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Jorge de Escobedo y Alarcón

Biografía

Escobedo y Alarcón, Jorge de. Jaén, 31.III.1743 – Madrid, 11.V.1805. Ilustrado, oidor, visitador general y superintendente de Perú.

Hijo de Jorge María Escobedo y Serrano, conde de Cazalla, brigadier de milicia y regidor perpetuo de Madrid, y de María Antonia de Alarcón y Montalbo. En 1771 se graduó de bachiller en Derecho Canónico y obtuvo una beca para estudiar leyes en el Colegio Mayor de Cuenca que estaba adscrito a la Universidad de Salamanca. En 1775 obtuvo los títulos de Derecho Civil y Canónico y de Historia y Bellas Letras. Opositó sin éxito a la cátedra de Filosofía Moral de la Universidad de Salamanca. Contrajo matrimonio con Gertrudis Velasco Plasencia y Arcos que ostentaba el título de señora de Pozuelo de Alarcón. El 25 de abril de 1776 obtuvo su primer cargo en la jurisprudencia al ser nombrado oidor de la Audiencia de Charcas por el Consejo de Indias. En vísperas de su partida, el 3 de diciembre de 1776 Carlos III, además, le otorgó el título de comisionado del corregimiento de Potosí y máximo responsable de la superintendencia del Banco de Azogueros, de la Casa de la Moneda y de la Hacienda Real de dicha villa minera. Todos estos encargos le convirtieron en un colaborador clave del visitador general de Perú José Antonio de Areche. Escobedo introdujo una serie de reformas económicas tras realizar una visita a todas las instituciones que estuvieron sometidas a su mando. Por disposición suya en 1779 el Banco de Rescates de Potosí fue incorporado en propiedad a la Corona. Tal disposición contribuyó a acabar con los fraudes cometidos por los administradores particulares. La Corona en premio por este logro le otorgó el título de caballero de la Real Orden de Carlos III. Otras medidas de su autoría fueron el establecimiento de una academia de minería cuyas ordenanzas redactó y la reforma de la mita minera con la extinción del cargo de capitán de mita cuyas funciones fueron transferidas al primer alcalde veedor. Su actuación no estuvo libre de tensiones, siendo público y notorio su enfrentamiento con el virrey de Buenos Aires, el marqués de Sobremonte, por asuntos de jurisdicción. Otro conflicto que debió enfrentar fue evitar que en su jurisdicción se extendiese la rebelión de Tupac Amaru II que estalló en el Cuzco en noviembre de 1780.

El 13 de septiembre de 1781, Carlos III le nombró visitador general de Perú, Chile y las provincias del Río de la Plata, sustituyendo en dicho puesto al controvertido José de Antonio de Areche, quien en 1778 había tenido un pleito de autoridad con el virrey Manuel de Guirior que supuso la destitución de este último. Las relaciones entre Areche y el nuevo virrey Agustín de Jáuregui no fueron cordiales y fue el ministro de Indias, José de Gálvez, quien decidió prescindir del visitador. Escobedo tomó posesión de su nuevo destino en Lima el 25 de junio de 1782 tras realizar el juramento prevenido ante Jáuregui. Su misión consistió en hacer cumplir el objetivo del reformismo borbónico de colocar en manos del Estado el sistema administrativo y económico del virreinato peruano. El 13 de abril de 1784, Escobedo asistió al relevo de Jáuregui por Teodoro de Croix y sus relaciones con este nuevo virrey fueron empeorando conforme fue cumpliendo su cometido ilustrado de reformar las instituciones clave de Perú.

La medida más importante dispuesta por el visitador Escobedo fue la introducción, en 1784, del sistema de intendencias en Perú que vino a reemplazar a los desprestigiados corregimientos. Se conformaron las intendencias de Lima, Tarma, Cuzco, Arequipa, Trujillo, Huancavelica, cada una a su vez divida en subdelegaciones, de acuerdo con la antigua demarcación territorial de las provincias. El propio Escobedo asumió el mando de la intendencia de Lima en su condición de superintendente general. Pese a los obstáculos y las resistencias que el nuevo régimen administrativo suscitó tanto por parte del virrey Croix como de los poderes locales, la actuación de los intendentes y subdelegados condujo al establecimiento de un régimen centralizado.

