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Juan Chumacero de Sotomayor y Carrillo Lasso de la Vega

Biografía

Chumacero de Sotomayor y Carrillo Lasso de la Vega, Juan. Conde de Guaro (I). Madrid, 16.XI.1580 ant. – 24.VI.1660. Embajador, presidente del Consejo Real de Castilla.

La familia Chumacero había gobernado largo tiempo la villa de Valencia de Alcántara, en la frontera portuguesa, donde posiblemente se instaló después de la reconquista (1221); está documentado que en la primera mitad del siglo xvi ya formaban parte de los hijosdalgo de la localidad. Dos tíos abuelos de Juan Chumacero, Fernando y Fabián, habían sido regidores de aquella villa. Su abuelo Juan, casado con una joven perteneciente a la nobleza de Valencia de Alcántara, Francisca de León y Sotomayor, tuvo, al menos, dos hijos varones: León Paz Chumacero de Sotomayor, que como tantos extremeños sirvió al Rey en las Indias, y Francisco Chumacero de Sotomayor, padre de Juan Chumacero de Sotomayor y Carrillo.

Francisco Chumacero, colegial mayor de San Bartolomé de Salamanca, donde había sido catedrático de Vísperas de Leyes, había hecho una brillante carrera en la administración: oidor de la Chancillería de Granada (1568), llegó a ser fiscal del Consejo de Castilla, del que más tarde fue consejero (1580). También consejero de Hacienda, entró en la Cámara de Castilla en 1584 y murió al año siguiente (1585). Se había casado con una malagueña, Catalina Carrillo Lasso de la Vega, rica heredera emparentada por parte de padre con los condes de Castellar y de Alcaudete. El matrimonio tuvo otros dos hijos, Antonio, caballero de Alcántara, que sirvió en varios tribunales y fue consejero de Castilla desde el 20 de agosto de 1632 hasta su muerte en 1636, y Fernando, que ingresó en el Colegio Mayor del Arzobispo de Salamanca en 1606 y llegó a ser oidor de la Chancillería de Valladolid.

Hijo y hermano de consejeros de Castilla, Juan Chumacero de Sotomayor y Carrillo fue un representante típico de la alta Administración del Antiguo Régimen. Siguiendo los pasos paternos, cursó Leyes hasta doctorarse en el Colegio de San Bartolomé de Salamanca (17 de marzo de 1608), donde desempeñó sucesivamente las cátedras de Código (1608- 1609), Volumen (1609-1612) y Vísperas de Leyes (1612-1614). Fue escalando los peldaños de la carrera judicial habitual, comenzando como oidor de la Chancillería de Granada (1614); fiscal del Consejo de Órdenes (1621) y, más tarde, consejero de Órdenes (1622). Caballero de la Orden de Santiago, y personaje muy considerado en la Corte de Felipe IV, fue nombrado consejero de Castilla (7 de mayo de 1626) y miembro de la Real Cámara de Castilla (1631). Asimismo, actuó como fiscal de las Juntas que se constituyeron para las causas de los duques de Lerma, Uceda y Osuna.

Juan Chumacero contrajo matrimonio con Francisca de Salcedo Calderón, hija del también consejero de Castilla y caballero de la Orden de Santiago, Diego López Salcedo. De esta unión nacieron tres hijos: Diego José, Teresa y Juana. Su esposa falleció en 1629 y Chumacero permaneció viudo el resto de su vida. Habiendo acumulado un sustancioso patrimonio, en 1633 Juan Chumacero fundó un mayorazgo.

Además de tierras y casas, era habitual que formaran parte de los mayorazgos otros elementos, como los cargos venales, sobre todo cargos municipales que frecuentemente compraban los propios fundadores de los mayorazgos. Componían el mayorazgo de Juan Chumacero: el señorío de Guaro, en la provincia de Málaga, con su jurisdicción civil y criminal, que había comprado el 27 de noviembre de 1632; el cargo de alférez mayor de la villa de Valencia de Alcántara, que poseía desde el 29 de agosto de 1629; el cargo de alguacil mayor de la misma villa, comprado el 12 de septiembre de 1630; las casas, huertas y tierras situadas en el término municipal de Valencia de Alcántara, que había comprado en 1630, y los importantes censos que producía su capital. Más adelante agregó a su mayorazgo la alcaldía de Mijas y el patronato de la capilla mayor de los Carmelitas Descalzos de Madrid.

