Fernández de Córdoba, Catalina. Marquesa de Priego (II). ?, p. m. s. xvi – ¿Montilla (Córdoba)?, c. 1569. Noble.
Hija del primer marqués de Priego, Pedro Fernández de Córdoba, cabeza de todos los miembros del linaje Fernández de Córdoba, y de Elvira Enríquez y, por consiguiente, perteneciente a una de las familias más poderosas de la Castilla de principios de la Modernidad. Heredó los títulos de señora de la villa de Aguilar, Priego, Montilla, Santa Cruz, Puente de Don Gonzalo, Duernas, Castillo-Anzur, Carcabuey, Monturque (VIII), señora de Montalbán (II), condesa consorte de Feria.
Si Catalina merece una breve biografía, es por el ejemplo que su vida proporciona para entender, en su justa medida, la vida de las mujeres de la aristocracia española en la Edad Moderna, no tanto porque fuese escritora (que no lo fue, por lo que se sabe) o porque fuese un ejemplo de lucha femenina, sino por haber hecho de su condición de mujer no un obstáculo, sino una ventaja. Su papel es, por tanto, el de una luchadora en su propio medio, la familia, sin lugar a dudas, uno de los marcos más importantes de la sociedad moderna, ámbito en el que la mujer tenía cierto margen de maniobra y que, en el caso de Catalina Fernández de Córdoba, fue aprovechado para imponer su criterio y su punto de vista acerca del linaje al que ella pertenecía. En este sentido, lo primero que conviene resaltar es que fue la heredera de su padre a falta de varón que perpetuase la casa de Aguilar, situación que le otorgó un papel de enorme relevancia para la perpetuación de uno de los linajes más relevantes de Castilla en los inicios de la Edad Moderna. Este papel deja traslucir la valía y la consideración que se tuvo hacia las mujeres por parte de la sociedad, al menos, por lo que toca al estamento nobiliario.
Catalina heredó la casa de su padre en 1517 y adquirió desde ese momento un protagonismo no ensombrecido por la figura masculina de ningún varón de su linaje. En este sentido, el problema más grave al que se enfrentaba la casa de Aguilar era la pérdida de la varonía, lo que venía a significar la desaparición de la misma, su extinción al quedar irremisiblemente absorbida por la casa nobiliaria del varón destinado a casarse con Catalina. Sin embargo, las estrategias familiares esgrimidas por ésta evitaron que se produjera dicha situación. Ella era, según resalta Fernández de Bethencourt, “una de las mayores herederas de su tiempo, sino la mayor de toda Andalucía, y apenas fallecido el padre, había sido jurada y reconocida por su sucesora y puesta en posesión de toda su casa por los alcaldes y procuradores de todas sus villas y fortalezas convocados al efecto y reunidos en la de Aguilar de la Frontera”. De este modo, una mujer quedaba al frente de uno de los estados señoriales más importantes de Andalucía, visión que rompe con la tradicional interpretación de la historiografía de género sobre el papel de la mujer. Tras la muerte de su padre y desde la posición de privilegio que gozaba como una de las señoras con mayor poder económico y político de Andalucía, su obsesión se concentró en la perpetuación de la casa de Aguilar. Ésta se lograría con la concertación del matrimonio de Catalina con Lorenzo Suárez de Figueroa, conde de Feria (además de IV señor de los estados de Villalba, Zafra y la Parra, Nogales, Oliva, Salvaleón, Salvatierra, Morera..., IV señor de las villas de Montealegre y de Meneses), ricohombre y grande de Castilla, hijo de Gómez Suárez de Figueroa, II conde de Feria, a quien sucedió en 1515, y de María de Toledo, dama de la Reina Católica, sin duda el linaje más importante de Extremadura y con el que los Aguilar habían tratado de unirse, merced a diversos matrimonios, desde hacía más de un siglo. Catalina Fernández de Córdoba y su entorno familiar determinaron que éste era el momento preciso para capitular esta feliz unión, a pesar de que el problema quedaba latente, ya que la perpetuación de los Aguilar, perdida la varonía, pendía de un hilo.
