Ayuda

Juan Felipe Castaños y Urioste

Biografía

Castaños y Urioste, Juan Felipe. Portugalete (Vizcaya), 25.VI.1715 – Espluga de Francolí (Tarragona), 24.VIII.1778. Intendente de Ejército.

Hijo de Francisco Castaños y Montellano, nacido en San Pedro de Galdames (Vizcaya), y de Agustina de Urioste y Larrazábal. Comenzó a trabajar en 1730 para la administración de la Marina de la mano de su tío Felipe Urioste, juez de arribadas de Indias y empleado de la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas.

En 1726 ingresó en la Contaduría de Marina de Cádiz, pasando luego a San Sebastián. Pronto comenzó a escalar puestos en el Cuerpo político de la Real Hacienda Militar, siguiendo el cursus honorum tradicional del mismo. Nombrado primero comisario de guerra (enero de 1744), ascendió en poco tiempo a la categoría de comisario ordenador (marzo de 1746), teniendo a su cargo en ambos puestos el control fiscal de las reclamaciones económicas a las tropas mediante las correspondientes revistas administrativas, y el buen orden y disciplina de las mismas. En tal condición fue enviado a Parma como embajador extraordinario, incorporándose luego al contingente hispano-francés-napolitano que operaba en Italia para hacer valer los derechos del infante Felipe, duque de Parma, al Estado de Milán. Con el ejército español, y ejerciendo ya de hecho funciones de intendente del mismo, asistió a la ocupación del eje estratégico jalonado por las plazas de Bolonia, Módena, Parma y Milán, y a la posterior retirada ante el empuje austro-sardo.

De regreso a España tras la paz de 1749, fue encargado por Ensenada de la aplicación de la Única Contribución en Extremadura y Galicia. Sus buenos servicios fueron reconocidos con el ascenso al empleo en propiedad de intendente de Ejército, máximo escalón dentro de su Cuerpo. Nombrado intendente del Ejército y reino de Mallorca, que llevaba aparejado el corregimiento de Palma (noviembre de 1757), tal destino fue sustituido enseguida por el de intendente del Ejército y reino de Galicia y corregidor de La Coruña (enero de 1758), relevando en este puesto a Andrés Gómez de la Vega.

En Galicia debió ocuparse, en primer lugar, de poner en práctica la Real Única Contribución, objetivo prioritario cuya aplicación estaba planteando dificultades.

Ello le obligó a actuar con la mayor diplomacia frente al Concejo de La Coruña. Al mismo tiempo, y dentro del campo de la Hacienda, pasó a desarrollar las funciones propias de juez conservador de la Renta del tabaco. Debió atender igualmente a la falta de celo de los justicias en la recogida de vagos y maleantes para nutrir con ellos las filas del Ejército. Viendo que las banderas no reclutaban gente bastante para el reemplazo ordinario de los regimientos y visto el incumplimiento sistemático en la recogida de aquéllos para enviarlos a los regimientos y arsenales, procuró excitar el celo de las autoridades correspondientes, amenazándolas con una leva en los pueblos y ciudades, al tiempo que las prevenía de que tomasen las precauciones pertinentes para no confundir los legítimos pasajeros con vagabundos. Se le debe a Castaños durante esta etapa la redacción de una instrucción sobre el Tribunal de la Intendencia. En la misma, compuesta en trece capítulos más uno preliminar, desarrollaba las obligaciones del oficial mayor de dicho tribunal, las de los escribanos y los trámites para la presentación y devolución de instancias.

No permaneció mucho tiempo en Galicia, pues en marzo de 1760 pasó con licencia a la Corte y ya no regresó por haber sido nombrado intendente del Ejército y reino de Aragón y corregidor de Zaragoza (noviembre de 1760), cargo de permanencia también breve, pues en enero de 1763 se le encargó la Intendencia del principado de Cataluña, la considerada entonces más importante y la más apetecida por su remuneración, pues estaba dotada con 60.000 reales anuales de sueldo, más otros 25.000 de indemnización.

