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Ramón María Roca i Sastre

Biografía

Roca i Sastre, Ramón María. Tàrrega (Lérida), 1.I.1899 – Barcelona, 27.XII.1979. Jurista.

Una vez concluidos sus estudios de Bachiller el 15 de junio de 1916, inició, como alumno “no oficial”, la carrera de Derecho en la Universidad de Barcelona (1916-1920), aunque sin obtener un buen expediente académico. Ya licenciado, las oposiciones, a las que concurrió siempre con éxito, fueron una constante habitual en los inicios de la carrera profesional, del que, para algunos, es el mejor jurista catalán del siglo xx.

Opositó en primer lugar, al cuerpo de Registradores de la Propiedad, aunque no pudo tomar posesión de su plaza por no contar con la edad preceptuada para ello; en 1932 opositó a Notarías y en 1933 a Judicatura, ejerciendo como juez de Primera Instancia e Instrucción en la jurisdicción de Montblanc, y luego en la de Cervera, hasta 1934. Ese mismo año de 1934 fue nombrado magistrado del recién creado Tribunal de Casación de Cataluña, en el que desarrolló su labor, hasta que la Guerra Civil hizo que dicho organismo desapareciera, ejerciendo Roca, desde entonces, como abogado en la Ciudad Condal.

Ya con el nuevo régimen, en 1944, volvió a presentarse y a ganar las oposiciones a Notarías, obteniendo plaza en Barcelona. También ejerció como profesor, de un curso sobre Derecho Hipotecario —del que fue un consumado especialista, y cuyas explicaciones serían el germen de algunas de sus más célebres obras, referentes de los opositores a Notaría y Registros—, como en la Universidad Autónoma de Barcelona, donde fue nombrado, el 5 de octubre de 1937, profesor encargado del curso académico 1937-1938 en su Facultad de Derecho. Años más tarde, la Universidad de Barcelona lo nombró doctor honoris causa por su encomiable trayectoria jurídica.

Asimismo, fue miembro de la Comisión encargada de la elaboración del Proyecto de Compilación de Derecho Civil de Cataluña, donde redactó la parte relativa al Derecho de Sucesiones. Fue miembro y presidente, luego honorario, de la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña; decano honorario del Colegio de Notarios de Barcelona; así como delegado por España en los Congresos Internacionales II y V del Notariado Latino.

Su obra jurídica, considerado como “un tratadista que conocía a fondo el derecho romano, la técnica del derecho germánico y la producción de los autores nacionales y extranjeros” (J. M.ª Mas Solench y M. J.

Peláez), es amplia, abarcando infinidad de temáticas en relación al Derecho civil, aunque muy especialmente, caben destacar sus estudios relativos al Derecho Hipotecario, de la que es considerado un auténtico experto.

 

