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Miguel Alfonso Villagómez y Lorenzana

Biografía

Villagómez y Lorenzana, Miguel Alfonso. Valderas (León), 30.IX.1754 – Madrid, 5.XI.1829. Diputado, miembro del Supremo Consejo de Castilla.

Hijo de José Alfonso-Villagómez y Barba (Castroverde de Campos, Zamora) y de M.ª Antonia Rodríguez de Lorenzana y Butrón (León). Casó con Rafaela Quijada y Merino Ulloa con la que tuvo cinco hijos. Hizo el bachiller en Leyes en la universidad pontificia de Zaragoza acabándolo en 1774. En la Universidad de Valladolid, obtuvo el título de bachiller en Cánones, en 1776. En 1779 ingresó en el colegio de San Clemente de los Españoles de Bolonia donde ejerció dicha Cátedra en Derecho Canónico Caballero de la Orden de Carlos III, fue, precisamente, uno de los consejeros que, en abierto desafío al entonces poderoso Godoy, declaró inocentes a los implicados en el llamado proceso de El Escorial. En 1809 la Junta Central Gubernativa del Reino le comisionó para examinar la conducta del marqués de Villel, Grande de España, en el expediente que se le formó. Diputado suplente por la provincia de León en las Cortes Generales y Extraordinarias (1810- 1813), fue elegido el 29 de agosto de 1810 por los quince diputados correspondientes en el Real Monasterio de la villa de Carracedo, por estar la capital ocupada por los franceses, jurando y tomando posesión el 14 de octubre. Se opuso al traslado de las Cortes de la Isla de León a Cádiz, haciendo notar que en dicha ciudad, en el convento de los filipenses, se habían dado casos de fiebre amarilla. Formó parte de la comisión de Poderes y perteneció también, a las comisiones de Honor y Justicia, e intervino en treinta y ocho debates, tales como Organización de provincias, Reglamento del Consejo de Regencia, Reformas de Ultramar, Plan de Hacienda, Libertad de comercio...

Absolutista y partidario por tanto de las tesis tradicionales, mostró su rechazo a la resolución de 15 de agosto de 1812, que iba dirigida contra aquellos que se negaban a jurar la Constitución. Defendió el restablecimiento de los conventos (4 de febrero de 1813) mostrándose disconforme con que a los territorios ultramarinos se le diera la consideración de provincias y no de colonias, ya que, según su criterio, formaban parte del Patrimonio Real. Asimismo, manifestó su desacuerdo con la igualdad de representación entre americanos y peninsulares, diciendo que “si la América ha de ser representada, debe serlo por sus naturales. Los habitantes de aquellos dominios son vasallos del rey por otros títulos que los españoles. Incluso apostilló sus argumentos, añadiendo que pues amamos al Monarca no nos privamos de su propiedad. No queramos hacer un Rey constitucional”.

Aludiendo al ambiente de entusiasmo que había en los círculos liberales gaditanos con motivo de la promulgación de la Constitución, Le Brun nos dice que era “el mismo servilismo en persona, pero era servil ingenuo, de buen alma, sin partido” y nos refiere cómo provocó la risa de todos los diputados cuando le replicó a Argüelles que “nosotros no hemos hecho revolución alguna, a nosotros nos han revuelto”. Fue uno de los firmantes de la Constitución y se alojó en Cádiz en la plaza de San Agustín, n.º 77. Delator con la reacción absolutista de 1814, fue miembro del Consejo Real entre 1817 y 1819 y presidente de la diputación de Madrid de la Sociedad Económica de León. Consejero real y miembro de la Junta Suprema de Sanidad en 1820, fue nombrado magistrado del Tribunal Supremo en 1821.

 

Fuentes y bibl.: Archivo del Congreso de los Diputados, Serie Documentación Electoral, 2 n.º 5.

Expediente formado en virtud de Real Orden de la Suprema Junta central y Gubernativa del Reino por la que se sirvió dar comisión al Sr. D. Miguel Alonso Villagómez y D. Tomás Morano, del Consejote SM en el Real y Supremo de Castilla para examinar la conducta del Excmo. Sr. Marqués de Villel, Conde de Darmins, Grande de España de primera clase... Se publica por real resolución a instancia y expensa de esta M.N y L ciudad, Cádiz, 1809; Congreso de los Diputados, Diario de sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias, Madrid, Imp. de J. A. García, 1870; R. Comenge, Antología de las Cortes de Cádiz, t. II, Madrid, Congreso de los Diputados-Imp. de J. A. García, 1910, pág. 74; A. Gil Novales (dir.), Diccionario Biográfico del Trienio Liberal, Madrid, El Museo Universal, 1991, pág. 686; J. M.ª García León, Los diputados doceañistas, t. II, Cádiz, Ayuntamiento, 2006, págs. 563-564; M. Urquijo Goitia (dir.), Diccionario biográfico de parlamentarios españoles. Cortes de Cádiz. 1810- 1814, Madrid, Cortes Generales, 2010 (CD-Rom).

 

José María García León

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