Ayuda

Aurembiaix

Biografía

Aurembiaix. Condesa de Urgel. ?, c. 1204 – VIII.1231 post. Noble.

Hija única de Ermengol VIII y Elvira Núñez de Lara. Al morir su padre en 1209, y de acuerdo con el testamento de su padre del año anterior, hereda bajo tutela de su madre el condado de Urgel, los derechos condales sobre Lérida y los dominios familiares en Castilla y León, donde destaca la posesión de Valladolid. Esta sucesión no es aceptada por Guerau III, vizconde de Áger, hijo del vizconde Poncio II y de la hermana de Ermengol VIII, Marquesa, reclamando para sí la herencia como descendiente masculino más próximo, avalado por el testamento de Ermengol VII, que declaraba sucesora a Marquesa en el caso de que Ermengol VIII falleciera sin un descendiente legítimo. La discrepancia facilita la ingerencia del rey de Aragón y conde de Barcelona, ansioso por consolidar una preeminencia sobre el conjunto de Cataluña. Ya en 1207 Ermengol VIII lo aceptó como su único asidero superior ante el problema sucesorio que se avecina, por lo que comprometió a Pedro el Católico en la defensa, si fuera necesario, de los derechos de la condesa.

La muerte del conde en 1209 precipita los acontecimientos. Guerau se apodera con facilidad del condado mientras Elvira y Aurembiaix centran su residencia en Lérida. Inmediatamente la condesa tutora cede el condado, el castillo de Aitona y otros derechos al Monarca, quien asume el compromiso de recuperar Urgel “guerreiando vel placitando” y de otorgar vitaliciamente a la condesa Serós y las Montañas de Prades, respetando siempre los derechos de Aurembiaix. Al año siguiente, Rey y condesa pactan el matrimonio de sus respectivos hijos menores de edad cuando alcancen la edad correspondiente, lo que uniría definitivamente el condado de Urgel al titular de Barcelona, contemplando que si Aurembiaix desapareciera sin consumar el matrimonio la herencia revertiría en los descendientes de Marquesa, es decir, su hijo Guerau de Cabrera. Éste, lejos de aceptar el acuerdo, se afianza en el condado, donde cuenta con el apoyo de la mayoría de los barones y ha sido reconocido por los diferentes colectivos urbanos. Elvira trata de ganarse a éstos, tras el señuelo real, al poder beneficiarse de una mayor homogeneidad jurisdiccional con los vecinos dominios reales, razón por la que los prohombres de Agramunt constan aconsejando la unión matrimonial de ambos herederos.

Pedro el Católico interviene ya en 1210 en el condado, beneficiando, precisamente, la ciudad de Balaguer y la villa de Agramunt al conceder a ésta amplias franquicias y a aquélla privilegios de mercado y ferias, exenciones fiscales y garantías jurisdiccionales y judiciales. En noviembre del mismo año el Rey encomienda durante cinco años la custodia del condado al vizconde de Cardona, Guillermo I —nieto de Ermengol VI al ser hijo de la hija de éste, Isabel— y a su primogénito Ramón. Las huestes reales en 1211 penetran en el vizcondado desde el oeste, tomando Corçà, mientras por el sur vencen en Balaguer y obligan a Guerau a refugiarse con su familia en Llorenç, donde es detenido. Se impone así la preeminencia real y se respetan los derechos de Aurembiaix, mientras el vizconde de Áger es retenido en el castillo de Loarre y el vizconde de Cardona asume el compromiso de regir durante cinco años el condado exceptuando algunos destacados (Montmagastre, Áger, Piñana y Finestres) que son custodiados por Hugo de Torroja y Ramón de Montcada.