Con relación a la reforma económica del virreinato, Escobedo vio facilitada su labor al disponer la Corona que recayese bajo su jurisdicción la superintendencia de real hacienda que hasta entonces lo ejercía el virrey. Tal potestad le permitió realizar en 1784 una visita al tribunal de cuentas con el propósito de centralizar la contabilidad colonial y combatir el fraude. También pudo diseñar un plan para reformar todas las cajas reales bajo su control, haciendo especial hincapié en la reestructuración de las cajas de Lima y de Potosí, cuya aplicación permitió que las rentas aumentasen. Como complemento de lo anterior, dispuso la creación de la contaduría de azogues de Huancavelica para agilizar el manejo de los caudales. Poco después reformó la aduana de Lima y creó la de Arequipa. Otro de los rubros en que puso especial empeño fue en la redacción de un nuevo reglamento para el funcionamiento del real estanco del tabaco. También tomó importantes disposiciones en cuanto a la mejora de la recaudación del tributo indígena. Pero todas estas medidas que provocaron tensiones con los antiguos administradores se desactivaron después de que la Corona dispusiese el fin de la visita general de Escobedo por Real Orden de 24 de enero de 1785.

El 20 de octubre de 1785, Escobedo concluyó en Lima su encargo como visitador y sólo mantuvo el cargo de intendente de esta provincia. En cambio, el puesto de superintendente general de Real Hacienda retornó a manos del virrey. En 1788 volvió a España y fue ascendido a intendente del Ejército y de Real Hacienda. Entre 1792 y 1805 presidió la Sala Veintitrés del Supremo Consejo de Indias en Madrid.

Falleció en esta ciudad a los sesenta y dos años.

 

Obras de ~: Proyecto que sobre la extinción de repartos y modos de verificar los piadosos socorros que la generosa bondad del rey nuestro señor, quiere se franqueen a los indios, según lo dispuesto en la declaración séptima de la nueva real instrucción de intendentes, Lima, Imprenta Real de la calle Concha, 1784; Manifiesto de las razones en que está fundado cada uno de los artículos de la nueva ordenanza de intendentes de Indias, E. Martire (ed.) Buenos Aires, Imprenta Universitaria, 1983.

 

Bibl.: G. Céspedes del Castillo, “La visita como institución indiana”, en Anuario de Estudios Americanos (Sevilla), vol. III (1946), págs. 984-1025; C. Deustua Pimentel, Las intendencias en el Perú (1790-1796), Sevilla, Escuela de Estudios Hispano- Americanos, 1965; A. Moreno Cebrián, “Un intento de restaurar los repartos de mercancías a los indios del Perú: D. Jorge de Escobedo y Alarcón”, en Historia y Cultura (Lima), n.º 10 (1978), págs. 119-134; J. Fisher, Gobierno y sociedad en el Perú colonial: el régimen de las intendencias, 1784-1814, Lima, Pontifica Universidad Católica de Perú, 1981; R. Contreras (ed.), Relación y documentos de gobierno del virrey del Perú Agustín de Jáuregui y Aldecoa (1780-1784), Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), 1982; M. F. Lang, “El derrumbe de Huancavelica en 1786. Fracaso de una reforma borbónica”, en Histórica (Lima), vol. X, n.º 2 (1986), págs. 213-226; R. Escobedo Mansilla, “La visita general durante el reinado de Carlos III. Estudio comparativo”, en Revista Chilena de Historia del Derecho (Santiago) (1987), págs. 315-327; S. Fernández Alonso, “Un caso de represión del fraude en la real renta de tabacos de Lima durante el período reformista”, en Boletín del Instituto Riva Agüero (Lima), n.º 17 (1990), págs. 401-410; S. Fernández Alonso, Presencia de Jaén en América: la visita general de Jorge Escobedo y Alarcón al virreinato del Perú en el siglo xviii (1782-1788), Jaén, Diputación Provincial, 1991.

 

Víctor Peralta Ruiz