Díez de Medina, Francisco Tadeo. La Paz (Bolivia), 1738 – Santiago de Chile (Chile), 10.VIII.1803. Oidor de Audiencia.
Nació en el seno de una acaudalada familia de Charcas, como hijo legítimo que era del maestre de campo Andrés Díez de Medina y de Nicolasa Vidangos, ambos naturales de La Paz. Fue colegial del Real de San Juan Bautista de La Plata, donde estudió Artes y ambos Derechos, graduándose de doctor en Cánones y Leyes por la Universidad de San Francisco Javier de La Plata, en la cual fue pasante de Latinidad y Artes.
Después de ser recibido como abogado por la Real Audiencia de Charcas (9 de enero de 1759), se dedicó al ejercicio de la abogacía en su ciudad natal y sirvió una serie de oficios de justicia y empleos concejiles.
Fue procurador de pobres del distrito de la Audiencia de Charcas (1759), defensor de menores de la ciudad de La Paz (1760), asesor del cabildo secular de La Paz, auditor de guerra de las milicias de La Paz (15 de enero de 1763) y corregidor interino de la misma ciudad (16 de septiembre de 1763), pero habiéndose producido graves disturbios en el cabildo de la ciudad el día 1 de enero de 1764 con ocasión de la elección de sus miembros, en las que intervino Díez de Medina, se elevaron reclamaciones ante el virrey de Lima y allí se ordenó investigar su nombramiento como corregidor interino, comprobándose, a juicio del virrey, que en realidad había comprado dicho empleo a su titular, y, por tal razón, en decreto fechado en Lima el 16 de marzo de 1764, se declaró que tanto el corregidor Pinedo como Díez de Medina habían cometido “gravísimo delito” condenándoles en privación del oficio y de cualesquier otros y aplicando a penas de cámara los 4.000 pesos pagados por Díez de Medina, más otros 2.000 de multa; posteriormente el virrey Amat, por decreto de 20 de octubre de ese mismo año, ordenó suspender el cobro de las multas.
Más tarde fue designado asesor general de la curia eclesiástica de La Paz (17 de enero de 1765), y luego fue elegido regidor del cabildo de la ciudad (5 de noviembre de 1773), desempeñándose también como director de la Junta de Temporalidades de los jesuitas expulsos de La Paz, visitador del hospital real, alcalde de primer voto de La Paz (1 de enero de 1777) y, finalmente, fue comisionado por la comandancia general del virreinato de Buenos Aires para el conocimiento, sustanciación y fenecimiento de la causa incoada contra los principales reos de la sublevación de la provincia de La Paz encabezada por Tupac Amaru.
Por Real Provisión fechada el 22 de agosto de 1779 se le libró título de oidor de la Real Audiencia de Santiago de Chile, pero no se dirigió de inmediato a tomar posesión de su plaza, porque el presidente de la Real Audiencia de Charcas, Ignacio Flórez, le había nombrado para el conocimiento, sustanciación y determinación de las causas de Miguel Bastidas y sus socios aprehendidos en el Santuario de las Peñas, provincia de Omasuyos, y por decreto de 14 de agosto de 1782 el referido presidente le comunicaba que remitía los expedientes tramitados: “Para que Su Señoría en continuacion de los servicios que ha hecho al estado y a la patria los sentencie, agregando la causa de Bartola Sisa mujer del rebelde Julian Apaza, pronunciando la que convenga en justicia y excluyendo la que pudiera recaer sobre el referido Bastidas por convenir pase a la ciudad de Buenos Aires a disposicion del Excmo. Sr.
Virrey”. En cumplimiento de este mandato dictó sentencia en la ciudad de La Paz el día 5 de septiembre de 1782, incluyendo en ella nueve capítulos dirigidos a: “Prevenir los antidotos precautorios de mi cortedad y consolidar en lo futuro la publica tranquilidad y obediencia, se indican en esta sentencia para que siendo del agrado del MYSP y aprovacion del Excmo.
Sr. Virrey de Buenos Aires se reduscan a la práctica, invigilandose por los respectivos Gefes y Ministros en la debida observancia”.
Concluida la comisión anterior se dirigió al reino de Chile y tomó posesión de su plaza de oidor el día 10 de marzo de 1783, donde despachó en su oficio, con algunos intervalos, hasta su muerte.
En 1785 solicitó licencia para regresar a la ciudad de La Paz a atender negocios de familia. El Consejo solicitó el parecer del virrey de Buenos Aires y éste informó: “Que no convenía la residencia de Medina en La Paz, porque con su genio orgulloso impediría indiscretamente el nuevo sistema de gobierno que se establecía”. Por esta razón no sólo le fue negada la licencia sino que además, por Real Orden reservada dirigida al presidente Benavides, el 5 de octubre de 1789: “Se le encargó al Presidente de Chile que vigilase su conducta”, quien en cumplimiento de esta orden propuso al Consejo de Indias que: “A Medina se le trasladase a la Audiencia de Lima, pues habiendo observado su conducta con desconfianza y cautela, advertía vehemencia de genio, cavilosidad, e inclinación a competencias”. Con estas consideraciones, por Real Orden de 20 de mayo de 1790 se “previno de nuevo al Presidente que si las operaciones de Medina no fuesen conforme a sus deberes le procesase y diese cuenta; y a éste se le reprendió conminándole con privación del empleo, si no se enmendaba”.
