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Marcelo de Villalobos

Biografía

Villalobos, Marcelo de. Sevilla, c. 1480 – Santo Domingo (República Dominicana), 25.VII.1526. Licenciado y oidor de la primera Audiencia de Santo Domingo.

Nació en Sevilla hacia 1480 y era hijo de Diego de Villalobos y de Aldonza de Vera. Cursó la carrera de leyes en la Universidad de Salamanca. Para ejercer su oficio, se avecindó en la ciudad de Jerez de la Frontera, donde se casó con un miembro de la alta nobleza, Isabel de Manrique, la cual no supo olvidar los aires de grandeza que arrastraba su apellido y pretendió levantar una pequeña corte en Santo Domingo sin recursos para ello y con gran perjuicio para su economía.

El 5 de octubre de 1511 una Real Provisión, firmada en Burgos por la reina doña Juana, creaba una “Audiencia y Juzgado”, en la isla Española, desarrollando así la sentencia dada en Sevilla en los famosos Pleitos Colombinos entre el heredero del descubridor, Diego Colón, y la Corona. Por ello, al día siguiente, el 6 de octubre de 1511, también en Burgos, Marcelo de Villalobos fue nombrado juez de Apelaciones de la dicha “Audiencia y Juzgado” junto con Juan Ortiz de Matienzo y Lucas Vázquez de Ayllón. Los tres jueces designados recibirían un sueldo anual de 150.000 maravedís cada uno, al mismo tiempo que se ordenaba al gobernador Diego Colón dar doscientos indios de repartimiento a cada uno de ellos.

A finales de febrero de 1512 Villalobos se embarcó hacia las Indias, llevándose consigo un gran séquito, nueve hombres, y su mujer, que le siguió poco después, otros tantos entre criados y criadas. El equipamiento de casa solía llevarse de la Península donde todo resultaba más barato. Por ello, era habitual entre los funcionarios de la Corona, endeudarse notablemente.

Tras una estancia bastante larga en Canarias, llegó a Santo Domingo y el 9 de julio de 1512 el virrey Diego Colón le daba posesión del cargo en Santo Domingo. Durante los primeros meses dependió económicamente, según parece, de Juan Fernández de las Varas, en cuya casa se alojó. También se hospedó en las casas de Juan Mosquera, un importante encomendero de la isla.

Por las Ordenanzas que reciben los Jueces de Apelación de la Audiencia de Santo Domingo, los tres jueces, o como poco dos, debían constituirse en audiencia diariamente; podían conocer de todos los pleitos civiles y criminales en primera instancia y en grado de apelación en todas las causas criminales en las Indias y en grado de revista; igualmente, los jueces podían entender “en grado de apelación de todas la causas civiles que ante ellos vinieren, de cualesquier jueces e justicias de las dichas Indias”; cuando la pena impuesta era superior a 100.000 maravedís cabía recurso ante el Consejo Real de Castilla.

Desde que los Jueces de Apelación llegaron a Santo Domingo se alinearon con el tesorero Miguel de Pasamonte y fueron el contrapeso al segundo almirante Diego Colón. A partir de 1512, el licenciado Villalobos formaba parte de la “consulta”, o junta colegiada de gobierno integrada por el almirante Diego Colón, los oficiales reales y los jueces de Apelación para tratar los principales asuntos políticos, religiosos y comerciales de las Indias. Solía reunirse en las Casas Reales.

En el Repartimiento de Alburquerque de 1514, obtuvo una encomienda de doscientos indios, que empleó en las minas del Cotuí, término de la villa de Buenaventura. Adquirió casa propia y compró un hato de ovejas que pronto trocó por vacas. Durante los años de 1514 y 1515, participó activamente junto con otros socios, armadores y funcionarios principales de la isla, en saltear las islas cercanas y costas venezolanas en busca de mano de obra esclava repartiéndose gastos y beneficios. No tuvo inconveniente en considerar a esos indios como “caribes”, cuando no lo eran. En una de estas expediciones de salteo, los marineros apresaron a dieciocho indígenas de una misión que regentaban los frailes dominicos en la región de Chiribichí (Cumaná). Una de las indias apresadas era la mujer del cacique, que le correspondió como premio a Villalobos. A pesar de que los frailes suplicaron al juez que la pusiera en libertad para bien y tranquilidad de la misión, éste se negó y su negativa costó la vida a dos frailes y el incendio de la misión.