La inteligente solución fue tomada esgrimiendo la posición de relevancia social de Catalina en las capitulaciones matrimoniales, en las cuales se estipulaba una serie de condiciones, gracias a las cuales el apellido Córdoba y sus títulos anejos se perpetuarían siempre en lugar preeminente a los de Feria, en el primogénito varón que se esperaba naciera de ese matrimonio.
De esta manera, entre otras cosas, el contrato matrimonial consignaba (Zafra, a 20 de diciembre de 1517) que el novio se comprometía a llamarse en adelante Lorenzo Suárez de Córdoba y de Figueroa, titulándose, por este orden, marqués de Priego, conde de Feria y señor de la casa de Aguilar. Además se estipulaba que el hijo mayor que naciera de esta unión sucedería en ambas casas y estados con sus vínculos y mayorazgos, y que los esposos cuartelarían sus armas 1.ª y 4.ª de la marquesa de Priego, y 2.ª y 3.ª del conde de Feria, colocado el escudo entero sobre el águila de sable de los señores de Aguilar. Por otra parte, se especificaba que ambos se titularían marqueses de Priego, condes de Feria, salvo en el caso de tomar alguna vez el título ducal, que sería siempre sobre una de las villas de la marquesa, así como que el novio habría de tener su asiento y casa principal en Córdoba. En definitiva, que en todos los elementos de mayor relevancia simbólica para el ideario nobiliario (casa, solar y armas) primarían los Aguilar. Así se lograba formar “lo que podemos llamar segunda raza de la familia de Córdoba o Casa de Córdoba- Figueroa”, en palabras del genealogista Fernández de Bethencourt.
El matrimonio tan sólo duró diez años, ya que falleció el conde de Feria el 22 de agosto de 1528, momento a partir del cual la actividad de la marquesa de Priego se dispara como mujer emprendedora con el desarrollo de una política de aumento del poder de su familia, basado en la compra de diversos bienes que acrecentaron el patrimonio de la casa, en la fundación de mayorazgos y obtención de mejoras sobre los ya existentes, así como en la creación de una gran cantidad de fundaciones eclesiásticas (sobre todo, en Montilla, donde apoyó a los jesuitas de manera incondicional).
Todo ello dejó a los Aguilar en una posición económica bastante sobresaliente. Entre sus mayores logros cabe destacar la compra de la jurisdicción señorial de Villafranca (1549), a lo que hay que añadir una excelente política matrimonial que le permitió casar a su primogénito dentro del propio linaje, mientras que el matrimonio de su hija lo concertó con la casa de Arcos.
Mantuvo una intensa relación espiritual con los místicos Juan de Ávila y fray Luis de Granada, a quienes tuvo por consejeros y guías según resalta Esteban de Garibay. Vivió, en definitiva, una vida que desafiaba los cánones de su tiempo y que deja ver otra cara del mundo femenino de la modernidad, donde la mujer gozaba, al menos en las clases privilegiadas, de una consideración mucho más amplia de lo que se ha escrito.
Bibl.: E. de Garibay y Zamalloa, Los Cuarenta Libros del Compendio Historial de las Crónicas y Universal Historia de todos los reinos de España, Barcelona, Imprenta de Sebastián de Cormellas, 1628 (ed. facs., Lejona, Gerardo Uña, 1988); F. Fernández de Bethencourt, Historia genealógica y heráldica de la Monarquía española, t. VI, Madrid, Imprenta de Jaime Ratés, 1905, págs. 115-116 y 174-188; F. Fernández de Córdoba, “Historia de la Casa de Córdoba”, en Boletín de la Real Academia de Córdoba (1954-); R. Molina Recio, La nobleza española en la Edad Moderna: los Fernández de Córdoba. Familia, riqueza, poder y cultura, tesis doctoral, Universidad de Córdoba, Facultad de Filosofía y Letras, 2004.
Raúl Molina Recio