Hopperus, Joachim. Sneek (Países Bajos), 11.XI.1523 – Madrid, 15.XII.1576. Guardasellos del Ministerio Colateral, consejero del Consejo Privado y del Gran Consejo de Malinas.
Hijo de Suffrid Hopperus y de Tixtia Feico a Piersma, era sobrino de Viglius. Su familia era de clase patricia, lo que le permitió recibir una esmerada educación tanto en Haarlem como en Lovaina, París o Aviñón. Sus grados los recibió en Lovaina, el de licenciado el 20 de agosto de 1549 y el de doctor el 27 de agosto de 1553. Comenzó a dar clases en la Universidad, pero muy pronto, el 23 de noviembre de 1554, se le nombró consejero del Gran Consejo de Malinas. Su nombramiento se debió a Viglius y durante los años siguientes fue estrechando sus lazos con Margarita de Parma, a la que complació sobremanera que acabara la fundación de la Universidad de Douai y que ayudara también a los jesuitas que ella protegía. Estos logros motivaron que se decidiera a nombrarle representante de Felipe II en la negociación del Concordato de 1564, para resolver el tema de las abadías y los obispados junto a Assonleville y Jacques Boonen, así como nombrarle consejero del Consejo Privado en 1565, y que, por enfermedad de su tío Viglius, ejerciera las funciones oficiosas de vicepresidente del Consejo de Estado.
Su filiación a Viglius, como ocurría con la mayoría de los letrados de los Países Bajos en ese momento, denotaba que su ideología era afín a los presupuestos de la facción ebolista. Esto le acarreó numerosos conflictos tanto en Madrid como en Bruselas; el primero de ellos la acusación de Villavicencio, junto a su tío Viglius, de obstaculizar la lucha contra herejes como Agustín Boacio o Antonio de Ávalos. El fraile llegaría incluso a sugerir que, para poder luchar limpiamente contra la herejía, hacía falta que Hopperus fuera expulsado de los Países Bajos. Ante esta opinión, y la decisión que se había tomado de retirar a Charles de Tisnacq el oficio de garde des sceaux auprès du Roy que detentaba, se pensó en Hopperus como nuevo guardasellos y se le ordenó en 1565 que acudiera a Castilla. En mayo del año siguiente se encontraba ya en la Corte, donde comenzó a entablar contactos para intentar que se aplicaran sus ideas en los asuntos de Flandes. Eso le llevó, indefectiblemente, a estrechar lazos con los “ebolistas”, aunque permaneció al margen de las importantes decisiones que se tomaron durante aquellos años con respecto a los Países Bajos, debido al auge de la facción “albista”. Pese a ello, escribió numerosos memoriales en los que propuso que se redujeran los poderes de los gobernadores generales, que se potenciaran los consejos colaterales, que se creara un consejo de naturales cerca del Rey e, incluso, que Flandes se convirtiera en un reino independiente. Estas ideas le llevaron a enfrentamientos con el secretario Gabriel de Zayas, en Madrid, y con el duque de Alba, en Flandes, llegando éste, incluso, a tenderle trampas para que se enfrentara a los miembros de su facción.
La destitución de Fernando Álvarez de Toledo y el cambio que se estaba produciendo en el panorama cortesano parecieron favorecer las intenciones de Hopperus, que entró en la Junta que llevaba los asuntos de Flandes y que tuvo una buena correspondencia con el nuevo gobernador, Requesens. Sin embargo, no se confiaba en él por sus presuntos contactos con los rebeldes, y Felipe II le utilizó para enviar noticias falsas, tomándose las verdaderas decisiones en una junta paralela. Se le nombró encargado, junto a Havré, de comunicar a Requesens la aplicación de los verdaderos remedios tras el decreto de bancarrota, pero la partida se retrasó y en el ínterin murió Requesens sin aplicar esas ideas. Poco después, fallecería Hopperus.
