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Francisco Javier González de Castejón y Elío

Biografía

González de Castejón y Elío, Francisco Javier. Marqués de Vadillo (VII). Pamplona (Navarra), 25.V.1848 – Madrid, 25.XI.1919. Político, abogado y catedrático de Derecho Natural de la Universidad Central de Madrid.

Nació en una familia de la nobleza castellano-navarra que había recibido la merced del marquesado de Vadillo en el siglo xviii, principalmente por los servicios prestados por varios de sus vástagos a la Monarquía. Hijo de Pedro González de Castejón y Castejón, natural de Soria, y de Manuela Elío y Mencos, navarra, se le conoció como el marqués de Vadillo, más que por su nombre propio.

Estudió el bachillerato en Pamplona, donde obtuvo el grado de bachiller con nota sobresaliente (1864), y Derecho en la Universidad Central (bachiller con sobresaliente en 1869; licenciado en la sección de Derecho Civil y Canónico con nota de aprobado en 1871; doctor en la misma sección en 1871; licenciado en la sección de Derecho Administrativo en 1877, y doctor en ella, con sobresaliente, en 1882). En 1876, había obtenido por oposición una plaza de profesor auxiliar y, en 1884, consiguió la cátedra de Derecho Natural de la misma Universidad, donde enseñó hasta 1917.

Su importancia mayor la tuvo, sin embargo, como político. Fue una de las figuras más importantes de los reinados de María Cristina de Habsburgo y Alfonso XIII, como lugarteniente de Alejandro Pidal y Mon. Fue candidato independiente y diputado por Pamplona en las Cortes de 1879, en las que se alineó, no obstante, con los moderados que habían constituido el principal soporte de Isabel II. Como tal, secundó a Alejandro Pidal cuando propuso la formación de un frente conservador —a la derecha de Cánovas y ajeno al partido de éste (el Liberal-Conservador)—, frente que aglutinara a los propios moderados y a los carlistas que estuvieran dispuestos a colaborar en el gobierno bajo Alfonso XIII. Todo ello con la idea de contrapesar el giro hacia la izquierda que creyeron ver en la formación del gobierno Sagasta de 1881, y que atribuyeron a condescendencia de Cánovas con el liberalismo de tradición revolucionaria. El vehículo que crearon para ello fue la Unión Católica. Lo singular es que la Unión Católica no se definió nunca como partido político, sino como asociación benéfica, destinada principalmente a colaborar con el clero en todo tipo de tareas sociales. En realidad, se trataba de contar con una asociación donde pudieran convivir, sin apariencia de acuerdo político, políticos diferenciados por su preferencia dinástica.

Lo que pudo llegar a ser un partido político católico no llegó a constituirse, porque, en 1884, Alejandro Pidal fue a Roma a pedir indicaciones al Papa, y León XIII (que era reacio a que se formaran partidos católicos antiliberales y prefería que los católicos colaborasen con los liberales más moderados, y eso en casi todos los estados, pero con mayor justificación en España, donde la mayoría de los propios liberales eran católicos) le indicó que lo que debían hacer era vincularse al partido más cercano al magisterio de la Iglesia; es decir, al Partido Liberal-Conservador de Cánovas. Con Alejandro Pidal, el marqués de Vadillo pasó a formar parte de él y desarrolló tareas de importancia. Con Cos-Gayón como ministro de Gracia y Justicia, concretamente, fue director general de lo Contencioso y subsecretario de Gracia y Justicia entre 1890 y 1892; y en 1897, cuando mataron a Cánovas, era subsecretario de Gobernación.

