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Alfonso García-Gallo y de Diego

Biografía

García-Gallo y de Diego, Alfonso. Soria, 5.I.1911 – Madrid, 21.XII.1992. Catedrático, académico e investigador de Historia del Derecho.

Nacido de familia de doble tradición castrense y académica —su abuelo Juan José García fue un ilustre general y humanista soriano, y su tío Vicente García de Diego, académico de la Real Academia Española—, García-Gallo estudió Derecho en las Universidades de Barcelona y Madrid, e Historia en la de Valencia.

A los veinticuatro años era catedrático de Historia del Derecho en Murcia, de donde pasó a Valencia y a Madrid, ciudad en cuya Universidad obtuvo también la cátedra de Historia de las Instituciones Civiles y Políticas de América.

De vocación estrictamente universitaria y científica, su vida se proyectó a la docencia, la investigación y la formación de discípulos, tanto en España como en América. Los cargos que desempeñó fueron siempre académicos y científicos, destacando entre ellos la dirección del Instituto de Derecho Comparado de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, la Secretaría General del Instituto Nacional de Estudios Jurídicos y la dirección del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano. Fue académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y de la Academia Portuguesa de la Historia, así como correspondiente de las Academias de la Historia de Argentina, Venezuela y Chile. Doctor honoris causa por la Universidad Complutense, por la de Coimbra y por las de Buenos Aires y Católica de Chile, fue Premio Ricardo Levene, siendo también distinguido con las Grandes Cruces de Isabel la Católica, Alfonso X el Sabio, Collar de la Orden de Andrés Bello, etc.

En su obra científica, sobresaliente en calidad y cantidad, se cuentan varios manuales y libros de texto, otros varios libros y numerosas monografías. Como rasgos comunes de los miles de páginas escritas sobre Historia del Derecho, cabe señalar su pulcritud científica, la amplitud temática y un espíritu crítico e inconformista que le ha llevado con frecuencia a disentir de tesis que habían sido defendidas como verdades inconcusas por especialistas y estudiosos. En esa obra científica, no obstante su variedad, es de advertir una preferente atención a tres campos: el de la metodología y los del Derecho Medieval e Indiano.

Respecto a las cuestiones metodológicas, en 1934, con sólo veintitrés años, publicó en colaboración con Román Riaza un Manual de Historia del Derecho español.

Poco después, dio a la luz una Historia del Derecho español, y luego un Curso de Historia del Derecho español que se convirtió durante dos décadas en el catecismo de generaciones de universitarios. Finalmente, tras el giro metodológico que protagonizó en los años cincuenta, defendiendo frente a la orientación histórica la jurídica en la investigación de la disciplina, publicó en 1959 un Manual de Historia del Derecho español, con dos tomos de texto y fuentes, que ha sido juzgado como “la más importante contribución que jamás haya sido hecha a la ciencia de la Historia del Derecho español” (J. Orlandis). Por lo demás, estos libros de texto fueron acompañados de algunos artículos explícitamente dedicados a la metodología histórico-jurídica, y de una innovadora monografía sobre la Metodología de la Historia del Derecho Indiano.

En lo relativo al Derecho Visigodo, ya en 1941 publicó uno de sus estudios más novedosos, Nacionalidad y territorialidad del Derecho en la época visigoda, donde frente a la tesis común de la personalidad de los códigos visigodos de Eurico, Alarico y Leovigildo (aplicables así a godos o a romanos), defendió su vigencia territorial y general. Más de treinta años después, en 1974, otro estudio suyo, Consideración crítica de los estudios sobre la legialación y la costumbre visigoda, puso en duda otras cuestiones fundamentales y tenidas hasta entonces como seguras: que Eurico hubiera sido el autor del código que lleva su nombre, y la existencia misma del código de Leovigildo.

En el campo del Derecho Medieval los trabajos de García-Gallo son abundantes y de muy diversa temática.

Aparece, en los planteamientos generales, con su crítica a la dominante interpretación del carácter germánico del Derecho Medieval Español, mantenida en España (Hinojosa) y en el extranjero (Ficker), lo que llevó a cabo en un artículo titulado “El carácter germánico de la épica y del Derecho en la Edad Media española”. En este mismo terreno de la naturaleza del Derecho Medieval, cabe registrar su Aportación al estudio de los Fueros, que constituye una clarificadora interpretación de lo que fue el Derecho Medieval en su conjunto, de la persistencia del código visigodo Liber Iudiciorum y de cómo, al margen de ese código, los fueros constituyen una derivación de las fazañas o sentencias dictadas por los jueces conforme al libre albedrío.

Por otra parte, del régimen político medieval castellano se ocupó en un trabajo, El imperio medieval español, en el que matiza la atribución de imperator a diversos reyes castellanos, mientras que del aragonés estudió el régimen de la sucesión al trono. A estas indagaciones sobre la naturaleza del Derecho Medieval, hay que añadir el estudio particularizado de distintos Fueros (el de León; los de Medinaceli, Llanes, Benavente y Toledo), o el análisis del Derecho Eclesiástico que llevó a cabo en su fundamental estudio del Concilio de Coyanza. Se ocupó asimismo del prestimonio agrario medieval (El hombre y la tierra en la Edad Media leonesa), o de diversos temas de Derecho Privado como el derecho de propiedad, la sucesión mortis causa, la evolución de la condición de la mujer o el cotejo de los testamentos romano y medieval.