Durante su estancia en Madrid, Felipe II le había concedido la señoría de Dalem, cerca de Gorcum y, tras su fallecimiento, el Rey tuvo un comportamiento generoso con su viuda y los ocho hijos que dejó. Fue un prolífico escritor tanto de jurisprudencia como de tratados políticos.
Obras de ~: De Juris arte libri tres. Ejusdem, Juris civilis, sive ad Pandectas libri esx priores, Lovaina, Petrum Colonaeum, 1555; In veram iurisprudentiam Isagogis ad filium libriocto, Colonia, Maternum Cholinum, 1580; Seduardus, sive de vera iurisprudentia, ad regem. Libri XII, Amberes, Officina Plantiniana, 1590; Paraphrasis in Psalmos Davídicos, Amberes, Officina Plantiniana, 1590; De Bonorum Caesareorum secundum leges justinianeas curatione, s. f. (ms.) (ed. en J. Bodino, Joannis Bodini Responsio ad Paradoxa Mal estretti de caritate rerum ejusque remediis, ed. de H. Conrig, Helmestadij, H. Müller, 1671); De rebus belgicis componendas, en Archives Dèpartamentales du Nord (Lille), s. f. (ms.); Recueil et Mémorial des troubles des Pays-Bas du Roy, 1569-1576, s. l. [ed. en C. P. Hoynck van Papendrecht, Analecta Bélgica, vol. IV, La Haya, 1743, págs. 17-118; A. Wauters, Mémoires de Viglius et d’Hopperus sur le commencement des Troubles des Pays-Bas, vol. II, Bruxelles, Société de l’histoire de la Belgique, 1858 (Collection de Mémoires relatifs à l’histoire de Belgique)].
Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Estado, legs. 535-555.
M. Ch. Weiss, Papiers d’État du Cardinal de Granvelle d’après les manuscrits de la bibliothèque de Besançon, vol. I, Paris, Imprimerie Royale, 1841, págs. XXXII-XXXIII; J. J. de Smett, Biographie nationale, vol. IX, Bruxelles, Académie Royale des Sciences, des Lettres et des Beaux-Arts de Belgique, 1866-1986, págs. 466-469; E. Poullet y Ch. Piot (dirs.), Correspondance du Cardinal de Granvelle, 1565-1586, vols. I y III, Bruxelles, F. Hayez, 1877-1896, pág. 17, nota 2, y pág. 319, respect.; B. A. Vermaseren, Het vervolg op het Recueil de Hopperus, Groningen, Noordhoff, 1946; P. D. Lagomarsino, Court factions and the formulation of Spanish policy towards the Netherlands (1559-1567), tesis doctoral, Cambridge, University, 1973, págs. 53-54, 171-172, 177, 237 y 240 (inéd.); J. M. Rabasco Valdés, “Una etapa del Consejo de Flandes y de Borgoña: Del Ministerio Colateral a las Ordenanzas de 1588”, en Anuario de Historia Moderna y Contemporánea de la Universidad de Granada (1979), págs. 68- 70; G. Janssens, “Cambridge Joachim Hopperus, een Fries rechtsgeleerde in dienst van Filips II”, en Recht en instellingen in de oude Nederlanden tijdens de Middeleeuwen en de Nieuwe Tijd. Liber amicorum Jan Buntinx, Lovaina, Drukkerij Sintal, 1981, págs. 419-433; “Doctrina y oficio del Rey según el consejero Hoppero (J. Hopperus)”, en Lias, IX, 2 (1982), págs. 138-156; “Barmhartig en rechtvaardig: visies van L. de Villavicencio en J. Hopperus Op de tata van de Koning”, en État et religión aux xve et xvie siècles, separata, Bruxelles, 1986; J. E. Hortal Muñoz, “La concesión de mercedes en los Países Bajos durante el gobierno del duque de Alba. La importancia del control del gobierno de las ciudades y de las provincias”, en J. Bravo Lozano (ed.), Espacios de poder: Cortes, ciudades y villas, Alicante, Caja de Ahorros del Mediterráneo, 2002, págs. 191-192, 196-197 y 214.
José Eloy Hortal Muñoz