Por una Real Cédula de 12 de octubre de 1516 Villalobos, a la vez que los otros dos jueces de apelación y el resto de oficiales de Justicia, de Hacienda y de Rentas Reales, fueron suspendidos de sus cargos, encargando al nuevo justicia mayor de Indias, Alonso de Zuazo tomarles residencia Cuando el licenciado Villalobos fue sometido a juicio de residencia y pesquisa secreta por su actuación en el cargo, fue acusado de no pocos cohechos y sobornos, de haber entendido en armadas por las islas comarcanas y haber traído indios de ellas. También se le acusó de haber comprado casas y ganados a personas sujetas a su jurisdicción. De otros cargos fue absuelto.

Los cambios políticos sucedidos en España y la influencia de los oficiales amigos de Santo Domingo consiguieron las Reales Cédulas del 17 de mayo de 1520, y que llegaron por agosto, en las que se restituía a los tres oidores en sus cargos. En adelante, constituirán el núcleo de la primera Audiencia colonial. Por octubre de 1520 Villalobos consiguió de la Corona un préstamo de 500 pesos de oro para levantar un ingenio en un plazo de dos años y medio. En caso de no llevarlo a cabo restituiría el doble a la Real Hacienda. Nunca dio comienzo a la obra.

Sus finanzas personales fueron de mal en peor, casi en bancarrota. El 18 de marzo de 1525, capituló con el Rey por medio de procurador poblar la isla Margarita, situada frente al litoral venezolano, “llevando a ella cristianos españoles, indios y ganados convenientes para la provisión y beneficio de los moradores”. Se comprometió a levantar en la Margarita un pueblo de por lo menos veinte familias españolas en un plazo de dos años. Hubo un error de plazos que la Corona intentó subsanar e incluso se ordenó que se pusieran mejores fianzas.

El 23 de julio de 1526, Villalobos enfermó gravemente. Dispuso su testamento a favor de sus dos hijas, Aldonza Villalobos, también llamada Aldonza Manrique, y María Manrique. El 25 de julio de 1526, Marcelo de Villalobos moría cargado de deudas en la ciudad de Santo Domingo.

La Corona quiso cobrar las deudas pendientes de Villalobos, pero el huracán del 6 de octubre de 1526, provocando la suspensión de todas las obligaciones durante un año, y la tenacidad y el saber moverse de Isabel Manrique retardó el cobro de dichas deudas hasta el mes de enero de 1528 en que el alguacil tomaba posesión del domicilio de los Villalobos en nombre de Su Majestad.

 

Bibl.: J. M. Chacón y Calvo, Cedulario Cubano, I. (1493-1512) Madrid, Compañía-Iberoamericana de Publicaciones [1929] (Colección de Documentos Inéditos para la Historia de Hispano América, vol. VI); J. Malagón Barceló, El distrito de la Audiencia de Santo Domingo en los siglos xvi al XX, Ciudad Trujillo, 1942; M. Jiménez Fernández, Bartolomé de Las Casas, I. El plan Cisneros-Las Casas para la reformación de las Indias y II. Política inicial de Carlos I en Indias, Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1953 y 1960, respect.; J. M. Ots Capdequí, “Instituciones”, en A. Ballesteros y Beretta (ed.), Historia de América y de los pueblos americanos, Barcelona, Salvat, 1959; J. M. Ots Capdequí, Historia del Derecho Español en América y del Derecho Indiano, Madrid, Aguilar, 1969; F. Moya Pons, La Española en el siglo XVI. 1493-1520, Santiago, Universidad Católica Madre y Maestra, 1973; E. Otte, Las perlas del Caribe: Nueva Cádiz de Cubagua, Caracas, Fundación John Boulton, 1977; A. García Menéndez, Los jueces de apelación de La Española y su residencia, Santo Domingo, 1981.

 

Luis Arranz Márquez

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