Silva Fernández de Híjar y Fernández de Cordova, Cayetano de. Duque de Híjar (XIII). Madrid, 2.XI.1805 – Perpiñán (Francia), 25.I.1865. Noble.
XIII duque de Híjar, XIV de Aliaga y de Castellot, XI de Bournonville, XIV conde de Palma del Río, XIV de Aranda, XI de Salvatierra, XX de Ribadeo, XIV de Almenara, XI de Jódar y VII marqués de San Vicente del Barco. Cayetano fue hijo primogénito de José Rafael y Juana Nepomuceno, XII duques de Híjar. Hermano de Andrés Avelino.
Contrajo matrimonio el 31 de diciembre de 1825, en Madrid, con María de la Soledad Bermuy y Valda (Madrid,13 de septiembre de 1806 – Madrid, 19 de febrero de 1871), hija del teniente general Francisco de Paula Bermuy y Valda, marqués de Valparaíso, conde de Montealegre y de Ana Agapita de Valda Teleiro y Maldonado, marquesa de Valparaíso. Tuvieron un hijo, Agustín, y de su relación con Adela Febrer y Auñón, dos, que fueron reconocidos en su testamento (Sala III. Leg.115. Doc.1).
El matrimonio vivió en Madrid, en el palacio sito en la Carrera de San Jerónimo, junto con su padre, José Rafael, XII duque de Híjar, viudo. Posteriormente fue vendido en 1864, al igual que otros enseres, como numerosos cuadros (Sala I. Leg.148/2.
Doc.39) o la biblioteca que fue adquirida por José de Salamanca y Mayol (1811-1883), a cambio de rebajar las deudas con él contraídas (Sala I. Leg.148/2.
Doc.38). Los XIII duques de Híjar se trasladaron a una casa que tenían en la Calle de Santa Catalina.
La forma de vivir de Cayetano, no contribuyó a sanear el ya mermado patrimonio heredado. Durante los últimos días de su vida en un hotel de Perpiñán, sus empleados y su único hijo en la correspondencia mantenida con Luisa Fernández de Córdoba y Pérez de Barradas, duquesa consorte de Lécera, y el personal de la administración afirmaban que el XIII duque de Híjar había dejado “por único y universal heredero a su hijo el duque de Lécera y protección de dos hijos que he declarado tener de once y diez años, con D[oñ]a Adela Febrer” y, además, Agustín le pidió a su mujer “cuéntale a mi madre los sufrimientos q[u] e estamos pasando de día y de noche, que ni aún dormir deja con sus esijencias”. También resolvieron que “hay que tomar disposiciones enérgicas, consintiéndole que si sus deseos son vivir con esas mugeres que tiene, dejarlo, enhorabuena: Que se limite de común acuerdo con ellas, a que jamás podrá contar con más que 11.000 r[eales] de v[ellón] mensuales, y que escoja S[u] E[xcelencia] el puesto mejor donde con ellas puede vivir”. Asunto que preocupó a todos, especialmente a su hijo, que le escribió a su mujer en los siguientes términos “pero no obstante, si sucede lo q[u] e me temo, por dos palabras q[u]e le [he] oído, marcho a Madrid inmediatamente, pues como tu conoces, yo no puedo acceder, ni tolerar ciertas cosas”, puesto que, según las personas que lo acompañaron en sus últimos momentos, “el duque cada vez más incorregible y con pretensiones de querer volverse á Madrid, porque este S[eño]r no puede separarse de las personas q[u]e han contribuido á su ruina, su hijo y Lázaro pueden muy bien decir todo lo que he echo [hecho] y estoy haciendo, todo inútil, porque nunca ha habido agradecimiento en el... Como no le adulo y apoyo sus planes descabellados, no podemos estar conformes, pues acostumbrados á que le rodeasen personas q[u]e le aprueban todos sus disparates, mi compromiso no le es conveniente”; también afirmaron que “se conoce que el enfermo ha sufrido poco en este mundo y se conoce que siempre fue dueño de su soberana voluntad” (Sala III. Leg.115. Doc.1). No obstante, se le hizo un funeral de acuerdo a su categoría social.
A la muerte de la duquesa, se produjeron diversos problemas con su herencia (Sala III. Leg.98. Doc.9).
Cayetano falleció en Perpiñán el 25 de enero de 1865, a las ocho y cuarto de la mañana. Le sucedió su único hijo, Agustín.
Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Provincial de Zaragoza, Fondo Híjar. Sala III. Leg.115. Doc.1, “información sobre la enfermedad, defunción, gastos, inventario de bienes, etc.”, Sala I. Leg.148/2. Doc.39, “Híjar. Testamentaría. Cuadros vendidos a diferentes personas”; Sala I. Leg.148/2. Doc.38, “Venta de la biblioteca del duque de Híjar a favor de José de Salamanca” y Sala III. Leg.98. Doc.9. Expte. del “proyecto de transacción del pleito pendiente sobre nulidad de algunas cláusulas de la disposición testamentaría de la Exc[elentísi]ma S[eño]ra Duquesa viuda de Híjar, D[oñ]a María de la Soledad Bernuy y Valda”, del legado de Aragón.
M.ª J. Casaus Ballester, Archivo ducal de Híjar. Catálogo de los fondos del Antiguo Ducado de Híjar (1268-1919), Valencia, Diputación General de Aragón e Instituto de Estudios Turolenses, 1997; La pinacoteca de la Casa Ducal de Híjar en el siglo xix. Nobleza y coleccionismo, Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 2006 (Col. Estudios. Historia).
María José Casaus Ballester