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Agustín José Argüelles Álvarez

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Biografía

Argüelles Álvarez, Agustín José. El Divino. Ribadesella (Asturias), 28.VIII.1776 – Madrid, 26.III.1844. Político liberal, ministro, presidente del Congreso de los Diputados, tutor de la reina Isabel II y de su hermana, la infanta Luisa Fernanda.

Fue el segundo hijo de José Argüelles Oría y de su segunda esposa Teresa Álvarez y González, ambos de familia distinguida, pero sin grandes recursos económicos.

Aunque de su niñez y primera juventud se tienen pocas noticias, se sabe que su padre le procuró con esfuerzo una esmerada educación. Estudió en Oviedo el bachillerato de Humanidades, Filosofía, Latín y Griego —disciplinas que llegó a dominar, sobre todo el latín, del que era un apasionado—, inglés, francés e italiano. La carrera de Leyes la cursó en la Universidad de Oviedo obteniendo excelentes calificaciones. Al terminarla, ejerció como secretario de su paisano Pedro Díaz Valdés, obispo de Barcelona, de agosto a noviembre de 1799.

Al iniciarse el año 1800, se trasladó a Madrid buscando abrirse camino, no tardando en ser estimado por las personalidades más destacadas de la época, tanto de las letras como de las ciencias, siendo especialmente valorado por dos de ellas: Gaspar Melchor de Jovellanos y Leandro Fernández de Moratín.

A través de este último, obtuvo el empleo de intérprete de Lenguas en el Ministerio de Estado, gracias a sus conocimientos de inglés, francés e italiano. Pero en este trabajo —para Argüelles, monótono y de poco prestigio— permaneció sólo unos meses, pasando en 1805 a las oficinas de Consolidación de Vales Reales, dependientes del Ministerio de Hacienda. Desempeñó este empleo con tanta aptitud que su jefe, Manuel Sixto Espinosa, director de la Caja de Amortización, le propuso a sus superiores para llevar a cabo una importante misión en Londres, que consistía en solicitar la alianza inglesa con España para frenar los planes de Napoleón; delicada misión que posteriormente dio a conocer el conde de Toreno, al publicarlo en su Historia del levantamiento, guerra y revolución en España.

Aunque por diversos motivos políticos, la ejecución de esta misión fue estéril, la estancia en Londres fue, para Argüelles, una etapa muy positiva en su enriquecimiento intelectual, pues además de perfeccionar el idioma, pudo estudiar en profundidad el mecanismo del sistema parlamentario inglés, asistiendo diariamente a las sesiones del Parlamento. Fue entonces cuando nació su amistad con el político lord Holland, que años después en el exilio le sería tan provechosa, y cuando estableció relaciones con elementos de la masonería, a la que perteneció desde muy joven, llegando con el tiempo a ser nombrado Oriente español.

Al estallar la Guerra de la Independencia, recibió la orden de regresar a España, lo que hizo en noviembre de 1808, dirigiéndose a Asturias y pasando poco después a formar parte de la Junta de esta provincia. A mediados de 1809 se trasladó a Sevilla, y al año siguiente viajó a Cádiz, siendo este año de 1810 el que marcó decisivamente el inicio de su carrera política, al ser elegido, a los treinta y cuatro años, diputado por el Principado de Asturias en las Cortes de Cádiz, y convirtiéndose en uno de los personajes más destacados en estas Cortes, que se iniciaron en la isla de San Fernando (Cádiz), el 24 de septiembre de 1810, cuando casi todo el territorio nacional estaba ocupado por los franceses.

Tres días después, el 27 se septiembre de 1810, fue nombrado secretario de la Junta de Real Hacienda y Legislación. A partir de ese momento, Argüelles empezó a trabajar intensamente en las sesiones de las Cortes, poniendo de inmediato en práctica el modelo de parlamentarismo que había estudiado con tanto entusiasmo en Inglaterra. El 18 de agosto de 1811, leyó el Discurso Preliminar del Proyecto de Constitución, redactado por él; notable discurso escuchado y aplaudido tanto por los diputados liberales como por los espectadores que abarrotaban las galerías. El 25 de agosto, empezaron los debates que duraron más de cuatro meses.