El asesinato de Cánovas convirtió a Alejandro Pidal (y, por tanto, a sus seguidores, entre quienes el marqués de Vadillo era uno de los más importantes) en figura principal del partido. Para evitar los recelos que podía suscitar el pasado de los hombres llegados de la Unión Católica, Pidal prefirió respaldar a Francisco Silvela como presidente del partido, que, de facto (sin decisión formal que se conozca), pasó a llamarse Partido Conservador, perdiendo el adjetivo “Liberal”, que podía suscitar rechazo entre los católicos pidalianos. El marqués de Vadillo se convirtió, así, en uno de los apoyos principales de Francisco Silvela, con quien fue ministro de Gracia y Justicia en 1899. En 1899, Silvela había formado un gobierno regeneracionista con dos figuras principales: el general Polavieja en el Ministerio de la Guerra y el conservador catalán Manuel Durán y Bas en Gracia y Justicia. La presencia de ambos provocó muy diversos problemas, entre ellos la suspicacia de los defensores del centralismo frente a las nacientes reivindicaciones catalanistas. Eso y la frustración de la política militar que propugnaba Polavieja dieron lugar a una grave crisis ministerial y, en la reorganización consiguiente, el marqués de Vadillo sustituyó a Durán y Bas interinamente como ministro de Gracia y Justicia, en 1899, hasta que fue nombrado el conde de Torreanaz, a quien sucedió también —ya de forma definitiva— en 1900, siempre bajo el mando de Francisco Silvela; y continuó como tal en el Gabinete de transición que presidió el general Azcárraga en 1900-1901. En el último gobierno que presidió Silvela (1902-1903) fue ministro de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas —todo en uno—, cartera que acaba de crearse como manera de encauzar el regeneracionismo que constituía la demanda política más importante de la época. Hay que tener en cuenta que Vadillo había tomado parte en los Congresos Católicos Nacionales de Madrid (1889), Burgos (1899) y Santiago (1902) y en el Congreso Obrero Católico celebrado en Lieja en 1887, además de colaborar en la Revista Católica de Cuestiones Sociales fundada en 1895 por impulso del marqués de Comillas; realidades todas ellas en las que iba articulándose un regeneracionismo católico que enseguida empezó a llamarse “catolicismo social”. En el mismo año 1902, contribuyó a crear y organizar La Conciliación, de Pamplona, que fue un sindicato mixto (que no se llamó así, porque la palabra sindicato no tenía aún en castellano la acepción que luego fue habitual); en La Conciliación había sendas secciones de patronos y obreros, todos los cuales se comprometían a resolver los conflictos laborales por medio de una comisión arbitral mixta. Fue el “sindicato” dominante en Pamplona durante las primeras décadas del siglo xx.

Ministro de la Gobernación en el nuevo Gobierno del general Azcárraga —transitorio también— de septiembre de 1904 a enero de 1905 y otra vez de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas en el que presidió Fernández Villaverde en el mismo año 1905, el nuevo jefe del Partido Conservador —Antonio Maura— le nombró gobernador civil de Madrid en 1907-1909. Pero cuando Maura declaró su incompatibilidad con los liberales —por la política de oposición que llevaron a cabo a raíz de los sucesos y de los procesos que siguieron a la Semana Trágica (1909) y que causaron una enorme conmoción internacional antiespañola— y Eduardo Dato optó por separarse de Maura y prestarse a gobernar en alternancia con el Partido Liberal, el marqués de Vadillo siguió a Dato y volvió con él al Ministerio de Gracia y Justicia en 1913-1914.

Durante todos estos años tuvo escaño en Cortes. Concretamente fue diputado en el Congreso, casi siempre como representante de Navarra y, más concretamente, del distrito de Pamplona, en las legislaturas de 1879-1881, 1884-1886, 1886-1890, 1891- 1893,1893-1896, 1896-1898 (en que también fue elegido por el Burgo de Osma), 1898-1899, 1899- 1901, 1901-1903, 1903-1905 y 1905-1907. En 1914 fue designado por Alfonso XIII senador vitalicio y ocupó el asiento correspondiente durante la legislatura 1914-1916, última en la que estuvo presente.

