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Santiago Fernández Negrete-Gómez

Biografía

Fernández Negrete-Gómez, Santiago. Villatresmil- Tineo (Asturias), 11.II.1799 – Barcelona, 1875. Político.

Hijo de Vicente Fernández y de María Gómez Negrete, al parecer estudió Cánones y Leyes en la Facultad de Oviedo, pero sin terminarlos, de ahí que en 1824 obtuviese el grado de bachiller en Leyes por la Universidad de Alcalá. Inició el ejercicio de la profesión como abogado en Palma de Mallorca, donde pronto ocuparía el cargo de oficial de la Secretaría de la Superintendencia General de Policía de Baleares, para pasar al de fiscal de la Subdelegación de Rentas.

Tras el alzamiento de Riego y Quiroga (1820) obtuvo muchos apoyos de personajes influyentes y asturianos como él, entre los que destacan el propio Riego y Álvaro Flórez Estrada, que había regresado de su exilio en Londres, consiguiendo que el Gobierno le confiase varias misiones en el extranjero, tras las cuales obtuvo un puesto en 1833 en la Audiencia de Extremadura, de la que fue alcalde de la Sala del Crimen, llegando a ser decano de la misma.

En 1827 fue nombrado capitán de Artillería de los voluntarios realistas.

Contrajo matrimonio en 1833 con Antonia Huertas Murillo en Montemolín, con la que tuvo tres hijos, el segundo de los cuales murió al poco tiempo de nacer, y dos hijas. En Montemolín fue nombrado alcalde en 1839, elegido por votación popular, acometiendo en dicha ciudad la ordenación de su archivo.

La Junta Provisional de Gobierno cesó a todos los miembros del Ayuntamiento el 6 de octubre de 1840.

De ideología conservadora, en 1843 salió elegido diputado a Cortes por la provincia de Badajoz, iniciando una carrera política que duró hasta 1865.

Fue nombrado fiscal del Tribunal de Cruzada en 1847.

Al menos desde 1849 figura como socio del Ateneo de Madrid, constando su aportación al mismo de las obras Resumen de la estadística eclesiástica en 1860, y la Memoria descriptiva de los Códices notables conservados en los archivos eclesiásticos de España de Eguren, tal y como figura en la Memoria del Ateneo de 1860.

El 14 de enero de 1851 obtuvo la cartera de Fomento, Instrucción y Obras Públicas, en el gabinete formado por Bravo Murillo, pero sólo disfrutó de la misma por espacio de tres meses (hasta el 5 de abril de 1851). En cambio, el 30 de junio de 1858, militando ya en la Unión Liberal, fue designado ministro de Gracia y Justicia, cargo que ocupó hasta el 17 de enero de 1863. De su estancia en el Ministerio destaca especialmente el conjunto de medidas tomadas en orden a la inviolabilidad de los magistrados, hasta entonces muy mal parada, pues por los avatares políticos se asistía a un continuo cesar de magistrados para sustituirlos por los de la ideología predominante en el momento y viceversa. Sus reformas lograron aunar las voluntades de jueces de ideologías inconciliables y poner una cierta tranquilidad y seguridad en la clase jurídica. No obstante, las mismas fueron respetadas sólo un tiempo por sus sucesores en el cargo, volviéndose pronto a las prácticas antiguas.

Encargó a la Comisión de Códigos el estudio de la organización de los Tribunales, la reforma del Código penal y la elaboración de una Ley Hipotecaria que refrendó el 8 de febrero de 1861 y fue el responsable de la propuesta a la Reina de la creación de un cuerpo de facultativos, para asesorar y auxiliar de los jueces, que tuvo por resultado el Real Decreto de 13 de mayo de 1862 organizando el servicio médico forense en todos los juzgados de Instrucción de España. Obra suya fue también el decreto organizando las atribuciones del Ministerio Fiscal (9 de abril de 1858), así como la reorganización de los servicios de Biblioteca del Ministerio de Justicia, la creación de la Sección de Estadística Criminal y Civil, la orden del registro y conservación de las sentencias del Tribunal Supremo y las Audiencias y la creación de la Dirección General del Registro de la Propiedad. De la misma manera refrendó la primera Ley del Notariado de la historia codificadora (28 de mayo de 1862), creó asimismo la Junta consultiva para asuntos del Notariado y reguló la propiedad minera.

Por último, tras su paso al carácter de ministro cesante del Ministerio de Justicia, fue senador vitalicio durante la legislatura de 1865-1866.

 

Fuentes y bibl.: Archivo del Congreso de los Diputados, Serie Documentación Electoral, 23 n.º 21, 24 n.º 26, 25 n.º 3, 28 n.º 6, 30 n.º 6, 33 n.º 1, 39 n.º 6, 42 n.º 6, 46 n.º 6 y 50 n.º 6 ; Archivo del Senado, exps. personales, HIS- 0162-11.

Lista de los Sres. Socios del Ateneo científico, literario y artístico de esta corte en 20 de marzo de 1849; Madrid, Imprenta de la Publicidad, 1849; Memoria leída en el ateneo científico, literario y artístico de Madrid, en la junta general de 31 de diciembre de 1860, Madrid, Imprenta de Tejado, 1861; P. Gómez de la Serna, “Necrológica de D. Santiago Fernández Negrete”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 34 (1869), págs. 446-448; J. Sánchez Guerra, Curiosidades parlamentarias: el “No” de Negrete, Madrid, 1901; L. A. Martínez Cachero, “Semblanza del ministro Fernández Negrete”, en ABC, 23 de octubre de 1960; H. Mota Arévalo, Etapa extremeña en la biografía del Ministro Fernández Negrete, Badajoz, Diputación Provincial, 1964; M. A. González Muñiz, Los asturianos y la política: (De las Cortes de Cádiz a nuestros días), Salinas, Asturias, Ayalga, 1976; F. Lasso Gaite, El Ministerio de Justicia. Su imagen histórica (1714-1981), Madrid, Imprenta Sáez, 1984; J. M. Cuenca Toribio y S. Miranda, El poder y sus hombres. ¿Por quién hemos sido gobernados los españoles? (1705-1998), Madrid, Actas, 1998, págs. 510-513; M. Casado Blanco, “Medicina Forense en Badajoz (1950- 2000)”, en Revista de Estudios Extremeños, LIX-I (2003), págs. 183-190.

 

María Dolores del Mar Sánchez González

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