Vélez Sarsfield, Dalmacio. Amboy (Córdoba, Argentina), 18.II.1800 - Buenos Aires (Argentina), 30.III.1875. Jurista, economista, periodista, ministro de Hacienda y de Interior, diputado, senador.
Último de los dieciséis hijos de Dalmacio Vélez Baigorri, del que quedó huérfano a los pocos meses de nacer. Su madre fue Rosa Sarsfield Palacios, segunda esposa de Vélez Baigorri.
La estrechez económica que padeció la familia desde la muerte del padre impulsó a Dalmacio Vélez Sarsfield a apresurar su formación profesional: inició sus estudios en los Colegios de San Francisco y Montserrat, en Córdoba, donde llegó a adquirir un excelente conocimiento del latín y de la cultura clásica, lo que le permitió con el tiempo publicar una edición de la Eneida, acompañada de abundantes notas eruditas. Se inscribió luego en la Facultad de Artes y, entre 1818 y 1819, realizó el bachillerato en Leyes, ingresando de inmediato como pasante en un despacho. En 1822 era ya defensor de pobres y, a finales de ese año, quedó habilitado como abogado para ejercer ante los tribunales de Córdoba.
En 1823 se examinó ante la Cámara civil de Buenos Aires, siendo admitido por la misma al ejercicio profesional como abogado. Se trasladó de inmediato a esta ciudad, en la que se desarrolló todo el resto de su vida, llegando a alcanzar un prestigio amplísimo en la práctica forense. Durante medio siglo fue considerado como uno de los mejores abogados del país, logrando una muy desahogada posición económica y ocupando puestos del máximo relieve en la vida pública. A la historia ha pasado, sobre todo, como el gran codificador del Derecho Privado en su patria y se le tiene hoy por uno de los grandes codificadores que en Europa y América produjo el siglo XIX.
Muy poco después de su llegada a Buenos Aires casó con la hija de un primo suyo, Paula Piñero, de la que tuvo una hija, Vicenta. Fallecida su esposa en 1831, en 1834 contrajo nuevo matrimonio con Manuela Velázquez, que le dio otros cuatro hijos: Constantino, Bernardo, Rosario y Aurelia. La familia se mantuvo unida y Vélez Sarsfield falleció rodeado de sus hijos cuando llevaba ya un tiempo, por razones de edad, apartado de toda actividad pública.
En 1826 se le ofreció la cátedra de Economía Política de la Universidad de Buenos Aires, que no entró a desempeñar hasta 1829. El retraso se debió a las frecuentes alternativas políticas por las que atravesaba la Argentina, que influyeron en la vida de Vélez Sarsfield hasta dar lugar a períodos en que se vio sometido incluso al destierro y al exilio. Del desempeño de esta cátedra surgió su dedicación a la Economía, que le llevó a crear el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a cuyo notable desarrolló contribuyó formando parte de su Directorio durante veinte años y a ocupar también el Ministerio de Hacienda. Otras de sus creaciones fueron la Academia de Jurisprudencia, que además presidió en 1835-1836, y el diario El Nacional, que fundó en 1852 y que le dio ocasión de desarrollar una notoria actividad periodística, convirtiéndose en uno de los principales creadores de opinión en la Argentina durante la segunda mitad del siglo XIX.
A la política se incorporó en 1824, adhiriéndose al grupo de los unitarios de Rivadavia y siendo Diputado en el Congreso Nacional Constituyente hasta 1827. La caída de Rivadavia provoca su destierro a Córdoba en 1830, lo que le sirvió para iniciar sus trabajos periodísticos, que ya nunca abandonaría. Durante la dictadura de Rosas le fueron confiscados sus bienes y se vio obligado a exiliarse en Uruguay. Sólo pudo regresar a Buenos Aires cuando muchas personalidades que se contaban entre sus clientes como abogado lograron del dictador que garantizara su seguridad y la devolución de los bienes confiscados. Vivió entonces un período de alejamiento de la vida pública, pero el propio Rosas llegó, movido por su prestigio, a consultarle sobre diversos problemas de interés nacional. Entre ellos, acerca del sistema de Patronato y la provisión de sedes episcopales, lo que llevó a Vélez a interesarse por el Derecho Eclesiástico, un nuevo campo en el que alcanzó notoriedad, dando a luz un tratado de Derecho Público Eclesiástico, a partir del cual su autor se convierte en una de las autoridades más reconocidas en esta parcela del Derecho en Argentina, y aún hoy se le aprecia como tal.