Fue académico de las Reales Academias de Jurisprudencia (1903) y de Ciencias Morales y Políticas (1904). Fue además, entre 1907 y 1916, el XXXV director de la Real Sociedad Económica Matritense de Amigos del País, en la que había ingresado como socio de mérito el 13 de mayo de 1905.

Su obra escrita fue escasa, si no se consideran parte de ella los numerosos discursos que pronunció en las Cortes y se recogieron en los correspondientes Diarios de sesiones. Las de más envergadura fueron las Lecciones de derecho natural (1898; reed. 1913), con las que fue uno de los primeros —con Rafael Rodríguez de Cepeda y Luis Mendizábal principalmente— en proyectar sobre la filosofía del derecho la filosofía neotomista que, como Alejandro Pidal y Mon, había aprendido del dominico Zeferino González (que fue mentor y, como obispo de Córdoba, colaborador en la singladura de la Unión Católica, además de filósofo de nota). No destacó, sin embargo, como filósofo del derecho.

Por otra parte, aunque su orientación fue neotomista, la concepción orgánica de la sociedad, heredada de Aristóteles por los filósofos de esa corriente, llevó al marqués de Vadillo a valorar la costumbre como fuente de derecho y, en este sentido, enlazar con la escuela histórica del derecho. Esto fue especialmente importante en 1888, cuando se elaboraron las bases del Código Civil Español y, entre otros, el marqués de Vadillo logró que se respetaran los ordenamientos forales (de carácter privado), de los que él conocía especialmente bien, por su origen, el navarro. Con esa orientación participó en el Congreso Jurídico de Barcelona de 1888. En 1893, además, unido a personalidades tan significativas políticamente como el carlista Vázquez de Mella o el futuro nacionalista vasco Arturo Campión, fue uno de los oradores que hablaron contra el intento de Germán Gamazo —ministro de Hacienda de un Gobierno Sagasta— de modificar el cupo contributivo de Navarra, contra lo establecido en el fuero reconocido en la ley paccionada de 1841, en lo que constituyó uno de los movimientos de protesta popular de más envergadura en la época; movimiento que está en el punto de partida del nacionalismo vasco, por un lado, y del fuerismo del siglo xx.

El resto de sus publicaciones son discursos y prólogos. Claro está que no se enumera aquí el sinfín de discursos parlamentarios que pronunció como diputado y senador.

 

