Díaz de Luco, Juan Bernal. Doctor Bernal. Sevilla, 19.VIII.1495 – Logroño (La Rioja), 6.IX.1556. Obispo, jurista y consejero del Consejo Real y Supremo de las Indias.
Hijo ilegítimo del subdiácono Cristobal Díaz, de Huelva, y madre soltera procedente de Luco (Álava).
A los doce años fue nombrado beneficiado de la parroquia de San Juan del Puerto (Huelva). En 1510 entró a estudiar en la Universidad de Salamanca, donde se graduó de bachiller en Cánones en 1516 y se licenció en 1521. Se doctoró en la misma materia por la Universidad de Huesca en mayo de 1525. Gracias a las influencias familiares, tuvo también beneficios en las iglesias de San Pedro de Huelva y Aljaraque.
Desde que en 1520, aún estudiante, publicara su primer libro, el Repertorio a las repeticiones de Diego de Segura, no cesó en su larga lista de publicaciones.
Los primeros años de su trayectoria profesional los ejerció al servicio de obispos. En 1522 fue nombrado vicario y provisor del de Salamanca, Francisco Bobadilla.
Hacia 1525 entró al servicio del arzobispo de Santiago, Juan de Tavera, a quien siguió cuando éste fue nombrado arzobispo de Toledo en 1534 y del que llegó a ser provisor. En 1532 fue visitador del monasterio de Las Huelgas Reales, en Burgos.
Su obra literaria de esa época está en consonancia con sus oficios. En 1522 redactó la Instrucción de prelados, publicada en 1530 gracias al mecenazgo del obispo de Zamora, Francisco de Mendoza. En ella, se queja de la degradación de la Iglesia y exhorta a los obispos a predicar la doctrina sana, vivir ejemplar y caritativamente, residir en la diócesis y administrarla correctamente, propiciar la reforma del clero y velar por el bien de las almas de sus diocesanos. Poco después escribió el diálogo Colloquium elegans, que no fue publicado hasta 1542. En un retórico latín, el autor fustiga los defectos del episcopado de su época, como, por ejemplo, la codicia o la vida regalada y palaciega, satiriza a los curas sin vocación y presenta las duras exigencias de la caridad y de la actividad pastoral.
También en 1527 redactó la Practica criminalis canonica, manual jurídico sobre las penas de los delitos perpetrados por clérigos, que fue su obra más difundida: publicada por primera vez en 1543, conoció más de veinte ediciones en un siglo.
El 27 de enero de 1531, Carlos V nombró a Díaz de Luco miembro del Consejo de Indias. El padrinazgo de Tavera, que llegó a presidente del Consejo de Castilla, fue determinante. Como consejero de Indias intervino en la famosa Junta de Valladolid que condujo a la redacción de las Leyes Nuevas en 1542 y participó en la redacción de las nuevas ordenanzas del Consejo en 1543. Defendió la supresión de las encomiendas y propugnó la prioridad de la evangelización sobre la conquista. Se preocupó muy especialmente del envío de misioneros a América, por lo que san Ignacio de Loyola le llamó “ángel de los indios”.
En la inspección (“visita”) que el licenciado Figueroa realizó al Consejo en 1541 no se le halló falta alguna, a diferencia de sus colegas. Durante el tiempo que duró la visita, escribió su Aviso de curas: éstos deben ocuparse prioritariamente de la salvación de las almas y cumplir con todas las obligaciones, en absoluto fáciles, de su estado clerical, distinguiéndose por el interés pastoral y el desapego de los intereses materiales. Díaz destaca la importancia en la Iglesia de la cura de almas ya antes de que lo hiciera el Concilio de Trento. Redactado en dos períodos, 1536 y 1542, el Aviso conoció varias ediciones y una traducción italiana.
En 1535, Luco había sido ordenado sacerdote y compuso cuatro misas que quedaron recogidas, aunque sin especificar su nombre, en el Missale Toletanum impreso en Alcalá en 1539. Fue uno de los principales redactores de las constituciones sinodales del arzobispado de Toledo en 1536. Antes de 1539 compuso el Soliloquio, impreso posteriormente. Es un tratado de devoción que invita a contemplar a Dios y los beneficios que ha dispensado a la humanidad, a no amar los bienes mundanos, a prepararse para el momento de la muerte, a temer el juicio final y a confiar en la misericordia divina.
El 17 de abril de 1545, a presentación de Carlos V, el papa Paulo III lo nombró obispo de Calahorra y La Calzada, lo que implicó su separación de la Corte, consecuencia lógica de la muerte de su protector Tavera.