Pronto, en 1213, la derrota y muerte de Pedro el Católico en Muret, dejando como heredero a su hijo menor, Jaime, aboca a la Corona a una grave crisis de poder que envalentona a nobles como Guerau de Cabrera, quien recupera la libertad y se dispone a exigir y a imponer su herencia. El vizconde de Cardona se resiste y logra retener algunos castillos próximos a sus dominios, como Ponts, pero barones y núcleos urbanos apoyan el retorno de Guerau, que se impone con facilidad. Desaparecido el soporte regio, Elvira busca dos nuevos puntos de apoyo: por un lado, ella casa en 1214 con Guillem de Cervera, noble poderoso y muy próximo al entorno real del menor Jaime I, y por otro sitúa a su hija bajo el buen recaudo de su influyente familia, los Lara. De acuerdo con el clima de bandos nobiliarios que recorre el país, Guillem de Cervera hostiga los dominios de los Cabrera, con el apoyo de los Montcada, beneficiándose de su elevada cercanía al entorno regio. Las diferencias sobre el dominio del condado se plantean en las Cortes de Monzón de 1217, donde son analizadas por una comisión que determina las paces mutuas entre los dos bandos, define la titularidad real de las cuatro principales poblaciones del condado (Agramunt, Balaguer, Liñola y Albesa) y condiciona el pleno reconocimiento de Guerau como titular de Urgel a la aportación al monarca de una específica cantidad económica en el plazo de dos años, tras lo cual reconocerá, empero, la preeminencia real en las ocho principales poblaciones (Agramunt, Balaguer, Ponts, Liñola, Oliana, Albesa, Menárguens y Albelda), y en cualquier caso respetará los derechos de Aurembiaix si en el mismo período apareciera con la misma cantidad. Tras este acuerdo, Jaime I concede privilegios a Balaguer en 1218 y la cuestión se mezcla con la evolución de los bandos nobiliarios y la proximidad de éstos al Monarca, con un creciente ascenso de Guerau de Cabrera, una tensión entre éste y los Montcada, y la decisiva posición de Guillem de Cervera como miembro de las distintas regencias del Rey menor sin dejar de estar atento a los intereses de Elvira y, con ella, de Aurembiaix.

La condesa Elvira fallece en 1220, dejando a su hija importantes bienes en Galicia. Aurembiaix es casada con Álvaro Pérez de Castro, hijo de Pedro Fernández de Castro, en clave castellana en el acercamiento entre los Lara y los Castro. La unión no olvida la cuestión urgelitana, porque Elo Pérez de Castro, otra hija de Pedro Fernández, y, por tanto, hermana de Álvaro Pérez, ya había casado con el oponente de Aurembiaix en Urgel, el vizconde Guerau. Mientras, éste mantiene una gran proximidad con Jaime I, cuya Corte frecuenta y a quien auxilia económicamente. En 1222, en Tarrós, el Rey le reconoce definitivamente como conde feudatario suyo de Urgel, bajo el compromiso de dejar tratar a la justicia real la definitiva titularidad del condado en caso de que Aurembiax lo reclamase. Guerau se afianza en el condado, sostenido por los nobles y con una política de concesión de franquicias a los grupos urbanos.

Los intereses de Aurembiaix son promovidos en la Corte real por su padrastro Guillem de Cervera —a quien ella llama “pater meo”—, partidario de reconocer la titularidad de Aurembiaix en el condado de Urgel como feudo real hereditario. Se va inclinando a la misma causa el conde de Rosellón Nuño Sánchez, sobrino de la condesa Elvira, que partía de una posición conciliadora dada su amistad con Guerau de Cabrera, bien palpable en 1223. Mientras, las relaciones de los Lara y los Castro con la Corona real castellana no pasan por buenos momentos, tendencia que se corrige a medida que Álvaro Pérez gana posiciones al servicio de Fernando III. En 1226 Aurembiaix consta en su residencia de Toledo, sin duda cerca de la Corte real, pero atendiendo asuntos del condado de Urgel, como es la concesión de la tenencia sobre Montmagastre. Álvaro Pérez prefiere afianzarse en la Corte del monarca castellano, a quien acompaña en las campañas en Andalucía, y no embarcarse en las aventuras legitimistas en el oriente peninsular que alienta Aurembiaix a partir de sus contactos en la Corte del rey aragonés. En 1228 el matrimonio es anulado alegando la proximidad de parentesco y ella pasa a residir a Lérida.

