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Vicente Terrero Monesterio

Biografía

Terrero Monesterio, Vicente. San Roque (Cádiz), 18.III.1776 – Cádiz, 18.VI.1825. Diputado, examinador sinodial del arzobispado de Sevilla y del obispado de Málaga y Ceuta, y cura de Algeciras.

Diputado por la provincia de Cádiz en las Cortes Generales y Extraordinarias (1810-1813), fue elegido el día 19 de agosto de 1810 en el patio del Hospital de la Iglesia de Nuestra Señora del Carmen de Cádiz, jurando y tomando posesión el día 24. Siempre controvertido y algo extravagante ya, con anterioridad a 1800 y a iniciativa suya, se había edificado un panteón general destinado a sepulturas en Algeciras, solicitando la ayuda del pueblo y del Rey, que ordenó que se le facilitara la cantidad de 20.000 reales de vellón.

Tuvo una participación considerable, perteneciendo a tres comisiones, Reglamento de Cortes, Expedientes y Proposiciones Preferentes. En el debate sobre el principio de soberanía nacional, dentro de los postulados del padre Mariana defendió la potestad del legislativo basándose en lo más rebuscado de la tradición española, sosteniendo que la autoridad de la nación “es superior a la del Rey”, pidiendo, además, que la Jefatura del Estado estuviera estrechamente tutelada por el Parlamento. Criticó duramente cierta concepción de un cristianismo liberal, que no dudaba identificarlo con el libertinaje, la irreligión y la filosofía, “la religión no debe inducirse, propagarse y conservarse sino por el único medio de persuasión”.

Se mostró firme partidario del decreto sobre la libertad de la imprenta y se opuso a la práctica de exención en metálico del servicio de armas, por considerarla injusta. Asimismo, propugnó una reforma agraria de matiz socializador. Ante el problema de la esclavitud propuso que los liberados pudieran conseguir la ciudadanía y, contrario a la abolición de la Inquisición, se preguntó, “¿qué ha hecho y hace el Tribunal del Santo Oficio que merezca su exterminio?” (13 de enero de 1813). Fue uno de los firmantes de la Constitución y parece ser que, con la reacción antiliberal de 1814, optó por posturas más reaccionarias. Aunque comúnmente se le ha calificado como conservador, en realidad resulta difícil pronunciarse en términos absolutos en cuanto a su adscripción ideológica, pues se acerca más a un tibio liberalismo, con ribetes conservadores. Se hizo célebre por la forma de expresión de sus discursos, pues, para Menéndez Pelayo era una especie de demagogo populachero: “estrafalario y violento, que por lo desmandado de sus ideas políticas, que frisaban con el más furibundo y desgreñado republicanismo, y por lo raro y familiar, unido a lo violento de sus gestos y ademanes y la ceceo andaluz marcadísimo”. Por su parte, Comenge lo tilda de “estrafalario, especie de jándalo revolucionario, entre arriero y demagogo, republicano, déspota teocrático, que citaba el latín a trompazos con el dulce ceceo de los andaluces”. Tras la revolución de Riego, publicó un opúsculo laudatorio para con los liberales titulado Concordia y armonía de la Constitución Política de la Monarquía Española [...] (1820).

 

Obras de ~: Sermón en la función que hicieron en la Iglesia de Nuestra Señora de la Paloma, de Algeciras, en acción de gracias al Señor y su Santísima Madre de los Dolores, por haber cesado la mortal epidemia. Predicado en Algeciras, el 9 de noviembre de 1800, Málaga, 1800; Refutación del periódico La Triple Alianza en su num. 2: manifiesta los errores que contiene aquel papel contra las verdades de la Iglesia Santa Católica, Cádiz, Imprenta de Antonio Murgia, 1811; Concordia y armonía de la Constitución Política de la Monarquía Española; promulgada en Cádiz en 19 de marzo de 1812, con la Religión Católica, apostólica y Romana. Breve discurso compuesto por el Dr. Don ~ Cura Párroco Territorial y Castrense de esta ciudad, Algeciras, Imprenta de D. Francisco Castillo, 1820.

 

Fuentes y bibl.: Archivo del Congreso de los Diputados, Serie documentación electoral, 1 n.º 6.

J. Rico y Amat, El libro de los diputados y senadores. Juicios críticos de los oradores y senadores más notables, t. I, Madrid, Est. Tipográfico de Vicente y Lavajos, 1862, pág. 205; Congreso de los Diputados, Diario de sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias, Madrid, Imprenta de J. A. García, 1870; F. Suárez Verdaguer, Las Cortes de Cádiz, Madrid, RIALP, 1882, pág. 178; R. Comenge, Antología de las Cortes de Cádiz, t. II, Madrid, Congreso de los Diputados-Imprenta de J. A. García, 1910, pág. 734; E. la Parra López, El primer liberalismo y la Iglesia, pról. de A. Mestre Sanchís, Alicante, Instituto de Estudios Juan Gil-Albert, 1985, pág. 208; M. Menéndez Pelayo, Historia de los heterodoxos españoles, t. II, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1987, pág. 720; M.ª J. de la Pascua, “El cumplimiento de las disposiciones carolinas sobre enterramientos extramuros en la diócesis de Cádiz (17787-1910)”, en IV Encuentro de la Ilustración al Romanticismo, t. I, Cádiz, Universidad, 1993, pág. 214; A. Gil Novales (dir.), Diccionario Biográfico del Trienio Liberal, Madrid, El Museo Universal, 1991, pág. 642; J. M.ª García León, Los diputados doceañistas, t. II, Cádiz, Ayuntamiento, 2006, págs. 537-539; M. Urquijo Goitia (dir.), Diccionario biográfico de parlamentarios españoles. Cortes de Cádiz. 1810- 1814, Madrid, Cortes Generales, 2010 (CD-Rom).

 

José María García León

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