 35; Archivo Histórico Nacional (Madrid), Consejos, libro 726, fols. 336r.- 336v., Consejos, libro 727, fols. 84r.-84v., 268r.-269r., 296r., Órdenes-Expedientillos, 1.983, 16.241.
E. Schäfer, El Consejo Real y Supremo de las Indias. Su historia, organización y labor administrativa hasta la terminación de la Casa de Austria, I, Sevilla, Universidad, 1935, págs. 316, 324, 362 y 383; P. Gan Giménez, La Real Chancillería de Granada (1505-1834), Granada, Centro de Estudios Históricos de Granada y de su Reino, 1988, pág. 271; R. Gómez-Rivero, “Consejeros de Órdenes. Procedimiento de designación (1598-1700)”, en Hispania, LXIII-2 (2003), pág. 735.
Javier Barrientos Grandon