Obras de ~: Discurso que al recibir el grado de Doctor en la facultad de Derecho (sección de civil y canónico) en la Universidad Central leyó D. ~, Madrid, J. Antonio García, 1871; Legislación foral de España. Derecho civil vigente en Navarra, con un prólogo de ~, Madrid, Est. Tipográfico de Pedro Núñez, 1888, 2 vols.; “¿En qué casos y bajo qué formas y condiciones debe admitirse la exterritorialidad de la cosa juzgada en materia civil y criminal?”, en Actas del Congreso Jurídico de Barcelona, septiembre de 1888, publicadas por la Comisión organizadora, Barcelona, Imprenta de Jaime Jesús Roviralta, 1889; Discurso y rectificaciones del señor ~, diputado en Cortes por Pamplona (Navarra): pronunciados en el Congreso de los Diputados en los días 14, 16 y 19 de marzo de 1889 en defensa de su enmienda al dictamen de la comisión referente a la comunicación del Gobierno dando cuenta de la publicación del Código Civil, Madrid, Imprenta de José M. Ducazcal, 1889; Vocabulario del derecho internacional público: Ensayo para vulgarizar la nomenclatura y principales conceptos de dicha ciencia, por Alfonso Retortillo y Tornos, precedido de un prólogo del Excmo. ~, Madrid, Est. Tipográfico de Fortanet, 1893; El principio de autoridad en la vida social: Discurso leído en la Universidad Central en la solemne inauguración del curso académico de 1896 á 97 por el doctor D. ~, Madrid, Imprenta Colonial á cargo de G. Gutiérrez, 1896; el discurso del marqués de Vadillo recogido en Los fueros y su defensa, Bilbao, Imprenta de la Biblioteca Bascongada, 1897; Lecciones de Derecho Natural, Madrid, Hijos de M. G. Hernández, 1898 (2.ª ed., 1913); Sobre el sentido y criterio que deben inspirar la reforma de las leyes e instituciones judiciales: Discurso leído por ~, ministro de Gracia y Justicia en la [...] apertura de los tribunales [...] 15 de septiembre de 1900, Madrid, Hijos de M. G. Hernández, 1900; El principio secularizador en las sociedades modernas y su origen: Discursos leídos ante la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas en la recepción pública del Excmo. Señor Don ~, celebrada el 15 de mayo de 1904, y de contestación de D. Alejandro Pidal y Mon, Madrid, Imprenta del Asilo de Huérfanos del Sagrado Corazón de Jesús, 1904; La autoridad y la propiedad: Discursos leídos ante la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas el 7 de enero de 1906 [...] en la recepción pública del Excmo. y Rvmo. Doctor D. Victoriano Guisasola y Menéndez, Obispo de Madrid-Alcalá, y contestación del Excmo. Sr. D. ~, Madrid, Imprenta Asilo de Huérfanos del Sagrado Corazón de Jesús, 1906; “Prólogo”, en V. González y Sanz, La bancarrota del protestantismo: Estudio histórico-sociológico-crítico, Madrid, Imprenta del Asilo de Huérfanos, 1910; Discurso del Excmo. Sr. ~ pronunciado en el debate sobre la ley del “Candado” el día 18 de noviembre de 1910 en el Congreso de diputados, Madrid, Imprenta de la Revista de Archivos, 1910; La ley mercantil como lazo de unión entre España y las repúblicas hispano-americanas: Discurso leído en el acto de su recepción por el Ilmo. Señor D. Faustino Álvarez del Manzano y Álvarez Rivera y contestación de ~, Madrid, Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, 1911; Función del rey en el régimen constitucional y parlamentario: Discursos de recepción del Excmo. Sr. D. Antonio García Alix y de contestación del Excmo. Sr. ~, leídos en la Junta Pública de 1 de mayo de 1910, Madrid, 1912, págs. 670-733; Aguirre Ossa cita como obra del marqués de Vadillo un Resumen de derecho natural, Madrid, 1918, que no se ha localizado.

 

Fuentes y bibl.: Archivo Histórico Nacional, Universidades, leg. 232/19; Archivo de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense (Madrid), F. J. González Castejón y Elío; Archivo General de la Administración, exp. personal, Educación y Ciencia, caja 15871; Expediente de la oposición, leg. 5342/6.

“Apuntes biográficos de Marqués de Vadillo”, apéndice de El principio secularizador en las sociedades modernas y su origen: Discursos leídos ante la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas en la recepción pública del Excmo. Señor Don ~, celebrada el 15 de mayo de 1904, y de contestación de D. Alejandro Pidal y Mon, op. cit.; Escalafón de Antigüedad de los Catedráticos Numerarios de las Universidades del Reino, Madrid, Imprenta de E. Raso López, 1914; Vizconde de San Alberto, Los directores de la Real Sociedad Económica Matritense de Amigos del País y las Presidentas de su Junta de Damas de Honor y Mérito, Madrid, Real Sociedad Económica Matritense de Amigos del País, 1925; J. F. Lasso Gaite, El Ministerio de Justicia. Su imagen histórica (1714-1981), Madrid, Imprenta Sáez, 1984; J. M. Cuenca Toribio y S. Miranda García, El poder y sus hombres. ¿Por quiénes hemos sido gobernados los españoles? (1705-1998), Madrid, Editorial Actas, 1998; A. Llano Torres, Una aproximación a la neoescolástica jurídica española de finales del siglo xix: Francisco Javier González Castejón Elío, 1848-1919, tesis doctoral, Madrid, Universidad Complutense, 2000 (inéd.).

 

José Andrés-Gallego

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