Se gana el apoyo de la Orden de Santiago al expresar, ese mismo año, su voluntad de ingresar como freile seglar. Mientras, su padrastro y su primo han preparado un encuentro con el Rey así como la asistencia de reputados juristas como Guillem de Sala. Se interesa en la cuestión el gobierno municipal de Lérida, que pretende que el acuerdo entre Aurembiaix y Jaime I conlleve la unificación jurisdiccional de la ciudad bajo órbita real. Igualmente, Pedro González, maestre de la Orden de Santiago, interviene alegando la protección de quien va a formar parte de la Orden. El Monarca no se inmiscuye en el tema mediante un convenio feudal entre iguales, sino que, de acuerdo con el discurso romanista y cristiano de preeminencia regia, aparece explícitamente como Soberano que dirime cuestiones entre nobles y que, de modo destacado, es garante de justicia ante necesitados, como sería el presente caso ante una noble huérfana que alega haber sido desposeída de sus legítimos derechos de titularidad condal. Se respeta, por tanto, el formato judicial, reclamando la comparecencia de ambas partes ante el Rey, y al evidenciarse el rechazo de Guerau de Cabrera y sus procuradores a aceptar esta solución, se falla a favor de Aurembiaix.

Por convenio establecido el 1 de agosto de 1228 ella cede al Rey todos sus derechos en Lérida y en Urgel y recibe el condado en feudo además de una compensación definida por la tenencia en feudo de diversas poblaciones en el bajo Cinca (Vallobar, Fraga, Villada, Estrada, Estadella, Albalate, Saidi, Montclús y Pomar). Se acuerda, asimismo, la ocupación del condado, con explícita toma de nueve destacadas poblaciones —Agramunt, Balaguer, Ponts, Oliana, Liñola, Albesa, Menárguens, Albelda y Calasanz—. Ese mismo mes, y en su residencia de Lérida, Aurembiaix, ante el comendador de Montalbán, Rodrigo Bueso, y otros freiles santiaguistas, se compromete a enterrarse en los cementerios de la Orden y a tomar su hábito en caso de entrar en religión. Entre agosto y octubre Aurembiaix combina su residencia habitual en Lérida con la participación junto al Rey en la toma de las villas del condado.

Las capitulaciones de las elites urbanas ante los asedios invocan la aceptación de los derechos de la condesa, pero reflejan sobre todo la atracción por la fuerza y las posibilidades socioeconómicas inherentes a la homogeneización jurisdiccional bajo órbita real, y explícitamente los castillos tomados ostentan la enseña del Rey. En octubre Jaime I y Aurembiaix pactan un precontrato matrimonial en Agramunt. Retomando el anterior acuerdo de 1210 en que el rey Pedro y la condesa Elvira preveían la unión matrimonial de sus hijos, ahora éstos se comprometen a la unión en caso de que Jaime I culmine favorablemente su proceso de anulación del matrimonio contraído en 1221 con Elionor de Castilla y de que no contraiga matrimonio con ninguna mujer de condición real o de rango superior al de la condesa. Los derechos del condado de Urgel aportado por Aurembiaix, más los del condado de Cerdaña, incluyendo los de Conflent y Berga, aportado por el Rey, revertirían en el hijo que naciera de esta unión, dado que el Monarca ya posee un primogénito, Alfonso, en quien se prevé la transmisión de la Corona real, derivando todo en quien reinase en Aragón en caso de que la descendencia no sobreviviese.

En noviembre de 1228 Aurembiaix rige el condado con concesiones destinadas a granjearse los súbditos, empezando por una general concesión de franquicias de lezdas, peajes, exención de malos usos y otras exigencias. Asimismo, establece tenencias castrales, como la de Santaliña. El Rey ha partido para asumir la conquista de Mallorca y no ha culminado sus compromisos en la toma del condado, porque no ha querido enfrentarse a Ponts por estar en manos del vizconde de Cardona ni a Calassanç, muy afianzada por Guerau de Cabrera, mientras que los dominios vizcondales de éste se respetan en una plena independencia jurisdiccional y exactiva. A instancias de la condesa, el Monarca se compromete a tomar los dos castillos pendientes al mes de regresar de la campaña mallorquina, al tiempo que renueva su compromiso de futura cesión del condado al fruto de su posible unión. En marzo de 1229 Jaime I somete al legado pontificio la anulación de su anterior matrimonio, al tiempo que prepara otro enlace matrimonial para Aurembiaix. El dominio en feudo del condado por la condesa le parece suficiente garantía sobre Urgel, sin tener que comprometerse matrimonialmente. Por ello, prepara el matrimonio de Aurembiaix con el infante Pedro de Portugal, nieto de Ramón Berenguer IV de Barcelona y hermano y tío, respectivamente, de los reyes portugueses Alfonso II y Sancho II, cuyas desavenencias le imponen refugiarse en la Corte y el servicio de Jaime I. En mayo del mismo año, Aurembiaix se ofrece como familiar a la Orden de Santiago. Dado que en esta condición debe contar con el formal permiso de la Orden para contraer matrimonio, expone al maestre general que se casará si así consigue apoyo para defender sus intereses en el condado —“si contigerit navigare matrimonium contrahere ut terra nostra potentius et liberius deffendatur”—, para lo cual ya ha pactado la unión con Pedro de Portugal, y si no se realizara se casaría con Jaime I, tal como también está previsto. En julio del mismo año se establecen los capítulos matrimoniales con el primero y se realiza la boda en Valls, bajo presencia del mismo Rey.