En ese mismo año (1633) se le encomendó una delicada misión diplomática en Roma, como embajador extraordinario. Se habían producido tensiones entre el Gobierno español y los nuncios, y el cardenal Borja, que había sido enviado para elevar una protesta ante el Papa, fue agredido, recibiendo una puñalada en la cara. Ante tal afrenta llegó a pensarse en desafiar al Papa y reunir un concilio, pero el conde-duque de Olivares prefirió utilizar la vía de la negociación y mandó a Roma a Chumacero acompañado del obispo de Córdoba, fray Domingo Pimentel. Presentaron a Urbano VIII un Memorial sobre “los excesos que se cometen en Roma contra los naturales de estos reinos de España”, en el cual se esgrimían las llamadas “regalías de la Corona”. Chumacero, hombre de amplia formación jurídica y genuino regalista —sus escritos, al igual que los de González Salcedo, Solórzano y Salgado, marcaron un hito en las relaciones entre la Monarquía y el Papado— intentó poner coto a lo que consideraba abusos de Roma en la provisión de cargos eclesiásticos, defendiendo con energía los derechos de la Corona.

El documento que presentaron provenía del dictamen que emitió una gran Junta que se había celebrado en Madrid entre julio de 1631 y septiembre de 1632, en el que se consignaron los principales problemas entre la Iglesia y el Estado. Llevaba por título Parecer de la Junta sobre los abusos de Roma y Nunciatura.

El dictamen, cuya fecha de conclusión registró el momento más álgido de tensiones entre España y el Papado, enumeraba los problemas más acuciantes y controvertidos, desde la naturaleza y extensión de la potestad pontificia hasta la conveniencia de concluir un Concordato o una “concordia” —como lo habían hecho los franceses en 1516— con la Santa Sede.

La Junta, presidida por el confesor del Rey, fray Antonio de Sotomayor, estuvo integrada al principio por casi una veintena de miembros, entre consejeros de Estado y de Castilla (uno de ellos, Chumacero), teólogos y juristas. Más adelante quedó reducida a cinco miembros que fueron los autores del dictamen, fechado en Madrid el 20 de septiembre de 1632.

El contenido del informe se utilizó como principal fuente de argumentos por parte de los embajadores Chumacero y Pimentel, enviados a Roma para gestionar un arreglo amistoso con Urbano VIII.

Varios años de tensas negociaciones sin alcanzar la solución deseada llevaron a Felipe IV a ordenar que se cerrara la Nunciatura (1639), aunque el envío como nuncio de monseñor Fachenetti, sobrino de Urbano VIII, permitió llegar a un acuerdo, conocido como “Concordia Fachenetti”, que admitía, finalmente, tres puntos de reforma: el reglamento del personal de la Nunciatura; el arancel de tasas del abreviador, procuradores y demás gestores, y, por último, la eliminación de las facultades del nuncio. La “Concordia” se insertó en la “Novísima Recopilación”, libro 2, título 4, ley 2.

El tiempo que aún permaneció en Roma, hasta 1642, lo empleó Chumacero en evitar que el Papa reconociera al obispo de Lamego, enviado a Roma como embajador del recién independizado rey de Portugal, el duque de Braganza, que se había proclamado rey con el nombre de Juan IV. De vuelta a España, Chumacero alcanzará el cenit de su carrera cuando, debido a los cambios y reestructuraciones de personal acaecidos tras la muerte del poderoso conde-duque de Olivares, fue nombrado presidente del Consejo de Castilla, el 16 de marzo de 1643.

En el siglo XVII se había introducido la denominación de “gobernador” del Consejo, desconocida con anterioridad, que se aplicó en varias ocasiones a la persona que estaba al frente del órgano. Se han aventurado muchas hipótesis con el propósito de explicar las razones de la distinta denominación “presidente” y “gobernador”. Sean cuales fueran, no afectaban a las atribuciones, prerrogativas, honores y salario, idénticos en uno y otro caso. Si bien dos de los predecesores de Chumacero en el cargo fueron nombrados con el título de “gobernador” —así Miguel Santos de San Pedro (1629-1633), obispo de Solsona, que fue el primero a quien se dio esta denominación, y Diego de Castejón y Fonseca (1640-1643)— Chumacero obtuvo el título de “presidente”.

Como presidente del Consejo era, además, presidente de la Cámara y de las Cortes de Castilla. Su primer cometido fue formar parte de la Junta constituida para dictaminar la presunta implicación de Olivares en la publicación del memorial anónimo Nicandro, en el que se daba una vigorosa respuesta a las acusaciones vertidas contra el conde-duque en el crítico folleto escrito por Andrés de Mena. La Junta determinó que, cuando menos, el valido había sido inspirador del texto, por lo que era merecedor del destierro; de hecho, Olivares fue confinado en la ciudad de Toro, el 12 de junio de 1643. Pocos días antes del destierro de Olivares, concretamente el 7 de junio, Chumacero había recomendado al Monarca la excarcelación de Francisco de Quevedo —una de las víctimas del conde-duque—, y obtuvo la aprobación real.

