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Joaquín Díaz Caneja

Biografía

Díaz Caneja, Joaquín. Oseja de Sajambre (León), VII.1777 – Madrid, 1.I.1851. Abogado, funcionario y político.

Fueron sus padres Tomás Díaz Caneja y Martino, empadronado como hijodalgo en 1780, hijo del regidor de la merindad de Valdeburún, natural de Oseja de Sajambre, y María de Sosa y Tovar, de Vidanes (León), ambos pertenecientes a familias nobles. La madre había llegado allí junto a su hermano Joaquín, sacerdote, quien en 1737 pasó a desempeñar el curato de Santa María de Oseja, y bajo cuya protección y guía vivieron y estudiaron tanto Joaquín como su hermano mayor Ignacio, eclesiástico, que llegó a ser obispo y con el que estuvo unido a lo largo de toda su vida. A muy temprana edad hubo de abandonar su pueblo natal y trasladarse a Valladolid, donde realizó sus primeros estudios y, en cuya Universidad obtuvo con excelentes calificaciones el título de bachiller en Leyes en 1798. A partir de ese momento, con sólo veintiún años de edad, ejerce la práctica forense con José Caballero de la Plaza, abogado de la Real Chancillería de Valladolid durante cuatro años, hasta 1802. Alrededor de 1803 se traslada a Madrid y solicita la admisión en el Colegio de Abogados, que se le concede tras un examen teórico práctico. Realiza su primer trabajo para el bufete de un abogado de prestigio, que le confía la resolución de un difícil caso, lo que hace con tal pericia que le ofrece la plaza de pasante, destacando pronto en la profesión por su sólida formación y, desde 1807, ya se establece por cuenta propia.

En 1809 trabaja como oficial de Secretaría en las Cortes de Cádiz y, tras el Decreto de 22 de mayo de 1809 que anunciaba la vuelta de la representación legal de la Monarquía a sus antiguas Cortes, se convoca la primera de ellas, resultando elegido diputado propietario por León por el procedimiento para las provincias ocupadas en parte por los franceses, con una actuación destacada, afiliándose al partido avanzado y figurando entre los primeros liberales, como la mayoría de los hombres de talento que llegaron a esas Cortes. Figura como propagandista de dichas ideas con Argüelles y Martínez de la Rosa, luchando para que se reconocieran y se dieran los mismos honores a los pueblos de León destruidos por la guerra que los concedidos a Zaragoza y Gerona. Fue secretario en estas Cortes generales y extraordinarias y continuaba siéndolo cuando se redactó la Constitución de 1812, en cuyo último renglón se lee “Joaquín Díaz-Caneja, diputado por León, Secretario”. En 1813, cerradas las Cortes, fue nombrado oficial de la Secretaría de Despacho de Gracia y Justicia.

Con la vuelta al absolutismo al regreso de Fernando VII, la sentencia contra las Cortes liberales estaba firmada. El Gobierno representativo había terminado y Francisco Eguía, nombrado secretamente por el Rey capitán general de Castilla la Nueva, comenzó a detener en virtud de real orden a los dos regentes, Pedro Agar y Gabriel Ciscar, a los ministros Álvarez Guerra, García Herreros y a diputados como Muñoz Torrero, Argüelles, Martínez de la Rosa, López Cerero, Calatrava, Capaz y otros, siendo muy pocos los que consiguieron escapar refugiándose en países extranjeros, algo que Díaz Caneja consiguió junto al conde de Toreno, Istúriz y algunos más, librándose así de una sangrienta reacción. Huye por Portugal, marchando enseguida a Bayona, desde donde decide trasladarse a Italia, país al que fueron a parar casi todos los exiliados españoles de la época. Su permanencia en dicho país, como él mismo señala, cambia sus ideas políticas, y abraza entonces las teorías moderadas que predominaban en Europa, afirmándose incluso en sus ideas religiosas, por lo que no es de extrañar que a su regreso a España y durante el Trienio Liberal de 1820-1823, figurase entre los liberales moderados, aunque no libre del fermento doceañista.

Entretanto, en 1815, fue condenado por la Comisión de Causas de Estado a diez años de presidio en África y se le despojó de gran parte de sus bienes.

