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Ibn Sahl

Biografía

Ibn Sahl: Abū-l-Aṣbag ‛Īsà b. Sahl b. ‛Abd Allāh al-Asadī. Wādī ‛Abd Allāh. Jaén, 413 H./6.IV.1022-25.III.1023 C. – Granada, 4 de muḥarram de 486 H./4.II.1093 C. Jurista y cadí musulmán.

Ibn Sahl nació en la provincia de Jaén, en el distrito de Wādī ‛Abd Allāh o Guadalbullón, situado en la orilla derecha de dicho río. Pertenecía a una familia con tradición en el ámbito de las funciones religiosas, pues su padre, Sahl b. ‛Abd Allāh al-Asadī (m. 440/1048-1049), dirigía la oración y el sermón del viernes en la mezquita de Ḥiṣn al-Qal‛a, localidad que algunos autores identifican con La Guardia. Continuando el ejemplo paterno, Ibn Sahl se integró en el colectivo de hombres de religión, adquiriendo una sólida formación jurídica gracias a las enseñanzas recibidas de destacados sabios de su época, en especial los cordobeses Muḥammad b. ‛Attāb y Abū ‛Umar b. al-Qaṭṭān, lo cual explica sus vastos conocimientos, ampliamente ponderados por los autores de los diccionarios biográficos, quienes emplean los términos más elogiosos al referirse a su calidad profesional y su categoría como jurista. Siguiendo la tendencia dominante en su época, toda su formación la adquirió en al-Andalus, no llevando a cabo ningún viaje de estudios a los centros orientales del saber islámico.

Su trayectoria profesional fue larga y se caracterizó, sobre todo, por una amplia movilidad, que le llevó a recorrer diversas zonas de al-Andalus. Ello, junto a su destacada producción escrita, obliga a considerarlo uno de los juristas más importantes de su época. A través del análisis de su propia recopilación jurídica sabemos que su carrera se inicia en su territorio originario, Jaén, desempeñando antes del año 444/1052-1053 el cadiazgo en Baeza, Somontín y Tíscar, que en esta época estaban bajo el dominio de la taifa almeriense. A partir de esa fecha estuvo en Córdoba, donde estudió junto a Ibn ‛Attāb, por entonces cabeza del consejo consultivo o šūrà, máxima magistratura islámica colegiada, encargada de asesorar al soberano en cuestiones jurídicas. Tras un breve paréntesis en Toledo (año 455/1063), donde ejerció como secretario del cadí Ibn al-Ḥaššā’, volvió a la capital cordobesa, ocupando el puesto de secretario del jefe de la policía y del zoco, Muḥammad b. al-Layt b. Ḥarīš, y posteriormente integrándose en la šūrà, entre 460-464/1068-1072. Tras esta etapa cordobesa, se inicia otra fase en su trayectoria en el Norte de África, a donde se traslada convocado por el señor de Ceuta, Suqūt al-Bargawāṭ, ejerciendo la docencia y desempeñando diversos puestos en Ceuta, Tánger y Meknés.

La última parte de su trayectoria profesional transcurrió en Granada, ciudad de la que fue nombrado cadí por el emir ‛Abd Allāh en 482/1089, si bien no tuvo mucho tiempo de ejercer el cargo, ya que la llegada de los almorávides transformó por completo la realidad política andalusí. Siendo la máxima autoridad jurídica de la ciudad, participó activamente en las negociaciones que condujeron al derrocamiento de ‛Abd Allāh (8 de septiembre de 1090), luego deportado a Marruecos por los almorávides. En su autobiografía, el emir granadino se queja del comportamiento de Ibn Sahl, al que acusa de haberse pasado al bando almorávide y de informar a su emir de las dificultades internas por las que él atravesaba. Sin embargo, Ibn Tašufīn no confiaba en Ibn Sahl, siendo depuesto de su cargo bajo el pretexto de que sus sentencias eran demasiado duras. Poco tiempo después murió, a edad avanzada, setenta años, el 4 de muḥarram de 486/4 febrero 1093.

De su producción escrita solo nos ha quedado una amplia recopilación de dictámenes y opiniones jurídicas citada con distintos títulos en las fuentes pero conocida habitualmente como al-Aḥkām al-kubrà. Se trata de una de las más importantes obras de su género producidas en al-Andalus, a lo que se añade su antigüedad. Según indica el propio autor, comenzó a escribirla el 12 de julio de 1079, siendo terminada un año después, el 11 de julio de 1080. Se trata, pues, de una obra escrita en su madurez y que, por lo tanto, recoge todo el caudal de sus experiencias acumuladas durante su carrera profesional. Buenas pruebas de su importancia son su uso como fuente de autoridad por juristas posteriores y el relativamente elevado número de manuscritos que se conservan dieciséis, el más antiguo de ellos fechado en 1127. Su importancia es extraordinaria, desde distintos puntos de vista, tanto por la procedencia de sus materiales como por su contenido, lo que justifica que haya sido objeto de una amplia atención por los especialistas, sobre todo la medievalista y arabista francesa C. Mazzoli-Guintard. Asimismo, existen varias ediciones parciales y una completa, publicada en dos volúmenes en Riyad en 1997.