Luco tomó posesión de su obispado el 28 de mayo e hizo su entrada el 5 de julio de 1545. Por lo que se sabe, vivió siempre austeramente y, en el momento de su consagración episcopal, apenas disponía de 300 ducados. Antes de partir para el Concilio de Trento, ya convocado, recorrió parte de su obispado y, en 1546, celebró dos sínodos diocesanos, uno en Logroño y otro en Vitoria. Además, en 1545 dictó unos capítulos de reforma para los oficiales de su audiencia episcopal de Logroño y un arancel para los vicarios foráneos.
Llegó a Trento el 26 de mayo de 1546 y permaneció en la ciudad alpina seis años; no volvió a Calahorra hasta febrero de 1553. Asistió a diez sesiones solemnes y a unas cuarenta y cinco congregaciones generales, en las que emitió votos sobre la mayoría de las materias que se sometieron a debate (el pecado original, la lectura de la Biblia, la justificación, los sacramentos, la Inmaculada Concepción, las exenciones de los cabildos y la reforma eclesiástica) y formó parte de algunas comisiones para asuntos específicos.
Se destacó especialmente por su defensa de dos puntos: que los obispos en particular y en general los oficios con carga pastoral están obligados a residir en sus diócesis por mandato de derecho divino y que el concilio representa a la Iglesia universal. En Trento siempre defendió los puntos de vista de Carlos V frente a los intereses de la curia romana o de otras instancias, en especial cuando el papa Paulo III, en 1547, ordenó el traslado del concilio a Bolonia y, en 1548, suspendió las sesiones. Siguiendo las instrucciones del Emperador, Luco permaneció en Trento junto con otros trece obispos españoles, resistiendo a las intimaciones que le llegaban de Roma, hasta que el papa Julio III ordenó que se reemprendiese el concilio en 1551. También se opuso, aunque infructuosamente, a la nueva supensión del concilio en 1552.
El tiempo que transcurrió en Trento entre la primera y la segunda etapa del concilio, lo dedicó a la lectura, el estudio y la escritura. Redactó las Historiae sanctorum episcoporum, mil folios manuscritos de tono hagiográfico con las historias de obispos que habían alcanzado la santidad. Además, Díaz de Luco se preocupó de mantener el contacto con su diócesis mediante diversos escritos: Doctrina y amonestación caritativa (1547), en que exhortaba a los fieles a dar limosna a los necesitados; Instrucción para los visitadores de su obispado (1548); Carta a todas y cualesquier personas de su obispado (1549), en que aconsejaba cómo se podía ganar la vida eterna; el Antidotum desperationis, no publicado hasta 1553, que pretendía fundamentar la esperanza cristiana; además, reeditó para sus fieles el Aviso de curas y el Soliloquio. Desde Trento intentó mantener el gobierno de su diócesis regulando los beneficios patrimoniales y la exención de los cabildos, preocupándose por la instrucción de los fieles, fomentando la fundación de los jesuitas en Oñate...
Al volver de Trento publicó el Misal diocesano (1554), realizó visitas a su diócesis personalmente, se cuidó del colegio de niños de Logroño y encomendó misiones populares a los jesuitas en La Rioja y en el País Vasco. Los sínodos diocesanos (Vitoria y Logroño, 1553) culminaron con la publicación de las Constituciones sinodales (1554). Su intento de aplicar el Concilio de Trento se estrelló contra la oposición del cabildo catedralicio de Calahorra, que alegaba que mientras el concilio no estuviese concluido —en 1552 sólo estaba suspendido— y confirmado por el Papa, sus decretos no eran válidos. La más grave causa de conflicto fue el canon tridentino que autorizaba a los obispos a realizar la visita de inspección de sus cabildos. En 1554, ante la abierta resistencia de los canónigos, el obispo excomulgó a todo el cabildo y obtuvo que varios de sus miembros fuesen desterrados por orden del Consejo de Castilla y sus bienes confiscados. Pero los canónigos apelaron en Roma y consiguieron que Julio III ordenara la inhibición del prelado en la visita al cabildo.
Díaz de Luco fue enterrado en la iglesia de Santa María de Palacio, de donde en el siglo XVIII se trasladaron sus restos a la iglesia parroquial de Luco.
Toda su vida se destacó por la austeridad, la dedicación al estudio, la categoría jurídica y doctrinal de sus obras, la preocupación por la reforma de las costumbres del clero y cierta inflexibilidad en cuestiones morales y jurídicas. Como escritor, tuvieron más fama sus obras de derecho que las teológicas, pastorales y ascéticas, algunas de las cuales incluso quedaron inéditas. Cultivó la amistad y la correspondencia con figuras de la talla de San Ignacio de Loyola, Fabro, el futuro cardenal Gaspar de Quiroga o el obispo de Verona Luis de Lippomano. Su completísima biblioteca contaba con casi setecientos volúmenes de música, teología, derecho, autores clásicos, medicina y otras materias. Como consejero y jurista, defendió posiciones avanzadas y personificó en su carrera la mezcla de política y religión propia del Antiguo Régimen.