Restablecido en 1820 el sistema constitucional, fueron remunerados con altos destinos muchos de los perseguidos políticos, pero no fue este su caso, por lo que continuó durante todo este período ejerciendo la abogacía hasta 1823, cuando es llamado de nuevo a ocupar la plaza para la que en 1814 había sido nombrado en la Secretaría de Gracia y Justicia, donde por rigurosa escala y por los años transcurridos, ascendió a oficial mayor, y fue sucesivamente distinguido con el nombramiento de secretario del Rey con ejercicio de decretos, y condecorado con la Cruz de número pensionada y con la de Comendador de Isabel la Católica.

Como consecuencia de la reacción absolutista en octubre de 1823, y la promulgación del famoso decreto de proscripción continuaron las persecuciones y a pesar de su moderantismo, Díaz fue de nuevo sometido a purificación e inhabilitado para el ejercicio de la profesión, siendo confinado a Cádiz. En 1827 cesa la proscripción, pero decide quedarse allí e ingresar en el Colegio de Abogados de la ciudad. Ejerce brillantemente la profesión alcanzando pronto un enorme prestigio y logrando reunir una importante fortuna.

De nuevo en 1830 fue desterrado de Cádiz a Sevilla, acusado de estar implicado en el movimiento revolucionario de los Pirineos. Nada más llegar a esta ciudad, el cabildo catedralicio le encargó un complicado asunto que resolvió con el éxito acostumbrado, por lo que la corporación le ofreció permanecer como su abogado, cargo que decidió no aceptar. Seis meses más tarde, liberado del destierro, regresó otra vez a Cádiz, donde siguió en el ejercicio de su profesión hasta 1834, año en que fue llamado desde la Corte por Garelly para ocuparse de la Subsecretaría del Ministerio de Gracia y Justicia y, poco después, en octubre de 1835, fue nombrado ministro del Real Consejo de España e Indias, cargo que desempeñó hasta 1836 en que quedó cesante tras los sucesos de La Granja y los acontecimientos políticos que se sucedieron.

El 27 de septiembre, durante un sólo día, ocupó interinamente la cartera de Gracia y Justicia con Mendizábal.

Permaneció en situación de cesantía hasta 1845, ejerciendo la abogacía y participando activamente en política. Con la Constitución de 1837 fue elegido diputado por León en segundas elecciones celebradas el 17 de octubre, cargo al que renunció el 18 de noviembre por optar al de senador, para el que también había sido elegido. Continuó en la Alta Cámara representando a su provincia durante las legislaturas de 1838-1839, 1839 (en ésta fue también elegido de nuevo diputado, aunque no llegó a aprobarse el acta de la provincia), 1840-1841, 1842 y 1843 (1.ª).

En las segundas elecciones para diputados de 1843- 1844 pasó de nuevo al Congreso y en las siguientes de 1844-1845 regresó al Senado. En 1845, restablecido el Consejo Real, se le confirió la plaza de vicepresidente de la Sección de Gracia y Justicia y fue nombrado senador vitalicio al estar comprendido en el párrafo del artículo 22 de la Constitución: “Diputados que hayan pertenecido a tres congresos diferentes o que hayan ejercido la Diputación durante ocho legislaturas”.

Durante todo este período de su vida parlamentaria en ambas Cámaras perteneció a numerosas comisiones y fueron sus discursos de gran relevancia cultural, judicial y técnica, dando idea todo ello de su permanente actividad.

Ministro de Gracia y Justicia desde el 12 de abril de 1846 hasta el 28 de enero de 1847 en el breve gobierno moderado de Istúriz, junto a Sanz, Pidal, Alejandro Mon y Armero, lo que prueba que anduvo hacia atrás, de progresista a conservador moderado, aunque también el hecho de que apareciera en un gabinete junto a jefes de la antigua mayoría tan enemiga siempre de los llamados “puritanos” puede explicarse por la necesidad de contar con personas de prestigio y dotes diplomáticas para resolver el problema de las bodas reales, asunto que llevaba tiempo planteado, que ya había ocasionado la caída de los dos breves gobiernos de Miraflores y Narváez y amenazaba con seguirlo haciendo con los siguientes si no se resolvía de forma favorable, y que no sólo afectaba a los gobiernos españoles, sino a las Cortes extranjeras cuyos intereses peligraban ante cualquier posible desequilibrio. El partido absolutista, con Balmes, apoyaba el casamiento de Isabel II con el conde de Montemolín, en quien su padre don Carlos había abdicado los pretendidos derechos a la Corona, recogiendo con esta propuesta los deseos de las potencias del norte que aún no habían reconocido la legitimidad de la Reina, pero también fomentaba la idea de Francia de casarla con alguno de los hijos de Luis Felipe. La Reina madre barajaba la posibilidad de un enlace con el conde de Trapani, pariente suyo, mientras que otros planteaban también la oportunidad de unir la Península ibérica casando a las dos hermanas con los dos príncipes de la Casa de Braganza.