Argüelles pronunció en las sesiones tan importantes y bien construidos discursos, que se ganó la fama de ser el orador más elocuente de las Cortes de Cádiz, por lo que fue llamado por sus contemporáneos, con toda justicia, “el Divino Argüelles”. Además de destacar por su elocuencia, también lo hizo por sus ideas, convirtiéndose en el mayor representante del liberalismo y encabezando al grupo más brillante de diputados liberales, como el conde de Toreno, José María Calatrava, Evaristo Pérez de Castro, Manuel Luján, Diego Muñoz Torrero y Juan Nicasio Gallego.

Argüelles fue uno de los principales miembros de la comisión que redactó la Constitución de 1812 —la primera de las Constituciones españolas—, y su mayor defensor. Todos los discursos pronunciados por él dejaron una profunda huella en los debates de las Cortes de Cádiz, pero destacaron especialmente en los que defendió la soberanía nacional y el reconocimiento de los derechos individuales: libertad de imprenta, abolición del tormento, inviolabilidad de la correspondencia, inviolabilidad de domicilio, igualdad jurídica y castigo para la trata de esclavos.

El 23 de enero de 1812, se terminaron los debates sobre la nueva Constitución, que fue jurada por los diputados y hecha pública el 19 de marzo. Liberado ya Madrid de los invasores franceses, el 15 de enero de 1813, las Cortes se instalaron en la capital, celebrándose las sesiones en el Teatro de los Caños del Peral, hasta que el 2 de mayo de 1814, se trasladaron a la iglesia del convento de María de Aragón.

Nada más iniciar Fernando VII la primera etapa absolutista de su reinado (1814-1820), acusó a las Cortes de Cádiz de usurpadoras por haberse reunido sin respetar las normas tradicionales y haberle despojado de su soberanía absoluta, condenó a muerte a quienes defendiesen la Constitución y prometió convocar Cortes tradicionales (Real Decreto de 4 de mayo). Acto seguido mandó encarcelar a los diputados liberales más destacados, por lo que Argüelles fue detenido en su casa en la noche del 10 de mayo de 1814, siendo llevado preso al Cuartel de Guardias. Junto con él también fueron detenidos esa misma noche Francisco Martínez de la Rosa, Diego Muñoz Torrero y José Calatrava, quienes quedaron admirados de la entereza con la que Argüelles sufrió aquel atropello, sin llegar a pronunciar una sola queja.

Pero Argüelles no sólo tuvo que soportar el estar preso e incomunicado, sino que además durante su cautiverio tuvo que enfrentarse a la gravísima acusación que le hizo el supuesto militar francés, general Audinot. Realmente se trataba de una campaña de difamación preparada por los absolutistas contra los liberales que más se habían significado en las Cortes de Cádiz y evidenciaba hasta qué punto había llegado a degradarse la vida política al regreso de Fernando VII a España. A últimos de febrero de 1814, se había detenido como sospechoso en las cercanías de Baza (Granada), a un extranjero que dijo llamarse Luis Audinot, general napoleónico, portador de cartas y otros documentos que ponían en evidencia la existencia de un plan secreto entre Napoleón y varias personalidades españolas, entre ellas Agustín Argüelles, para establecer una república en España, con el nombre de Iberiana. A fin de esclarecer este grave asunto, se sometió a Argüelles a humillantes pruebas, como un careo entre él y el impostor general Audinot y la participación en una rueda de presos comunes para ser reconocido por un testigo. Pero, con su agudeza e inteligencia, no le fue difícil a Argüelles rebatir las acusaciones que se le habían hecho y durante el careo hizo confesar al falso Audinot, que no era general francés, que su verdadero nombre era el de Juan Barteau, que se había dejado detener y que todos los documentos que portaba eran falsos.

Siete meses después de su detención, por Real Decreto de 15 de diciembre de 1814 rubricado por Fernando VII, se sentenció que Argüelles sirviese como soldado ocho años en el Regimiento del Fijo de guarnición de Ceuta, permaneciendo totalmente incomunicado. Pero Argüelles padecía una enfermedad bronquial crónica, además de tener una constitución débil, por lo que el gobernador del Fijo le declaró inútil para el servicio, permitiéndole vivir en una casa particular en compañía de su amigo Juan Álvarez Guerra, ministro de Gracia y Justicia durante la Regencia, que había sido condenado a ocho años de reclusión en el Presidio de Ceuta. En esta casa, durante cuatro años vivió Argüelles con una gran fortaleza de espíritu siendo ayudado económicamente por su amigo Álvarez Guerra, ya que él carecía de recursos.

