Cárdenas y Solórzano, Francisco de. Lima (Perú), 1625 – Panamá, 1694. Letrado, fiscal de Audiencia en Indias.
Hijo del doctor Pedro de Cárdenas y Arbieto y de Isabel de Solórzano.
Estudió en Lima, donde fue colegial en el Real de San Martín, y se graduó de doctor en Leyes por la Universidad de San Marcos.
Hacia 1664 viajó a los reinos de España, y allí, sobre consulta de Cámara fechada en Madrid el 8 de abril de 1669, fue nombrado, por vía de resulta, fiscal de la Real Audiencia de Santiago de Chile y se le despachó su título el 20 de abril del mismo año.
El 16 de mayo de 1669 se le concedió licencia para que pasara a su destino en compañía de su criado Manuel de Tapia, y después de su viaje tomó posesión de su oficio el 2 de diciembre de 1669.
Mientras sirvió en Chile dio motivo a diversos escándalos derivados de su vida desarreglada por mantener trato ilícito con una mujer casada y “para comunicarse con la susodicha, viste traje lascivo e indecente de mujer y ha solicitado que le encomienden y encarguen las rondas de noche por tener más comodidad de comunicarse con la susodicha y con las obligaciones de su oficio fomenta pecados públicos”, y en 1671 participó activamente en los desórdenes habidos en el Capítulo de los religiosos de San Agustín, a instancias del presidente Meneses, e incluso irrumpió con soldados en la sala capitular, para hacer elegir provincial a fray Agustín del Molino y de definidor a un hermano suyo. Las quejas llegadas al Consejo por sus actuaciones movieron a la Corona a enviarlo en depósito a servir la fiscalía de la Real Audiencia de Panamá, sanción que fue ordenada sobre consulta del 2 de diciembre de 1674, y así le fue comunicado por Real Cédula fechada el 28 de diciembre de 1674, y por tal razón abandonó Santiago de Chile, para llegar a Panamá en 1677, donde permaneció hasta su muerte.
En Panamá tampoco fue pacífica su estancia, pues en 1683 se despachó una Real Cédula al obispo de la ciudad para que le hiciera sacar una multa de quinientos pesos y le desterrase por seis meses con suspensión de oficio a la villa de los Santos, como consecuencia de las acusaciones que se habían hecho en su contra por las actuaciones que le cupieron en la visita de los oficiales de la Real Hacienda, sanciones de las que suplicó al Monarca para que se las quitara en carta fechada el 27 de julio de 1684.
Fuentes y bibl.: Archivo General de Indias (Sevilla), Contratación, 5.436, n. 69; Contratación, 5.794, l. 2, fols. 230v.-232r.; Chile, 2, 16 r. 2 n. 7, 223; Panamá, 27, r. 4, n. 42; Panamá, 254.M. Mendiburu, Diccionario Histórico-Biográfico del Perú, t. IV, Lima, Imprenta de J. Francisco Solís, 1880, pág. 412; J. T. Medina, Diccionario biográfico colonial, Santiago de Chile, Imprenta Elzeviriana, 1906, pág. 170; E. Schäfer, El Consejo Real y Supremo de las Indias, t. II, Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1947, págs. 472, 519; E. Madrid Rebolledo, El Ministerio Público en el Derecho Indiano, Santiago de Chile, Editorial Jurídica de Chile, 1950, pág. 51; G. Lohmann Villena, Los ministros de la Audiencia de Lima en el reinado de los Borbones (1700-1821), Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1974, pág. 159.
Javier Barrientos Grandon