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Pascual Quílez y Talón

Biografía

Quílez y Talón, Pascual. Cieza (Murcia), 18.XII.1758 – ?, 21.V.1819. Magistrado, consejero de Castilla.

Hijo de José Quílez Ochoa y Pons y de Antonia Talón y Marín Ordóñez. Estudió en la Universidad de Orihuela donde obtuvo los grados de bachiller en Leyes y de bachiller, licenciado y doctor en Cánones. El 29 de octubre de 1781 fue admitido en la Real Academia de Sagrados Cánones, Liturgia y Disciplina Eclesiástica de Madrid. Con veintitrés años obtuvo el flamante título de abogado de los Reales Consejos y un año más tarde se colegió en el Colegio de Abogados de la Corte. Inició su carrera en la toga por una alcaldía del Crimen de la Audiencia de Sevilla, para la que fue nombrado por resolución a consulta del Consejo de la Cámara de 28 de mayo de 1787. En Sevilla desempeñó algunas comisiones como la de subdelegado de bienes mostrencos, vacantes y abintestatos de su demarcación y la alcaldía mayor del término y jurisdicción de San Juan. En 1790 ingresó en la Orden de Carlos III y el año siguiente en la Academia de Derecho Público y Práctica de los Tribunales de la Corte.

Por decreto de 25 de marzo de 1794 ascendió a plaza de oidor de la Chancillería de Granada. Durante su estancia en esta ciudad ejerció las siguientes comisiones: subdelegado de bienes mostrencos y de minas y tesoros y arte de platería; asesor del Real Cuerpo de Maestranza y presidente de la Real Junta de Comercio y Moneda.

El 5 de septiembre de 1802 fue promovido a la regencia de la Audiencia de Asturias, pero no tomó posesión hasta el 27 de mayo del siguiente año.

Como regente desempeñó las subdelegaciones anejas al cargo: la de todas las rentas de Asturias, la de la Real Renta de Lotería y la de Correos. Carlos IV, por decreto despachado en Aranjuez el 2 de febrero de 1808, nombró a Quílez para la plaza del Consejo Real, vacante por fallecimiento de Manuel del Pozo; y para la regencia que él ocupaba a José Pagola, que era regente de la Audiencia de Galicia.

Por el decreto imperial de 4 de diciembre de 1808, Napoleón destituyó a los consejeros de Castilla. El 8, fueron arrestados el decano Arias Mon y el fiscal Jerónimo Díez. Dos días más tarde, no obstante el decreto imperial, el Consejo de Castilla celebró una reunión a la que asistieron veinte miembros. Quílez no pudo hacerlo al no ser encontrado en su domicilio. Había huido a pie en dirección a Sevilla aquel día 4 a las seis de la mañana con su familia. Fue el primer consejero que se presentó en Sevilla a la Junta Central. La Junta Gubernativa decretó el 25 de junio de 1809 la creación del Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias, el denominado Consejo reunido, en lugar de los hasta entonces existentes Consejos de Castilla, Indias, Ó rdenes y Hacienda, y del que formó parte Quílez.

El Consejo de Regencia, por otro decreto de 21 de septiembre de 1810, reimplantó los antiguos Consejos, y el magistrado pasó a integrar el de Castilla. Las Cortes de Cádiz liquidaron el 17 de abril de 1812 los Consejos —entre ellos el de Castilla— y erigieron en su lugar el Supremo Tribunal de Justicia. Solamente dos exconsejeros de Castilla fueron nombrados a consulta del Consejo de Estado de 14 de mayo para el nuevo Tribunal: José María Puig y Antonio Ignacio de Cortabarría. Quílez pasó a tener la condición de cesante, conservando sus honores y percibiendo el mismo sueldo que tenía. Fue nombrado ese mismo año jefe político interino de Granada, empleo del que fue cesado por antiliberal el 14 de diciembre de 1813.

Cuando Fernando VII regresó del exilio dictó un decreto, el 4 de mayo de 1814, por el que repuso la situación al momento en que se encontraban antes de la llegada del intruso. Otro decreto del 27 del mismo restableció el Consejo de Castilla y días después se nombró presidente al duque del Infantado y a los veintitrés magistrados, entre los que no figuraba el murciano, de que se compondrá el restaurado Consejo.

El 20 de junio recurrió al Rey para solicitar su vuelta al asiento del Consejo de Castilla. La respuesta real fue negativa. A finales de octubre pidió Quílez nuevamente la restitución a su plaza del Consejo Supremo de Castilla. Se acordó que el regente en comisión de la Chancillería de Granada, José de Hevia, informara reservadamente sobre sus opiniones políticas mientras fuera jefe político de aquella provincia.