Defendió enérgicamente la preeminencia de la presidencia de Castilla; y así, cuando el Decreto regio de 12 de marzo de 1644 ordenó que la Junta sobre la disposición de la Armada se constituyera en la Sala del Reino, alterando la inveterada costumbre de celebrarla en la posada del presidente, elevó al Monarca una representación de protesta ante lo que consideraba una vulneración de las prerrogativas inherentes al puesto que ocupaba y, por ende, una disminución de la autoridad del Consejo de Castilla.

En su condición de presidente del citado Consejo, Chumacero fue el encargado de aplicar el decreto regio dictado por Felipe IV el 24 de abril de 1644, sobre la extendida práctica de la acumulación de oficios por parte de los consejeros. El objetivo que se pretendía alcanzar era acabar con esa situación, si bien las dificultades que implicaba su ejecución aconsejaron que no se planteara de forma radical, sino estableciendo un plazo, de modo que, aunque se toleraba momentáneamente a los consejeros que simultanearan su puesto con el que ya tenían en otro Consejo, se advertía que en la medida en que se fueran produciendo vacantes, no se permitiría desempeñar a la vez dos oficios de tal naturaleza.

No fue el siglo xvii la etapa de mayor esplendor del Consejo de Castilla. Varios factores contribuyeron a su pérdida de vigor durante los últimos Austrias; uno de orden externo, la interferencia de los validos en el funcionamiento del Consejo en aras a ejercer su control, lo que tenía consecuencias muy negativas en el normal desarrollo de su actividad. Otros motivos eran de naturaleza interna, como el exceso de formalismo que ocasionaba una lentitud crónica en la resolución de los negocios, que ni siquiera la formación de Salas logró agilizar. No se produjo con los Austrias menores la más que necesaria reforma del Consejo, y tampoco los validos favorecieron la actividad de un órgano que podía frenar sus intentos de monopolio del gobierno.

En contrapartida, prolifera en esta época la literatura sobre el Consejo. Así, Juan de Moriana, portero del Consejo, lleva a cabo una exposición minuciosa de su ceremonial; el consejero Pedro González de Salcedo, cuya obra no escatima alabanzas al Consejo, ensalzando la figura de su presidente; o, en fin, dos de los autores que han tratado con mayor profundidad el Consejo de Castilla en el siglo xvii, Gil González Dávila y Alonso Núñez de Castro.

Juan Chumacero desempeñó el cargo de presidente hasta el 27 de julio de 1648. Tras su cese reiteró al Monarca una petición que ya había hecho años atrás cuando fue enviado a Roma como embajador extraordinario, y que entonces no fue atendida: la concesión de un título de Castilla para él y para sus sucesores en el mayorazgo. En consideración a los servicios prestados a la Corona en cargos tan relevantes como la embajada en Roma y la presidencia de Castilla, y como póstumo reconocimiento a la labor desempeñada en la Administración por su padre —más de treinta años al servicio de Felipe II— y por sus dos hermanos, Felipe IV decidió otorgarle el título de primer conde de Guaro (28 de septiembre de 1648).

El cronista Matías de Novoa, aunque reconoció sus cualidades como jurista, le reprochaba no haber hecho nada por mejorar la situación del Estado y haber pensado sólo en enriquecer a su familia: “El presidente Chumacero, cuando se le iban a quejar [...] cerraba las orejas al remedio y no trataba [...] sino de añadir tributos a tributos [...] y aumentar su partido y familia”.

Entre sus escritos hubo también manuscritos referentes a la cuestión de la Nunciatura, diferencias con el colector de Portugal, exclusión del obispo de Lamego y otros asuntos de Estado y Ligas.

 

Obras de ~: Selectarum Juris Disputationum Dodecade, Salamanca, 1623; Memorial sobre la reforma de abusos de la Curia, 1633 (ed. con el tít. Memorial de Su Magestad Católica que dieron a nuestro muy santo Papa Urbano VIII, don Fray Domingo Pimentel, obispo de Córdoba, y don Juan Chumacero y Carrillo, de su consejo y cámara, en la embajada a que vinieron el año MDCXXXIII, Madrid, 1643); Pro legitímo jure Philippi IV Hispaniarum et Portugallaie Regis, Madrid, s. f.; Representación de Don Juan Chumacero, Presidente de Castilla, al Rey Don Felipe IV sobre las exempciones de Inquisición y Guerra y los inconvenientes que resultan para la buena administración de la Justicia, Madrid, 1648.

 

Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Dirección General del Tesoro, invent. 24, leg. 1106, exp. 28; Biblioteca Nacional de España, Breve, curiosa y ajustada noticia de los Presidentes de Castilla hasta fin del siglo pasado de 1700, ms. 10923, fols. 193v.-198v.; ms. 10984, fols. 253r.-260v.; ms. 455; ms. 10984, fols. 253r.-260v.; ms. 10923; Colegio de San Bartolomé, Expedientes de alumnos, lib. 2177, fol. 3; Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Papeles de Don Juan Chumacero, ms. 39, fol. 15r.-v.; Real Academia de la Historia, Colección Luis de Salazar y Castro, Memorial de Juan Chumacero en que solicita la merced de un titulo de Castilla, doc. K-14; Colección Pellicer, t. 15, fol. 559r.