En el mes de junio de 1792 el gobernador O’Higgins salió de la ciudad de Santiago rumbo a la frontera, y dejó el mando en manos de Díez de Medina en calidad de decano entregándole unas instrucciones para el gobierno interino, ante lo cual protestó enérgicamente el oidor e hizo caso omiso del instructivo. A su regreso de la Frontera, el gobernador escribió a la Corte el 18 de junio y el 17 de octubre de 1793 quejándose “de la extraña conducta del expresado oidor”.
La Corona, por Real Orden fechada en San Lorenzo el 6 de octubre de 1794, mandó que Medina usare cuanto antes de licencia: “Para pasar a la ciudad de La Paz, su patria, permaneciendo en ella aun cuando se cumpla el año porque se le concedió la expresada licencia, bajo el concepto de que S. M. se la prorroga hasta que se verifique la vacante proporcionada en otro tribunal, todo con el objeto de que no vuelva más a Chile.” En dicha conformidad salió Medina del puerto de Valparaíso el 16 de junio de 1796 en el paquebote San Antonio, pero como a la salida de la rada éste naufragó, hubo de embarcar en la fragata La Aurora, para finalmente arribar a La Paz el 28 de septiembre de 1796. La Corona, en la precitada Real Orden, le advertía: “Cuide de evitar se repitan los disgustos que se han notado en Chile, en el nuevo destino o traslación a otro tribunal”.
Por otra Real Orden fechada el 7 de julio de 1797 se le mandó regresar a servir su plaza en Chile ofreciéndole ascenso a México y Lima, y por Real Orden fechada el 18 de enero de 1798 se había dispuesto que cumplidos los dos años de su licencia se restituyera a su plaza en Santiago ordenándose abonarle la mitad de su sueldo y reintegrarle todo lo que se le hubiere retenido, y por otra Real Orden fechada el 30 de enero de 1798 se dispuso que se le abonaren sus sueldos íntegros.
Ante la decisión anterior, el ya anciano oidor señalaba: “Que no le conviene su traslación a México por la grande distancia, ni a Lima, porque allí residen sus mayores enemigos, el Virrey O’Higgins y el asesor Rozas, que le persiguieron en Chile”, y solicitaba plaza supernumeraria del Consejo de Indias. Sobre consulta del 26 de enero de 1800 se negó esta petición y se le conminó a marchar de inmediato a Chile para reasumir su plaza de oidor. Llegó a Santiago el 31 de diciembre de 1801, incorporándose el mismo día en calidad de oidor decano, y como la Audiencia se hallaba gobernando, asumió como presidente, gobernador y capitán general interino del reino, por promoción del titular Joaquín del Pino al virreinato del Perú, y despachó en estos empleos hasta que entregó el mando al propietario Luis Muñoz de Guzmán el 30 de enero de 1802.
En marzo de ese mismo año enfermaba de cuidado, producto de haber caído accidentalmente al entrar en la calesa, y desde febrero del año siguiente se encontraría semiparalítico y gravemente afectado de viruela, por lo que ya no concurriría al tribunal, y por esta razón el 6 de mayo se nombró en calidad de cojuez para suplir su ausencia al doctor Nicolás José de Gandarillas.
El 5 de enero de 1803 solicitó que se le jubilara, pero no alcanzó a obtener el retiro, pues murió algunos meses después, tras haber ido a Santa Cruz “a tomar aires puros y frescos”.
Fuentes y bibl.: Archivo Nacional Histórico de Chile, Capitanía General, 633, 747; Real Audiencia, 3138, 3239; Notarios de Santiago, 14; Archivo Histórico de la Ciudad de La Paz, Exps. coloniales, cajas 85, 87, 107, 137, 144, 148; Donación María Eugenia Siles, caja 3, folder 9.
J. T. Medina, Diccionario biográfico colonial, Santiago de Chile, Imprenta Elzeviriana, 1906, pág. 243; A. Ballesteros y Beretta, Historia de España y su influencia en la historia universal, vol. V, Barcelona, Salvat, 1949; H. Klein, “The Structure of the Hacendado Class in Late Eighteenth-Century Alto Perú: The Intendencia de La Paz”, en Hispanic American Historical Review, 60-62 (1980), pág. 202; M. A. Burkholder y D. S. Chandler, Biographical Dictionary of Audiencia Ministers in the Americas, 1687-1821, Westport, Greenwood Press, 1982, págs. 101-102; De la impotencia a la autoridad, México, Fondo de Cultura Económica, 1984, págs. 278 y 328.
Javier Barrientos Grandon