Finalmente, rechazado por los liberales el matrimonio con Montemolín, imposibilitada la unión con Francia, disgustando a la opinión pública la idea de la boda con el italiano y no encontrando suficientes apoyos la propuesta portuguesa, el Ministerio decidió elegir al infante don Francisco de Borbón, lo que las Cortes reformadoras existentes sancionaron.

Este Ministerio tuvo también que preparar al poco tiempo el matrimonio de la infanta Luisa Fernanda con el duque de Montpensier, secundando los proyectos de Guizot, que pretendía evitar la reacción absolutista en Francia, enlazando las tendencias constitucionales de ambos países. En ambos actuó como notario mayor Díaz Caneja y sus gestiones fueron tan brillantes, que el propio Luis Felipe le hizo como regalo por ello una caja esmaltada con brillantes, valorada entonces en más de 200 reales.

Creyendo el Gobierno resuelto por fin este complicado asunto y considerando que el matrimonio de la Reina debía iniciar una nueva etapa política con partidos bien organizados y que las Cortes existentes en el momento no representaban más que a uno de ellos, convocó otras nuevas el día 25 de diciembre. Como resultado de éstas aparecieron varias fuerzas opositoras, los progresistas y la fracción puritana de los moderados, que se unieron frente al Gobierno, por lo que éste presentó su dimisión, que le fue aceptada, cayendo así el gabinete el 27 de enero de 1847. A partir de ese momento, Díaz Caneja se retiró completamente de la vida política y a los setenta y cuatro años una pulmonía fulminante acabó con su vida a las dos de la madrugada del 1 de enero de 1851, según comunican ese mismo día sus albaceas testamentarios al Senado, ya que hasta este momento continuaba ejerciendo en esa Cámara sus tareas legislativas como senador vitalicio. Había sido distinguido con la Gran Cruz de Carlos III y con la Llave de Gentilhombre de Su Majestad con ejercicio.

 

Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Nacional, Justicia, leg. 3956, n.º 19162; Archivo del Ministerio de Justicia, Personal. D. Joaquín Díaz Caneja; Archivo del Senado, Exp personal, HIS-0142-01.

Procurador, El Procurador General, 16 de diciembre de 1813; M. Ovilo y Otero, Historia de las Cortes de España o sea Biografías de los Senadores y Diputados, Madrid, Imprenta de D. B. González, 1851; Uno que siendo español no cobra del presupuesto, Los ministros en España desde 1800 a 1869. Historia contemporánea por ~, Madrid, J. Castro y Cía., 1869-1870; P. Mingote y Tarazona, Varones Ilustres de la provincia de León (ensayo biográfico), León, Est. tipográfico de Miñón, 1880; A. Osorio, Diccionario político español: histórico y biográfico (Desde Carlos IV a 1936), Buenos Aires, Editorial Mundo Atlántico, 1945; G. Bleiberg (dir.), Diccionario de Historia de España, Madrid, Alianza Editorial, 1979; J. F. Lasso Gaite. El Ministerio de Justicia. Su imagen histórica (1714-1981), Madrid, Imprenta Sáez, 1984; V. Tovar Martín, El Palacio del Ministerio de Justicia y sus obras de arte, Madrid, Ministerio de Justicia, 1986; E. Martino, Hombres de Sajambre: leyenda de los dos hermanos, León, Diputación Provincial, 1987; J. L. Morales y Marín (dir.), Gran enciclopedia de Madrid, Castilla La Mancha, Zaragoza, Unión Aragonesa del Libro, 1982-1988; J. M. Cuenca Toribio y S. Miranda García, El poder y sus hombres: ¿por quién hemos sido gobernados los españoles? (1705-1998), Madrid, Actas, 1998.

 

María de los Ángeles Valle de Juan

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