Como obispo, encarnó avant la lettre el ideal de prelado que los decretos tridentinos y la Contrarreforma iban a proponer como modelo: caritativo, residente, absorbido por la atención pastoral a sus feligreses y por elevar su nivel de instrucción y moralidad.
Obras de ~: Tabulae seu Repertorium totius operis acuttissimi cesarei iuris Doctoris Didaci de Segura, Salamanca, 1520; Index seu Repertorium in Repetitionem Rubricae [...] Doctoris Ioannis López de Palacios Rubios, Lungduni, 1524; Regulae cum suis ampliationibus et fallentiis quingente numero, Burgos, 1528 (ed. muy ampl., Regulae octingentes numero cum suis ampliationibus et restrictionibus, Lungduni, 1546); Instrucción de Perlados o memorial breve de algunas cosas que deben hacer para el descargo de sus conciencias y buena gobernación de sus obispados y diócesis, Alcalá de Henares, 1530; Epistola domino Alphonso de Fonseca, Alcalá de Henares, 1530; Carta al Capítulo General de los Franciscanos de la Regular Observancia celebrado en Toulouse el año 1532 (inéd.); Reverendis admodum ac religiosissimis fratribus omnium sacrorum Ordinum totius universalis Ecclesiae, Mayorga, 1533; Doctrinae magistrales ex variis legum et canonum doctoribus perspicacissime excerptae, Lungduni, 1535; Aviso muy provechoso para todos los religiosos y predicadores, Alcalá, 1539; Soliloquio. Summa breve y muy compendiosa..., Burgos, 1541 (2.ª ed. corr. y aum., Soliloquio o razonamiento secreto con el ánima, Alcalá de Henares, 1553; intr. y ed. de T. Marín Martínez, Barcelona, Juan Flors, 1962); Colloquium elegans, ac plane pium exactissimam ab Episcopis, post obitum exigendam rationem, non minus graviter quam lepide represens, Lutetia, 1542; Practica criminalis canonica in qua omnia fere flagitia quae a clericis committi possunt, Lungduni, 1543; Aviso de curas, muy provechoso para todos los que exercitan el oficio de curar animas, Alcalá de Henares, 1543 (intr. y ed. de J. L. Tejada Herce, Madrid, Fundación Universitaria Española-Universidad Pontificia de Salamanca, 1996; ed. sólo de la primera parte en Alcalá de Henares, 1539); Doctrina y Amonestación caritativa, Estella, 1547; Instrucción para los visitadores de su obispado, 1548 (inéd.); Historiae Sanctorum Episcoporum, 1551 (inéd.); Carta desde Trento, Alcalá de Henares, 1553 (intr. y ed. de T. Marín Martínez, Barcelona, Juan Flors, 1962); Antidotum desperationis ac christianae spei robur ex variis Sacrae Scripturae et Sanctorum locis excerptum, Salmantica, 1553; Missale secundum consuetudinem Calagurritanae et Calciatensis ecclesiarum, Lungduni, 1554; Instrucción para las Arcas de Misericordia de este Obispado de Calahorra, Logroño 1554; Constituciones Synodales del Obispado de Calahorra y la Calzada, Lyon, 1555.
Bibl.: T. Marín, “Primeras repercusiones tridentinas. El pleito de los cabildos españoles; su proceso en la diócesis de Calahorra”, en Hispania Sacra (HS), 1 (1948), págs. 325-349; C. Gutiérrez, Españoles en Trento, Valladolid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), 1951, págs. 586-607; T. Marín, “La Biblioteca del Obispo Juan Bernal Díaz de Luco (1495-1556)”, en HS, 5 (1952), págs. 263-326, y HS, 7 (1954), págs. 47-84; “El Obispo Juan Bernal Díaz de Luco y su actuación en Trento”, en HS, 7 (1954), págs. 259-325; “El Catalogus Sanctorum Episcoporum del obispo Bernal Díaz de Luco”, en HS, 16 (1963), págs. 373-458; J. I. Tellechea Idígoras, El obispo ideal en el siglo de la Reforma, Roma, Iglesia Nacional Española, 1963, págs. 45-65; T. Marín, “Díaz de Luco, Juan Bernal o Juan Bernardo”, en Q. Aldea Vaquero, T. Marín Martínez y J. Vives Gatell (dirs.), Diccionario de Historia Eclesiástica de España, t. II, Madrid, CSIC, Instituto Enrique Flórez, 1972, págs. 750-753; J. Martínez Millán (dir.), La Corte de Carlos V. Los Consejos y los consejeros de Carlos V, t. III, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V, 2000, págs. 114-118.
Ignasi Fernández Terricabras