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Sancho Fernández de Córdoba y Rojas

Biografía

Fernández de Córdoba Rojas, Sancho. ?, f. s. xiv – Córdoba, 15.VI.1454. Obispo de Astorga y de Córdoba, embajador y consejero de Juan II.

Hijo de Diego Fernández de Córdoba, mariscal de Castilla, alguacil mayor de Córdoba y primer señor de Baena y Cabra, y de su primera mujer Sancha de Rojas, señora de Pozas. Aunque no se sabe exactamente cuándo y dónde nació, sí que recibió una esmerada educación, estudiando durante cinco años Gramática y Lógica en Valladolid. En 1408 era ya bachiller en Decretos y titular de la abadía burgalesa de Salas, y desde 1418 cubiculario del papa Martín V; un año después es maestrescuela de Sevilla, y en 1423 accede primero al arcedianato de Niebla y después a la silla episcopal de Astorga, dignidad de la que disfrutará hasta 1440.

No son muchos los datos que se tienen de su actividad como obispo de Astorga, pero sí se sabe de su protagonismo en la importante concordia que la Iglesia asturicense estableció en 1432 con el concejo y regimiento de la ciudad, en virtud de la cual le era reconocido al cabildo catedralicio una participación activa y muy lucrativa en la gestión de la Hacienda municipal. El ascendiente que ya por entonces ejercía el obispo sobre la persona del Rey debió de contribuir, sin duda, a que Juan II confirmara en 1436 los derechos del cabildo establecidos cuatro años antes.

Ese ascendiente sobre el Monarca explica que, siendo obispo de Astorga, ejerciera misiones diplomáticas, en nombre del Rey en los reinos peninsulares de Navarra y Aragón y, sobre todo, en Inglaterra, adonde viajó en 1430 en compañía de fray Juan del Corral y Pedro Carrillo de Toledo para negociar la firma de una tregua indefinida. No eran éstas las primeras experiencias diplomáticas del obispo. Coincidiendo con el inicio de su pontificado asturicense, en los años 1423 y 1424, había acompañado al arzobispo de Toledo, Juan Martínez de Contreras, a la sede conciliar de Siena, donde el papa Martín V intentaba consolidar posiciones sobre la base de tímidas reformas, finalmente pospuestas para una próxima convocatoria en Basilea.

En realidad, el elevado grado de compromiso político del obispo, alineado en las tesis nobiliarias contrarias al “centralismo” lunista, le impidieron ejercer una notable acción pastoral. En 1431 presidía el Consejo Real en Córdoba, en tanto Juan II se hallaba ocupado en una significativa ofensiva desplegada contra el emirato de Granada. Se sabe que, además de consejero real, fue oidor de la Audiencia y probablemente capellán real. Es precisamente su notable actividad política lo que, casi con toda seguridad, le llevó a excusarse de participar en 1438 en la delegación castellana que asistió al concilio de Ferrara.

En abril de 1440, Sancho de Rojas es designado obispo de Córdoba. Sus fuertes compromisos políticos fueron entonces servidos desde la mitra cordobesa.

Así, entre 1441 y 1444 colaboró activamente en la causa de los infantes de Aragón alineándose con Enrique en su intento de someter Andalucía a sus designios partidarios. Para ello no dudó en enfrentarse a destacados miembros de su propio cabildo catedralicio, e incluso a decretar el entredicho sobre la ciudad de Córdoba en 1444. El cabildo apeló al arzobispo de Toledo, a cuya Provincia eclesiástica pertenecía la diócesis de Córdoba, y el entredicho fue suspendido. La “restauración monárquica que normalmente se asocia a la simbólica batalla de Olmedo de 1445 tuvo malas consecuencias para el obispo cordobés que, en aquel año, vio cómo sus rentas le eran secuestradas por orden de Juan II y atribuidas en administración provisional al más destacado de sus oponentes capitulares, Pedro de Córdoba y Solier, arcediano de Castro. Éste, en efecto, junto con el chantre, Fernando Ruiz de Aguayo, constituían la voz en el cabildo del señor de Aguilar, Pedro Fernández de Córdoba, que, a su vez, era el gran valedor de la causa del condestable Álvaro de Luna en la capital andaluza”.