Tras la unión matrimonial, Aurembiaix continúa rigiendo el condado, como demuestra en 1229 al ofrecer destacadas concesiones a Santa Maria de Bellpuig de les Avellanes. Mientras, ha ofrecido gran parte de sus bienes en Galicia y León a la Orden de Santiago. De hecho, la voluntad de compensar la ayuda recibida por la Orden parece más poderosa que la inclinación religiosa, razón por la que en su testamento aportará los bienes de Castilla a la Orden, pero no su cuerpo, que quiere que sea sepultado en el monasterio cisterciense de San Hilario fundado por su madre. Así consta en el testamento redactado en agosto de 1231, tomando como albaceas a los obispos de Urgel y de Lérida y a su padrastro Guillem de Cervera, que desde el año anterior ha profesado en el monasterio cisterciense de Poblet.

El testamento aporta el condado, la ciudad de Valladolid y los bienes restantes en Galicia a su marido, y establece algunas otras donaciones, como la cesión de una espada que está bajo custodia de los frailes santiaguistas en Montalbán a su primo el conde Nuño de Rosellón, a quien en 1228 ya había cedido Brevillo (Vertadillo, Palencia), mientras que evita la retahíla de donaciones a centros religiosos que había caracterizado los testamentos de sus antecesores. Concordando con el dominio superior del Pontífice Romano que su padre le había impuesto en Valladolid, la condesa sitúa todas sus decisiones bajo protección papal, en alusión a sustraerse a la protección de Jaime I, cuyo dominio eminente sobre el condado no menciona, reflejando así la contrariedad respecto de quien no ha satisfecho su deseo de matrimonio real.

La muerte inmediata de la condesa revierte el condado en Pedro de Portugal, quien en septiembre del mismo 1231 lo permuta a Jaime I a cambio de la donación vitalicia de Mallorca en feudo. El rey de Aragón y conde de Barcelona añade el condado de Urgel a su titulación. La misma titulación también es asumida por el vizconde Poncio III, que en 1229 ha sucedido a su padre en Áger y que como descendiente de la hija de Ermengol VII, Marquesa, reivindica su reconocimiento condal (Poncio I de Urgel), lo que conduce a una nueva fase de confrontación.

Hasta fechas recientes, el estudio de Aurembiaix, efectuado con fuentes parciales y desde el desconocimiento de documentación clave, ha reiterado incorrecciones, incluyendo la interpretación de que la condesa y el Rey hubieran establecido un contrato de concubinato.

 

Bibl.: E. Corredera, El archivo de Áger y Caresmar, Balaguer (Lérida), Artes Gráficas Romeu, s. f.; Noticia de los condes de Urgel, Lérida, Instituto de Estudios Ilerdenses, 1973; A. Huici y M. D . Cabanes, Documentos de Jaime I de Aragón, Valencia, Anubar, 1976; J. Villanueva, Memorias cronológicas de los condes de Urgel, Balaguer, Ayuntamiento, 1976; R. Sainz de la Maza, La orden de Santiago en la Corona de Aragón. La Encomienda de Montalbán (1210-1327), Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 1980; J. Trenchs y R. Conde, “La escribanía-cancillería de los condes de Urgel (s. IX-1414)”, en Folia Munichensia, Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 1985, págs. 7-130; J. M. Canal y D. Domingo, A la recerca d’Aurembiaix d’Urgell, Lérida, Edicions de la Universitat de Lleida-Institut d’Estudis Ilerdencs, 2006.

 

Flocel Sabaté Curull

 

Relación con otros personajes del DBE

Biografías que citan a este personaje

Personajes citados en esta biografía

Personajes similares