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Juan de Chañe

Biografía

Chañe, Juan de. Cuéllar (Segovia), f. s. xiv – p. s. xv. Labrador.

Por finales del siglo xiv o primeros del xv, Alfonso García, alguacil y contador real por el infante don Fernando “el de Antequera”, señor de Cuéllar (primer monarca Trastámara que habría de ser, andando el tiempo del reino de Aragón, elegido en Caspe), reiteraba ante éste su señor la conveniencia de recurrir por segunda vez el resultado del pleito mantenido por los procuradores fiscal y locales ante la Chancillería de Valladolid, frente a cierto vecino de su localidad llamado Juan de Chañe. Este pechero había sido reconocido anteriormente como hidalgo por dichas autoridades, exento, por tanto, de tributación, junto con sus familiares descendientes.

La razón invocada por el solicitante era la de que los testigos antes presentados a dicho Tribunal por su concejo no habían sido capaces de convencer a los jueces de la aludida Chancillería de la baja condición social del contradicho; e incluso que uno de dichos testigos había acabado por reconocer (eso sí, sometido a tormento) la no hidalguía del demandante.

El argumento fundamental esgrimido ahora por el alguacil Contador era que el padre del tal Juan de Chañe (aldea o lugar de la comunidad de villa y tierra de Cuéllar) había sido nada menos que un labrador “el más astroso que en aquel tiempo ouo en aquella tierra, que andaua con un par de asnos a los pinares trayendo ramera [leña] a los fornos e estando en posesión de villano pechero. E éste su fijo, andando entonçes e después grand tiempo a cauar a los jornales de las viñas, pechando así como pechero llano en treynta e çinco años que fue escogido por sesmero e procurador de os pecheros de la tierra de la dicha villa, e tasó e derramó sobre ellos muy grandes quantías de marauedís, que non dio quenta e enrrequeció con ello e con la dicha riqueza les quiere dar guerra e ser fijodalgo e exentar asy a los dichos çinco fijos e a unos catorce o quinze nietos que tiene. Por lo qual, si con ello ha de pasar —concluía— abriría carrera a otros pecheros que algo tengan para que, do son pecheros se fagan fijosdaldo como otros son fechos [...]. Por lo que la vuestra parte [la señorial] e del dicho concejo que le prosigue está lesa e danificada”.

El autor de la carta transcrita fue hombre “raigado” en la villa de Cuéllar, de la que llegó a ser “Contador mayor del Rey e su Tesorero el alcayde del dicho alcázar [el de Segovia]”. Y celoso defensor de los privilegios de su condición, de los que por otros testimonios otorgados por Alfonso X el Sabio a los hijosdalgo de Cuéllar (1256 y 1264) requerían las siguientes condiciones: posesión de caballo “de treinta maravedíes arriba”, más “escudo, lanza, capiello de fierro, espada, loriga, brafuneras y perpunt [...]”. Con lo que “las mayores casas pobladas de la villa, con mugieres e con fijos, e los que non ouieren mugieres, con la companna que avieren”, más sus hijos, hermanos, sobrinos, etc. Apaniaguados todos y excusados de pechar.

Un ejemplo de tal ejecutoria existía por entonces en Cuéllar, llamado García Álvarez, quien “traya e tenia ávito de onrado e escudero” (¿solamente?) pese a poseer dos caballos y a su vez otro escudero de armas montado y dos lanzas por el Rey, figurando como tal en ejecutoria de hidalguía expedida a su nieto en 1453. ¿Acaso un progreso en la dinámica social de medio siglo? La expresión despectiva de “el labrador más astroso que en aquel tiempo ouo en aquella tierra”, referida al padre del solicitante a ascenso social revela el pésimo desprecio que el ordo laboratorum padecía aún en su momento. Similares baldones significaron las labores de “cavar, arar e sarmentar” o “cavar, podar e labrar” se imputaron no pocas veces, como “oficios non debidos” unos impidiendo, otros, tiempo adelante, permitiendo el ascenso social a honestos sujetos meritorios en tales labores.

La inminencia o próxima exención tributaria de casi una veintena de nuevos hogares pecheros (y su descendencia) debió de inquietar sensiblemente al recaudador, de quien se sabe casualmente que años atrás había impuesto sendas sanciones por abstención de pagos normales y extraordinarios cuya cuantía hubo de reintegrarse por percepción improcedente, en razón de exenciones reales reconocidas a los contribuyentes de Cuéllar.

La propia intrascendencia histórica del episodio confiere a Juan de Chañe la condición, bien de ejemplo, o bien de símbolo representativo de una clase (u orden) social de su tiempo.

 

Bibl.: E. Benito Ruano, “El labrador más astroso de Cuéllar”, en Gente del siglo xv, Madrid, Real Academia de la Historia, 1998 (col. Clave Historial, 5), págs. 13-21.

 

Eloy Benito Ruano

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