Mención muy especial merecen sus revolucionarios trabajos sobre la obra legislativa de Alfonso X el Sabio, que ocuparon a García-Gallo a lo largo de tres décadas. Tras una aproximación en 1952 sobre el Libro de las Leyes de ese Monarca, publicó trece años después un trabajo sobre Los enigmas de las Partidas, poniendo de manifiesto el raro fenómeno de que un mismo Monarca fuera autor de tres códigos extensos y distintos. A la resolución de ese enigma trató de responder él con otros estudios (en especial el titulado La problemática de la obra legislativa de Alfonso X), que cuestionaron que las Partidas fueran de Alfonso X, poniendo así en duda la paternidad del más importante código de la Historia del Derecho Español.

En cuanto al tercer campo de sus dedicaciones preferentes, el del Derecho Indiano, baste decir que lo escrito sobre ello ronda las tres mil páginas. Al compás de la labor que llevó a cabo en el Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano, García-Gallo publicó un amplio e importante conjunto de trabajos, del que cabe destacar el monumental análisis de las bulas de Alejandro VI —que legitimaron la presencia de España en América— o la publicación facsimilar del Cedulario de Encinas, amén de otros trabajos sobre la organización territorial de las Indias, Capitanías y Audiencias, etc., donde además esclarece las correspondientes instituciones españolas que allí fueron tomadas como modelo.

Tan amplia y fecunda labor investigadora, y la dedicación permanente a la Universidad y a sus discípulos, han convertido a García-Gallo en el referente central de la moderna Historia del Derecho Español. Su última obra, en la que había trabajado medio siglo y que se publicó incompleta a su muerte, fue un Atlas histórico-jurídico, que recoge una amplia selección de láminas sobre temas histórico-jurídicos. Constituye así, aunque inconcluso, un compendio de la admirable sabiduría del maestro.

 

Obras de ~: con R. Riaza, Manual de Historia del Derecho español, Madrid, Librería General de Victoriano Suárez, 1934-1935; Tratado de Historia del Derecho español, Madrid, Gráfica Administrativa, 1943-1948 (3.ª ed. corr. y aum.), 2 vols.; Lectura de textos jurídicos. Orientaciones para su práctica, Madrid, AGESA, 1954; Curso de Historia del Derecho español, Madrid, Gráfica Administrativa, 1956 (6.ª ed.), 2 vols.; Metodología de la Historia del Derecho indiano, Santiago de Chile, Editora Jurídica de Chile, 1970; Estudios de Historia del Derecho Indiano, Madrid, Instituto Nacional de Estudios Jurídicos, 1972; con M. Á. Pérez de la Canal (eds.), Libro de las bulas y pragmáticas de los Reyes Católicos, Madrid, Instituto de España, 1974; Estudios de Historia del Derecho privado, Sevilla, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Sevilla, 1982; Manual de Historia del Derecho español, Madrid, 1984 (10.ª reimpr.), 2 vols.; (ed.), Los orígenes españoles de las instituciones americanas, Madrid, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, 1987; El Cedulario de Encinas. Estudios e índices, Madrid, Ediciones de Cultura Hispánica-Agencia Española de Cooperación Internacional, 1990; Atlas histórico-jurídico, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México, 1997.

 

Bibl.: M. Á. Pérez de la Canal, “Semblanzas: Alfonso García- Gallo de Diego”, en el Anuario de Estudios Medievales, 5 (1968), págs. 673-679; Fr. J. López Ortiz, “Alfonso García- Gallo y de Diego”, en Anuario de Historia del Derecho Español (AHDE), 50 (1980), págs. VII-XV; J. A. Escudero, “En memoria del Excmo. Sr. D. Alfonso García-Gallo y de Diego”, en Anales de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, 23 (1993), págs. 285 y ss.; J. Martínez Gijón, “Alfonso García-Gallo de Diego (Soria, 5 de enero de 1911-Madrid, 21 de diciembre de 1992)”, y M.ª del Refugio González, “Alfonso García-Gallo como historiador del Derecho indiano”, en AHDE, 63-64 (1993-1994), págs. 1381-1392, y págs. 1393- 1399, respect.; [“Alfonso García-Gallo”] en Anales de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, t. 23, 1993, págs. 285 y ss.; G. Villapalos, “Memoria de un maestro”, I. Sánchez Bella, “García-Gallo y el Derecho Indiano”, y E. Martiré, “Alfonso García-Gallo y el Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano”, en VV. AA., Homenaje al profesor Alfonso García-Gallo, vol. I, Madrid, Universidad Complutense, 1996, págs. 11 y ss.; págs. 165-177, y págs. 69-88 y ss., respect.; J. A. Escudero, “Alfonso García-Gallo y el Derecho Indiano”, en Administración y Estado en la España Moderna, Valladolid, Junta de Castilla y León, Consejería de Cultura y Turismo, 1999, págs. 571 y ss.; “Alfonso García-Gallo”, en R. Domingo (ed.), Juristas universales. 4. Juristas del s. XX, Madrid, Marcial Pons, 2004, págs. 600-606; http://www.ucm.es/ info/hisdere/maestros/ggallo/curric 3.htm.

 

José Antonio Escudero López

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