A mediados del año 1818, por otro Real Decreto, fue deportado al fuerte militar de la villa de Alcudia (Mallorca), lugar insano que le hizo empeorar de su afección bronquial crónica. Pero también en este caso, el gobernador le permitió vivir en una casa particular con su amigo Juan Álvarez, quien había sido trasladado a Alcudia con él.

Unos meses después de producirse la sublevación militar de Riego (Cabezas de San Juan, 1 de enero de 1820), Argüelles pudo regresar a Madrid, donde por su prestigio de liberal fue nombrado ministro de la Gobernación en el primer Gobierno del Trienio Constitucional (1820-1823). Este cargo lo desempeñó durante ocho meses, siendo sus primeras actuaciones proclamar una amnistía y convocar elecciones. En todo momento, actuó demostrando su fidelidad a la Constitución de 1812, pero tuvo que afrontar los problemas motivados por las tensiones derivadas de la nueva situación política en que se vivía tras salir de una etapa puramente absolutista y los que surgieron a causa de la composición de las nuevas Cortes. Éstas, aunque en su mayoría liberales, pronto evidenciaron la existencia de dos grupos antagónicos: los doceañistas, de claro matiz liberal moderado, partidarios de realizar las reformas con prudencia para mantener al Rey dentro del marco constitucional, grupo en el que militaba Argüelles, y los veinteañistas, que representaban a la fracción radical del liberalismo, y proclamaban la necesidad de acelerar las reformas, la acentuación de la represión contra los absolutistas y el abandono de las contemplaciones al Rey, grupo en el que militaban entre otros Alcalá Galiano y el general Riego.

Uno de los problemas más delicados que le tocó vivir a Argüelles durante estos ocho meses en que desempeñó el cargo de ministro de la Gobernación, fue el relacionado con la disolución del Ejército de la isla de León, el llamado Cuerpo de Observación de Andalucía. Este ejército, formado por unos diez mil hombres, estaba mandado por el general Quiroga, como general en jefe, y por el general Riego, como segundo jefe. Con el pretexto de que el mantenimiento de este ejército no era rentable, el ministro de Hacienda, José Canga-Argüelles, quiso equilibrar el presupuesto proponiendo la disolución de dicho Ejército, cuando el problema en realidad suponía una prueba de fuerza entre moderados y exaltados. El general Riego, que tras la disolución del Ejército de la Isla había sido nombrado capitán general de Galicia, se presentó en Madrid y tuvo una destemplada entrevista con el Gabinete, llegando a pedir en su exaltación, la destitución de éste.

La presencia en la capital del general Riego excitó a los elementos más radicales y al finalizar el banquete que para agasajarle le habían ofrecido sus adictos en La Fontana de Oro, seguido de una función representada en el teatro del Príncipe, Riego arengó a sus enfervorizados partidarios entonando personalmente el “Trágala perro”. Aquellos graves sucesos de la noche del 3 de septiembre de 1820 determinaron a Argüelles, ministro de la Gobernación, a tomar medidas contra la radicalización del general Riego, que fue destinado a Asturias en situación de cuartel.

Para Argüelles y el resto del Gobierno, tomar aquella medida no resultó fácil, pues, por un lado, gracias al pronunciamiento de Riego se había iniciado una etapa constitucional en España tras siete años de absolutismo, pero, por otro, como liberales moderados, ni Argüelles ni los demás miembros del Gobierno podían tolerar que los liberales exaltados con su radicalismo pusiesen en peligro la restauración de las libertades y reformas, que con tanto esfuerzo se estaban realizando. Sin embargo, a partir de entonces y aunque Argüelles explicó claramente estos motivos con un magnífico discurso en sesión de Cortes (7 de septiembre de 1820), los dos grupos, liberales moderados y liberales exaltados, adquirieron solidez de partidos políticos antagónicos.