G. González Dávila, Teatro de las Grandezas de la Villa de Madrid, Madrid, Imprenta Tomás Junti, 1623; A. Núñez de Castro, Libro histórico político. Sólo Madrid es Corte y el cortesano en Madrid, Madrid, Imprenta Domingo García Morrás, 1669; P. González de Salcedo, Theatrum honoris seu commentaria al l. 16, tit. I, lib. 4 Recop., Madrid, Bernardo de Villadiego, 1672, espec. glosas XXIII y XXXV; A. Martínez de Salazar, Colección de memorias y noticias del gobierno general y político del Consejo: lo que se observa en el despacho de los negocios que le competen: regalías, preeminencias y autoridad de este supremo tribunal, y las pertenecientes a la Sala de Señores alcaldes de Casa y Corte, Madrid, A. Sanz, 1764 (ed. facs. Madrid, El Consultor de los Ayuntamientos-BOE-Consejo de Estado-CEPC-INAP, 2002); J. A. Álvarez de Baena, Hijos de Madrid ilustres en santidad, dignidades, armas, ciencias y artes. Diccionario histórico por el orden alfabético de sus nombres, vol. III, Madrid, Oficina de D. Benito Cano, 1789, págs. 206-209; N. de Novoa, Memorias de Matías de Novoa, Ayuda de Cámara de Felipe IV, Primera parte hasta ahora conocida bajo el título de Historia de Felipe III por Bernabé de Vivanco. Publicadas por vez primera por los señores marqués de la Fuensanta del Valle y don José Sancho Rayón, con un Prólogo del Excmo. señor don Antonio Cánovas del Castillo, Madrid, Miguel Ginesta, 1875, 2 vols.; VV. AA., Colección de Documentos Inéditos para la Historia de España, Madrid, Rafael Marco, 1890 (reimpr. en Vaduz, Kraus Reprint Ltd., 1966, t. XCV); V. Castañeda, “Aportaciones a la biografia española. El Consejo de Castilla en 1637”, en Boletín de la Real Academia de la Historia, 116 (1945), págs. 315-324; Q. Aldea Vaquero, Iglesia y Estado en la España del siglo xvii, Santander, Universidad de Comillas, 1961, págs. 235-418; J. Fayard, Los miembros del Consejo de Castilla (1621-1746), Madrid, Siglo XXI de España Editores, 1982, pág. 143, n. 32-35, págs. 242 y 334; Q. Aldea Vaquero, “Iglesia y Estado en la época barroca”, en F. Tomás y Valiente, La España de Felipe IV. El gobierno de la Monarquía, la crisis de 1640 y el fracaso de la hegemonía europea, en J. M.ª Jover Zamora (dir.), Historia de España de Menéndez Pidal, t. XXV, Madrid, Espasa Calpe, 1982, págs. 525-633; J. de Moriana, “Discursos generales y particulares del Gobierno General y Político del Consejo Real y Supremo de Justicia de estos Reynos de Castilla y León y ceremonias de él, advertidas por Juan de Moriana, Portero de Cámara de S. M. que sirve en el mismo Consejo, y en el de la Cámara y Estado de Castilla, desde el año de 1614 hasta el de 1654, que es quando se cerró”, en S. de Dios, Fuentes para el estudio del Consejo de Castilla, Salamanca, Ediciones de la Diputación de Salamanca, 1986, doc. XXXIX, págs. 217-349 (también págs. XLVI-LIX); M. Artola (dir.), Enciclopedia de Historia de España, vol. IV, Madrid, Alianza Editorial, 1988, págs. 246-247; J. H . Elliott, El Conde-Duque de Olivares. El político en una época de decadencia, trad. al esp. de T. de Lozoya, Barcelona, Editorial Crítica, 1990; “Memorial del pleito que el Señor Juan Chumacero y Sotomayor, fiscal del Consejo de las Órdenes, y de la Junta, trata con el Duque de Uceda” y “Advertencias al Memorial hechas por el Duque de Uceda”, en F. Benigno, La sombra del rey. Validos y lucha política en la España del siglo xvii, vers. esp. de E. Benítez, Madrid, Alianza, 1994, págs. 225-234; A. Alonso de Cadenas y López y V. de Cadenas y Vicent, Elenco de grandezas y títulos nobiliarios españoles, Madrid, Instituto Salazar y Castro, Revista Hidalguía, 1994, pág. 460.

 

Sara Granda Lorenzo

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