Parece que, a partir de 1446, el obispo Sancho de Rojas se apartó de la directa lucha partidaria, sin que ello contribuyera lo más mínimo a la pacificación de la ciudad, entregada durante todo su pontificado al enfrentamiento de facciones y el bandidaje urbano.

Fruto del mismo fue el asalto y probable incendio del palacio episcopal por parte de Pedro Fernández de Córdoba hacia 1453, lo que le supuso sentencia de excomunión —anulada luego por el arzobispo de Toledo, Alfonso de Carrillo— y una multa de 85.000 maravedís.

Al margen de actuaciones políticas, el obispo de Córdoba fue un eficaz defensor del patrimonio de su Iglesia y de los derechos y rentas por ella percibidos.

En este sentido, y en lo que respecta al tema clave de la recaudación diezmal, protegió la normal percepción de rentas obteniendo en 1444 una Bula del papa Eugenio IV, en virtud de la que quedaba reservada a la Sede Apostólica cualquier apelación que, en materia de diezmos, se hiciera contra el obispo y su cabildo, y es que la experiencia decía al prelado cordobés que las apelaciones ordinarias al metropolitano de Toledo con frecuencia contrariaban sus iniciativas. No contento con ello, Sancho de Rojas, entre 1447 y 1448 y más tarde en 1454, obtuvo también cartas del rey Juan II por las que quedaban protegidos los derechos fiscales de la Iglesia cordobesa.

El propio obispo mostró personalmente su preocupación por la percepción diezmal al proceder a la redacción de una constitución titulada Cómo se ha de pagar el diezmo e quándo de corderos e cochinos. En opinión del profesor Sanz Sancho, este documento bien podría tratarse de una constitución sinodal, si bien no existe ninguna evidencia acerca de la celebración de un sínodo diocesano durante el pontificado de Sancho de Rojas.

También es posible detectar durante su gobierno sobre la Iglesia cordobesa una actividad pastoral relativamente intensa. De hecho, su celo reformador se tradujo en iniciativas de saneamiento de los propios miembros del cabildo, contra algunos de los cuales se dictaron sentencias por errores y cosas deshonestas, sentencias en todo caso suavizadas por la preceptiva intervención del propio cabildo. Ese mismo celo reformador es el que presidió las con toda probabilidad frecuentes visitas pastorales efectuadas en Córdoba y en el territorio diocesano. No obstante, en este terreno surgieron algunas dificultades, como cuando en 1445, en un momento en que la restauración lunista debilitaba notablemente la posición del obispo, le fue impedida por Juan II la entrada en la iglesia cordobesa de San Hipólito que, siendo de patronato real, era exenta respecto a la jurisdicción episcopal.

Dos días antes de morir, el 13 de junio de 1454, Sancho de Rojas otorgaba testamento en Córdoba.

Al margen de los legados personales a miembros de su familia y de mandas pías a favor de conventos, hospitales y emparedadas de las parroquias cordobesas, el testamento da cuenta de la sólida formación del prelado como canonista, ya que son hasta dieciséis las obras que sobre la materia lega a la biblioteca del cabildo catedralicio. Junto a ellas se citan algunos libros de teología, liturgia, filosofía e historia. El obispo murió en Córdoba el 15 de junio de 1454 y fue enterrado en el coro de la catedral.

 

Bibl.: J. A. Martín Fuertes, El concejo de Astorga. Siglos xiiixvi, León, Diputación Provincial-Conseo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), 1987, pág. 271; M. A. Ochoa Brun, Historia de la Diplomacia Española, I, Madrid, Ministerio de Asuntos Exteriores, 1990, pág. 253; J. M. Nieto Soria, Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480), Madrid, Universidad Complutense, 1993, pág. 457; I. Sanz Sancho, “Los obispos del siglo xv”, en Hispania Sacra, 54 (2002), págs. 615-625.

 

Carlos de Ayala Martínez

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