Las relaciones entre el Gabinete y el rey Fernando VII —que preparaba con sus consejeros meticulosamente su ruptura con aquél—, se fueron deteriorando hasta tal punto que al leer el Rey el discurso de apertura de las Cortes el 1 de marzo de 1821, añadió por su cuenta un párrafo criticando la actuación de sus ministros y quejándose de los ultrajes cometidos contra su dignidad. Atónito el gobierno, decidió en bloque presentar su dimisión, pero Fernando VII, adelantándose a éstos, les cesó a todos.

Argüelles se retiró a Asturias, donde fue recibido con grandes muestras de afecto y al ser elegido otra vez diputado por Asturias para las nuevas Cortes en febrero de 1822, la Universidad de Oviedo le confirió el grado de doctor en Derecho, regresando a Madrid pocos días después para ocupar su escaño.

Las Cortes de 1822 estuvieron presididas por la creciente desconfianza entre doceañistas, y veinteañistas, y por las presiones de una Europa dominada por la Santa Alianza. Los liberales moderados, que habían gobernado durante dos años, tuvieron que ceder su puesto a los liberales exaltados. En Cataluña, Navarra, Galicia y el Maestrazgo, surgieron partidas absolutistas que plantearon una situación de guerra civil, llegando a instalarse una Regencia absolutista en la Seo de Urgel (Regencia de Urgel-agosto de 1822). A partir de esas fechas, la situación se radicalizó. Iniciada la invasión de España por las tropas francesas, los Cien Mil Hijos de San Luis (mil trescientos soldados franceses al mando del duque de Angulema), las Cortes vieron la necesidad de trasladar al Rey y la Familia Real a Sevilla y después a Cádiz. Pero ante la actitud y resistencia del Monarca, en la sesión de Cortes celebrada en Sevilla el 11 de junio de 1823, Argüelles y un grupo de diputados apoyaron la propuesta del diputado exaltado Alcalá Galiano, para declarar incapaz al Rey y el nombramiento de una Regencia Provisional.

Unos días después, recuperaba Fernando VII su absolutismo. Por Real Decreto de 1 de octubre de 1823, declaró nulo todo lo decidido por las Cortes y el Gobierno durante el Trienio Constitucional, dando paso a una etapa de represión tan feroz, que la literatura liberal la llamó Década Ominosa (1823-1833).

Argüelles, como la mayor parte de los diputados liberales, huyó a Gibraltar y desde allí pasó a Inglaterra, donde fue muy bien recibido por sus antiguos amigos. No queriendo aceptar la pensión que el Gobierno inglés concedió a los emigrados españoles, vivió con su amigo el marino Cayetano Valdés, quien le prestó toda su ayuda y como aún vivía lord Holland, le nombró bibliotecario suyo dándole un pequeño sueldo. De este modo, pasó Argüelles los once largos años que duró su exilio (1823-1834), conspirando desde él todo lo que pudo contra el absolutismo fernandino. Un año después de la muerte de Fernando VII (29 de septiembre de 1833), Argüelles regresó a España.

Quiso incorporarse a la vida parlamentaria pero no pudo hacerlo, ya que para obtener un escaño en el Estamento de los Procuradores, según marcaba el Estatuto Real, era preciso poseer una renta anual de 12.000 reales y él, que había sobrevivido en el exilio gracias a sus amigos y protectores, no disponía de esa cantidad. Pero los electores de la provincia de Oviedo, considerando que nadie merecía como él ocupar un escaño en las Cortes, pagaron de sus bolsillos la cantidad necesaria, con lo que Argüelles finalmente obtuvo su escaño por aquella provincia.

Argüelles volvió a aquellas Cortes con su mismo celo a favor de las instituciones liberales. Tomó parte en los debates para la redacción de la Constitución de 1837, que empezó a discutirse el 13 de marzo de ese año. Pero la fortaleza de sus primeros años de diputado había disminuido sensiblemente, pues su salud estaba cada vez más resentida. Aun así pronunció brillantes discursos, siendo uno de los más destacados en el que se discutió el artículo 11, relativo al matiz religioso de esta Constitución.

