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Francisco Marín Sánchez

Biografía

Marín Sánchez, Francisco. Enguera (Valencia), 3.VII.1764 – c. 1836. Magistrado, consejero de Castilla y de la Cámara.

Comenzó su carrera al servicio de la Administración de Justicia en el desempeño de una fiscalía de la Audiencia de Mallorca. Las Cortes, de conformidad al artículo 278 de la Constitución, decretaron el 1 de junio de 1812 establecer un Tribunal Especial de Guerra y Marina para que conociera de todas las causas y negocios contenciosos del fuero militar. La Regencia del reino, a propuesta del Consejo de Estado del 20 de julio, nombró a Marín ministro togado de ese Tribunal.

Por fallecimiento de Juan Antonio Inguanzo y renuncia de José María Ric se hallaba vacante una plaza del Consejo Real, y para ella la Cámara propuso al Rey, el 8 de agosto de 1814, en primer lugar, a Marín.

El 11, Fernando VII resolvía a favor del mismo.

En 1815 se incoaba un procedimiento irregular por el Ministerio de Guerra contra Marín, y durante el mismo estuvo detenido varios meses. El 19 de febrero, el coronel del Regimiento de Dragones del Rey, cumpliendo órdenes del capitán general de Madrid, se presentó en casa de Marín y, después de haber recogido, empaquetado y sellado todos sus papeles, cerró el despacho y se llevó la llave. El consejero permaneció arrestado y custodiado por centinela de vista. El 22, también comisionado por el capitán general, fue a su casa el relator del Consejo de Guerra, Antonio Ruiz de Alcalá, con un escribano, al reconocimiento de los anteriores papeles. El Consejo de Castilla solicitó al Rey la sustanciación y determinación definitiva de la causa de Marín. Al final no resultó ningún cargo contra él y fue declarado inocente. Para indemnizarle de los perjuicios que le ocasionó el procedimiento a que fue sometido, el Rey lo nombró el 7 de septiembre de 1815 para una plaza de la Cámara de Castilla.

Por Real Cédula de 25 de julio de 1817 fue nombrado para el juzgado de imprentas, vacante por fallecimiento de Nicolás María de Sierra. Una Real Orden de 9 de octubre del mismo año le encargó la visita del colegio de niños desamparados. Más tarde fue juez protector del mismo establecimiento en calidad de presidente de su Junta de gobierno. El 24 de octubre de 1819, con motivo del enlace de Fernando VII con María Josefa Amalia de Sajonia, le concedió el Rey la Cruz de número de la Orden de Carlos III.

Cuando se restableció el régimen constitucional en marzo de 1820 fue extinguido el Consejo de Castilla.

No obstante, por Real Orden de 21 de mayo se le mandó continuar en la dirección del colegio de niños desamparados, pero sin ejercicio de jurisdicción, la cual con arreglo a la Constitución de 1812 debía pasar a los tribunales establecidos. Marín siguió percibiendo 66.000 reales anuales, 55.000 por el puesto de consejero y los otros 11.000 por camarista.

En octubre de 1822, fue clasificado como cesante de 1.ª Clase, según el decreto de las Cortes de 3 de septiembre de 1820, y se le adjudicó el sueldo de 30.000 reales anuales. Fernando VII había mandado el 29 de mayo de 1823 que el Consejo de Castilla continuara en el ejercicio de sus funciones, interrumpidas el 9 de marzo de 1820 por el gobierno constitucional.

Marín fue repuesto en su plaza del Consejo de Castilla. Sin embargo, el Decreto de 20 de febrero de 1824 jubiló a doce consejeros, entre ellos a Marín, concediéndoles la mitad de sueldo que disfrutaban entonces.

Marín, junto con los también ministros jubilados del Consejo de Castilla Villagómez y Larrumbide, fue repuesto en su plaza —con la antigüedad que le correspondería si no hubiese sido jubilado— por Decreto de 16 de febrero de 1825, en atención al plan general de estudios y arreglos de universidades y el de las escuelas de latinidad y primeras letras del reino que habían elaborado siguiendo mandato regio. El Rey contó con él para integrar durante ese año algunas juntas. En efecto, tres meses después, representando, con Francisco Javier Caro, al Ministerio de Gracia y Justicia, formó parte de la denominada Junta de arreglo de sueldos y de reforma de gastos. La junta estaba autorizada, por Real Orden de 2 de abril, para recabar directamente las noticias necesarias a todas las autoridades y cuerpos directivos de la Corte, y sus sesiones se celebrarían en casa de su presidente Antonio Gómez Calderón, ministro de Estado. También el Decreto de 13 de septiembre creó una Junta auxiliar del Consejo de Ministros, con el nombre de Real Junta Consultiva de Gobierno, entre cuyas competencias destacaban el examen del estado actual de todos los ramos de la administración, el cálculo de la suma anual necesaria para el sostenimiento de la Casa Real y dictaminar sobre reducción, incremento y modificación de los tributos, impuestos y contribuciones existentes. Entre sus componentes figuraban Francisco Javier Castaños, capitán general de los Ejércitos y consejero de Estado, que actuaría de presidente; el arzobispo de Zaragoza; el marqués de la Reunión y el conde de Guaqui, tenientes generales; Francisco Marín y José Hevia y Noriega, consejeros de Castilla, y Bruno Villarino, del Consejo de Indias.

Fue uno de los cinco consejeros de Castilla que firmaron la pragmática sanción del 29 de marzo de 1829 con fuerza de ley decretada por Carlos IV a petición de las Cortes de 1789, mandada publicar por Fernando VII, y en la que se ordenaba la observancia de la ley de partidas que establecía la sucesión a la Corona de las mujeres. Aquel año Marín, a quien el diarista realista Arias Tejeiro llamaba “el tuerto”, era presidente de la Junta de Montepío del Ministerio.

Había contraído matrimonio cuando era fiscal en Mallorca con María Bárbara de San Martín.

 

Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Nacional, Estado, legs. 128 y 6379; Ministerio de Hacienda, legs. 1250/57 y 1542/36; Ministerio de Justicia, leg. 4684/6236; Gazeta de Madrid, 30 de septiembre de 1815, 19 de agosto de 1817, 24 de agosto de 1819, 19 de febrero de 1825, 12 de abril de 1825 y 3 de abril de 1830.

F. Suárez (introd.), Documentos del reinado de Fernando VII, III. Arias Tejeiro. Diarios (1828-1831), t. I, introd. y notas de A. M. Berasaluze, Pamplona, Universidad de Navarra, 1965; Documentos del reinado de Fernando VII, VII. El Consejo de Estado (1792-1834), Pamplona, Universidad de Navarra, 1971; J. A. Escudero, La Real Junta Consultiva de Gobierno (1825), Madrid, Universidad, Facultad de Derecho, Sección de Publicaciones e Intercambios, 1973; R. Gómez Rivero, “Los miembros del Consejo de Castilla (1814-1820)”, en Anuario de Historia del Derecho Español, t. LXXV (2005).

 

Ricardo Gómez Rivero

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