Obras de ~: “El patrimonio”, en Revista Crítica de Derecho Inmobiliario (RCDI), vol. II, n.º 15 (1926), págs. 171-187; “La partición hereditaria, ¿es acto traslativo o declarativo de propiedad?”, en RCDI, vol. V, n.º 57 (1929), págs. 641-660, y vol. V, n.º 58 (1929), págs. 740-749; “La comunidad de gananciales, destino de éstos en caso de renuncia”, en RCD, vol. VI, n.º 63 (1930), págs. 161-177; “L´acció pauliana i la constitució Per tolre fraus”, en Revista Jurídica de Cataluña (RJC), XLI (1935), págs. 123-140; “La acción pauliana y el artículo 37 de la Ley Hipotecaria”, en RCDI, vol. XI, n.º 127 (1935), págs. 510-526, y n.º 128 (1935), págs. 576-584; “El dret de firma enfitèutic”, en RJC, XLI (1935), págs. 257-282; “L´herència jacent. Construccions jurídiques sobre la seva titularitat”, en RJC, XLII (1936), págs. 23-55; “Crítica institucional del Código civil” en RCDI, vol. XVI, n.º 148 (1940), págs. 497-515; Instituciones de Derecho hipotecario, Barcelona, Ed. Bosch, 1941; “La concepción del usufructo como ‘pars domini’ y sus reflejos en la legislación del impuesto de Derecho reales”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia (RGLJ), año LXXXVII, t. 172 (1942), págs. 575-587; “Observaciones críticas sobre la tendencia expansionista del derecho de representación sucesoria”, en RGLJ, año LXXXVIII, t. 173 (1943), págs. 581-613; “La necesidad de diferenciar lo rústico y lo urbano en el Derecho sucesorio”, en Anales de la Academia Matritense del Notariado (AAMN), t. I, Madrid, 1943-1944, págs. 331-378; “La nueva ley de reforma hipotecaria (Breve examen informativo-crítico)”, en RGLJ, año XC (1945), págs. 257-326; Tratado de la contribución de utilidades, Barcelona, Ed. Bosch, 1945; “Naturaleza jurídica de la aportación social”, en RGLJ, año XCI (1946), págs. 413-457; “Eficacia de los llamamientos sucesorios a favor de los ‘nasciturus’”, en Revista de Derecho Privado (RDP), XXX, n.º 350 (1946), págs. 313-336; “La donación remuneratoria” en RDP, XXXI, n.º 368 (1947), págs. 823-845; “Heredero vitalicio sin disposición de la herencia para después de su muerte”, en RDP, XXXII, n.º 370 (1948), págs. 13- 40; Derecho Hipotecario, 4 vols., Barcelona, Ed. Bosch, 1948 (1954, 1968, 1979 y reed. en 1995 y 1997); El problema fideicomisario de los hijos puestos en condición, Barcelona, Ed. Bosch, 1948; “Prólogo” en A. Majada, Naturaleza jurídica del contrato deportivo (concepto en la legislación española), Barcelona, Ed. Bosch, 1948; “Problemas de la venta de herencia”, en AAMN, t. VII, Madrid, 1948-1949; “La subrogación real”, en RDP, XXXIII, n.º 385 (1949), págs. 281-304; “Eficacia de la cláusula ‘valor oro’” en RDP, XXXIV, n.º 394 (1950), págs. 1-24; “La unidad de la empresa en el impuesto de Derecho reales”, en Revista de Derecho financiero y Hacienda Pública, II, n.º 7 (1952), págs. 359-384; “La adquisición hereditaria de la posesión”, en RGLJ, año CI (1953), págs. 333-387; “Prólogo”, en J. de Camps y Arboix, La propiedad de la tierra y su función social, Barcelona, Ed. Bosch, 1953; “Dictamen acerca del negocio jurídico de asentimiento por los reservatarios” y “Firma del testador (Sentencia T.S. 4.I.1952)”, en Revista de Derecho Notarial, I-II (1953), págs. 287-295 y 351-356 respect.; “El fideicomiso ´si sine liberis decesserit’ y el Código civil” (Discurso), en RCDI, vol. XXXII, n.º 336-337 (1956), págs. 289- 346; “El ‘beneficium separationis’ y los actuales sistemas de protección sucesoria”, en Anuario de Derecho Civil (ADC), 13 (1960), págs. 1117-1169; “Acrecimiento propio e impropio. Derecho de representación en fideicomiso. Interpretación de conjeturas”, en Revista Internacional del Notariado, 13 (1961), págs. 159-173; “Ensayo sobre el derecho de superficie”, en RCDI, vol. XXXVII, n.º 392-393 (1961), págs. 7-66; “La acción revocatoria de donaciones en la Compilación”, en ADC, 15 (1962), págs. 3-17; “La sucesión ‘abintestado’ de impúberes y la reserva lineal del artículo 811 del Código civil antes de entrar en vigor la Compilación catalana”, en RJC, año LXII (1963), págs. 414-419; “El término incierto implica, en los testamentos, condición, salvo que pueda corregirse la voluntad contraria del testador”, en RJC, año LXXV (1970), págs. 333-339; R. Faus Esteve (ed.), Dictámenes Jurídicos, Barcelona, Ed. Bosch, 1984.

 

Bibl.: Junta de Decanos de los Colegios Notariales, Libro Homenaje a Ramón M.ª Roca Sastre, Madrid, Editorial de Derecho Reunidas, 1976; R. M. Roca Sastre, Ramón María Roca i Sastre, jurista en la vida i en l´obra, Lleida, Pages Editors, 1999; J. Berchmans Vallet de Goytisolo, “El derecho en el pensamiento de Ramón María Roca Sastre”, en AAMN, 39 (1999), págs. 27-34; VV.AA., Homenaje al Excmo Sr. D. Ramón M.ª Roca Sastre en el centenario de su nacimiento, n.º monográf. de Revista Jurídica del Notariado, 32 (octubre-diciembre de 1999); VV.AA., Número conmemorativo del Centenario de Ramón María Roca Sastre, n.º monograf. en RCDI, año 75, n.º 651 (1999); J. M.ª Mas Solench y M. J. Peláez, “Roca Sastre, Ramón María”, en M. J. Peláez Albendea (ed. y coord.), Diccionario Crítico de Juristas españoles, portugueses y latinoamericanos [hasta noviembre de 2006] vol. II (M-Z), t. I,, Zaragoza-Barcelona, Cátedra de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Málaga y otros, 2006, págs. 405-408.

 

Alejandro Martínez Dhier

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