Tras la renuncia a la Regencia hecha por la reina María Cristina de Nápoles (12 de octubre de 1840) y su exilio en Francia, se planteó en España la elección de una nueva Regencia, dado que la reina Isabel II sólo tenía diez años. Laboriosas fueron las sesiones para elegir la Regencia una o trina, tanto en el Senado como en el Congreso, durando desde el 28 de abril hasta el 8 de mayo de 1841 y en ellas se escucharon brillantes discursos de los que defendían con calor su opción.

La opción de la Regencia una tenía como candidato al general Espartero, duque de la Victoria, y fue apoyada en el Congreso por Evaristo San Miguel y Salustiano Olózaga, entre otros, mientras que la opción trina formada junto con Espartero, por Agustín Argüelles y Juan Álvarez Mendizábal, fue defendida por Fermín Caballero y Joaquín María López. Finalmente en la sesión del día 8 de mayo de 1841, reunidas las Cortes conjuntamente en el Palacio del Senado, se produjo la votación de la Regencia única del duque de la Victoria, con lo que el héroe de la Primera Guerra Carlista, y líder del Partido Progresista, Baldomero Espartero, fue nombrado Regente del Reino imponiéndose al prestigioso político liberal de las Cortes de Cádiz y del Trienio Constitucional.

Como la ausencia de la Reina gobernadora la incapacitaba para ser la tutora de sus hijas, las Cortes procedieron a la votación de un tutor para éstas. Senado y Congreso, se reunieron el 10 de julio de 1841, siendo elegido Agustín Argüelles, por su prestigio y su reputación de hombre íntegro, para desempeñar el cargo de tutor de la reina Isabel II, niña de once años, y de su hermana la infanta Luisa Fernanda, de tan sólo nueve. Además, las Cortes decidieron que compatibilizara este cargo con el de presidente del Congreso de los Diputados, que ya desempeñaba desde el 28 de marzo de 1841, en que había sido elegido.

La misión de tutor era completamente nueva para Argüelles, que había consagrado su vida entera a ser diputado. A sus sesenta y cinco años era el encargado de velar por la educación y el bienestar de la reina de España y de su hermana la infanta. Lo primero que hizo para realizar su cometido, fue rodearse de personas de fuertes convicciones liberales, como la condesa de Espoz y Mina, que fue nombrada aya y camarera mayor de Palacio y Martín de los Heros, responsable del Patrimonio y la Real Casa, al que encargó hacer el inventario de todos los bienes, joyas y efectos personales de todo tipo, de sus regias pupilas a las que trató siempre con gran cariño. Puso tanto empeño y solicitud al realizar su labor, que cuando la concluyó mereció la aprobación de todos, incluso de los que no estuvieron de acuerdo en su nombramiento.

A pesar de su excelente gestión, también en el desempeño de este cargo conoció Argüelles sinsabores, pues fue espectador en primera línea del intento de rapto de las reales niñas, en la noche del 7 de octubre de 1841. Pronunciamiento moderado gestado en el círculo de la reina María Cristina desde su exilio en París y protagonizado por un grupo de militares entre los que se destacaron los generales Diego de León y Manuel Gutiérrez de la Concha, que intentaron la descabellada hazaña de asaltar el Palacio para raptar a la reina Isabel II y a su hermana la infanta Luisa Fernanda y devolverlas a la custodia de su madre. En este episodio, la Reina y la infanta corrieron auténtico peligro, pues al estar de acuerdo la guardia exterior de Palacio con los autores del complot, sólo pudieron ser defendidas por el comandante Dulce y dieciocho alabarderos, a los que finalizado este grave suceso, el Regente del reino, general Espartero, en nombre de Isabel II, les concedió la Cruz de San Fernando, por su heroica actuación de aquella noche.

Pocos días después de producirse el movimiento revolucionario que terminó con la Regencia del duque de la Victoria y devolvió el poder a los moderados (30 de julio de 1843), Argüelles presentó la renuncia de su cargo de tutor. Pensó en trasladarse a Oviedo pero sus amigos le persuadieron de que se quedase en Madrid, siendo elegido diputado por esta ciudad en las elecciones de 1844.