Su nuevo destino se vio afectado por problemas de salud, hasta el punto de que, habiendo enfermado gravemente en 1770, hubo de ser sustituido de manera provisional, al tiempo que era autorizado para pasar a Madrid a fin de reponerse. Luego, la enfermedad y muerte de su segunda esposa lo obligaron también a delegar muchas de sus competencias, sin que se reincorporara totalmente a su puesto hasta enero de 1772.

En Cataluña extremó su celo en las amplísimas competencias de su cargo en materia de ejército, hacienda, policía y justicia. Destacaron la adopción de un método para la redención de censales y pago de pensiones, así como la atención a la rigurosa aplicación del mismo; su acertada labor en la gestión del reclutamiento por el sistema de quintas; y la obtención para la Junta de Comercio y del Consulado del edificio de la Lonja, además de iniciar las obras de su embellecimiento con una nueva fachada.

Sin embargo, su labor se vio ensombrecida por la repentina e insólita suspensión en sus funciones el 6 de mayo de 1776 dispuesta por el alcalde de Casa y Corte Nicolás de Pineda, con poderes al efecto como juez de residencia enviado por el secretario de Guerra, conde de Ricla. Encomendada provisionalmente la Intendencia del Principado al barón de la Linde, Castaños fue procesado con acusación de existir irregularidades en la fabricación de suministros de artillería.

Lo que hubiera tras esa decisión del conde de Ricla nunca estuvo del todo claro; en todo caso, parece que ya con anterioridad las relaciones entre el intendente y el secretario de Guerra no eran buenas, y el hecho es que a la postre Castaños fue absuelto, si bien la sentencia le llegó después de su muerte. Tras la suspensión en el cargo, se retiró a Poblet, falleciendo en Espluga de Francolí dos años después, sin haber regresado a Barcelona.

Juan Felipe Castaños casó, en primeras nupcias, con Ángela del Pulgar, viuda del comisario de guerra Antonio de Herrasti, y en segundas, en 1756, con María de Aragorri y Olavide, viuda también del intendente de Marina Manuel de las Casas. De este segundo matrimonio nació, en 1758, Francisco Javier Castaños, el futuro vencedor de Bailén.

 

Obras de ~: Bando para que los hiladores de seda cumplan debidamente las ordenanzas reales, Zaragoza, 1761; Orden [...] para la cual se piden datos de frutos recogidos, Zaragoza, 1761; Capítulos del buen gobierno sobre la venta de alimentos en el mercado, Zaragoza, 1761; Bando sobre licencias de galgos [...], Zaragoza, 1761; Orden sobre libros de mercaderes en idioma castellano, Barcelona, 1773; Edicto sobre llevar cartas o pliegos. Su pena, Barcelona, 1774; Edicto sobre franquicia de derechos de ciertos géneros, Barcelona, 1774; Instrucción para el Método, y Gobierno de las Dependencias Judiciales del Tribunal de la Intendencia del Reyno de Galicia desde Primero de Enero de 1759, Santiago, s. f.

 

Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Secretaría de Guerra, legs. 3991, 4258 y 5465; Dirección General del Tesoro, invent. 2, leg. 44; Tribunal Mayor de Cuentas, legs. 2050, 2091 y 2131; Archivo Histórico Nacional, Ministerio de Hacienda, leg. 229/1.

A. y A. García Carraffa, Diccionario heráldico y genealógico de apellidos españoles y americanos, Madrid, Imprenta de Antonio Marzo, 1952-1963 (col. Enciclopedia Heráldica y Genealógica Hispanoamericana, t. 25), pág. 22; E, Fernández-Villamil, Juntas del reino de Galicia, t. I, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1962, págs. 571-572; E. Escartín Sánchez, “Los intendentes de Cataluña en el siglo xviii. Datos biográficos”, en P. Molas Ribalta et al., Historia social de la Administración española, Barcelona, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1980, págs. 262-263; M. Llopis Ponte, “Burocratización de la Capitanía General: Nacimiento de la Real Intendencia”, en A. Fernández-Xesta et al., Quinientos años de la Capitanía General de Galicia, Madrid, Ministerio de Defensa, 1985, págs. 13-33; F. Abbad y D. Ozanam, Les intendants espagnols du xviiie siècle, Madrid, Casa de Velázquez, 1992, págs. 75-76.

 

Juan Miguel Teijeiro de la Rosa