En 1852, tras la caída de Rosas, vuelve Vélez a la vida pública, como diputado de la legislatura de Buenos Aires y en 1854 redactó, juntamente con Carlos Tejedor, el proyecto de Constitución para el Estado de Buenos Aires. Será enseguida miembro de la Convención Constituyente que en 1860 reformó la Constitución Nacional, senador por Córdoba en 1862, ministro de Hacienda con Mitre en 1863-1864, ministro del Interior con Sarmiento en 1868-1872.
Como ya se ha indicado, la obra fundamental de Vélez Sarsfield fue la codificación del Derecho Privado argentino. Al él se le deben el Código de Comercio y el Código Civil. El primero lo redactó, junto con Eduardo Acevedo, como Código de Comercio para la provincia de Buenos Aires, y entró en vigor para la misma en 1859, pasando a ser aceptado para toda Argentina en 1862. Fue también adoptado por Paraguay en 1870 y sirvió de modelo para la redacción de las leyes comerciales en Uruguay.
Empezó a redactar el Código Civil, por encargo del presidente Mitre, en 1864, y entró en vigor en 1871, manteniéndose vigente hasta hoy. Se ha dicho que se trata de “la mayor hazaña intelectual realizada por un jurista argentino”, y se considera que en muchos temas se anticipó a los tiempos y estableció innovaciones que han sido incorporadas a las legislaciones civiles más modernas.
En 1872, alcanzados los setenta y dos años, y tras desempeñar su último cargo, el ya citado ministerio del Interior bajo el presidente Sarmiento, se retiró a la vida privada hasta su muerte en 1875.
Obras de ~: Derecho Público Eclesiástico (Relaciones del Estado con la Iglesia en la Antigua América Española), Buenos Aires, Imprenta La Tribuna, 1854; con E. Acevedo, Código de Comercio para la provincia de Buenos Aires, Buenos Aires, Imprenta de la Nación Argentina, 1858; Código Civil de la República Argentina, Buenos Aires, Ed. Pablo Coni, 1869.
Bibl.: D. F. Sarmiento, Bosquejo de la Biografía de D. Dalmacio Vélez Sarsfield, Buenos Aires, 1875; E. Martínez Paz, Dalmacio Vélez Sarsfield y el Código Civil argentino, Córdoba, Academia Nacional de Derecho de Córdoba, 1916; A. Chaneton, Historia de Vélez Sarsfield, Buenos Aires, Ed. La Facultad, 1937-1938 (Buenos Aires, EUDEBA, 1969); A. Díaz Bialet, El Derecho Romano en la obra de Vélez Sarsfield, Córdoba, Universidad Nacional de Córdoba, 1949; R. Zorraquín Becú, “Vélez Sarsfield y el Código de Comercio”, en Libro del Centenario del Código de Comercio, Buenos Aires, Libro del Centenario del Código de Comercio, 1966; A. LEVAGGI, Dalmacio Vélez Sarsfield y el Derecho Eclesiástico, Buenos Aires, Perrot, 1969; F. V. Izquierdo, Vélez Sarsfield y su obra codificadora, Córdoba, Academia Nacional de Derecho de Córdoba, 2000; VV. AA., Homenaje a Vélez Sarsfield, Buenos Aires, Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2001.
Alberto de la Hera Pérez de la Cuesta