Meses después, Agustín Argüelles moría a causa de un derrame cerebral a los sesenta y siete años, en la noche del 26 de marzo de 1844 en su casa de Madrid en la calle de las Huertas, número 73, donde siempre vivió. Aunque se sabía que su salud estaba muy quebrantada por la enfermedad bronquial crónica que padeció a lo largo de toda su vida, nadie esperaba un desenlace tan repentino. Al conocerse la noticia de su muerte, se produjo un sentimiento de consternación general, acudiendo a su entierro una afluencia tan masiva de gente, que fue calculada por quienes asistieron a él, en más de setenta mil personas, lo que puso de manifiesto la popularidad, admiración y respeto de que gozó siempre incluso de sus adversarios políticos.

Murió pobre, como había vivido, pues fue un hombre de una honradez extrema, llegando incluso a no cobrar completa la retribución estipulada por la Junta Administrativa de la Casa Real, como pago a su cargo de tutor de la reina Isabel II y de la infanta Luisa Fernanda. Esa retribución ascendía a la cantidad de 180.000 reales. Pero Argüelles sólo admitió 90.000 reales anuales, dejando en depósito los otros 90.000, que nunca llegaron a salir de la Tesorería de la Casa Real. Murió sin herederos directos, pues a causa de su completa dedicación a la política, nunca contrajo matrimonio ni tuvo hijos.

Fue enterrado en el antiguo cementerio de San Nicolás, que estuvo situado en la calle de Méndez Álvaro, cerca de la estación del Mediodía, y próximo a las actuales calles Ancora y Canarias, en el nicho número 191. Unos años después en este cementerio, por deseo de Isabel II y costeado por ella, se levantó un monumento fúnebre llamado Panteón de la Libertad, en honor de quien fue su tutor y hacia el que sentía tanto afecto, realizado por el escultor Zabaleta, donde se colocaron sus restos. Posteriormente, dicho monumento, con sus cenizas, fue trasladado al Panteón de Hombres Ilustres de la Real Basílica de Atocha, donde se encuentra en la actualidad.

 

Obras de ~: Apéndice de la sentencia pronunciada en 11 de mayo de 1825 por la Audiencia de Sevilla contra sesenta y tres diputados de las Cortes de 1822 y 1823, Londres, Imprenta de Carlos Wood e Hijo, 1834; Examen histórico de la reforma constitucional que hicieron las Cortes Generales y Extraordinarias desde que se instalaron en la Isla de León el día 24 de septiembre de 1810, hasta que cerraron en Cádiz sus sesiones el día 14 del propio mes de 1813, Londres, Imprenta de Carlos Wood e hijo, 1835; De 1820 a 1824: reseña histórica, Madrid, A. de San Martín Agustín Juvena, 1864 (con una noticia biográfica del autor por José Olózaga); Las Cortes de Cádiz: examen histórico de la reforma constitucional que hicieron las Cortes Generales y Extraordinarias, Madrid, Imprenta Novedades, 1865; La reforma constitucional de Cádiz, est., notas y comentarios por J. Longares, Madrid, Iter, 1970; Discurso preliminar a la Constitución de 1812, intr. de L. Sánchez Agesta, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1981; Discursos, est. prelim. de F. Tomás y Valiente, Oviedo, Clásicos Asturianos del Pensamiento Político, 1995; Examen histórico de la reforma constitucional de España, est. prelim. de M. Artola, Oviedo, Clásicos Asturianos del Pensamiento Político, 1999; La Constitución de Cádiz (1812). Y discurso preliminar a la Constitución, intr. y notas de A. Fernández García, Madrid, Castalia, 2002.

 

