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Bienvenido Oliver y Esteller

Biografía

Oliver y Esteller, Bienvenido. Catarroja (Valencia), 2.XII.1836 – Madrid, 20.III.1912. Jurista e historiador.

Para estar a salvo de los motines y revueltas que se sucedían en Valencia desde el comienzo de la Primera Guerra Carlista (1833-1840), los padres de Bienvenido Oliver se habían trasladado al cercano pueblo de Catarroja, donde nació. El padre, abogado, volvió con la familia a Valencia a los pocos años, y Bienvenido estudió el bachillerato en las Escuelas Pías de esa ciudad.

En el año 1856 obtuvo la licenciatura en Filosofía y en 1858 la licenciatura en Derecho. Se doctoró en Derecho en 1859, con la tesis Si los censos son de suyo perjudiciales, que se publicó en Madrid ese mismo año. Estudió francés, inglés y alemán en la Escuela de Comercio. No logró —en ese primer intento— superar la oposición de letrado de la Dirección del Registro de la Propiedad, pero por la puntuación obtenida fue enviado como vicesecretario a la Audiencia de Barcelona. En 1863, publicó un extenso estudio sobre “La familia entre los siervos de la tierra, rústicos y payeses de remensa en Cataluña”, en la Revista Universidad. En ese mismo año, publicó un largo trabajo de Derecho Mercantil en El Foro Valenciano, con el título “Si los bienes raíces pueden ser considerados como materia comercial”. En esa fecha, empezó su infatigable labor investigadora y publicista en los dos campos del Derecho y la Historia, que mantuvo a lo largo de toda su vida.

La Academia Valenciana de Legislación y Jurisprudencia le nombró vocal de la Junta Directiva en 1862, y la Real Academia de Buenas Letras de Barcelona le nombró académico correspondiente en 1864. Tres años más tarde, contrajo matrimonio con Carmen Román y Díaz, y el matrimonio se trasladó a vivir a Puerto Rico —patria de la esposa—, donde Oliver ejerció como abogado. Se publicaron por entonces en Barcelona sus Estudios históricos sobre el Derecho Civil de Cataluña.

En el año 1870 obtuvo plaza de letrado de la Dirección General del Registro de la Propiedad y del Notariado, y en ese mismo año, la Real Academia de la Historia le nombró académico correspondiente. En 1874 fue nombrado subdirector general de los Registros y del Notariado. Su carrera administrativa culminó en el año 1899, con el nombramiento de director general, cargo en el que permaneció hasta el mes de abril de 1901.

El año 1876 fue particularmente importante en la biografía de Oliver: el ministro de Ultramar, Adelardo López de Ayala, le nombró vocal, y luego presidente, de las comisiones redactoras de las Leyes Hipotecarias de Cuba y Puerto Rico; publicó el primer tomo de su Historia del Derecho en Cataluña, Mallorca y Valencia; publicó en la Revista General de Legislación y Jurisprudencia un extenso estudio titulado “De la capacidad de las religiosas profesas consideradas individual y colectivamente para adquirir , retener y enajenar bienes raíces”; y, al crearse la Institución Libre de Enseñanza, fue nombrado profesor de su claustro, donde explicó, sucesivamente, las asignaturas de Derecho Penal y Derecho Civil Foral.

Los tres últimos tomos de su Historia del Derecho en Cataluña, Mallorca y Valencia se publicaron en el 1881, año en que publicó también, con un extenso vocabulario explicativo, el Libre de les Costums Generals escrites de la insigne ciutat de Tortosa. Al año siguiente, fue elegido académico de número de la Real Academia de la Historia, donde leyó el discurso de ingreso, La Nación y la Realeza en los Estados de la Corona de Aragón, a los dos años de la elección.

En el campo jurídico, su obra más destacada es el Derecho Inmobiliario Español, la primera elaboración sistemática de esta rama del Derecho. Se trata del volumen inicial —único publicado— de una obra más extensa, que, en su proyecto, se componía de cuatro partes: Introducción, La constitución del derecho de propiedad y demás derechos reales sobre inmuebles, La inscripción y El Registro de la Propiedad. Fue el primer autor que concibió el Derecho hipotecario como “un conjunto de instituciones dotadas de trabazón interna” ya que la doctrina anterior se limitaba a comentar el articulado de la ley hipotecaria. La obra está llena de aciertos, que la doctrina registral ha tardado muchos años en aceptar, sobre la eficacia de la inscripción, sobre la idea de publicidad y sobre el principio de legalidad. Su condición de historiador hace que la exposición sobre la evolución de la publicidad y del Registro sea particularmente valiosa.

A lo largo de su vida recibió Oliver encargos muy heterogéneos: redactar las capitulaciones matrimoniales de la infanta María Teresa de Borbón y Fernando de Baviera (1905), redactar la exposición de motivos del vigente Código de Comercio, representar a España —junto a Manuel Durán y Bas— en el Congreso Internacional de Derecho Mercantil celebrado en Amberes en 1885, y en el Congreso Internacional de Derecho Mercantil celebrado en Bruselas en 1888; el Gobierno de la República del Ecuador le encargó un dictamen sobre los límites territoriales de esa república, a lo que Oliver respondió con un escrito de cuatrocientas páginas en que analizaba el problema desde las perspectivas geopolítica, histórica y jurídica.

A la vista de su obra de investigación y de sus tareas prelegislativas, Oliver aparece como uno de los más importantes constructores del Derecho privado español del siglo XIX. Desde el punto de vista intelectual, confluyen en él tres grandes corrientes reformistas: el krausismo, el neotomismo y la escuela histórica del Derecho.

 

Obras de ~: Si los censos son de suyo perjudiciales, Madrid, Imprenta de Matute y Compagni, 1859; Estudios históricos sobre el derecho civil en Cataluña, Barcelona, 1867 (reed. Pamplona, Analecta, 2002); Historia del derecho en Cataluña, Mallorca y Valencia, Madrid, Imprenta de M. Ginesta, 1876 y 1881, 4 vols.; La Nación y la Realeza en los Estados de la Corona de Aragón, Madrid, 1884 (reed. Pamplona, Analecta, 2003); Des innovations introduites dans la législation de la lettre de change, billets à ordre et chêques por le nouveau Code de Commerce espagnol, Amberes, 1885; Los Tribunales especiales de comercio, Madrid, 1886; con V. Jacobs y L. Riwerx, La loi espagnole relative au comerçe maritime, traduite et mise en concordance avec les lois similaires allemande, belge, fraçaise, italienne et neerlandaise, Paris, 1886; “Breve sumario del proyecto del Código Civil de Alemania y del Proyecto de Ley para su planteamiento”, en la Revista de Derecho Internacional (1889); Derecho Inmobiliario Español, Madrid, Est. Tipográfico Sucesores de Rivadeneyra, 1892; Bases para una legislación mercantil uniforme iberoamericana sobre abordajes y asistencias de naves mercantes en el mar, Madrid, 1892; con F. Fita, Las Cortes de los Antiguos Reinos de Aragón y Valencia y Principado de Cataluña, Madrid, 1901.

 

Bibl.: A. Pau Pedrón, Bienvenido Oliver, en el pensamiento español del siglo XIX, Madrid, Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, 1997; B. Pellistrandi, Un discours national? La Real Academia de la Historia entre science et politique (1847-1897), Madrid, Casa de Velázquez, 2004, págs. 406-407.

 

Antonio Pau Pedrón