En efecto, uno de los elementos más relevantes radica en las fuentes usadas por Ibn Sahl para realizar su compilación, entre las cuales destaca la obra realizada por Ibn Ziyād (m. 924), que ejerció el cadiazgo en Córdoba en dos ocasiones durante el primer cuarto del siglo X. Este cadí fue el primero que ordenó que las fetuas fuesen puestas por escrito, ordenando, además, que fuesen compiladas en una obra que denominó al-Aḥkām. De esta forma, Ibn Sahl nos transmite en su obra casos jurídicos de dos procedencias. Primero, los procedentes de dicha obra, en la que figuran las opiniones de prominentes juristas cordobeses del siglo IX, tales como ‛Ubayd Allāh b. Yaḥyà, Ayyūb b. Sulaymān, Ibn Walīd o Ibn Lubāba. En segundo lugar dictámenes y fetuas vinculados a su propia experiencia profesional, es decir, correspondientes a casos en los que él mismo participó como secretario de juzgado o alfaquí miembro del consejo consultivo.

El contenido de la obra es, asimismo, de un gran interés, en primer lugar debido a que se adscribe al género denominado nawāzil, que se refiere a casos realmente sucedidos, lo que incrementa su interés como fuente histórica frente a otra clase de obras jurídicas de índole más marcadamente teórica. Asimismo, abarca un gran número de aspectos de temática social y jurídica que nos suministran una valiosa información sobre realidades poco o nada reflejadas en otras fuentes. Está dividida en veinte capítulos temáticos, que tratan los siguientes temas: sobre las sentencias y los decretos y diferencias entre cadíes y magistrados; sobre los dichos y testimonios; sobre y el testimonio por escrito; juramentos; el juramento con un único testimonio; sobre la incapacidad jurídica; tutela de los huérfanos y sus bienes; esclavitud; matrimonio; tutela de los menores; divorcio; juramentos por Dios y perjurio; ventas; defectos en los objetos vendidos; juicios por contumacia; sentencias y testimonios; reconocimiento; derecho de retracto; sobre los bienes susceptibles de división; limosnas y donaciones; legados píos y administración del mercado. De esta forma, bajo el formato de obra de jurisprudencia se nos presenta una ingente cantidad de información relativa a aspectos de organización social, regulación de las actividades económicas, urbanismo, etc. Cada documento jurídico suele constar de una exposición de los hechos, la consulta del cadí a los muftíes, sus correspondientes respuestas y, a veces, la sentencia judicial, así como un comentario crítico del propio Ibn Sahl.

 

Bibl.: F. Pons Boigues, Ensayo bio-bibliográfico sobre los historiadores y geógrafos arábigo-españoles, 800-1450, Madrid, Tip. de S. Francisco de Sales, 1898, pág. 160; El Azzemouri, “Les Nawāzil d’Ibn Sahl. Section relative a l’iḥtisāb”, en Hespéris-Tamuda, XIV (1973), págs. 7-107; R. Daga Portillo, “Aproximación a la obra al-Aḥkām al-kubrà del cadí ‛Īsà ibn Sahl”, en Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos, 37 (1987), págs. 237-249; L. F. Aguirre de Cárcer, “Sobre el ejercicio de la medicina en al-Andalus: una fetua de Ibn Sahl”, en Anaquel de Estudios Árabes, 2 (1991), págs. 147-162; R. Daga Portillo, “Crítica y política en los Aḥkām al-kubrà de Ibn Sahl”, en Boletín de la Asociación Española de Orientalistas, XXVIII (1992), págs. 159-165; M. Fierro, “El proceso contra Ibn Ḥātim al-Ṭulayṭulī (años 457/1064-464-1072)”, en Estudios Onomástico-Biográficos de al-Andalus, ed. de M. Marín, VI, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1994, págs. 187-215; R. Pinilla Melguizo, “Jurisprudencia y ciudad, Notas sobre toponimia y urbanismo en la Córdoba altomedieval extraídas de Al-Aḥkām al-kubrā de Ibn Sahl (siglo XI)”, en I Congreso internacional: las ciudades históricas, patrimonio y sociabilidad, Córdoba, Cajasur, 2000, págs. 559-574; C. Mazzoli-Guintard, Vivre à Cordoue au Moyen Âge. Solidarités citadines en terre d’Islam aux Xe-XIe siècles, Rennes, Presses Universitaires de Rennes, 2003, págs. 41-64.

 

Alejandro García Sanjuán

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