Bibl.: J. L. Villanueva, Apuntes sobre el arresto de los vocales de Cortes, ejecutado en mayo de 1814, escritos en la cárcel de la corona por el diputado Villanueva, uno de éstos, Madrid, 1814; VV. AA., Corona fúnebre a la memoria del ilustre patriarca de la libertad D. Agustín Argüelles, Madrid, Imprenta Corredera Baja de San Pablo, 1844 (ed. facs. con notas de J. R. Coronas González, Oviedo, KRK, 1995); E. San Miguel, Vida de D. Agustín de Argüelles, Madrid, Imprenta de los Sres. Andrés y Díaz, 1852; R. de Santillán, Memorias (1815-1856), Madrid, 1856 (ed. de P. Tedde, Madrid, Tecnos-Banco de España, 1996); J. Rico y Amat, Historia Política y Parlamentaria de España (desde los primeros tiempos hasta nuestro días), Madrid, Imprenta de las Escuelas Pías, 1860; A. Alcalá Galiano, Recuerdos de un anciano, Madrid, Imprenta Víctor Saiz, 1878; A. Pirala, Historia de la Guerra Civil y de los Partidos liberal y carlista, Madrid, Editor Felipe González Rojas, 1891; F. Pi y Margal y F. Pi y Arsuaga, Historia de España en el Siglo XIX, Barcelona, Editor Miguel Seguí, 1902; Condesa de Espoz y Mina, Memorias. Apuntes para la Historia del tiempo que ocupé los destinos de Aya de S. M. y A. R. Y Camarera Mayor de Palacio, escritos inmediatamente después de mi renuncia (1841-1843), Madrid, Aguilar, 1944; M. Artola Gallego, Los orígenes de la España contemporánea, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1945; M. García Venero, Historia del Parlamentarismo Español, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1946; F. Suárez, La crisis política del Antiguo Régimen en España.1800-1840, Madrid, Rialp, 1950; J. M.ª Queipo de Llano, conde de Toreno, Historia del levantamiento, guerra y revolución de España, Madrid, Atlas, 1953 (Biblioteca de Autores Españoles, LXIV); R. Sainz de Varanda (ed.), Colección de Leyes Fundamentales, Zaragoza, Heraldo de Aragón, 1957; R. Solís, El Cádiz de las Cortes, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1958; R. Solís, “Cara y cruz. La primera constitución española”, en Revista de Estudios Políticos, n.º 162 (noviembre-diciembre de 1962); E. Tierno Galván, Actas de las Cortes de Cádiz, Madrid, Biblioteca Política Taurus, 1964; R. Morodo y E. Díaz, “Tendencias y grupos políticos en las Cortes de Cádiz y en las de 1820”, en Cuadernos Hispanoamericanos, n.º 201 (septiembre de 1966); D. Sevilla Andrés, Constituciones y otras leyes y proyectos políticos de España, Madrid, Editora Nacional, 1969; R. Carr, España, 1808-1939, Barcelona, Ariel, 1970; J. L. Comellas, Historia de España Moderna y Contemporánea, Madrid, Rialp, 1972; L. Sánchez Agesta, Historia del Constitucionalismo español, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1974; A. Gil Novales, Las sociedades patrióticas (1820-1823), Madrid, Tecnos, 1975; J. Solé Tura y E. Aja, Constituciones y períodos constituyentes en España (1808-1936), Madrid, Siglo xxi , 1978; J. T. Villarroya et al., La era isabelina y el sexenio democrático (1834-1874), pról. de J. M.ª Jover Zamora, en J. M.ª Jover Zamora (dir.), Historia de España de Menéndez Pidal, t. XXXIV, Madrid, Espasa Calpe, 1981; F. Suárez, Las Cortes de Cádiz, Madrid, Rialp, 1982; A. Fernández García (coord. e intr.), Los fundamentos de la España liberal (1834-1900). La sociedad, la economía y las formas de vida, en J. M.ª Jover Zamora (dir.), Historia de España de Menéndez Pelayo, t. 33, Madrid, Espasa Calpe, 1983; C. Seco Serrano, Militarismo y civilismo en la España contemporánea, Madrid, Instituto de Estudios Económicos, 1984; A. Ramos Argüelles, Agustín Argüelles (1776-1844): padre del constitucionalismo español, Madrid, Atlas, 1990; M. Menéndez Pelayo, Historia de los heterodoxos españoles, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1992; B. Pérez Galdós, Episodios Nacionales, Madrid, Aguilar, 1995; F. Tomás y Valiente, Discursos de Agustín de Argüelles, Oviedo, Junta General del Principado de Asturias, 1996; J. A. Mesa García, Agustín Argüelles: diputado nacional y hombre de estado, Sevilla, Publicaciones del Centro Asturiano de Sevilla, 2001.

 

Trinidad Ortuzar Castañer

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