El regente informó, el 22 de marzo de 1815, de que Quílez había sido extremadamente desafecto al sistema constitucional, manifestando un afecto extraordinario al estado eclesiástico, al acompañarle siempre en sus paseos canónigos y religiosos. En su virtud, Fernando VII le concedió, el 12 de abril, las dos terceras partes del sueldo de 40.000 reales que en ese momento cobraban los consejeros en activo. Otra vez en septiembre volvió a solicitar la reposición en el Consejo Real, que le fue denegada.

Quílez, junto con Manuel Moxó y Cuadrado, coronel del Ejército, capitán de la brigada de carabineros y secretario militar del infante don Carlos, en representación del Ayuntamiento de Cieza, fueron recibidos en audiencia por Fernando VII el 19 de enero de 1815, al que besaron la mano y felicitaron por su restitución al Trono, también le agradecieron su benéfica resolución sobre que se construyera un canal en aquella villa, por cuyo medio las aguas sobrantes del Segura regaran sus terrenos.

Fernando VII le confió en 1816 una complicada e importante comisión. Para ello se trasladó a Aragón, donde permaneció por espacio de tres meses. El 9 de mayo de 1809, un grupo de vecinos de la villa de Caspe atacaron a la guarnición francesa que se hallaba todavía en el pueblo y mataron a tres enemigos. Las vicisitudes de la guerra dejaron indefensa la villa después de la derrota de Belchite, y el alcalde Mariano Serrano, junto con algunos individuos del Aayuntamiento y junta de gobierno, procedieron por orden del mariscal Suchet a averiguar quiénes fueron los autores de la “conmoción”. Más de treinta vecinos fueron apresados, enviados a Zaragoza y entregados al gobierno intruso. Unos se salvaron fugándose, otros fueron fusilados y el resto desterrados a Francia. Acabada la guerra, los que quedaron vivos, las viudas y huérfanos de las víctimas sacrificadas recurrieron al Rey pidiendo justicia. Fernando VII, por decreto de 17 de agosto de 1816, nombró a Quílez para que se trasladara sin pérdida de tiempo a la villa de Caspe, y allí sustanciara y determinara la causa en el plazo de tres meses. Quílez consultaría directamente al Rey la sentencia que dictara.

Para que el comisionado no hallara obstáculos en el desempeño de tal encargo, Fernando VII declaraba que podría conocer todos los incidentes de la causa, cualquiera que fuese el fuero de los acusados; para lo cual, y para que se verificara inmediatamente la prisión de éstos, sin comunicación en el castillo de Zaragoza, daría las oportunas órdenes al capitán general de Aragón, encargándole que los tuviera a su disposición. Los reos principales de la causa formada sobre los sucesos ocurridos en la villa de Caspe en 1809, y que fueron conducidos al castillo de Zaragoza, eran veintiuno.

Entre ellos estaba el alcalde de Caspe en aquel año, Mariano Serrano, y Manuel Albiac, Vicente Cortés, Lorenzo Villanova y Pedro Calvo.

El desarrollo de la anterior comisión mermó las fuerzas y salud del magistrado. Por ello solicitó permiso el 6 de junio para tomar las aguas de Sacedón, que le fue concedido. Nuevamente el mes de mayo del año siguiente reiteró la petición, a la que también accedió el Monarca. En septiembre obtuvo por última vez licencia para tomar las aguas de Ledesma.

Un hermano suyo, Juan Antonio, sería decano del Tribunal de la Rota.

 

Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Dirección General del Tesoro, invent. 16, g. 23, leg. 19; Archivo Histórico Nacional, Consejos, legs. 3.591 y 11.887; Estado, leg. 6.379; Ministerio de Justicia, Jueces y Magistrados, leg. 4.615/5.150.

Gazeta de Madrid, 9 de febrero de 1815; 29 de agosto de 1816; 17 de septiembre de 1816 y 30 de enero de 1817; G. Desdevises du Dezert, “Le Conseil de Castille en 1808”, en Revue Hispanique, XVII (1907), págs. 66-378; S. de Dios, Fuentes para el estudio del Consejo Real de Castilla, Salamanca, Ediciones de la Diputación, 1986; R. Gómez Rivero, El Ministerio de Justicia en España (1714-1812), Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1999.

 

Ricardo Gómez Rivero

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